REEMPLAZA LISTA DE MERCADERIAS DE IMPORTACION PERMITIDA
Núm. 822.- Santiago, 19 de Diciembre de 1974.
Visto: el oficio N° 872, de 4 de Diciembre de 1974, del Banco Central de Chile, y
Lo dispuesto en el artículo 11 del decreto supremo N° 1.272, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 7 de Septiembre de 1961, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre comercio de exportación, importación y de operaciones de cambios internacionales;
Decreto:
Reemplázase la Lista de Mercaderías de Importación Permitida establecida por el decreto N° 1.522, de 13 de Diciembre de 1967, de esta Secretaría de Estado, y todas sus modificaciones posteriores, por la siguiente:
SECCION I
Animales vivos y productos del reino animal
CAPITULO I
Animales vivos
Código Glosa
01.01.00 Caballos, asnos y mulos, vivos.
01.02 Animales vivos de la especie bovina,
incluso los del género búfalo
01 Finos para reproducción.
89 Otros.
01.03.00 Animales vivos de la especie porcina.
01.04.00 Animales vivos de la especie ovina y
caprina.
01.05 Aves de corral, vivas.
01 Finos para reproducción.
89 Otros.
01.06.00 Otros animales vivos.
CAPITULO 2
Carnes y despojos comestibles
02.00.89 Otras carnes y despojos.
02.01.00 Carnes y despojos comestibles de los
animales comprendidos en las posiciones
01.01 a 01.04, ambos inclusive, frescos,
refrigerados o congelados.
02.02 Aves de corral muertas y sus despojos
comestibles (excepto los hígados) frescos,
refrigerados o congelados.
01 Aves congeladas.
89 Otras.
CAPITULO 3
Pescados, crustáceos y moluscos
03.00.00 Pescados, crustáceos y moluscos.
CAPITULO 4
Leche y productos lácteos: huevos de ave, miel natural, productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otras posiciones.
Código Glosa
04.00.89 Mercaderías no comprendidas en otras
posiciones del presente capítulo.
04.02 Leche y nata, conservadas, concentradas o
azucaradas.
01 Leche en polvo.
89 Otros.
04.03 Mantequilla
01 Mantequilla.
02 Grasa anhidra.
04.04.00 Queso y requesón.
04.05.00 Huevos de ave y yemas de huevo, frescos,
desecados o conservados de otra forma,
azucarados o no.
CAPITULO 5
Productos de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte de la nomenclatura.
Código Glosa
05.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
05.04 Tripas, vejigas y estómagos de animales
(excepto los de pescados), enteros o en
trozos.
01 Estómagos de vacunos.
89 Otros.
SECCION II
Productos del reino vegetal
CAPITULO 6
Plantas vivas y productos de la floricultura
Código Glosa
06.00.00 Plantas vivas y productos de la
floricultura.
CAPITULO 7
Legumbres, plantas, raíces y tubérculos alimenticios
Código Glosa
07.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
07.01 Legumbres y hortalizas, en fresco o
refrigeradas.
01 Papas para consumo.
CAPITULO 8
Frutos comestibles; cortezas de agrios y de melones
Código Glosa
08.00.00 Frutos comestibles; cortezas de agrios y
de melones.
CAPITULO 9
Café, té, mate y especias
09.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
09.01.00 Café, incluso tostado o descafeinado;
cáscara y cascarilla de café, sucedáneos
de café que contengan café, cualesquiera
que sean las proporciones de la mezcla.
09.02.00 Té.
09.03.00 Yerba mate.
CAPITULO 10
Cereales
10.01 Trigo y morcajo o tranquillón.
01 Trigo para consumo.
89 Otros.
10.02.00 Centeno.
10.03.00 Cebada.
10.04 Avena.
01 Para consumo.
02 Para siembra.
10.05 Maíz.
01 Para consumo.
02 Para siembra.
10.06 Arroz.
01 Para consumo.
02 Para siembra.
10.07.00 Alforfón, mijo, alpiste y sorgo; los
demás cereales.
CAPITULO 11
Productos de la molinería; malta; almidones y féculas; gluten; inulina
Código Glosa
11.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
11.01 Harinas de cereales.
01 De trigo.
89 Otras.
CAPITULO 12
Semillas y frutos oleaginosos; semillas, simientes y frutos diversos; plantas industriales y medicinales; pajas y forrajes.
Código Glosa
12.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
12.03.00 Semillas, esporas y frutos para la
siembra.
CAPITULO 13
Materias primas vegetales tintóreas o curtientes; gomas, resinas y otros jugos y extractos vegetales
Código Glosa
13.00.00 Materias primas vegetales tintóreas o
curtientes; gomas, resinas y otros jugos y
extractos vegetales
CAPITULO 14
Materias primas para trenzar y tallar, y otros productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otra parte de la nomenclatura
Código Glosa
14.00.00 Materias primas para trenzar y tallar, y
otros productos de origen vegetal no
expresados ni comprendidos en otra parte
de la nomenclatura.
SECCION III
Grasas y aceites (animales y vegetales); productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal
CAPITULO 15
Grasas y aceites (animales y vegetales); productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal
Código Glosa
15.01.00 Manteca, otras grasas de cerdo y grasas de
ave de corral, prensadas, fundidas o
extraídas por medio de disolventes.
15.02.00 Sebos (de las especies bovina, ovina y
caprina), en bruto, fundidos o extraídos
por medio de disolventes, incluidos los
sebos llamados "primeros jugos".
15.03.00 Estearina solar oleoestearina; aceite de
manteca de cerdo y oleomargarina no
emulsionada, sin mezcla ni preparación
alguna.
15.04.00 Grasas y aceites de pescado y de mamíferos
marinos, incluso refinados.
15.05.00 Suintina y sustancias grasas derivadas,
incluida la lanolina.
15.06.00 Las demás grasas y aceites animales
(aceite de pie de buey, grasa de huesos,
grasa de desperdicios, etc.).
15.07.00 Aceites vegetales fijos, fluidos o
concretos, brutos, purificados o
refinados.
15.08.00 Aceites animales o vegetales cocidos,
oxidados, deshidratados, sulfurados,
soplados, polimerizados o modificados por
otros procedimientos.
15.09.00 Degras.
15.10.00 Acidos grasos industriales, aceites
ácidos procedentes del refinado,
alcoholes grasos industriales.
15.11.00 Glicerina, incluidas las aguas y lejías
glicerinosas.
15.12.00 Aceites y grasas animales o vegetales,
parcial o totalmente hidrogenadas, y
aceites y grasas animales o vegetales
solidificados o endurecidos por cualquier
otro procedimiento, incluso refinados,
pero sin preparación ulterior.
15.13 Margarina, sucedáneos de la manteca de
cerdo y demás grasas alimenticias
preparadas.
01 Margarina.
89 Otros.
15.14.00 Esperma de ballena y de otros cetáceos
(espermaceti), en bruto, prensada o
refinada; incluso coloreada
artificialmente.
15.15.00 Ceras de abejas y de otros insectos,
incluso coloreadas artificialmente.
15.16.00 Ceras vegetales, incluso coloreadas
artificialmente.
15.17.00 Residuos procedentes del tratamiento de
los cuerpos grasos o de las ceras animales
o vegetales.
SECCION IV
Productos de las industrias alimenticias; bebidas; líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco
CAPITULO 16
Preparados de carnes, pescados, crustáceos y moluscos
Código Glosa
16.00.01 Preparados de carne.
16.00.89 Otros, excepto caviar.
CAPITULO 17
Azúcares y artículos de confitería
17.09.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
17.01 Azúcares de remolacha y de caña, en
estado sólido.
01 Azúcar en bruto.
02 Azúcar refinada.
89 Otros.
CAPITULO 18
Cacao y sus preparados
Código Glosa
18.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
18.06 Chocolate y otros preparados
alimenticios que contengan cacao.
01 Confites.
89 Otros.
CAPITULO 19
Preparados a base de cereales, harinas, almidones o féculas. Productos de pastelería
Código Glosa
19.00.00 Preparados a base de cereales, harinas,
almidones o féculas, productos de
pastelería.
CAPITULO 20
Preparados de legumbres, hortalizas, frutas y otras plantas o partes de plantas
Código Glosa
20.00.00 Preparados de legumbres, hortalizas,
frutas y otras plantas o partes de
plantas.
CAPITULO 21
Preparados alimenticios diversos
21.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
21.07 Preparados alimenticios no expresados ni
comprendidos en otras posiciones.
01 Leche modificada especial para la
alimentación.
CAPITULO 22
Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
22.01.00 Agua, aguas minerales, aguas gaseosas,
hielo y nieve.
22.02.00 Limonadas, aguas gaseosas aromatizadas
(incluidas las aguas minerales tratadas de
esta manera) y otras bebidas no
alcohólicas con exclusión de los jugos de
frutas y de legumbres y hortalizas de la
posición 20.07.
22.08.00 Alcohol etílico sin desnaturalizar, de
graduación igual o superior a 80 grados;
alcohol etílico desnaturalizado de
cualquier graduación.
22.09 Alcohol etílico sin desnaturalizar de
graduación inferior a 80 grados;
aguardientes, licores y demás bebidas
espirituosas; preparados alcohólicos
compuestos (llamados "extractos
concentrados") para la fabricación de
bebidas.
01 Aguardiente de caña.
02 Preparados alcohólicos compuestos para la
fabricación de bebidas (extractos
concentrados).
22.10.00 Vinagres y sus sucedáneos, comestibles.
CAPITULO 23
Residuos y desperdicios de las industrias alimenticias
Alimentos preparados para animales
Código Glosa
23.00.00 Residuos y desperdicios de las industrias
alimenticias; alimentos preparados para
animales.
CAPITULO 24
Tabaco
24.01.00 Tabaco en rama o sin elaborar;
desperdicios de tabaco.
24.02 Tabaco elaborado; extracto o jugos de
tabaco.
01 Cigarros.
89 Otros, excepto cigarrillos.
SECCION V
PRODUCTOS MINERALES
CAPITULO 25
Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos
Código Glosa
25.01.00 Sal gema, sal de salinas, sal marina, sal
de mesa; cloruro sódico puro; aguas madres
de salinas; agua de mar.
25.02.00 Piritas de hierro sin tostar.
25.03.00 Azufre de cualquier clase, con exclusión
del azufre sublimado, del azufre
precipitado y del azufre coloidal.
25.04.00 Grafito natural.
25.05.00 Arenas naturales de cualquier clase,
incluso coloreadas, con exclusión de las
arenas metalíferas clasificadas en la
posición 26.01
26.06.00 Cuarzo (excepto las arenas naturales);
cuarcita, en bruto, desbastadas o
simplemente troceada por aserrado.
25.07.00 Arcillas (caolín, bentonita, etc.),
excepto las arcillas dilatadas de la
posición 68.07, andalucita, cianita,
silimanita, incluso calcinadas; mullita;
tierras de chamota y de dinas.
25.08.00 Creta.
25.09.00 Tierras colorantes, incluso calcinadas o
mezcladas entre sí; óxidos de hierro
micáceos naturales.
25.10.00 Fosfato de calcio naturales, fosfatos
aluminocálcicos naturales, apatito y
cretas fosfatadas.
25.11.00 Sulfatos de bario natural (baritina);
carbonato de bario natural (Witherita),
incluso calcinado, con exclusión del óxido
de bario.
25.12.00 Harinas silíceas fósiles y otras tierras
silíceas análogas (Kieselgur, tripolita,
diatomita, etc.) de densidad aparente
igual o inferior a 1, incluso calcinadas.
25.13.00 Piedra pómez, esmeril; corindon natural,
granate natural y otros abrasivos
naturales, incluso tratados térmicamente.
25.14.00 Pizarra, en bruto, exfoliada, desbastada
o simplemente troceada por aserrado.
25.15.00 Mármoles, travertinos, "ecaussines" y
otras piedras calizas de talla o de
construcción de densidad aparente igual o
superior a 2,5 y el alabastro, en bruto,
desbastados o simplemente troceados por
aserrado.
25.16.00 Granito, pórfido, basalto, arenisca y
otras piedras de talla o de construcción,
en bruto, desbastados o simplemente
troceados por aserrado.
25.17.00 Cantos y piedras triturados (incluso
tratados térmicamente), gravas, macadam y
macadam alquitranado, de los tipos
generalmente utilizados para el
hormigonado y para la construcción de
carreteras, vías férreas u otros balastos;
pedernal y quijarros, incluso tratados
térmicamente; gránulos y fragmentos
(incluso tratados térmicamente) y polvo de
las piedras de las posiciones 25.15. y
25.16.
25.18.00 Dolomita en bruto, desbastada o
simplemente troceada por aserrado;
dolomita fritada o calcinada; aglomerado
de dolomita.
25.19.00 Carbonato natural de magnesio (magnesita),
incluso calcinado, con exclusión del óxido
de magnesio.
25.20.00 Yeso natural; anhidrita; yesos calcinados,
incluso coloreados o con adición de
pequeñas cantidades de aceleradores o
retardadores, pero con exclusión de los
yesos especialmente preparados para el
arte dental.
25.21.00 Castinas y piedras utilizables en la
fabricación de cal o de cemento.
25.22.00 Cal ordinaria (viva o apagada); cal
hidráulica, con exclusión del óxido y del
hidróxido de calcio.
25.23 Cementos hidráulicos (incluidos los
cementos sin pulverizar llamados
"clinkers"), incluso coloreados.
01 Cemento Portland (gris).
02 Cementos aluminosos (cementos fundidos).
89 Otros.
25.24.00 Amianto (Asbesto).
25.25.00 Espuma de mar natural (incluso en trozos
pulimentados y ámbar natural (succino);
espuma de mar y ámbar regenerados, en
plaquitas, varillas, barras, y formas
similares, simplemente moldeadas;
azabache.
25.26.00 Mica, incluida la mica exfoliada en
laminillas irregulares ("Splitting") y los
desperdicios de mica.
25.27.00 Esteatita natural, en bruto, desbastada o
simplemente troceada por aserrado; talco.
25.28.00 Criolita y quiolita naturales.
25.29.00 Sulfuros de arsénicos naturales.
25.30.00 Boratos naturales en bruto y sus
concentrados (calcinados o sin calcinar),
con exclusión de los boratos extraídos de
las salmueras naturales; ácido bórico
natural con un contenido máximo de 85 por
100 de Ro3h3 valorado sobre producto seco.
25.31.00 Feldespato; leucita; nefelina y nefelina
sienita; espato flúor.
25.32.00 Carbonato de estroncio (estroncianita),
incluso calcinado, con la exclusión del
óxido de estroncio; materias minerales no
expresadas ni comprendidas en otras
posiciones; restos y cascos de cerámica.
CAPITULO 26
Minerales metalúrgicos; escorias y cenizas.
Código Glosa
26.01.00 Minerales metalúrgicos, incluso
enriquecidos; piritas de hierro tostadas
(cenizas de piritas).
26.02.00 Escorias, batiduras y otros desperdicios
de la fabricación del hierro y del acero.
