APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL AFECTO A LA LEY Nº 18.834, ESTATUTO ADMINISTRATIVO, DEL SERVICIO DE SALUD DEL AMBIENTE DE LA REGION METROPOLITANA

    Núm. 349.- Santiago, 12 de diciembre de 2001.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 47 y 49 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y en el párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, sustituido por la ley Nº 19.165,

    D e c r e t o:

    Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones del personal afecto al Estatuto Administrativo, ley 18.834 del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana.

    TITULO I

    Disposiciones Generales
    Artículo 1º: El presente Reglamento Especial de Calificaciones del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana tiene por objeto evaluar el desempeño y las aptitudes de cada funcionario, atendidas las exigencias y características de su cargo. Servirá de base para el ascenso, los estímulos y la eliminación del servicio.
    Artículo 2º: El Director del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana será personalmente responsable del cumplimiento del proceso de calificaciones. Para tal efecto, deberá instruir al Subdepartamento de Recursos Humanos a fin de que se encargue que dicho proceso se desarrolle en los plazos y según los procedimientos establecidos en el presente reglamento especial y en los demás cuerpos normativos referidos a la materia. En caso de no cumplimiento de los plazos y procedimientos, el Subdepartamento de Recursos Humanos deberá informarlo oportunamente y por escrito al Director del Servicio.
    Deberá, además, disponer las acciones necesarias destinadas a capacitar e instruir al personal calificador para la debida aplicación de las normas legales y reglamentarias que regulan la materia.
    TITULO II

    Del proceso calificatorio

    Párrafo 1º

    De la Hoja de Vida de Calificación, y de los
    instrumentos de apoyo
    Artículo 3º: La hoja de vida, y la hoja de calificación constituyen los elementos esenciales del Proceso Calificatorio.
    Existirán, además, como instrumentos auxiliares del Proceso Calificatorio, los Informes de Desempeño Funcionario y la Hoja de Observaciones del Funcionario.
    Artículo 4º: La Hoja de Observaciones del Funcionario es el documento en el cual se dejará constancia de las observaciones que éste desee manifestar respecto de cada informe de Desempeño Funcionario.
    Párrafo 2º

    Los factores de calificación


    Artículo 5º: La calificación evaluará los factores y subfactores que se señalan en el artículo 7º, por medio de notas que tendrán los siguientes valores, conceptos y definiciones:

Nota  Concepto            Definición

3.0  Deficiente          No cumple con los
                          requerimientos que exige el
                          desarrollo de su función.

3.5  Insuficiente        Desempeño siempre inferior a
                          los requerimientos que exige
                          el desarrollo de su función.

4.0  Menos que regular  Ocasionalmente cumple con los
                          requerimientos que exige el
                          desarrollo de su función.

4.5  Regular            Frecuentemente cumple con los
                          requerimientos que exige el
                          desarrollo de su función.

5.0  Más que regular    Casi siempre cumple con los
                          requerimientos que exige el
                          desarrollo de su función.

5.5  Satisfactorio      Siempre cumple con los
                          requerimientos que exige el
                          desarrollo de su función.

6.0  Bueno              Frecuentemente excede los
                          requerimientos, que exige
                          el desarrollo de su función.

6.5  Muy Bueno          Casi siempre excede con los
                          requerimientos que exige el
                          desarrollo de su función.

7.0  Sobresaliente      Excelente desempeño, siempre
                          destacado en el desarrollo
                          de su función.

    La nota de cada factor corresponderá al promedio aritmético de las notas asignadas a los subfactores respectivos. Las notas asignadas a los factores se multiplicarán por el coeficiente que se establece para cada uno de ellos, lo que dará el número de puntos de cada factor, y la suma de los mismos dará el puntaje final y la lista de calificación que corresponda al funcionario. Las notas asignadas a los factores se expresarán con dos decimales. En todo caso, si el tercer decimal fuera igual o superior a cinco se subirá al decimal siguiente. Si al determinar el puntaje final, resultare un número con fracción igual o superior a 0,5 se subirá al entero superior y en caso contrario se bajará al entero precedente.
    La asignación de cada nota deberá fundarse en circunstancias acaecidas durante el período de calificación.

    Artículo 6º: Los funcionarios serán ubicados en las listas de calificaciones de acuerdo con el siguiente puntaje:

Lista 1,  de Distinción,    de 60 a 70 puntos.
Lista 2,  Buena,            de 45 a 59 puntos.
Lista 3,  Condicional,      de 35 a 44 puntos.
Lista 4,  de Eliminación,  de 30 a 34 puntos.

    Artículo 7º: Los factores y subfactores que se evaluarán serán los siguientes:

1.  GESTION Y LIDERAZGO: Evalúa, en quienes ejercen funciones directivas y de jefatura directa, la capacidad para planificar, organizar, dirigir, coordinar y obtener el logro de los compromisos, objetivos y metas de la unidad en relación a los lineamientos estratégicos institucionales.
    Comprenderá los siguientes subfactores:

    a) Planificación: mide la determinación de objetivos y metas en un programa de trabajo para la unidad a su cargo.
    b) Seguimiento y control: mide la aplicación de técnicas y/o procedimientos de control del programa de trabajo, detectando las desviaciones a dicho programa y efectuando las correcciones que correspondan.
    c) Comunicación de la información: mide el grado en que el funcionario mantiene informado a todo el personal de su unidad sobre políticas, estrategias y acciones del Servicio; de las reuniones técnicas sostenidas por la jefatura y de las decisiones adoptadas en ellas, como también de los planes y programas de trabajo de la unidad y de los resultados de su control y evaluación.
    d) Liderazgo: mide el grado con que logra motivar al personal a su cargo hacia la consecución de los objetivos y metas propuestas, así como de los compromisos contraídos, y obtención de colaboración en materias no contempladas en los programas de trabajo.
    e) Evaluación del desempeño del personal: mide el cumplimiento cabal y oportuno de todas las etapas del proceso de evaluación de desempeño y de la adecuada aplicación de los instrumentos de apoyo, efectuando la evaluación en un espacio de diálogo con los funcionarios a su cargo, estableciendo criterios de exigencia.

