ArtículoDecreto 2,
CULTURAS
Art. segundo
D.O. 17.03.2026
144. Cada ejemplar de una obra donada llevará adherido en el interior un marbete con el nombre de la Biblioteca Nacional, la fecha de la donación y el nombre del donante, el cual se inscribirá, además en un libro especial intitulado "Libro de Donaciones".