26.03.00 Cenizas y residuos (distintos de los de la
posición 26.02), que contengan metal o
compuestos metálicos.
26.04.00 Otras escorias y cenizas, incluidas las
cenizas de algas (fucos).
CAPITULO 27
Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación, materias bituminosas; ceras minerales
27.00.01 Reactivos químicos pro-análisis.
27.01.00 Hullas, briquetas, ovoides y combustibles
sólidos análogos obtenidos a partir de la
hulla.
27.02.00 Lignito y sus aglomerados.
27.03.00 Turba (incluida la turba para cama de
animales) y sus aglomerados.
27.04.00 Coques y semicoques de hulla, de lignito y
de turba.
27.05.00 Carbón de retorta.
27.06.00 Alquitranes de hulla, de lignito o de
turba y otros alquitranes minerales,
incluidos los alquitranes minerales
descabezados y alquitranes minerales
reconstruidos.
27.07.00 Aceites y demás productos procedentes de
la destilación de los alquitranes de hulla
de alta temperatura; productos análogos
según lo dispuesto en la nota 2 del
Capítulo.
27.08.00 Brea y coque de brea de hulla o de otros
alquitranes minerales.
27.09.00 Aceites crudos de petróleo o de minerales
bituminosos.
27.10 Aceites de petróleo o de minerales
bituminosos (distintos de los aceites
crudos) preparaciones no expresadas ni
comprendidas en otras posiciones con una
proporción en peso de aceite de petróleo
o de minerales bituminosos igual o
superior al 70 por 100 y en las que estos
aceites constituyen el elemento base.
01 Gasolina.
02 Kerosene.
03 Aceites combustibles destilados (gas oil y
diesel oil).
04 Aceites combustibles residuales pesados.
05 Aceites bases.
06 Aceites blancos (de vaselina, de
parafina).
07 Aceites lubricantes terminados.
08 Grasas lubricantes.
09 Aceites aislantes para uso eléctrico.
10 Aceites para transmisiones y frenos
hidráulicos, excluidos los de la posición
38.19.
89 Otros.
27.11.00 Gas de petróleo y otros hidrocarburos
gaseosos.
27.12.00 Vaselina.
27.13 Parafina, ceras de petróleo o de minerales
bituminosos, ozoquerita, cera de lignito,
sera de turba, residuos parafínicos
("gastsch" o "slack wax", etc.) incluso
coloreados.
01 Parafina.
89 Otros.
27.14.00 Betún de petróleo, coque de petróleo y
otros residuos de los aceites de petróleo
o de minerales bituminosos.
27.15.00 Betunes naturales y asfaltos naturales;
pizarras y arenas bituminosas; rocas
asfálticas.
27.16.00 Mezclas bituminosas a base de asfalto o
de betún natural, de betún, de petróleo,
de alquitrán mineral o de brea de
alquitrán mineral (mastiques bituminosos,
"cut-backs", etc.).
27.17.00 Energía eléctrica.
SECCION VI
Productos de las industrias químicas y de las industrias conexas
CAPITULO 28
Productos químicos inorgánicos: compuestos inorgánicos u orgánicos de metales preciosos, de elementos radioactivos, de metales de la tierras raras y de isótopos
Código Glosa
28.00.01 Reactivos químicos pro-análisis.
28.01.00 Halógenos (flúor, cloro, bromo, yodo).
28.02.00 Azufre sublimado o precipitado; azufre
coloidal.
28.03.00 Carbono (principalmente, negros de humo).
28.04.00 Hidrógeno; gases raros; otros metaloides.
28.05.00 Metales alcalinos y alcalinotérreos;
metales de las tierras raras, itrio y
escandio, incluso mezclados o aleados
entres sí; mercurio.
28.06.00 Acido clorhídrico, ácido clorosulfúrico.
28.07.00 Anhídrido sulfuroso (dióxido de azufre).
28.08.00 Acido sulfúrico; OLEUM.
28.09.00 Acido nítrico; ácidos sulfonítricos.
28.10.00 Anhídrido y ácidos fosfóricos (Meta-Orto
y piro).
28.11.00 Anhídrido arsenioso; anhídrido y ácido
arsénicos.
28.12.00 Acido y anhídrido bóricos.
28.13.00 Otros ácidos inorgánicos y compuestos
oxigenados de los metaloides.
28.14.00 Cloruros, oxicloruros y otros derivados
halogenados y oxihalogenados de los
metaloides.
28.15.00 Sulfuros metaloídicos, incluido el
trisúlfuro de fósforo.
28.16.00 Amoníaco licuado o en solución.
28.17.00 Hidróxido de sodio (soda cáustica),
hidróxido de potasio (potasa cáustica);
peróxidos de sodio y de potasio.
28.18.00 Oxidos, hidróxidos y peróxidos de
estroncio, de bario y de magnesio.
28.19.00 Oxido de zinc, peróxido de zinc.
28.20.00 Oxido e hidróxido de aluminio (alúmina);
corindones artificiales.
28.21.00 Oxidos e hidróxidos de cromo.
28.22.00 Oxidos de manganeso.
28.23.00 Oxidos e hidróxidos de hierro (incluidas
las tierras colorantes a base de óxido de
hierro natural, que contengan en peso 70
por 100 o más de hierro combinado,
valorado en Fe203.
28.24.00 Oxidos e hidróxidos (hidratos) de cobalto.
28.25.00 Oxidos de titanio.
28.26.00 Oxidos de estaño; óxido estannoso (óxido
pardo) y óxido estannico (anhídrido
estannico).
28.27.00 Oxidos de plomo, incluidos el minio y el
minio anaranjado.
28.28.00 Hidrazina e hidroxilamina y sus sales
inorgánicas; otras bases, óxidos,
hidróxidos y peróxidos metálicos
inorgánicos.
28.29.00 Fluoruros; fluosilicatos, fluoboratos y
demás fluosales.
28.30.00 Cloruros y oxicloruros.
28.31.00 Cloritos e hipocloritos.
28.32.00 Cloratos y percloratos.
28.33.00 Bromuros y oxibromuros; bromatos y
perbromatos; hipobromitos.
28.35.00 Sulfuros, incluidos los polisulfuros.
28.36.00 Hidrosulfitos, incluidos los hidrosulfitos
estabilizados por materias orgánicas;
sulfoxilatos.
28.37.00 Sulfitos e hiposulfitos.
28.38.00 Sulfatos y alumbres; persulfatos.
28.39.00 Nitritos y nitratos.
28.40 Fosfitos, hipofosfitos y fosfatos.
01 Tripolifosfato de sodio
89 Otros.
28.41.00 Arsenitos y arseniatos.
28.42 Carbonatos y percarbonatos, incluido el
carbonato de amonio comercial que contenga
carbamato amónico.
01 Ceniza de soda.
02 Carbonato ácido (bicarbonato de sodio).
03 De calcio precipitado.
89 Otros.
28.43.00 Cianuros simples y complejos.
28.44.00 Fulminatos, cianatos y tiocianatos.
28.45.00 Silicatos, incluidos los silicatos
comerciales de sodio o de potasio.
28.46.00 Boratos y perboratos.
28.47.00 Sales de los ácidos de óxidos metálicos
(cromatos, permanganatos, estannatos,
etc.).
28.48.00 Otras sales y persales de los ácidos
inorgánicas, con exclusión de los
hidrazoatos (azidas).
28.49.00 Metales preciosos en estado coloidal,
amalgamas de metales preciosos; sales y
demás compuestos orgánicos o inorgánicos
de metales preciosos, sean o no de
constitución química definida.
28.50.00 Elementos químicos e isótopos,
fisionables; otros elementos químicos
radioactivos o isótopos radioactivos, sus
compuestos inorgánicos u orgánicos, sean o
no de constitución química definida;
aleaciones, dispersiones y "cermets" que
contengan estos elementos o estos isótopos
o sus compuestos inorgánicos u orgánicos.
28.51.00 Isótopos de elementos químicos distintos
de los de la posición 28.50; sus
compuestos inorgánicos u orgánicos, sean o
no de constitución química definida.
28.52.00 Compuestos inorgánicos u orgánicos de
torio, de uranio empobrecido en U235 y de
metales de las tierras raras, de itrio y
de escandio, incluso mezclados entre sí.
28.53.00 Aire líquido (incluido el aire líquido del
que se han eliminado los gases raros);
aire comprimido.
28.54.00 Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada),
comprendida el agua oxigenada sólida.
28.55.00 Fosfuros.
28.56.00 Carburo (carburos de silicio, de boro;
carburos metálicos, etc.).
28.57.00 Hidruros, nitruros e hidrazoatos (azidas),
siliciuros y boruros.
28.58.00 Otros compuestos inorgánicos, incluidas
las aguas destiladas, de conductibilidad o
de igual grado de pureza, y las amalgamas
que no sean de metales preciosos.
CAPITULO 29
Productos químicos orgánicos
29.00.01 Reactivos químicos pro-análisis.
29.00.02 Drogas.
29.00.03 Pesticidas.
29.01 Hidrocarburos:
01 Tolueno (metilbenceno).
02 Estireno (vinilbenceno; estiroleno,
estirol).
89 Otros.
29.02 Derivados halogenados de los hidrocarburos
01 Clorofluorometanos.
02 Tetracloruro de carbono (tetraclorometano)
03 Tricloroetileno.
04 Tetracloroetileno.
89 Otros.
29.03.00 Derivados sulfonados, nitratos, nitrosados
de los hidrocarburos.
29.04 Alcoholes aciclícos y sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados,
nitrosados:
01 Metílico (metanol).
02 Isopropílico.
03 Butílicos.
04 2 etil-hexanol.
05 Etilenglicol (Etanodiol, glicol).
06 Pentaeritritol (Pentaeritrina,
tetranetilolmetano).
07 Propilenglicol (Propanodiol).
08 Sorbitol (Hexanohexol, sorbita).
89 Otros.
29.05.00 Alcoholes cíclicos y sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados,
nitrosados.
29.06 Fenoles y fenoles-alcoholes:
01 Fenol (ácido fénico).
89 Otros.
29.07.00 Derivados halogenados, sulfonados,
nitrados, nitrosados de los fenoles y de
los fenoles-alcoholes.
29.08.00 Eteres-óxidos, éteres-óxidos-alcoholes,
éteres-óxidos-fenoles, éteres-óxidos-
alcoholes-fenoles, peróxidos de alcoholes
y peróxidos de éteres, y sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados,
nitrosados.
29.09.00 Epóxidos, epocialcoholes, epoxifenoles y
epoxiéteres (alfa o beta); sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados,
nitrosados.
29.10.00 Acetales, semiacetales y acetales y
semiacetales de funciones oxigenadas
simples o complejas, y sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados,
nitrosados.
29.11.00 Aldehidos, aldehidos-alcoholes, aldehidos-
éteres, aldehidos-fenoles y demás
aldehidos de funciones oxigenadas simples
o complejas; polímeros cílicos de los
aldehidos; para formaldehido.
29.12.00 Derivados halogenados, sulfonados,
nitrados, nitrosados de los productos de
la posición 29.11.
29.13 Cetonas, cetonas-alcoholes, cetonas-
fenoles, cetonas-aldehidos, quinonas,
quinonas-alcoholes, quinonas-fenoles,
quinonas-aldehidos y otras cetonas y
quinonas de funciones oxigenadas simples o
complejas y sus derivados halogenados,
sulfonados, nitrados, nitrosados:
01 Metiletilcetona (butanona).
02 Metilisobutilcetona (hexona,
isopropilacetona).
89 Otros.
29.14 Acidos monocarboxilicos, sus anhídridos,
halogenuros, peróxidos y perácidos; sus
derivados halogenados, sulfonados,
nitrados y nitrosados.
01 Acetato de vinilo monómero.
02 Metacrilato de metilo.
89 Otros.
29.15 Acidos policarboxílicos, sus anhídridos,
halogenuros, peróxidos y perácidos; sus
derivados halogenados, sulfonados,
nitrados y nitrosados.
01 Anhídrido maleico.
02 Anhídrido ftálico.
03 Plastificantes ftálicos
89 Otros.
29.16 Acidos carboxilicos con función alcohol,
fenol, alheido o cetona y otros ácidos
carbolílicos, con funciones oxigenadas
simples o completas, sus anhídridos,
halogenuros, peróxidos y perácidos; sus
derivados halogenados, sulfonados,
nitrados y nitrosados.
01 Acido acetilsalicílico.
89 Otros.
29.17.00 Esteres sulfúricos y sus sales, y sus
derivados halogenados, sulfonados,
nitrados, nitrosados.
29.18.00 Esteres nitrosos y nítricos, y sus
derivados, halogenados, sulfonados,
nitrados, nitrosados.
29.19.00 Esteres fosfóricos y sus sales, incluidos
los lactofosfatos, y sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados y
nitrosados.
29.20.00 Esteres carbónicos y sus sales, y sus
derivados halogenados, sulfonados,
nitrados, nitrosados.
29.21.00 Otros ésteres de los ácidos minerales
(excepto los ésteres de los ácidos
halogenados) y sus sales, y sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados,
nitrosados.
29.22.00 Compuestos de función amina.
29.23 Compuestos aminados de funciones
oxigenadas simples o complejas:
01 P-nitro-fenil 2 amino-propano-diol-1,3.
02 Glutamato monosódico.
89 Otros.
29.24.00 Sales e hidratos de amonio cuaternarios,
incluidas las lecitinas y otros fosfo-
aminolípidos.
29.25 Compuestos de función carboxiamida y
compuestos de función amida del ácido
carbónico:
01 Urea con más de 45% de nitrógeno en estado
seco.
89 Otros.
29.26.00 Compuestos de función imida de los ácidos
carboxílicos (comprendida la imida
ortosulfobenzoica y sus sales) o de
función imina (comprendida la
hexametilenotetramina y la
trimetilenotrinitramina).
29.27.00 Compuestos de función nitrilo.
29.28.00 Compuestos diazoícos, azoicos y azoxi.
29.29.00 Derivados orgánicos de la hidrazina o de
la hidroxilamina.
29.30.00 Compuestos de otras funciones
nitrogenadas.
29.31 Tiocompuestos orgánicos.
01 Xantatos o xantogenatos.
02 Reactivos para la concentración de
minerales.
03 Aceleradores de vulcanización.
89 Otros.
29.32.00 Compuestos organoarseniados.
29.33.00 Compuestos organomercúricos.
29.34.00 Otros compuestos organominerales.
29.35 Compuestos heterocíclicos, incluidos los
ácidos nucleicos:
01 Epsilon-caprolactama.
02 Aceleradores de vulcanización.
89 Otros.
29.36.00 Sulfamidas.
29.37.00 Sultonas y sultamas.
29.38 Provitaminas y vitaminas, naturales o
reproducidas por síntesis (incluso los
concentrados naturales), así como sus
derivados en tanto se utilicen
principalmente como vitaminas, mezclados o
no entre sí, incluso en soluciones de
cualquier clase:
01 Vitamina A y sus derivados, sin mezclar.
02 Vitamina B y sus derivados, sin mezclar.
03 Vitamina C y sus derivados, sin mezclar.
04 Provitaminas y vitaminas D y sus
derivados, sin mezclar.
