LLAMA A POSTULACION AÑO 2002, A INTERESADOS EN GRUPOS ORGANIZADOS, PRIMER LLAMADO A SUBSIDIO HABITACIONAL DECRETO Nº 235, DE 1985

    Núm. 127 exenta.- Antofagasta, 25 de marzo de 2002.- Vistos: El DS. Nº 235 (V. y U.) de 1985 y sus modificaciones, Reglamento de participación de las Instituciones del Sector Vivienda en el desarrollo de Programas especiales de construcción de viviendas sociales; la circular Nº 006 de 22 de enero de 2001, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo; la circular Nº 044 de 25 de marzo de 2002 del Jefe de División Política Habitacional; lo establecido en el decreto Nº 397 (V. y U.) de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región Subrogante.

    R e s u e l v o:

    Llámese en la II Región a postulación año 2002, primer llamado a Subsidio Habitacional DS. Nº 235 (V. y U.) de 1985, Programa PET, por un monto total de 7.020 UF, a todos aquellos grupos organizados de la región presentados por una Entidad Organizadora, con proyectos integrales y que reúnan los requisitos y acreditaciones que a continuación se señalan:

I.  En relación a los postulantes:
    Presentación de ficha de postulación por cada postulante con los siguientes documentos:
1.  Inscripción en el Registro a que se refiere el DS. Nº 62 (V. y U.) de 1984, RUI, al último día del mes anterior al del inicio del período de postulación, 28 de marzo de 2002.
2.  Fotocopia de cédula de identidad del postulante y de su cónyuge si es casado, o certificado de nacimiento computarizado otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
3.  Certificado de matrimonio o Declaración Jurada de soltería (formulario Serviu), según el caso.
4.  Fotocopia Libreta de ahorro a plazo para la vivienda, u otra similar conforme al DS. Nº 44 (V. y U.) de 1988.

    Cada postulante deberá cumplir con:

1.  Los requisitos establecidos en relación al chequeo de doble beneficio.
2.  Acreditar un ahorro mínimo de 40 UF al 31 de marzo de 2002.

II.  En relación a la entidad organizadora:
    Presentación de un proyecto con:

1.  Plano de emplazamiento del loteo en el territorio urbano, sobre plano topográfico indicando cotas, mínimo cada metro.
2.  Loteo urbano con definición de espacios libres de uso público (plaza pública, sombreaderos, jardines, juegos infantiles).
3.  Antecedentes planimétricos completos del loteo y de las viviendas, con sus especificaciones técnicas y perfiles viales.
4.  Tipología de vivienda superior en calidad a la vivienda básica Serviu.
5.  Proyectos de loteo y de viviendas, emplazados en el terreno en que se desarrollarán, aprobado por la respectiva Dirección de Obras.
6.  Presentar Certificado de dominio vigente del terreno en que se desarrollará el proyecto, de fecha actual y otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
7.  Valor de la vivienda o en su defecto, el o los parámetros que lo definen.
8.  Certificado de vigencia de la Entidad Organizadora otorgado por institución u organismo competente, y documentos actualizados (de no más de veinte días) de la personería jurídica de sus representantes.
9.  Carátula de postulación de la entidad organizadora, que deberá incluir como mínimo la siguiente información:

    Nombre de la entidad organizadora.
    Personería Jurídica.
    Nómina de postulantes (titulares y reemplazantes) que cumplan con los requisitos señalados precedentemente.
    Nombre del proyecto.
    Comuna donde se emplaza.
    Empresa constructora.
    Financiamiento, ahorro, crédito y si corresponde, diferencia, estableciendo los valores reales de la operación, incluyendo todos los gastos de escrituración, transferencia u otros.
    Monto máximo del dividendo a pactar, el que no deberá exceder el 20% de la renta bruta familiar, consignada por ambos cónyuges.

    El Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la II Región celebrará Convenio con la Entidad Organizadora que presente un proyecto que privilegie los siguientes aspectos, los que serán ponderados de la manera que se indica:

I.  Superficie: Ponderación máxima: 35%
    Superficie predial mínima: deseable 90 metros cuadrados promedio.
    Superficie vivienda: deseable 45 metros cuadrados.
II.  Arquitectura: Ponderación máxima: 20%
    Se ponderará el diseño exterior de los distintos tipos de viviendas proyectadas y ofertadas, considerando lo siguiente:
    Volumetría: Cantidad de planos de fachadas (planos paralelos o inclinados a la línea de edificación). 5%
    Agrupamiento: Deseable aislado o pareado. 5% Techumbre: cantidad de aguas, planos asimétricos. 5%
    Incorporación de espacios públicos: que contribuyan a la estructuración de barrios y espacios para la comunidad. 3% Elementos salientes: longitud de aleros, balcones, sombrillas, cornisas, pilastras, superficie de plintos de pilares y vigas. 1%
    Proporción y ordenamientos de vanos: se verificará el cuidado en el diseño, respecto al ordenamiento y proporción de vanos y muros (linealidad y proporción entre ellos). 1%
III. Materialidad y Calidad Técnica: Ponderación máxima: 15%
    Se ponderará la mejor calidad de los materiales, entendiéndose por tal, aquel que tenga características que lo hagan más durable, estéticamente mas presentable, que no tenga gastos de mantención muy altos.
    Se considerará especialmente la calidad de los materiales de partidas de terminación, que sean evidentemente superiores a los que tradicionalmente tienen las viviendas sociales, como por ejemplo cerámico en pisos y muros, quincallería y cerrajería de calidad.
    También se ponderará la calidad técnica en todas sus expresiones.
IV.  Habitabilidad: Ponderación máxima: 15%
    Se ponderará la mayor cantidad de recintos conformados y la mejor distribución de los espacios interiores, en función de un sistema claro de circulaciones, que defina tanto el ingreso a la vivienda como los espacios de permanencia interna propiamente tal (relación espacios servidores - espacios servidos); además la mayor cantidad de espacios de closets y de almacenamiento o de guardar.
V.  Aporte adicional: Ponderación máxima: 15% Se ponderará el aporte que pueda hacer un tercero, de manera de incorporarlo para el mejoramiento de la vivienda.

Lugares hábiles para presentar postulaciones:

Antofagasta: Pasaje La Frontera Nº 110, primer piso,
            Dpto. Operaciones Habitacionales Serviu
            II Región.
Taltal:      Arturo Prat Nº 525
Mejillones:  Municipalidad de Mejillones, Francisco
            Antonio Pinto 200
Tocopilla:  Manuel Rodríguez Nº 1212
Calama:      Madame Curie Nº 2324

Plazo de postulación: del 1º al 15 de abril de 2002, ambas fechas incluidas.

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en un diario de mayor circulación de la comuna.- Gonzalo Godoy Barrientos, Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región Subrogante.