Artículo Decreto 2,
CULTURAS
Art. segundo
D.O. 17.03.2026
152. El Conservador podrá encomendar a los empleados del Archivo el desempeño de comisiones relacionadas con el servicio, dentro del local o fuera de él. Cuando estas comisiones hubieren de desempeñarse fuera de la ciudad, serán autorizadas por el Director General.