05 Vitamina E y sus derivados, sin mezclar.
06 Otras vitaminas y sus derivados, sin
mezclar.
07 Concentrados y mezclas de vitaminas y
provitaminas.
29.39.00 Hormonas naturales o reproducidas por
síntesis; sus derivados utilizados
principalmente como hormonas; otros
esteroides utilizados principalmente como
hormonas.
29.40 Enzimas:
01 Cuajo.
89 Otras.
29.41.00 Heterosidos naturales o reproducidos por
síntesis, sus sales, éteres, ésteres y
otros derivados.
29.42.00 Alcaloides vegetales, naturales o
reproducidos por síntesis, sus sales,
éteres, ésteres y otros derivados.
29.43.00 Azúcares químicamente puros, con excepción
de la sacarosa, la glucosa y la lactosa;
éteres y ésteres de azúcares y sus sales,
diferentes de los productos incluidos en
las posiciones 29.39, 29.41 ó 29.42.
29.44 Antibióticos:
01 Penicilinas, sus sales, derivados y
compuestos.
02 Estreptomicina, sus sales, derivados y
compuestos.
03 Cloromicetina (cloranfenicol) y sus sales,
derivados y compuestos.
04 Oxitetraciclina (terramicina y sus
sinónimos).
89 Otros.
29.45.00 Los demás compuestos orgánicos.
CAPITULO 30
Productos farmacéuticos
Código Glosa
30.01.00 Glándulas y demás órganos para usos
opoterápicos, desecados, incluso
pulverizados; extractos para usos
opoterápicos, de glándulas o de otros
órganos o de sus secreciones, otras
sustancias animales preparadas para fines
terapéuticos o profilácticos no expresados
ni comprendidas en otras posiciones.
30.02.00 Sueros de personas o de animales
inmunizados, vacunas microbianas, toxinas,
cultivos de microorganismos (incluidos los
fermentos y con exclusión de las
levaduras) y otros productos similares.
30.03 Medicamentos empleados en medicina o en
veterinaria:
01 No dosificados ni acondicionados para la
venta al por menor, para uso humano.
02 Dosificados y/o acondicionados para la
venta al por menor para uso humano.
03 No dosificados ni acondicionados para la
venta al por menor, para uso veterinario.
04 Dosificados y/o acondicionados para la
venta al por menor, para uso veterinario.
30.04.00 Guatas, gasas, vendas y artículos análogos
(apósitos, esparadrapos, sinapismos,
etc.), impregnados o recubiertos de
sustancias farmacéuticas o acondicionadas
para la venta al por menor con fines
médicos o quirúrgicos, distintos de los
productos a que se refiere la nota 3 de
este capítulo.
30.05.00 Otros preparados y artículos
farmacéuticos.
CAPITULO 31
Abonos
31.01.00 Guano y otros abonos naturales de origen
animal o vegetal, incluso mezclados entre
sí, pero no elaborados químicamente.
31.02.00 Abonos minerales o químicos nitrogenados.
31.03.00 Abonos minerales o químicos fosfatados.
31.04.00 Abonos minerales o químicos potásicos.
31.05.00 Otros abonos; productos de este Capítulo
que se presenten en tabletas, pastillas y
demás formas análogas o en envases de un
peso bruto máximo de 10 kilogramos.
CAPITULO 32
Extractos curtientes y tintóreos; taninos y sus derivados; materias colorantes, colores, pinturas, barnices y tintes; mastiques; tintas.
Código Glosa
32.01.00 Extractos curtientes de origen vegetal.
32.02.00 Taninos (ácidos tánicos), incluso el
tanino de nuez de agallas al agua, y sus
sales, éteres, ésteres y otros derivados.
32.03.00 Productos curtientes orgánicos sintéticos
y productos curtientes inorgánicos;
preparaciones curtientes, contengan o no
productos curtientes naturales;
preparaciones enzimáticas para curtición
(rindentes enzimáticos, pancreáticos,
bacterianos, etc.).
32.04.00 Materias colorantes de origen vegetal
(incluidos los extractos de maderas
tintóreas y de otras especies tintóreas
vegetales, pero con exclusión del índigo)
y materias colorantes de origen animal.
32.05 Materias colorantes orgánicas sintéticas;
productos orgánicos sintéticos de la clase
de los utilizados como "luminóforos";
productos denominados "Agentes de blanqueo
óptico" fijables sobre fibra; índigo
natural:
01 Colorantes.
02 Pigmentos.
03 Luminóforos y agentes de blanqueo óptico.
89 Otros.
32.06.00 Lacas colorantes.
32.07.00 Otras materias colorantes: productos
inorgánicos de la clase de los utilizados
como "luminóforos".
32.08.00 Pigmentos, opacificantes y colores
preparados, composiciones vitrificables,
lustres, líquidos y preparados similares
para las industrias de cerámica, esmalte o
vidrio; engobes; frita de vidrio y otros
vidrios en forma de polvo, gránulos,
laminillas o copos.
32.09 Barnices; pinturas al agua, pigmentos al
agua preparados de la clase de los que se
utilizan para el acabado de los cueros;
otras pinturas; pigmentos molidos en
aceite de linaza, en "white spirit", en
esencia de trementina, en un barniz o en
otros medios, utilizables para la
fabricación de pinturas; hojas para el
marcado a fuego; tintes presentados en
forma o en envases para la venta al por
menor:
01 Barnices.
02 Pinturas.
89 Otros.
32.10.00 Colores para la pintura artística, la
enseñanza, la pintura de rótulos, colores
para modificar los matices o para
entretenimiento, en tubos, botes, frascos,
platillos y presentaciones análogas,
incluso en pastillas; los juegos de estos
colores provistos o no de pinceles,
difumino, platillos u otros accesorios.
32.11.00 Secativos preparados.
32.12.00 Mastiques (incluidos los mastiques y
cementos de resina); plastes utilizados en
pinturas y plastes no refractarios del
tipo de los utilizados en albañilería.
32.13 Tintas para escribir o dibujar, tintas de
imprenta y otras tintas:
01 Tintas de imprentas.
89 Otras.
CAPITULO 33
Aceites esenciales y resinoides; productos de perfumería o de tocador y cosméticos.
Código Glosa
33.01.00 Aceites esenciales (desterpenados o no),
líquidos o concretos y resinoides.
33.02.00 Subproductos terpénicos residuales de la
desterpenación de los aceites esenciales.
33.02.00 Soluciones concentradas de aceites
esenciales en las grasas, en los aceites
fijos, las ceras o en materias análogas,
obtenidas por absorción fría (enflorado) o
maceración.
33.04.00 Mezclas entre sí de dos o más sustancias
odoríferas, naturales o artificiales, y
mezclas a base de una o más de estas
sustancias (incluidas las simples
soluciones en un alcohol), que constituyen
materias básicas para la perfumería, la
alimentación u otras industrias.
33.05.00 Aguas destiladas aromáticas y soluciones
acuosas de aceites esenciales, incluso
medicinales.
CAPITULO 34
Jabones, productos orgánicos tensoactivos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos para lustrar y pulir, bujías y artículos análogos, pastas para modelar y ceras para el arte dental.
Código Glosa
34.01.00 Jabones; productos y preparaciones
orgánicas tensoactivas usadas como jabón,
en barras, en trozos, en formas moldeadas
o troqueladas o en panes (contengan o no
jabón).
34.02 Productos orgánicos tensoactivos;
preparaciones tensoactivas y preparaciones
para lavar, contengan o no jabón.
01 Productos orgánicos tensoactivos.
02 Preparaciones tensoactivas y preparaciones
para lavar.
34.03 Preparaciones lubricantes, y
preparaciones del tipo de las utilizadas
para el ensimado de las materias textiles,
aceitado o engrasado del cuero o de otras
materias, con exclusión de las que
contengan en peso 70 por 100 o más aceites
de petróleo o de minerales bituminosos:
01 Preparaciones lubricantes.
89 Otras.
34.04.00 Ceras artificiales, incluidas las solubles
en agua; ceras preparadas sin emulsionar y
sin disolvente.
34.05.00 Betunes y cremas para el calzado,
encáusticos, lustres para metales, pastas
y polvos para limpiar y preparaciones
similares, excepto las ceras preparadas de
la posición 34.04.
34.06.00 Bujías, velas, cirios, cerillo en rollo,
lamparillas (mariposas) y artículos
análogos.
34.07.00 Pastas para modelar, incluso presentadas
en surtidos o dispuestas para el
entretenimiento de los niños;
preparaciones del tipo de las llamadas
"ceras para el arte dental" presentadas en
pastillas, herraduras, barritas o formas
similares.
CAPITULO 35
Materiales albuminoideas y colas.
35.00.01 Reactivos químicos pro-análisis.
35.00.02 Drogas.
35.01.00 Caseínas, caseinatos y otros derivados de
de las caseínas, colas de caseínas.
35.02.00 Albúminas, albuminatos y otros derivados
de las albúminas.
35.03.00 Gelatinas (Comprendidas las presentadas en
hojas cortadas de forma cuadrada o
rectangular, incluso trabajadas en su
superficie o coloreadas) y sus derivados;
colas de huesos, de pieles, de nervios, de
tendones y similares y colas de pescado;
ictiocola sólida.
35.04.00 Peptonas y otras materias proteicas y sus
derivados; polvo de pieles, tratado o no
al cromo.
35.05.00 Dextrina y colas de dextrina; almidones y
féculas solubles o tostados; colas de
almidón o de fécula.
35.06.00 Colas preparadas no expresadas ni
comprendidas en otras posiciones;
productos de cualquier clase utilizables
como colas, acondicionados para la venta
al por menor como tales colas en envase de
un peso neto igual o inferior a un
kilogramo.
CAPITULO 36
Pólvoras y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos, aleaciones pirofóricas; materias inflamables.
Código Glosa
36.01.00 Pólvoras de proyección.
36.02.00 Explosivos preparados.
36.03.00 Mechas; cordones y detonantes.
36.04.00 Cebos y cápsulas fulminantes;
inflamadores; detonadores.
36.05.00 Artículos de pirotecnia (fuegos
artificiales, petardos, cebos parafinados,
cohetes granífugos y similares).
36.06.00 Cerillas o fósforos.
36.07.00 Ferrocerío y otras aleaciones pirofóricas,
cualquiera que sea su forma de
presentación.
36.08.00 Artículos de materias inflamables.
CAPTIULO 37
Productos fotográficos y cinematográficos.
37.01.00 Placas fotográficas y películas planas,
sensibilizadas, no impresionadas, en
materias que no sean de papel, cartón o
tejido.
37.02.00 Películas sensibilizadas, sin impresionar,
perforadas o no, en rollos o en tiras.
37.03.00 Papeles, cartulinas y tejidos
sensibilizados, estén o no impresionados,
pero sin revelar.
37.04.00 Placas y películas (incluso las
cinematográficas) impresionadas, negativas
o positivas, sin revelar.
37.05.00 Placas, películas sin perforar y películas
perforadas (distintas de las
cinematográficas), impresionadas y
reveladas, negativas o positivas.
37.06.00 Películas cinematográficas, impresionadas
y reveladas, que lleven sólo la impresión
del sonido, negativas o positivas.
37.07.00 Las demás películas cinematográficas
impresionadas y reveladas, mudas o con la
impresión de imagen y sonido a la vez,
negativas o positivas.
37.08.00 Productos químicos para usos fotográficos,
incluidos los que sirven para producir la
luz relámpago.
CAPITULO 38
Productos diversos de las industrias químicas.
Código Glosa
38.00.01 Reactivos químicos pro-análisis.
38.01.00 Grafito artificial y grafito coloidal,
excepto el que se presente en suspensión
en aceite.
38.02.00 Negros de origen animal (negro de huesos,
negro de marfil, etc.), incluido el negro
animal agotado.
38.03.00 Carbones activados (decolorantes,
despolarizantes o absorbentes); sílice:
fósiles activadas, arcillas activadas,
bauxita activada y otras materias
minerales naturales activadas.
38.04.00 Aguas amoniacales y masa depuradora,
agotada procedente de la depuración del
gas de alumbrado.
38.05.00 "Tall oil" (resina de lejías celulósicas).
38.06.00 Lignosulfitos.
38.07.00 Esencia de trementina; esencia de madera
de pino o esencia de pino, esencia de
pasta celulósica al sulfato y demás
disolventes terpénicos procedentes de la
destilación o de otros tratamientos de las
maderas de coníferas; dipenteno en bruto;
esencia de pasta celulósica al bisulfito;
aceite de pino.
38.08.00 Colofonia y ácidos resínicos, y sus
derivados, excepto las resinas
esterificadas de la posición 39.05;
esencia de resina y aceites de resina.
38.09.00 Alquitranes de madera, aceites de
alquitranes de madera (excepto los
diluyentes y disolventes compuestos de la
posición 38.18); creosota de madera;
metileno y aceite de acetona.
38.10.00 Pez vegetal de todas clases; pez de
cerveceros y productos análogos a base de
colofonias o de pez vegetal; aglutinantes
para núcleos de fundición a base de
productos resinosos naturales.
38.11 Desinfectantes, insecticidas, fungicidas,
herbicidas, raticidas, paraticidas y
similares, presentados en forma o envases
para la venta al por menor o en
preparaciones, o en artículos tales como
cintas, mechas y bujías azufradas y
papeles matamoscas:
01 Presentados en formas o envases para la
venta al por menor o en artículos tales
como cintas, mechas y bujías azufradas y
papeles matamoscas.
02 Desinfectantes, insecticidas y similares.
38.12.00 Aderezos, aprestos y mordientes
preparados, de la clase de los utilizados
en las industrias textil, del papel, del
cuero o análogas.
38.13.00 Preparados para el decapado de los
metales; flujos desoxidantes para soldar y
otros compuestos auxiliares para la
soldadura de los metales; pastas y polvos
para soldar compuestos del metal de aporte
y de otros productos; preparados para
recubrir o rellenar electrodos y varillas
de soldadura.
38.14.00 Preparados antidetonantes, antioxidantes,
aditivos peptizantes, mejoradores de
viscosidad, aditivos anticorrosivos y
otros aditivos, preparados similares para
aceites minerales.
38.15.00 Composiciones llamadas "aceleradores de
vulcanización".
38.16.00 Medios de cultivo preparados para el
desarrollo de microorganismos.
38.17.00 Mezclas y cargas para aparatos extintores;
granadas extintoras.
38.18.00 Disolventes y diluyentes compuestos para
barnices o productos similares.
38.19 Productos químicos y preparados de las
industrias químicas o de las industrias
conexas (incluidos los que consisten en
mezclas de productos naturales), no
expresados ni comprendidos en otras
posiciones; productos residuales de las
industrias químicas o de las industrias
conexas, no expresados ni comprendidos en
otras posiciones:
01 Dodecilbenceno.
02 Catalizadores compuestos.
03 Preparados antioxidantes.
04 Líquidos para transmisiones hidráulicas y
para frenos, distintos de los de la
posición 27.10
05 Cementos y morteros refractarios.
06 Reactivos compuestos para diagnósticos y
reactivos compuestos de laboratorio.
