Artículo 123. Decreto 2,
CULTURAS
Art. segundo
D.O. 17.03.2026
Tanto para la Sala de Estampas como para la Mopoteca, se formará además un índice de referencias, en el cual se anotarán noticias acerca de las estampas, mapas o cartas intercaladas en obras o revistas existentes en otras secciones de la Biblioteca, en bibliotecas o centros extraños y particulares o en otras reparticiones del Estado.