2.  CALIDAD Y RENDIMIENTO: evalúa en el funcionario, la calidad, contenido, volumen y oportunidad del trabajo encomendado. Comprenderá los siguientes subfactores:

    a) Calidad de la labor realizada: mide el cumplimiento del trabajo sin errores significativos, de acuerdo con normas, procedimientos y criterios preestablecidos.
    b) Cantidad de trabajo realizado: mide el volumen del trabajo efectuado con relación a lo encomendado y a los recursos puestos a disposición del funcionario.
    c) Oportunidad del trabajo: mide el grado de cumplimiento en la entrega del trabajo encomendado y/o comprometido, como también de los informes que se le hayan solicitado, en relación a los tiempos y plazos previstos o acordados.
    d) Atención al usuario: mide el grado de eficiencia del funcionario en la entrega de información a los usuarios, tanto externos como internos, en cuanto a que ésta se efectúe de manera oportuna, eficaz y deferente.

3.  CONDICIONES PERSONALES: Evalúa en el funcionario las competencias desarrolladas en el cumplimiento de las funciones inherentes al cargo. Comprenderá los siguientes subfactores:

    a) Conocimiento de la función asignada: mide el nivel de conocimientos teóricos y prácticos relacionados con la función que le ha sido asignada al funcionario.
    b) Interés por perfeccionarse: mide la disposición del funcionario para participar en cursos, talleres u otras actividades, así como las iniciativas individuales, que le permitan ampliar sus conocimientos con relación a la función que desempeña. Además, mide el cumplimiento de las exigencias que imponen las actividades de capacitación.
    c) Innovación en los procesos de trabajo: mide el aporte de nuevas ideas que sean de beneficio para la unidad y/o la institución.
    d) Trabajo en equipo: mide la integración a los grupos de trabajo en función del desarrollo de nuevas ideas, al trabajo efectivo y las responsabilidades asumidas.
    e) Relaciones interpersonales: mide la disposición del funcionario para contribuir a la armonía de su equipo de trabajo y el trato deferente hacia los funcionarios del Servicio y de otras instituciones.
    f) Autonomía: mide en el funcionario la disposición para llevar a cabo el trabajo encomendado sin necesidad de supervisión permanente, detectando los posibles problemas y entregando las soluciones pertinentes.

4.  COMPROMISO CON LA INSTITUCION: evalúa en el funcionario el cumplimiento de las normas y su identificación con los valores institucionales.
    Comprenderá los siguientes subfactores:

    a) Cumplimiento de normas: mide la observancia de las normas estatutarias y otras disposiciones legales, que establezcan los deberes del funcionario, como asimismo del cumplimiento de las disposiciones internas del servicio y de la unidad a que pertenezca.
    b) Cumplimiento de instrucciones: mide la observancia de procedimientos e instrucciones precisas que se hayan establecido para un tipo determinado de trabajo.
    c) Puntualidad: mide el cumplimiento del horario de la jornada de trabajo.
    d) Disponibilidad: mide la presencia del funcionario en las actividades y lugares donde debe cumplir las funciones asignadas.
    e) Cuidado de bienes públicos: mide el grado en que el funcionario resguarda los materiales, muebles y equipos de custodia individual de distinta índole y de los demás bienes comunes institucionales.
    Artículo 8º: Los coeficientes por los que deberá multiplicarse la nota asignada a cada factor para obtener el respectivo puntaje, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º, serán los siguientes:

Factores      Directivos y    Profesio-    Administra-
                Jefaturas        nales      tivos y
                Directas      y Técnicos    Auxiliares

Gestión y        4,0            -            -
Liderazgo

Calidad y        2,0            4,5          3,5
Rendimiento

Condiciones      2,0            3,5          2,5
Personales

Compromiso        2,0            2,0          4,0
con la
Institución

    Párrafo 3º

    Los Recursos
    Artículo 9º: Al decidir respecto de las apelaciones presentadas por los funcionarios, deberá tenerse a la vista la hoja de vida, la precalificación y los instrumentos de apoyo al Proceso Calificatorio a que hace mención el artículo 3º de este reglamento.
    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Salud.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a usted, Rodrigo Soto Rojas, Subsecretario de Salud (S).

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

División Jurídica

Cursa con alcance decreto Nº 349, de 2001, del Ministerio de Salud

    Núm. 2.094.- Santiago, 18 de enero de 2002.
    Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, en el entendido que las disposiciones del indicado documento se aplicarán a partir del período de desempeño funcionario que debe iniciarse, según lo prescrito en el artículo 33 de la ley Nº 18.834, a contar del 1º de septiembre de 2002.
    Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
    Dios guarde a US., Gustavo Sciolla Avendaño, Contralor General de la República Subrogante.

Al señor Ministro de Salud Presente