07 Preparaciones para la concentración de
minerales.
89 Otros.
SECCION VII
Materias plásticas artificiales, éteres y ésteres de la celulosa, resinas artificiales y manufacturas de estas materias; caucho natural o sintético, caucho facticio y manufacturas de caucho
CAPITULO 39
Materias plásticas artificiales, éteres y ésteres de la celulosa, resinas artificiales y manufacturas de estas materias
Código Glosa
39.00.01 Reactivos químicos pro-análisis.
39.01 Productos de condensación, de
policondensación y de poliadición,
modificados o no, polimerizados o no,
lineales o no (fenoplastos, aminoplastos,
resinas alcídicas, poliesteres alílicos y
demás poliesteres no saturados, siliconas,
etc.):
01 En gránulos, polvos, trozos y formas
similares.
02 Líquidos o pastosos.
89 Otros.
39.02 Productos de polimerización y
copolimerización (polietilenos,
politetrahaloetilenos, poliisobutileno,
poliestireno, cloruro de polivinilo,
acetato de polivinilo, cloroacetato de
polivinilo y demás derivados
polivinílicos, derivados poliacrílicos y
polimetacrílicos, resinas de
cumaronaideno, etc.):
01 En gránulos, polvos, trozos y formas
similares.
02 Líquidos o pastosos.
89 Otros.
39.03 Celulosa regenerada; nitratos, acetatos y
otros ésteres de la celulosa; éteres de la
celulosa y otros derivados químicos de la
celulosa, plastificados o no (celoidina y
colodiones, celuloide, etc.), fibra
vulcanizada:
01 En gránulos, polvos, trozos y formas
similares.
02 Líquidos o pastosos.
89 Otros.
39.04.00 Materias albuminoideas, endurecidas
(caseína endurecida, gelatina endurecida,
etc.).
39.05.00 Resinas naturales modificadas por fusión
(gomas fundidas); resinas artificiales
obtenidas por esterificación de resinas
naturales o de ácidos resínicos (ésteres
de resinas); derivados químicos del caucho
natural (caucho clorado, clorhidratado,
ciclado, oxidado, etc.).
39.06.00 Otros altos polímeros, resinas
artificiales y materias plásticas
artificiales, incluidos el ácido algínico,
sus sales y sus ésteres; linoxina.
39.07.00 Manufacturas de las materias de las
posiciones 39.01 a 39.06, inclusive.
CAPITULO 40
Caucho natural o sintético; caucho facticio y manufacturas de caucho
Código Glosa
40.01.00 Látex de caucho natural, incluso
adicionado con látex de caucho sintético;
látex de caucho natural prevulcanizado;
caucho natural, balata, gutapercha y gomas
naturales análogas.
40.02.00 Látex de caucho sintético; látex de caucho
sintético prevulcanizado; caucho
sintético, caucho facticio derivado de los
aceites.
40.03.00 Caucho regenerado.
40.04 Desperdicios y recortes de caucho sin
endurecer; restos de manufacturas de
caucho sin endurecer, exclusivamente
utilizables para la recuperación del
caucho; caucho en polvo obtenido a partir
de desperdicios o de restos de caucho sin
endurecer.
01 Recortes de caucho.
40.05.00 Planchas, hojas y bandas de caucho,
natural o sintético, sin vulcanizar,
distinta de las hojas ahumadas y de las
hojas de crepé de las posiciones 40.01 y
40.02; granulados de caucho, natural o
sintético en forma de mezclas dispuestas
para la vulcanización; mezclas llamadas
"mezclas maestras", constituidas por
caucho, natural o sintético, sin
vulcanizar, adicionado, antes o después de
la coagulación de negro de carbono (con
aceites minerales o sin ellos) o de
anhídrido silícico (con aceites minerales
o sin ellos), bajo cualquier forma.
40.06.00 Caucho (o látex de caucho) natural o
sintético, sin vulcanizar, presentado en
otras formas o estados (soluciones y
dispersiones, tubos, varillas, perfiles,
etc.); artículos de caucho natural o
sintético, sin vulcanizar (hilos textiles
recubiertos o impregnados; discos,
arandelas, etc.).
40.07.00 Hilos y cuerdas de caucho vulcanizado,
incluso recubiertos de textiles; hilos de
fibras textiles impregnados o recubiertos
de caucho vulcanizado.
40.08.00 Planchas, hojas, bandas y perfiles
(incluso los perfiles de sección
circular), de caucho vulcanizado sin
endurecer.
40.09.00 Tubos de caucho vulcanizado sin endurecer.
40.10.00 Correas transportadoras o de transmisión,
de caucho vulcanizado.
40.11.00 Bandejas, neumáticos, bandas de rodadura
intercambiables para neumáticos, cámaras
de aire y "flaps", de caucho vulcanizado
sin endurecer, para ruedas de cualquier
clase.
40.12.00 Artículos para usos higiénicos y
farmacéuticos (incluidas las tetinas) de
caucho vulcanizado, sin endurecer, incluso
con partes de caucho endurecido.
40.13.00 Prendas de vestir, guantes y accesorios
del vestido, para cualquier uso, de caucho
vulcanizado sin endurecer.
40.14.00 Las demás manufacturas de caucho
vulcanizado sin endurecer.
40.15.00 Caucho endurecido (ebonita) en masas,
planchas, hojas o bandas, barras, perfiles
o tubos; desperdicios, polvos y residuos
40.16.00 Manufacturas de caucho endurecido
(ebonita).
SECCION VIII
Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias; artículos de guarnicionería y talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano y continentes similares; manufacturas de tripas.
CAPITULO 41
Pieles y cueros
41.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente Capítulo.
41.01.00 Pieles en bruto (frescas, saladas, secas,
encaladas, piqueladas), incluidas las
pieles de ovino con su lana.
CAPITULO 42
Manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería y de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano y continentes similares; manufacturas de tripa
42.00.00 Manufacturas de cuero; artículos de
guarnicionería y de talabartería;
artículos de viaje, bolsos de mano y
continentes similares; manufacturas de
tripa.
CAPITULO 43
Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia.
Código Glosa
43.01.00 Peletería en bruto.
SECCION IX
Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería y cestería.
CAPITULO 44
Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera
Código Glosa
44.00.00 Madera, carbón vegetal y manufacturas de
madera.
CAPITULO 45
Corcho y sus manufacturas
45.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente Capítulo.
45.01 Corcho natural en bruto y desperdicios de
corcho; corcho triturado, granulado o
pulverizado.
01 En bruto.
45.03 Manufacturas de corcho natural.
01 Tapones.
89 Otras.
CAPITULO 46
Manufacturas de espartería y cestería
Código Glosa
46.00.00 Manufacturas de espartería y cestería.
SECCION X
Materias utilizadas en la fabricación de papel; papel y sus aplicaciones.
CAPITULO 47
Materias utilizadas en la fabricación del papel
47.01.00 Pastas de papel.
47.02.00 Desperdicios de papel y cartón; papel y
cartón viejo utilizables exclusivamente
para la fabricación de papel.
CAPITULO 48
Papel y cartón; manufacturas de pastas y celulosa, de papel y de cartón.
Código Glosa
48.01.00 Papeles y cartones fabricados
mecánicamente, incluidos la guata de
celulosa, en rollos o en hojas.
48.02.00 Papel y cartón obtenido hoja a hoja
(papel fabricado a mano).
48.03.00 Papel y cartón apergaminado y sus
imitaciones, incluido el papel llamado
"cristal", en rollos o en hojas.
48.04.00 Papeles y cartones simplemente unidos por
encolado, sin impregnar ni recubrir en su
superficie, incluso reforzados
interiormente, en rollos o en hojas.
48.05.00 Papeles y cartones simplemente ondulados
(incluso con recubrimiento por encolado),
rizado, plegados, gofrado, estampados o
perforados en rollos o en hojas.
48.06.00 Papeles y cartones simplemente pautados,
rayados o cuadriculados, en rollos o en
hojas.
48.07.00 Papeles y cartones estucados, revestidos,
impregnados o coloreados superficialmente
(jaspeados, indianas y similares) o
impresos (distintos de los de la posición
48.06 y del capítulo 49) en rollos o en
hojas.
48.08.00 Bloques y placas filtrantes, de pasta de
papel.
48.00.00 Planchas para construcción, de pasta de
papel, de madera desfibrada o de vegetales
diversos desfibrados, incluso aglomerados
con resinas naturales o artificiales o con
otros aglutinantes análogos.
48.10.00 Papel de fumar recortado en tamaño
adecuado para la elaboración de
cigarrillos, incluso en librillos o en
tubos.
48.11.00 Papel para decorar habitaciones, lincrusta
y papeles diáfanos para vidrieras.
48.12.00 Cubiertas para suelos, constituidas por
soportes de papel o cartón, con o sin capa
de pasta de linóleo, incluso recortadas.
48.13.00 Papel para copiar o recortar, cortado a su
tamaño, incluso acondicionado en cajas
(papel carbón, clisés completos para
multicopistas y análogos).
48.14.00 Artículos para correspondencia: papel de
escribir en "blocks", sobres-cartas,
sobres tarjetas postales sin ilustraciones
y tarjetas para correspondencia; cajas,
sobres y presentaciones similares de papel
o cartón que contengan un surtido de
artículos para correspondencia.
48.15.00 Otros papeles y cartones recortados para
un uso determinado.
48.16 Cajas, sacos, bolsas, cucuruchos y otros
envases de papel y cartón.
01 Cajas.
02 Sacos y bolsas.
89 Otros.
48.17.00 Cartonajes rígidos usados en oficinas,
tiendas y análogos.
48.18.00 Libros registros, cuadernos, cuadernillos
y talonarios (de notas, recibos y
similares), blocks de notas, agendas,
carpetas, clasificadores, encuadernaciones
(de hojas movibles u otras), y otros
artículos de papel y cartón para usos
escolares, de oficina o de papelería;
álbumes para muestrario y para colecciones
y cubiertas para libros de papel o cartón.
48.19.00 Etiquetas de todas clases, de papel o
cartón; estén o no impresas, con o sin
ilustraciones, incluso engomadas.
48.20.00 Tambores, bobinas, canillas y soportes
similares de pasta de papel, papel o
cartón, incluso perforados o endurecidos.
48.21.00 Otras manufacturas de pasta de papel,
cartón o guata de celulosa.
CAPITULO 49
Artículos de librería y productos de las artes gráficas
49.01 Libros, folletos e impresos similares,
incluso en hojas sueltas.
01 Textos de estudio y libro técnicos.
02 Libros no especificados.
49.02.00 Diarios y publicaciones periódicas
impresos, incluso ilustrados.
49.03.00 Albumes o libros de estampas y albumes
para dibujar o para colorear, en rústica o
encuadernados de otra forma, para niños.
49.04.00 Música manuscrita o impresa, con o sin
ilustraciones, incluso encuadernada.
49.05.00 Manufacturas cartográficas de toda clase,
incluidos los mapas rurales y los planos
topográficos, impresas; esferas
(terráqueas o celestes) impresas.
49.06.00 Planos de arquitectura, de ingeniería y
otros planos y dibujos industriales,
comerciales y similares, obtenidos a mano
o por reproducción fotográfica; sobre
textos manuscritos o mecanografiados.
49.07.00 Sellos de correos, timbres fiscales y
análogos, sin obliterar, de curso legal o
destinados a tener curso legal en el país
de destino; papel timbrado, billetes de
banco, títulos de acciones o de
obligaciones y otros títulos similares,
incluidos los talonarios de cheques y
análogos.
49.08.00 Calcomanías de todas clases.
49.09.00 Tarjetas postales, tarjetas de
felicitación de Pascua y otras tarjetas
de felicitaciones ilustradas, obtenidas
por cualquier procedimiento, incluso con
adornos o aplicaciones.
49.10.00 Calendarios de todas clases, de papel o
cartón, incluidos los tacos o bloques de
calendario.
49.11.00 Estampas, grabados, fotografías y demás
impresos, obtenidos por cualquier
procedimiento.
SECCION XI
Materias textiles y sus manufacturas
CAPITULO 50
Seda, borra de seda ("schappe") y borrilla de seda
50.00.00 Seda, borra de seda ("schappe") y borrilla
de seda.
CAPITULO 51
Textiles sintéticos y artificiales continuos
51.01 Hilados de fibras textiles sintéticas y
artificiales continuas, sin acondicionar
para la venta al por menor.
01 De poliamidas.
02 De poliésteres.
03 De rayón acetato.
89 Otros.
51.02.00 Monofilamentos, tiras y formas análogas
(paja artificial) e imitaciones de catgut,
de materias textiles sintéticas y
artificiales.
51.03.00 Hilados de fibras textiles sintéticas y
artificiales continuas, acondicionados
para la venta al por menor.
51.04.00 Tejidos de fibras textiles sintéticas y
artificiales continuas (incluidos los
tejidos de monofilamentos o de tiras de
las posiciones 51.01 ó 51.02).
CAPITULO 52
Textiles metálicos y metalizados
52.01.00 Hilos de metal combinados con hilados
textiles (hilados metálicos) incluidos los
hilados textiles entorchados de metal y
los hilados textiles metalizados.
52.02.00 Tejidos de hilos de metal, de hilados
metálicos o de hilados textiles
metalizados de la posición 52.01, para
prendas de vestir, tapicería y usos
análogos.
CAPITULO 53
Lanas, pelos y crines
53.01.00 Lanas sin cardar ni peinar.
53.02.00 Pelos finos u ordinarios, sin cardar ni
peinar.
53.03.00 Desperdicios de lana y de pelos (finos
u ordinarios), con exclusión de las
hilachas.
53.04.00 Hilachas de lana y de pelos (finos u
ordinarios).
53.05 Lana y pelos (finos u ordinarios) cardados
o peinados.
01 Tops de lana.
02 Tops de pelos.
53.06.00 Hilados de lana cardada, sin
acondicionar para la venta al por menor.
53.07.00 Hilados de lana peinada, sin
acondicionar para la venta al por menor.
53.08.00 Hilados de pelos finos, cardados o
peinados, sin acondicionar para la venta
al por menor.
53.09.00 Hilados de pelos ordinarios o de crin, sin
acondicionar para la venta al por menor.
53.10.00 Hilados de lana, de pelos (finos u
ordinarios) o de crin, acondicionados para
la venta al por menor.
53.11.00 Tejidos de lana o de pelos finos.
53.12.00 Tejidos de pelos ordinarios.
53.13.00 Tejidos de crin.
CAPITULO 54
Lino y ramio
Código Glosa
54.01.00 Lino en bruto (mies de lino), enriado,
espadado, rastrillado (peinado) o tratado
de otra forma, pero sin hilar, estopas y
desperdicios de lino (incluidas las
hilachas).
