Artículo 7º: Los estudiantes egresados, para aprobar la Práctica Profesional deberán:

a)  Completar el número de horas de práctica de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Práctica y Titulación del establecimiento educacional.
b)  Demostrar el logro de las tareas y exigencias del "Plan de Práctica", de acuerdo a lo evaluado por el tutor de la empresa.

    La aprobación de la Práctica Profesional se certificará a través de un Informe de Práctica, elaborado por el profesor guía, el que incorporará los antecedentes mencionados en el inciso anterior.