Artículo 124. LDecreto 2,
CULTURAS
Art. segundo
D.O. 17.03.2026
a copia o reproducción de toda pieza conservada en la Sala de Estampas o en la Mapoteca deberá ser para cada caso autorizada por el Director, y de ello se dejará constancia en un libro especial.
    Para reproducir las láminas o mapas, planos, etc. que tengan registrada propiedad intelectual, se requerirá además la autorización del autor.