54.02.00 Ramio en bruto, descortezado, desgomado,
rastrillado (peinado), o tratado en otra
forma, pero sin hilar; estopas y
desperdicios de ramio (incluidas las
hilachas).
54.03.00 Hilados de lino o de ramio, sin
acondicionar, para la venta al por menor.
54.04.00 Hilados de lino o de ramio,
acondicionados para la venta al por menor.
54.05.00 Tejidos de lino o de ramio.
CAPITULO 55
Algodón
55.01.00 Algodón sin cardar ni peinar.
55.02.00 Linters de algodón.
55.03.00 Desperdicios de algodón (incluidas las
hilachas), sin cardar ni peinar.
55.04.00 Algodón cardado o peinado.
55.05.00 Hilados de algodón sin acondicionar, para
la venta al por menor.
55.06.00 Hilados de algodón acondicionados para la
venta al por menor.
55.07.00 Tejidos de algodón de gasa de vuelta.
55.08.00 Tejidos de algodón con bucles de la clase
esponja.
55.09.00 Otros tejidos de algodón.
CAPITULO 56
Textiles sintéticos y artificiales discontinuos
56.01 Fibras textiles sintéticas y artificiales
discontinuas, sin cardar, peinar, ni haber
sufrido otra operación preparatoria del
hilado.
01 Poliamidas.
02 Poliésteres.
03 Acrílicas.
89 Otros.
56.02 Cables para discontinuos de fibras
textiles sintéticas y artificiales.
01 De poliamidas.
02 De poliésteres.
03 De acrílicas.
89 Otros.
56.03.00 Desperdicios de fibras textiles sintéticas
y artificiales (continuas o discontinuas),
sin cardar, peinar ni haber sufrido otra
operación preparatoria del hilado,
incluidos los desperdicios de hilados y
las hilachas.
56.04 Fibras textiles sintéticas y artificiales
discontinuas y desperdicios de fibras
textiles sintéticas y artificiales
(continuas o discontinuas), cardadas,
peinadas o preparadas de otra forma para
la hilatura.
01 Poliamidas.
02 Poliésteres.
03 Acrílicas.
89 Otras.
56.05 Hilados de fibras textiles sintéticas y
artificiales discontinuas (o de
desperdicios de fibras textiles sintéticas
y artificiales), sin acondicionar para la
venta al por menor.
01 De poliamidas.
02 De poliésteres.
03 De acrílicas.
89 Otras.
56.06 Hilados de fibras textiles sintéticas y
artificiales discontinuas (o de
desperdicios de fibras textiles sintéticas
o artificiales), acondicionados para la
venta al por menor.
01 De fibras sintéticas.
02 De fibras artificiales.
56.07.00 Tejidos de fibras textiles sintéticas y
artificiales discontinuas.
CAPITULO 57
Las demás fibras textiles vegetales: hilados de papel y tejidos de hilados de papel
Código Glosa
57.01.00 Cáñamo ("cannabis sativa") en rama,
enriado, agramado, rastrillado (peinado) o
trabajado de otra forma, pero sin hilar;
estopas y desperdicios, de cáñamo
(incluidas las hilachas).
57.02.00 Abaca (cáñamo de Manila o "musa textilis")
en rama, rastrillado (peinado) o trabajado
de otra forma, pero sin hilar; estopas y
desperdicios, de abaca (incluidas las
hilachas).
57.03.00 Yute y demás fibras textiles del liber no
expresadas ni comprendidas en otra
posición, en bruto, descortezadas o
tratadas de otro modo, pero sin hilar;
estopas y desperdicios de estas fibras
(incluidas las hilachas).
57.04.00 Las demás fibras textiles vegetales en
rama o trabajadas, pero sin hilar;
desperdicios de estas fibras (incluidas
las hilachas).
57.05.00 Hilados de cáñamo.
57.06.00 Hilados de yute o de otras fibras textiles
del liber, de la posición 57.03.
57.07.00 Hilados de otras fibras textiles
vegetales.
57.08.00 Hilados de papel.
57.09.00 Tejidos de cáñamo.
57.10.00 Tejidos de yute o de otras fibras textiles
del liber, de la posición 57.03.
57.11.00 Tejidos de otras fibras textiles vegetales
57.12.00 Tejidos de hilado de papel.
CAPITULO 58
Alfombras y tapices, terciopelos, felpas, tejidos rizados y tejidos de oruga o felpilla ("chenille"); cintas; pasamanería; tules y tejidos de mallas anudadas (red); puntillas, encajes y blondas; bordados
Código Glosa
58.01 Alfombras y tapices de punto anudado o
enrollado, incluso confeccionados.
01 Alfombras, excepto tejidas a mano.
58.02 Otras alfombras y tapices, incluso
confeccionados; tejidos llamados "kelim",
"soumak", "karamanie" y análogos, incluso
confeccionados.
01 Alfombras, excepto tejidas a mano.
58.04.00 Terciopelos, felpas, tejidos rizados y
tejidos de oruga o felpilla ("chenille"),
con exclusión de los artículos de las
posiciones 55.08 y 58.05.
58.05.00 Cintas, incluso las formadas por hilos o
fibras paralelas y engomadas (cintas sin
trama), con exclusión de los artículos de
la posición 58.06.
58.06.00 Etiquetas, escudos y artículos análogos
tejidos, pero sin bordar, en piezas, en
cintas o recortados.
58.07.00 Hilados de oruga o felpilla ("chenille");
hilados entorchados (distintos de los de
la posición 52.01 y de los crin
entorchados); trencillas en piezas; otros
artículos de pasamanería y ornamentales
análogos en piezas; bellotas, madroños,
pompones, borlas y similares.
58.08.00 Tules y tejidos de mallas anudadas (red)
lisos.
58.09.00 Tules, tules-bobinots y tejidos de mallas
anudadas (red) labrados; encajes (a mano o
a máquina) en piezas, tiras o motivos.
58.10.00 Bordados de toda clase en piezas, tiras o
motivos.
CAPITULO 59
Guatas y fieltros; cuerdas y artículos de cordelería; tejidos especiales, tejidos impregnados o recubiertos; artículos de materias textiles para usos técnicos
Código Glosa
59.01.00 Guatas y artículos de guata; tundiznos,
nudos y motas de materias textiles.
59.02.00 Fieltros y artículos de fieltro, incluso
impregnados o con baño.
59.03.00 "Telas sin tejer" y artículos de "telas
sin tejer", incluso impregnados o con
baño.
59.04 Cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o
sin trenzar.
01 De fibras sintéticas y artificiales.
89 Otros.
59.05.00 Redes fabricadas con las materias citadas
en la posición 59.04 en trozos, piezas o
formas determinadas; redes preparadas para
pescar, de hilados, cordeles o cuerdas.
59.06.00 Otros artículos fabricados con hilados,
cordeles, cuerdas o cordajes, con
exclusión de los tejidos y de los
artículos hechos con estos tejidos.
59.07.00 Tejidos con baño de cola o de materias
amiláceas, del tipo utilizado en
encuadernación, cartonaje, estuchería o
usos análogos (percalina recubierta,
etc.), telas para calcar o transparentes
para dibujar; telas preparadas para la
pintura; bucaran y similares para
sombrerería.
59.08.00 Tejidos impregnados, con baños o
recubiertos de derivados de la celulosa o
de otras materias plásticas artificiales y
tejidos estratificados con estas mismas
materias.
59.09.00 Telas enceradas y demás tejidos aceitados
o recubiertos de una capa a base de
aceite.
59.10.00 Linóleos para cualquier uso, recortado o
no, cubiertas para suelos, consistentes en
una capa aplicada sobre soporte de
materias textiles recortadas o no.
59.11.00 Tejidos cauchutados, que no sean de punto.
59.12.00 Otros tejidos impregnados o con baño,
lienzos pintados para decoraciones de
teatro, fondos de estudios o usos
análogos.
59.13.00 Tejidos elásticos (que no sean de punto),
formados por materias textiles, asociados
a hilos de caucho.
59.14.00 Mechas tejidas, trenzadas o de punto, de
materias textiles, para lámparas,
infiernillos, bujías y similares;
manguitos de incandescencia, incluso
impregnados, y tejidos tubulares de punto
que sirvan para su fabricación.
59.15.00 Mangueras y tubos análogos, de materias
textiles, incluso con armaduras o
accesorios de otras materias.
59.16.00 Correas transportadoras o de transmisión,
de materias textiles, incluso armadas.
59.17.00 Tejidos y artículos para usos técnicos, de
materias textiles.
CAPITULO 60
Géneros de punto
Código Glosa
60.01.00 Telas de punto no elástico y sin
cauchutar, en pieza.
60.02.00 Guantes y similares de punto no elástico y
sin cauchutar.
60.03.00 Medias, escarpines, calcetines,
salvamedias, y artículos análogos de punto
no elástico y sin cauchutar.
60.04.00 Ropa interior de punto no elástico y sin
cauchutar.
60.05.00 Prendas de vestir exteriores, accesorios
para las mismas y otros artículos de punto
no elástico y sin cauchutar.
60.06.00 Telas en piezas y otros artículos
(incluidas las rodilleras y las medias
para várices de punto elástico y de punto
cauchutado).
CAPITULO 61
Prendas de vestir y sus accesorios de tejidos
61.00.01 Ropa exterior.
61.00.02 Ropa interior.
61.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
CAPITULO 62
Otros artículos de tejidos confeccionados
62.01.00 Mantas.
62.02.00 Ropa de cama, de mesa, de tocador o de
cocina, cortinas, visillos y otros
artículos de moblaje.
62.03 Sacos y talegas para envasar.
01 De yute.
02 De fibras sintéticas y artificiales.
89 Otros.
62.04.00 Velas para embarcaciones, toldos de todas
clases, tiendas y otros artículos análogos
para acampar.
62.05.00 Otros artículos confeccionados con tejido,
incluidos los patrones para vestidos.
CAPITULO 63
Prendería y trapos
63.00.00 Prendería y trapos.
SECCION XII
Calzado; sombrerería; paraguas y quitasoles; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabellos; abanicos
CAPITULO 64
Calzado, botines, polainas y artículos análogos; partes componentes de los mismos.
Código Glosa
64.00.00 Calzados, botines, polainas y artículos
análogos; partes componentes de los
mismos.
CAPITULO 65
Sombreros y demás tocados y sus partes componentes
65.00.00 Sombreros y demás tocados y sus partes
componentes.
CAPITULO 66
Paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas y sus partes componentes
Código Glosa
66.01.00 Paraguas, sombrillas y quitasoles,
incluidos los paragua-bastones y los
quitasoles-toldos y análogos.
66.02.00 Bastones (incluso los bastones para
alpinistas y los bastones asiento),
fustas, látigos y análogos.
66.03.00 Partes, adornos y accesorios para los
artículos comprendidos en las posiciones
66.01 y 66.02.
CAPITULO 67
Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o de plumón; flores artificiales; manufacturas de cabellos; abanicos
Código Glosa
67.00.00 Plumas y plumón preparados y artículos de
plumas o de plumón; flores artificiales;
manufacturas de cabellos; abanicos
SECCION XIII
Manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto, mica y materias análogas; productos cerámicos; vidrio y manufacturas de vidrio
CAPITULO 68
Manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto, mica y materias análogas
Código Glosa
68.01.00 Adoquines, encintados y losas para
pavimentos, de piedras naturales (excepto
pizarra).
66.02.00 Manufacturas de piedras de talla o de
construcción, con exclusión de las de la
posición 68.01 y de las del capítulo 69;
cubos y dados para mosaicos.
68.03.00 Pizarra trabajada y manufacturas de
pizarra natural o aglomerada.
68.04.00 Muelas y artículos similares para moler,
desfibrar, afilar, pulir, rectificar,
cortar o trocear, de piedras naturales
(incluso aglomeradas), de abrasivos
naturales o artificiales aglomerados o de
pasta cerámica (incluidos los segmentos y
otras partes de estas mismas materias de
dichas muelas y artículos), incluso con
partes de otras materias (casquillos,
núcleos, cañas, etc.) o con sus ejes, pero
sin armaduras.
68.05.00 Piedras para afilar o pulir a mano, de
piedras naturales, de abrasivos
aglomerados o de pasta cerámica.
68.06.00 Abrasivos naturales o artificiales en
polvo o en grano, aplicados sobre papel,
tejidos, cartón u otras materias, incluso
recortados, cosidos o unidos de otra
forma.
68.07.00 Lana de escorias, de roca y otras lanas
minerales similares; vermiculita dilatada,
arcilla dilatada y productos minerales
similares dilatados, mezclas y
manufacturas de materias minerales para
usos calorífugos o acústicos, con
exclusión de las comprendidas en las
posiciones 68.12 y 68.13 y en el capítulo
69.
68.08.00 Manufacturas de asfalto o de productos
similares (pez de petróleo, breas, etc.).
68.09.00 Paneles, planchas, baldosas, bloques y
similares, de fibras vegetales, fibras de
madera, paja, viruta o desperdicios de
madera, aglomerados con cemento, yeso u
otros aglutinantes minerales.
68.10 Manufacturas de yeso o de composiciones a
base de yeso.
01 Manufacturas de yeso.
68.11.00 Manufacturas de cemento, hormigón o piedra
artificial, aunque estén armadas,
incluidas las manufacturas de cemento de
escorias o de "terrazo".
68.12.00 Manufacturas de amianto-cemento, celulosa-
cemento y similares.
68.13.00 Amianto trabajado; manufacturas de amianto
distintas de las de la posición 68.14
(cartones, hilos, tejidos, prendas de
vestir, sombreros, gorras, calzados,
etc.), incluso armadas, mezclas a base de
amianto o de amianto y carbonato de
magnesio y manufacturas de estas materias.
68.14.00 Guarniciones de fricción (segmentos,
discos, arandelas, cintas, planchas,
placas, rollos, etc.), para frenos,
embragues y demás órganos de frotamiento,
a base de amianto o de otras sustancias
minerales o de celulosa, incluso
combinadas con textiles u otras materias.
68.15.00 Mica trabajada y manufacturas de mica,
incluida la mica sobre papel o tejido
(micanita, micafolíum, etc.).
68.16.00 Manufacturas de piedra o de otras materias
minerales (incluidas las manufacturas de
turba) no expresadas ni comprendidas en
otras posiciones.
CAPITULO 69
Productos cerámicos
69.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
SUBCAPITULO I
Productos calorífugos y refractarios
69.02.00 Ladrillos, losas, baldosas y otras piezas
análogas de construcción, refractorios.
69.03.00 Los demás productos refractarios
(retortas, crisoles, muflas, pipetas,
tapones, soportes, copelas, tubos,
toberas, cubiertas, varillas, etc.).
CAPITULO 70
Vidrio y manufacturas de vidrio
70.01.00 Cascos y demás desperdicios y desechos de
vidrio; vidrio de masa (excepto el vidrio
óptico).
70.02.00 Vidrio llamado "esmalte", en masas,
barras, varillas o tubos.
70.03.00 Vidrio en barras, varillas, bolas o tubos,
sin labrar (excepto el vidrio óptico).
