Artículo 112. Decreto 2,
CULTURAS
Art. segundo
D.O. 17.03.2026
Esta Sección remitirá a las respectivas secciones de la Biblioteca los libros con las correspondientes fichas de catálogos y además una de ingreso por duplicado.
    Las respectivas secciones anotarán en todas las fichas la ubicación que se haya dado al libro a que la ficha se refiere, y devolverán a la de Control la ficha duplicada de ingreso, en la cual irá también anotada la ubicación.