70.04.00 Vidrio colado o laminado, sin labrar
(incluido el vidrio armado o el plaqué de
vidrio obtenidos en el curso de la
fabricación), en placas o en hojas de
forma cuadrada o rectangular.
70.05.00 Vidrio estirado o soplado ("vidrio de
ventanas"), sin labrar, (incluido el
plaqué de vidrio obtenido en el curso de
la fabricación), en hojas de forma
cuadrada o rectangular.
70.06 Vidrio colado o laminado y "vidrio de
ventana" (incluso armados y el plaqué de
vidrio, obtenidos en el curso de la
fabricación), simplemente desbastados o
pulidos por una o las dos caras, en placas
o en hojas de forma cuadrada o
rectangular.
01 Vidrios destinados a la fabricación de
parabrisas, laterales y traseros de
vehículos motorizados.
89 Otros.
70.07.00 Vidrio colado o laminado y "vidrio de
ventanas" (estén o no desbastados o
pulidos), cortados en forma distinta de la
cuadrada o rectangular, o bien curvados o
trabajados de otra forma (biselados,
grabados, etc.), vidrieras aislantes de
paredes múltiples; vidrieras artísticas.
70.08.00 Lunas o vidrios de seguridad, incluso con
forma, que consistan en vidrio templado o
formado por dos o más hojas contrapuestas.
70.09.00 Espejos de vidrio con marco o sin él,
incluidos los espejos retrovisores.
70.10.00 Bombonas, botellas, frascos, tarros,
potes, tubos para comprimidos y demás
recipientes de vidrio similares para el
transporte o envasado; tapones, tapas y
otros dispositivos de cierre, de vidrio.
70.11.00 Ampollas y envolturas tubulares de vidrio,
abiertas, no terminadas, sin guarniciones,
para lámparas, tubos, válvulas eléctricas
y similares.
70.12.00 Ampollas de vidrio para recipientes
aislantes.
70.13.00 Objetos de vidrio para servicios de mesa,
de cocina, de tocador, para escritorio,
adorno de habitaciones o usos similares,
con exclusión de los artículos
comprendidos en la posición 70.19.
70.14.00 Artículos de vidrio para el alumbrado y
señalización, y elementos ópticos de
vidrio que no estén trabajados ópticamente
ni sean de vidrio óptico.
70.15.00 Cristales para relojes, para gafas
corrientes (con exclusión del vidrio apto
para lentes correctivas) y análogos,
abombados, curvados y de formas similares,
incluso las bolas huecas y los segmentos.
70.16.00 Adoquines, ladrillos, baldosas, tejas y
demás artículos de vidrio colado o
moldeado, incluso armado, para la
construcción; vidrio llamado multicelular
o espuma de vidrio, en bloques, paneles,
placas y conchas.
70.17.00 Objetos de vidrio para laboratorio,
higiene y farmacia, estén o no graduados
o calibrados, ampollas para sueros y
artículos similares.
70.18.00 Vidrio óptico y elementos de vidrio óptico
sin trabajar ópticamente; esbozos de
lentes para anteojería médica, de vidrio
no óptico y sin trabajar ópticamente.
70.19 Cuentas de vidrio, imitaciones de perlas
finas y de piedras preciosas y
semipreciosas y artículos similares de
abalorio; cubos, dados, plaquitas,
fragmentos y trozos (incluso sobre
soporte), de vidrio, para mosaicos y
decoraciones similares; ojos artificiales
de vidrio que no sean para prótesis,
incluso los ojos para juguetes; objetos de
abalorio, rocalla y análogos; objetos de
fantasía de vidrio trabajados al soplete
(vidrio ahilado).
01 Ojos artificiales para la fabricación de
juguetes.
89 Otros.
70.20.00 Lana de vidrio, fibras de vidrio y
manufacturas de estas materias.
70.21.00 Otras manufacturas de vidrio.
SECCION XIV
Perlas finas, piedras preciosas y semipreciosas y similares, metales preciosos, chapados de metales preciosos y manufactura de estas materias; bisutería de fantasía; monedas
CAPITULO 71
Perlas finas, piedras preciosas y semipreciosas y similares, metales preciosos, chapados de metales preciosos y manufactura de estas materias; bisutería de fantasía.
Código Glosa
71.02 Piedras preciosas y semipreciosas, en
bruto, talladas o trabajadas de otra
forma, sin engarzar ni montar, incluso
enfiladas para facilitar el transporte,
pero sin constituir sartas.
01 Diamantes y piedras ágata para usos
industriales.
71.03 Piedras sintéticas o reconstituidas, en
bruto, talladas o trabajadas de otra
forma, sin engarzar ni montar, incluso
enfiladas para facilitar el transporte,
pero sin constituir sartas.
01 Piedras sintéticas para uso industrial.
71.04 Polvo y residuo de piedras preciosas y
semipreciosas y de piedras sintéticas.
01 Abrasivos en polvo o en granos.
71.05.00 Plata y sus aleaciones (incluso la plata
dorada y la plata platinada), en bruto o
semilabrada.
71.06.00 Chapados de plata en bruto o semilabrados.
71.07 Oro y sus aleaciones (incluso el oro
platinado), en bruto o semilabrados.
01 Oro en polvo, laminillas y alambre para
uso dental y/o industrial.
71.09 Platino y metales del grupo del platino y
sus aleaciones, en bruto o semilabrado.
01 Platino y metales del grupo del platino,
en polvo, laminillas y alambre para uso
dental y/o industrial.
71.12 Artículos de bisutería y joyería y sus
partes componentes, de metales preciosos o
de chapados de metales preciosos.
01 De plata.
71.13 Artículos de orfebrería y sus partes
componentes de metales preciosos o
chapados de metales preciosos.
01 De plata.
71.14 Otras manufacturas de metales preciosos o
de chapados de metales preciosos.
01 Aparatos para laboratorios de análisis, de
ciencia y de industria y sus repuestos.
CAPITULO 72
Monedas
72.01.00 Monedas.
SECCION XV
Metales comunes y manufacturas de estos metales
CAPITULO 73
Fundición, hierro y acero
Código Glosa
73.01.00 Fundición en bruto (incluida la fundición
especular), en lingotes, tochos, galápagos
o masas.
73.02.00 Ferroaleaciones.
73.03.00 Desperdicios y desechos (chatarra), de
fundición, de hierro o de acero.
73.04.00 Granallas de fundición, de hierro o de
acero, incluso trituradas o calibradas.
73.05.00 Polvo de hierro o de acero; hierro y
aceros esponjosos (esponjas).
73.06.00 Hierro y acero en bloques pudelados,
empaquetados, lingotes o masas.
73.07.00 Hierro y acero en desbastes cuadrados o
rectangulares ("blooms") y palanquillas;
desbastes planos ("slabs") y llantón;
piezas de hierro y de acero simplemente
desbastadas por forja o por batido
(desbastes de forja).
73.08.00 Desbastes en rollo para chapas ("coils"),
de hierro o de acero.
73.09.00 Planos universales de hierro o de acero.
73.10.00 Barras de hierro o de acero obtenidas en
caliente por laminación o en la hilera, o
forjadas (incluido el fermachín); barras
de hierro o de acero obtenidas o acabadas
en frío; barras huecas de acero para
perforaciones de minas.
73.11.00 Perfiles de hierro o de acero obtenidos en
caliente por laminación o en la hilera,
forjados o bien obtenidos o acabados en
frío; tablestacas de hierro o de acero,
incluso perforadas o hechas de elementos
ensamblados.
73.12.00 Flejes de hierro o de acero, laminados en
caliente o en frío.
73.13 Chapas de hierro o de acero, laminados en
caliente o en frío.
01 Estañadas, incluso la hojalata.
89 Otras.
73.14.00 Alambres de hierro o de acero, desnudos o
revestidos, con exclusión de los alambres
aislados utilizados como conductores
eléctricos.
73.15.00 Aceros aleados y acero fino al carbono en
las formas indicadas en las posiciones
73.06 a 73.14, ambas inclusive.
73.16.00 Elementos para vías férreas, de fundición
hierro o acero; carriles, contracarriles,
agujas, puntas de corazón, cruces y
cambios de vías, varillas para mando de
agujas; cremalleras, traviesas, bridas,
cojinetes, y cuñas, placas de asiento,
bridas de unión, placas y tirantes de
separación y otras piezas especialmente
concebidas para la colocación, la unión o
la fijación de carriles.
73.17.00 Tubos de fundición.
73.18.00 Tubos (incluidos sus desbastes) de hierro
o de acero, con exclusión de los artículos
de la posición 73.19.
73.19.00 Conducciones forzadas de acero, incluso
con zunchos, del tipo utilizado en
instalaciones hidroeléctricas.
73.20 Accesorios de tubería, de fundición,
hierro o acero (empalmes, codos, juntas,
manguitos, bridas, etc.).
01 Juntas para tuberías de perforación para
la industria petrolera.
89 Otros.
73.21.00 Estructuras y sus partes (hangares,
puentes y elementos de puentes, compuertas
de esclusas, torres, castilletes, pilares
o postes, columnas, armaduras, techados,
marcos de puertas y ventanas, cierres
metálicos, balaustradas, rejas, etc.), de
fundición, hierro o acero; chapas, flejes,
barras, perfiles, tubos, etc., de
fundición, hierro o acero, preparados para
ser utilizados en la construcción.
73.22.00 Depósitos, cisternas, cubas y otros
recipientes análogos para cualquier
producto (con exclusión de los gases
comprimidos o licuados), de fundición,
hierro o acero, con capacidad superior a
300 litros, sin dispositivos mecánicos o
térmicos, incluso con revestimiento
interior o calorífugo.
73.23.00 Pipería, tambores, bidones, cajas y otros
recipientes similares para el transporte o
envasado, de chapa de hierro de acero.
73.24.00 Recipientes de hierro o de acero para
gases comprimidos o licuados.
73.25.00 Cables, cordajes, trenzas, eslingas y
similares, de alambre de hierro o de
acero, con exclusión de los artículos
aislados para usos eléctricos.
73.26.00 Espinos artificiales; torcidas, con púas o
sin ellas, de alambre o de fleje de hierro
o acero.
73.27.00 Telas metálicas y enrejados de alambre de
hierro o acero.
73.28.00 Enrejados de una sola pieza de hierro o de
acero, fabricados mediante incisiones
practicadas en una chapa o en una banda y
seguidamente desplegada ("deproyée").
73.29.00 Cadenas, cadenitas y sus partes
componentes, de fundición, hierro o acero.
73.30.00 Anclas, rezones y sus partes componentes,
de fundición, hierro o acero.
73.31.00 Puntas, clavos, escarpias puntiagudas,
grapas onduladas o biseladas, alcayatas,
ganchos y chinchetas, de fundición, hierro
o acero, incluso con cabeza de otras
materias, con exclusión de los de cabeza
de cobre.
73.32.00 Pernos y tuercas (fileteados o no),
tirafondos, tornillos, armellas y ganchos
con paso de rosca, remaches, pasadores,
clavijas, chavetas y artículos análogos de
pernería y de tornillería, de fundición
hierro o acero; arandelas (incluidas las
arandelas abiertas y las de presión), de
hierro o de acero.
73.33.00 Agujas para coser a mano, ganchillos,
agujas para labores especiales,
pasacordoncillos, pasacintas y artículos
similares para efectuar a mano trabajos de
costura, bordado, malla o tapicería y
punzones para bordar, de hierro o de
acero.
73.34.00 Alfileres (distintos de los de adorno),
horquillas, rizadores y similares, de
hierro o acero.
73.35.00 Muelles y hojas para muelles, de hierro o
acero.
73.36 Estufas, caloríferos, cocinas (incluso las
que se puedan utilizar accesoriamente para
la calefacción central), hornillos,
calderas con hogar calientaplatos y
aparatos similares no eléctricos de los
tipos utilizados para usos domésticos; así
como sus partes y piezas sueltas, de
fundición, hierro o acero.
01 Cocinas.
89 Otros.
73.37 Calderas (distintas de las de la posición
84.01) y radiadores, para calefacción
central, de caldeo no eléctrico, y sus
partes, de fundición, hierro o acero;
generadores y distribuidores de aire
caliente (incluidos los que puedan
igualmente funcionar como distribuidores
de aire fresco o acondicionado), de caldeo
no eléctrico, que lleven un ventilador o
un soplador con motor y sus partes, de
fundición, hierro o acero.
01 Calderas para calefacción por circulación
de agua.
89 Otros.
73.38.00 Artículos de uso y economía domésticos y
de higiene y sus partes componentes, de
fundición, hierro o acero.
73.39.00 Lana de hierro o de acero; esponjas,
rodillas, guantes y artículos similares
para fregar, lustrar y de usos análogos,
de hierro o de acero.
73.40.00 Otras manufacturas de fundición, hierro o
acero.
CAPITULO 74
Cobre
74.01.00 Matas cobrizas; cobre en bruto (cobre
para el afino y cobre refinado);
desperdicios y desechos de cobre.
74.02.00 Cuproaleaciones.
74.03.00 Barras, perfiles y alambres de cobre.
74.04.00 Chapas, planchas, hojas y tiras de cobre,
de espesor superior a 0,15 mm.
74.05 Hojas y tiras delgadas de cobre (incluso
gofradas, cortadas, perforadas,
recubiertas, impresas o fijadas sobre
papel cartón, materias plásticas
artificiales o soportes similares), de
0,15 mm. o menos de espesor (sin incluir
el soporte).
01 Hojas y tiras delgadas de cobre de 0,15
mm. o menos de espesor.
74.06.00 Polvo y partículas de cobre.
74.07.00 Tubos (incluidos sus desbastes) y barras
huecas, de cobre.
74.08.00 Accesorios de cobre para tuberías
(empalmes, codos, puntas, manguitos,
bridas, etc.).
74.09.00 Depósitos, cisternas, cubas y otros
recipientes análogos, de cobre, para
cualquier producto (con exclusión de los
gases comprimidos o licuados), de
capacidad superior a 300 litros, sin
dispositivos mecánicos o térmicos, incluso
con revestimiento interior o calorífugo.
74.10.00 Cables, cordajes, trenzas y análogos, de
alambre de cobre, con exclusión de los
artículos aislados para usos eléctricos.
74.11.00 Telas metálicas (incluidas las telas
continuas a sin fin), y enrejados, de
alambre de cobre.
74.12.00 Enrejados de una sola pieza, de cobre,
fabricados mediante incisiones practicadas
en una chapa o en una tira y seguidamente
desplegada ("deployée").
74.13.00 Cadenas, cadenitas y sus partes
componentes, de cobre.
74.14.00 Puntas, clavos, escarpias puntiagudas,
ganchos y chinchetas, de cobre o con
espiga de hierro o de acero y cabeza de
cobre.
74.15.00 Pernos y tuercas (fileteados o no),
tornillos, armellas y ganchos con paso de
rosca, remaches, pasadores, clavijas,
chavetas y artículos análogos de pernería
y tornillería, de cobre; arandelas
(incluidas las arandelas abiertas y las de
presión), de cobre.
74.16.00 Muelles de cobre.
74.17.00 Aparatos no eléctricos de cocción y de
calefacción de los tipos utilizados para
usos domésticos, así como sus partes y
piezas sueltas, de cobre.
74.18.00 Artículos de uso y economía domésticos y
de higiene y sus partes componentes, de
cobre.
74.19.00 Otras manufacturas de cobre.
CAPITULO 75
Níquel
75.01.00 Matas, "speiss" y otros productos
intermedios de la metalurgia del níquel;
níquel en bruto (con exclusión de los
ánodos de la posición 75.05);
desperdicios y desechos de níquel.
75.02.00 Barras, perfiles y alambres, de níquel.
75.03.00 Chapas, planchas, hojas y tiras de
cualquier espesor, de níquel; polvo y
partículas de níquel.
75.04.00 Tubos (incluidos sus desbastes), barras
huecas y accesorios para tuberías
(empalmes, codos, juntas, manguitos,
bridas, etc.), de níquel.
75.05.00 Anodos para niquelar, incluso los
obtenidos por electrólisis, en bruto o
manufacturados.
75.06.00 Otras manufacturas de níquel.
CAPITULO 76
Aluminio
76.01.00 Aluminio en bruto; desperdicios y desechos
de aluminio.
76.02.00 Barras, perfiles y alambres, de aluminio.
76.03.00 Chapas, planchas, hojas y tiras de
aluminio, de espesor superior a 0,20 mm.
76.04 Hojas y tiras delgadas de aluminio
(incluso gofradas, cortadas, perforadas,
revestidas, impresas o fijadas sobre
papel, cartón, materias plásticas
artificiales o soportes similares), de
0,20 mm. o menos de espesor (sin incluir
el soporte).
01 Sin soporte, revestimiento, impresión u
otros trabajos.
89 Otros.
76.05.00 Polvo y partículas de aluminio.
76.06.00 Tubos (incluidos sus desbastes) y barras
huecas de aluminio.
76.07.00 Accesorios de aluminio para tuberías
(empalmes, codos, juntas, manguitos,
bridas, etc.).
76.08.00 Estructuras y sus partes (hangares,
puentes y elementos de puentes, torres,
castilletes, pilares o postes, columnas,
armaduras, techados, marcos de puertas y
ventanas, balaustradas, etc.), de
aluminio; chapas, barras, perfiles, tubos,
etc., de aluminio, preparados para ser
utilizados en la construcción.
76.09.00 Depósitos, cisternas, cubas y otros
recipientes análogos, de aluminio, para
cualquier producto (con exclusión de los
gases comprimidos o licuados), de
capacidad superior a 300 litros, sin
dispositivos mecánicos o térmicos, incluso
con revestimiento interior o calorífugo.
76.10 Barriles, tambores, bidones, cajas y otros
recipientes similares, de aluminio, para
el transporte o envasado, incluso los
envases tubulares, rígidos o flexibles:
01 Envases cilíndricos para el transporte de
leche.
89 Otros.
76.11.00 Recipientes de aluminio para gases
comprimidos o licuados.
76.12.00 Cables, cordajes, trenzas y análogos, de
alambre de aluminio, con exclusión de los
artículos aislados para usos eléctricos.
76.13.00 Telas metálicas y enrejadas, de alambre de
aluminio.
76.14.00 Enrejados de aluminio de una sola pieza,
fabricados mediante incisiones practicadas
en una chapa o en una tira y seguidamente
desplegada ("deployée").
76.15.00 Artículos de uso y economía domésticos y
de higiene y sus partes componentes, de
aluminio.
76.16.00 Otras manufacturas de aluminio.
CAPITULO 77
Magnesio, berilio, (glucinio)
77.01.00 Magnesio en bruto; desperdicios y desechos
de magnesio (incluidas las torneaduras sin
calibrar).
77.02.00 Barras, perfiles, alambres, chapas, hojas,
tiras, tubos (incluidos sus desbastes),
barras huecas, polvos, partículas y
torneaduras calibradas, de magnesio.
77.03.00 Otras manufacturas de magnesio.
77.04.00 Berilio (glucinio) en bruto o
manufacturado.
CAPITULO 78
Plomo
78.01.00 Plomo en bruto (incluso argentífero);
desperdicios y desechos de plomo.
78.02.00 Barras, perfiles y alambres, de plomo.
78.03.00 Planchas, hojas y tiras, de plomo, de peso
superior a 1.700 grs. por metro cuadrado.
78.04.00 Hojas y tiras delgadas, de plomo (incluso
gofradas, cortadas, perforadas,
recubiertas, impresas o fijadas sobre
papel, cartón, materias plásticas
artificiales o soportes similares), de
peso igual o inferior a 1.700 grs. por
metro cuadrado (sin incluir el soporte);
polvo y partículas de plomo.
78.05.00 Tubos (incluidos sus desbastes), barras
huecas y accesorios para tuberías
(empalmes, codos, tubos en "S" para
sifones, juntas, manguitos, bridas, etc.),
de plomo.
78.06.00 Otras manufacturas de plomo.
CAPITULO 79
Zinc
79.01.00 Zinc en bruto; desperdicios y desechos.
79.02.00 Barras, perfiles y alambres de zinc.
79.03.00 Planchas, hojas y tiras de cualquier
espesor, de zinc; polvo y partículas, de
zinc.
79.04.00 Tubos (incluidos sus desbastes), barras
huecas y accesorios para tuberías
(empalmes, codos, juntas, manguitos,
bridas, etc.) de zinc.
79.05.00 Canalones, caballetes para tejados,
claraboyas y otras manufacturas de zinc
para la construcción.
79.06.00 Otras manufacturas de zinc.
CAPITULO 80
Estaño
Código Glosa
80.01.00 Estaño en bruto; desperdicios y desechos
de estaño.
80.02.00 Barras, perfiles y alambres de estaño.
80.03.00 Chapas, planchas, hojas y tiras, de estaño
de un peso superior a un kilogramo por
metro cuadrado.
80.04.00 Hojas y tiras delgadas, de estaño (incluso
gofradas, cortadas, perforadas,
recubiertas, impresas o fijadas sobre
papel, cartón, materias pláticas
articiales o soportes similares), de peso
igual o inferior a un kilogramo por metro
cuadrado (sin incluir el soporte); polvo y
partículas de estaño.
80.05.00 Tubos (incluidos sus desbastes), barras
huecas y accesorios para tuberías
(empalmes, codos, juntas, manguitos,
bridas, etc.), de estaño.
80.06.00 Otras manufacturas de estaño.
CAPITULO 81
Otros metales comunes
81.01.00 Volframio (tungsteno), en bruto o
manufacturado.
81.02.00 Molibdeno, en bruto o manufacturado.
81.03.00 Tantalio, en bruto o manufacturado.
81.04.00 Otros metales comunes, en bruto o
manufacturados; "cermets", en bruto o
manufacturados.
CAPITULO 82
Herramientas, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa de metales comunes
Código Glosa
82.01.00 Layas, palas, azadones, picos, azadas,
binaderas, horcas, horquillas, rastrillos
y raederas; hachas, hocinos y herramientas
similares con filo; guadañas y hoces,
cuchillos para heno o para paja, cizallas
para setos, cuñas y otras herramientas de
mano, agrícolas, hortícolas y forestales.
82.02.00 Sierras de mano, hojas de sierra de toda
clase (incluso las fresas sierra y las
hojas no dentadas para aserrar).
82.03.00 Tenazas, alicates, pinzas y similares,
incluso cortantes; llaves de ajuste;
sacabocados, cortatubos, cortapernos y
similares, cizallas para metales, limas y
escofinas, para trabajar a mano.
82.04.00 Los demás utensilios y herramientas de
mano, con exclusión de los artículos
comprendidos en otras posiciones de este
capítulo; yunques, tornillos de banco,
lámparas de soldar, forjas portátiles,
muelas con bastidor, de mano o de pedal y
diamantes de vidriero.
82.05.00 Utiles intercambiables para máquinas-
herramientas y para herramientas de mano,
mecánicas o no (de embutir, estampar,
aterrajar, mandrinar, filetear, fresar,
mandrilar, tallar, tornear, atornillar,
taladrar, etc.), incluso las hileras de
estirado (trefilado) y de extrusión de los
metales, así como los útiles para sondeos
y perforaciones.
86.06.00 Cuchillas y hojas cortantes para máquinas
y para aparatos mecánicos.
82.07.00 Placas, varillas, puntas y objetos
similares para útiles, sin montar,
constituidos por carburos metálicos (de
volframio, molibdeno, vanadio, etc.),
aglomerados por sinterización.
82.08.00 Molinillos de café, máquinas de picar
carne, pasapurés y otros aparatos
mecánicos de uso doméstico, utilizados
para preparar, acondicionar, servir, etc.,
los alimentos y las bebidas de un peso
máximo de 10 kilogramos.
82.09 Cuchillos (distintos de los de la posición
82.06) con hoja cortante o dentada,
incluso las navajas de podar.
01 Cuchillos de mesa.
89 Otros, excepto cortaplumas.
82.10.00 Hojas para los cuchillos de la posición
82.09.
82.11.00 Navajas y máquinas de afeitar y sus hojas
(incluso los esbozos en flejes).
82.12.00 Tijeras y sus hojas.
82.13.00 Otros artículos de cuchillería (incluso
las tijeras de podar, esquiladoras,
hendidoras, cuchillas para picar carne,
tajaderas de carnicería y de cocina y
cortapapeles); herramientas y juegos de
herramientas de manicura, de pedicuro y
análogos (incluidas las limas para uñas).
82.14.00 Cucharas, cucharones, tenedores, palas de
tarta, cuchillos especiales para pescado o
mantequilla, pinzas para azúcar y
artículos similares.
82.15.00 Mangos de metales comunes para los
artículos de las posiciones 82.09, 82.13 y
82.14.
CAPITULO 83
Manufacturas diversas de metales comunes
Código Glosa
83.01 Carraduras (incluidos los cierres y las
monturas-cierre provistos de cerradura),
cerrojos y candados, llave de combinación
o eléctricos y sus partes componentes, de
metales comunes; llaves de metales comunes
para estos artículos.
01 Cerraduras, cerrojos y candados.
89 Otros.
83.02.00 Guarniciones, herrajes y otros artículos
similares de metales comunes, para
muebles, puertas, escaleras, ventanas,
persianas, carrocerías, artículos de
guarnicionería, baúles, arcas, arquetas y
otras manufacturas de esta clase;
alzapaños, perchas, soportes y artículos
semejantes, de metales comunes (incluidos
los cierrapuertas automáticos).
83.03.00 Cajas de caudales, puertas y
compartimientos blindados para cámaras
acorazadas, arquetas y cajas de seguridad
y artículos análogos, de metales comunes.
83.04.00 Clasificadores, ficheros, cajas de
clasificación y de apartado, portacopias y
material análogo de oficina, de metales
comunes, con exclusión de los muebles de
oficina de la posición 94.03.
83.05.00 Mecanismos para la encuadernación de hojas
intercambiables y para clasificadores,
pinzas de dibujo, sujetadores, cantoneras,
clips, grapas, corchetes, índices de señal
y otros objetos análogos para oficinas, de
metales comunes.
83.06.00 Estatuillas y demás objetos para el adorno
de interiores, de metales comunes.
83.07 Aparatos de alumbrado y artículos de
lampistería, así como sus partes
componentes no eléctricas, de metales
comunes.
01 Para alumbrado eléctrico.
89 Otros.
83.08.00 Tubos flexibles, de metales comunes.
83.09 Cierres, monturas-cierres, hebillas,
hebillas-cierres, broches, corchetes,
objetos y artículos análogos, de metales
comunes, para ropa, calzado, toldos,
marroquinería y para cualquier confección
o equipo; remaches tubulares o con espiga
hendida, de metales comunes.
01 Remaches tubulares.
89 Otros.
83.10.00 Cuentas y lentejuelas, de metales comunes.
83.11.00 Campanas, esquilas, campanillas, timbres,
cascabeles y análogos (no eléctricos) y
sus partes componentes, de metales
comunes.
83.12.00 Marcos metálicos para fotografías;
grabados y similares; espejos metálicos.
83.13.00 Tapones metálicos, tapones fileteados,
protectores de tapones, cápsulas para
sobretaponar, cápsulas rasgables, tapones
vertedores, precintos y accesorios
similares para envasar o embalar, de
metales comunes.
83.14.00 Placas indicadoras, lacas muestra, placas
reclamo, placas direcciones y otras placas
análogas, cifras, letras y signos
diversos, de metales comunes.
83.15.00 Alambres, varillas, tubos, placas,
pastillas, electrodos y artículos
similares de metales comunes o de carburos
metálicos, recubiertos o forrados con
decapantes y fundentes, para soldar o
depositar metal o carburos metálicos;
hilos y varillas de polvo aglomerado, de
metales comunes, para la metalización por
proyección.
SECCION XVI
Máquinas y aparatos; material eléctrico
CAPITULO 84
Calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos
Código Glosa
84.00.01 Máquinas, aparatos, materiales y sus
repuestos para la explotación,
perforación, producción y refinación del
petróleo y para instalaciones de plantas
de almacenamiento de combustibles
derivados del mismo combustible.
84.00.02 Equipos y sus partes y piezas de riego
por aspersión de uso agrícola y para
viveros frutales y forestales.
84.01.00 Generadores de vapor de agua o de vapores
de otras clases (calderas de vapor);
calderas llamadas "de agua
sobrecalentada".
84.02.00 Aparatos auxiliares para las calderas de
la posición 84.01 (economizadores,
recalentadores, acumuladores de vapor,
aparatos para deshollinar, para
recuperación de gases, etc.);
condensadores para máquinas de vapor.
84.03.00 Gasógenos y generadores de gas de agua o
gas pobre, con sus depuradores o sin
ellos; generadores de acetileno (por vía
húmeda) y generadores análogos, con sus
depuradores o sin ellos
84.04.00 Locomóviles (con exclusión de los
tractores de la posición 87.01) y máquinas
semifijas de vapor.
84.05.00 Máquinas de vapor de agua u otros vapores,
separadas de sus calderas.
84.06.00 Motores de explosión o de combustión
interna, de émbolo.
84.07.00 Ruedas hidráulicas, turbinas y demás
máquinas motrices hidráulicas.
84.08.00 Otros motores y máquinas motrices.
84.09.00 Apisonadoras de propulsión mecánica
84.10.00 Bombas, motobombas y turbobombas para
líquidos, incluidas las bombas no
mecánicas y las bombas distribuidoras con
dispositivo medidor; elevadores de
líquidos (de rosario, de cangilones, de
cintas flexibles, etc.).
84.11.00 Bombas, motobombas y turbobombas de aire
y de vacío; compresores, motocompresores y
turbocompresores de aire y otros gases;
generadores de émbolos libres;
ventiladores y análogos.
84.12.00 Grupos para el acondicionamiento de aire
que contengan, reunidos en un solo cuerpo,
un ventilador con motor y dispositivos
adecuados para modificar la temperatura y
la humedad.
84.13.00 Quemadores para alimentación de hogares,
de combustibles líquidos (pulverizadores),
de combustibles sólidos pulverizados o de
gas; hogares automáticos, incluidos sus
antehogares, sus parrillas-mecánicas, sus
dispositivos mecánicos para la evacuación
de cenizas y dispositivos análogos.
84.14.00 Hornos industriales o de laboratorio, con
exclusión de los hornos eléctricos de la
posición 85.11.
84.15 Material, máquinas y aparatos para la
producción de frío, con equipo eléctrico o
de otras clases.
01 Unidades selladas.
89 Otros.
84.16.00 Calandrias y laminadores, excepto los
laminadores para metales y las máquinas
para laminar el vidrio; cilindros para
dichas máquinas.
84.17.00 Aparatos y dispositivos, aunque se
calienten eléctricamente, para el
tratamiento de materias por medio de
operaciones que impliquen un cambio de
temperatura, tales como: calentado,
cocción, tostado, destilación,
rectificación, esterilización,
pesterización, secado, evaporación,
vaporización, condensación; enfriamiento,
etc., con exclusión de los aparatos de uso
doméstico, calentadores para el agua
(incluso los calientabaños) que no sean
eléctricos.
84.18.00 Centrifugadoras y secadoras centrífugas;
aparatos para el filtrado o la depuración
de líquidos o gases.
84.19 Máquinas y aparatos para limpiar o secar
botellas y otros recipientes; para llenar,
cerrar, etiquetar o capsular botellas,
cajas, sacos y otros recipientes; para
empaquetar y embalar mercancías; aparatos
para gasificar bebidas, aparatos para
lavar vajilla.
01 Para empaquetar o embalar.
89 Otros.
84.20.00 Aparatos e instrumentos para pesar,
incluidas las básculas y balanzas para
comprobación de piezas fabricadas, con
exclusión de las balanzas sensibles a un
peso igual o inferior a cinco centígrados;
pesas para toda clase de balanzas.
84.21. Aparatos mecánicos (incluso accionados a
mano) para proyectar, dispersar o
pulverizar materias líquidas o en polvo;
extintores cargados o sin cargar; pistolas
aerográficas y aparatos análogos; máquinas
y aparatos de chorro de arena, de chorro
de vapor y aparatos de chorro similares.
01 Pulverizadores y espolvoreadores.
89 Otros.
84.22 Máquinas y aparatos de elevación, carga,
descarga y manipulación (ascensores,
recipientes automáticos (skips), tornos,
gatos, polipastos, grúas, puentes
rodantes, transportadores, teleféricos,
etc.), con exclusión de las máquinas y
aparatos de la posición 84.23.
01 Ascensores y montacargas.
89 Otros.
84.23.00 Máquinas y aparatos, fijos o móviles, para
extracción, explanación, excavación o
perforación del suelo (palas mecánicas,
cortadoras de carbón, excavadoras,
escarificadoras, niveladoras,
"bulldozers", traillas ("scrapers"),
etc.); martinetes, quitanieves; distintos
de los vehículos quitanieves de la
posición 87.03.
84.24.00 Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas
y hortícolas para la preparación y trabajo
del suelo y para el cultivo, incluidos los
rodillos para céspedes y terrenos de
deportes.
84.25.00 Maquinaria cosechadora y trilladora;
prensas para paja y forraje; cortadoras de
césped, aventadoras y máquinas similares
para la limpieza de granos,
seleccionadoras de huevos, frutas y otros
productos agrícolas; con exclusión de las
máquinas y aparatos de molinería de la
posición 84.29.
84.26.00 Máquinas para ordeñar y otras máquinas y
aparatos de lechería.
84.27.00 Prensas, estrujadoras y demás aparatos
empleados en vinicultura, sidrería y
similares.
84.28.00 Otras máquinas y aparatos para la
agricultura, horticultura, avicultura y
apicultura, incluidos los germinadores con
dispositivos mecánicos o térmicos y las
incubadoras y criadoras para avicultura.
84.29. Maquinaria para molinería y para
tratamiento de cereales y legumbres secas,
con exclusión de maquinaria de tipo rural.
01 Para trituración o molienda de los granos.
89 Otros.
84.30.00 Máquinas y aparatos no citados ni
comprendidos en otras posiciones del
presente capítulo, para las industrias de
la panadería, pastelería, galletería,
pastas alimenticias, confitería,
chocolatería, así como para las industrias
azucareras y cervecera y para la
preparación de carnes, pescados,
hortalizas, legumbres y frutas, con fines
alimenticios.
84.31.00 Máquinas y aparatos para la fabricación de
pasta celulósica (pasta de papel) y para
la fabricación y acabado del papel y
cartón.
84.32.00 Máquinas y aparatos para encuadernar,
incluidas las máquinas para coser pliegos.
84.33.00 Otras máquinas y aparatos para trabajar
pasta de papel, papel y cartón incluidas
las cortadoras de todas clases.
84.34.00 Máquinas para fundir y componer caracteres
de imprenta; máquinas, aparatos y material
para clisar, de estereotipia y análogos;
caracteres de imprenta, clisés, planchas,
cilindros y otros órganos impresores;
piedras litográficas, planchas y cilindros
preparados para las artes gráficas
(alisados, graneados, pulidos, etc.).
84.35.00 Máquinas y aparatos para imprenta y artes
gráficas, marginadoras, plegadoras, y
otros aparatos auxiliares de imprenta.
84.36.00 Máquinas y aparatos para el hilado
(extrusión) de materias textiles
sintéticas y artificiales; máquinas y
aparatos para la preparación de materias
textiles; máquinas para la hilatura y el
retorcido de materias textiles; máquinas
para bobinar (incluidas las canilleras) y
devanar materias textiles.
84.37.00 Telares y máquinas para tejer, para hacer
géneros de punto, tules, encajes,
bordados, pasamanería y malla (red);
aparatos y máquinas preparatorias para
tejer o hacer géneros de punto, etc.
(urdidoras, encoladoras, etc.).
84.38.00 Máquinas y aparatos auxiliares para las
máquinas de la posición 84.37 (maquinitas
de lizos, mecanismos jacquard,
paraurdimbres y paratramas, mecanismos de
cambio de lanzaderas, etc.); piezas
sueltas y accesorios destinados exclusiva
o principalmente a las máquinas y aparatos
de la presente posición y de las 84.36 y
84.37 (husos, aletas, guarniciones de
cardas, peines, barretas, hileras,
lanzaderas, lizos y bastidores; agujas,
platinas, ganchos, etc.).
84.39.00 Máquinas y aparatos para la fabricación y
el acabado del fieltro en piezas o en
forma determinada, incluidas las máquinas
de sombrerería, y las hormas de
sombrererías.
84.40 Máquinas y aparatos para el lavado,
limpieza, secado, blanqueo, teñido,
apresto y acabado de hilados, tejidos y
manufacturas textiles (incluidos los
aparatos para lavar la ropa, planchar y
prensar las confecciones, enrollar, plegar
o cortar los tejidos); máquinas para
revestimiento de tejidos y demás soportes
para la fabricación del linóleo y otras
cubiertas de suelo; máquinas para el
estampado de hilados, tejidos, fieltro,
cuero, papel de decorar habitaciones,
papel de embalaje, linóleo y otros
materiales similares (incluidas las
planchas y cilindros grabados para estas
máquinas).
01 Para blanqueo y teñido.
89 Otras, excepto lavadoras con capacidad de
hasta 15 Kgs. de ropa seca.
84.41. Máquinas de coser (tejidos, cueros,
calzados, etc.) incluidos los muebles para
máquinas de coser; agujas para estas
máquinas.
01 Máquinas de uso doméstico y cabezales,
muebles partes y piezas.
89 Otras.
84.42.00 Máquinas y aparatos para la preparación
y trabajo de los cueros y pieles y para la
fabricación de calzado y demás
manufacturas de cuero o piel, con
exclusión de las máquinas de coser de la
posición 84.41.
84.43.00 Convertidores, calderos de colada,
lingoteras y máquinas de colar y de
moldear, para acería, fundición y
metalurgia.
84.44.00 Laminadores, trenes de laminación y
cilindros de laminadores.
84.45.00 Máquinas herramientas para el trabajo de
los metales y de los carburos metálicos,
distintas de las comprendidas en las
posiciones 84.49 y 84.50.
84.46.00 Máquinas herramientas para el trabajo de
la piedra, productos cerámicos, hormigón
fibrocemento y otras materias minerales
análogas, y para el trabajo en frío del
vidrio; distinta de las comprendidas en la
posición 84.49.
84.47 Máquinas herramientas, distintas de las
de la posición 84.49, para el trabajo de
la madera, corcho, hueso, ebonita,
materias plásticas artificiales y otras
materias duras análogas.
01 Máquinas para cepillar, fresar,
machihembrar, moldurar o aserrar maderas.
89 Otras.
84.48.00 Piezas sueltas y accesorios reconocibles
como exclusiva o principalmente destinados
a las máquinas herramientas de las
posiciones 84.45 a 84.47, inclusive,
comprendidos los portapiezas y
portaútiles, cabezales de roscar
retractables automáticamente, dispositivos
divisores y otros dispositivos especiales
para montar en las máquinas herramientas;
portaútiles destinados a herramientas y a
máquinas herramientas de empleo manual, de
cualquier clase.
84.49.00 Herramientas y máquinas herramientas
neumáticas o con motor incorporado, que no
sea eléctrico, de empleo manual.
84.50.00 Máquinas y aparatos de gas para soldar,
cortar y para temple superficial.
84.51.00 Máquinas de escribir sin dispositivo
totalizador; máquinas para autenticar
cheques.
84.52.00 Máquinas de calcular; máquinas de
contabilidad; cajas registradoras;
máquinas para franquear, de emitir
"tickets" y análogas, con dispositivos
totalizadores.
84.53.00 Máquinas automáticas para tratamiento de
la información y sus unidades; lectores
magnéticos u ópticos, máquinas para
registro de informaciones sobre soporte en
forma codificada y máquinas para
tratamiento de estas informaciones, no
especificadas ni comprendidas en otra
posición.
84.54.00 Otras máquinas y aparatos de oficina
(copiadores hectográficos o de clisés,
máquinas para imprimir direcciones,
máquinas para clasificar, contar y
encartuchar monedas, aparatos
afilalápices, aparatos para perforar y
grapar, etc.).
84.55.00 Piezas sueltas y accesorios (distintos
de los estuches, tapas, fundas y análogos)
reconocibles como exclusiva o
principalmente destinados a las máquinas y
aparatos de las posiciones 84.51 a 84.54,
ambas inclusive.
84.56.00 Máquinas y aparatos para clasificar,
cribar, lavar, quebrantar, triturar,
mezclar tierras, piedras y otras materias
minerales sólidas; máquinas y aparatos
para aglomerar, dar formas y moldear
combustibles minerales sólidos, pastas
cerámicas, cemento, yeso y otras materias
minerales en polvo o en pasta; máquinas
para formar los moldes de arena para
fundición.
84.57.00 Máquinas y aparatos para la fabricación y
trabajo en caliente del vidrio y de las
manufacturas de vidrio; máquinas para el
montaje de lámparas, tubos y válvulas
eléctricos, electrónicos y similares.
84.58.00 Aparatos automáticos para la venta, cuyo
funcionamiento no se base en la destreza
ni en el azar, tales como distribuidores
automáticos de sellos de correos,
cigarrillos, chocolates, comestibles, etc.
84.59.00 Máquinas, aparatos y artefactos mecánicos,
no expresados ni comprendidos en otras
posiciones del presente capítulo.
84.60.00 Cajas de fundición, moldes y coquillas
para metales (excepto las lingoteras),
carburos metálicos, vidrio, materias
minerales (pastas cerámicas, hormigón,
cemento, etc.), caucho y materias
plásticas artificiales.
84.61 Artículos de grifería y otros órganos
similares (incluidas las válvulas
reductoras de presión y las válvulas
termostáticas), para tuberías, calderas,
depósitos, cubas y otros recipientes
similares.
01 Canillas o grifos para uso doméstico.
89 Otros.
84.62.00 Rodamientos de todas clases (de bolas,
de agujas o de rodillos de cualquier
forma).
84.63 Arboles de transmisión, cigüeñales y
manivelas, soportes de coruedas de
fricción, reductores, multiplicadores y
variadores de ruedas de fricción,
reductores, multiplicadores y variadores
de velocidad, volantes y poleas (incluidos
los motones de poleas locas), embragues,
órganos de acoplamiento, (manguitos,
acoplamientos elásticos, etc.), y juntas
de articulación (cardan, de oldham, etc.).
01 Cojinetes, descansos, bujes, y sus
repuestos.
02 Reductores, multiplicadores y variadores
de velocidad.
89 Otros.
84.64.00 Juntas metalopláticas; juegos o surtidos
de juntas de composición diferente para
máquinas, vehículos y tuberías,
presentados en bolsitas, sobres o envases
análogos.
84.65.00 Partes y piezas sueltas de máquinas,
aparatos y artefactos mecánicos no
expresadas ni comprendidas en otras
posiciones del presente capítulo, que no
tengan conexiones eléctricas, aislamientos
eléctricos, embobinados, contactos u otras
características eléctricas.
CAPITULO 85
Máquinas y aparatos eléctricos y objetos destinados a usos electrotécnicos
Código Glosa
85.00.01 Equipos de radiotransmisión y
radiorrecepción, sus piezas y partes,
repuestos y accesorios, que se importen de
acuerdo con la ley N° 15.301.
85.00.02 Máquinas y aparatos destinados a la
electrificación del país.
85.00.90 Repuestos para máquinas y aparatos
eléctricos.
85.01.00 Máquinas generadoras, motores y
convertidores rotativos; transformadores y
convertidores estáticos (rectificadores,
etc.); bobinas de reactancia y de
autoinducción.
85.02.00 Electroimanes, imanes permanentes,
imantados o no; platos, mandriles y otros
dispositivos magnéticos o
electromagnéticos similares de sujeción,
acoplamiento, embragues, cambios de
velocidad y frenos electromagnéticos;
cabezas electromagnéticas para máquinas
elevadoras.
85.03.00 Pilas eléctricas.
85.04.00 Acumuladores eléctricos.
85.05.00 Herramientas y máquinas herramientas
electromecánicas (con motor incorporado)
de uso manual.
85.06.00 Aparatos electromecánicos (con motor
incorporado) de uso doméstico.
85.07.00 Máquinas de afeitar, de cortar el pelo y
de esquilar, eléctricas, con motor
incorporado.
85.08 Aparatos y dispositivos eléctricos de
encendido y de arranque para motores de
explosión o de combustión interna
(magnetos, dinamomagnetos, bobinas de
encendido, bujías de encendido y de
calentado, aparatos de arranque, etc.);
generadores (dínamos y alternadores) y
disyuntores utilizados con estos motores.
01 Conjuntos completamente desarmados o
conjuntos semiterminados destinados a la
fabricación de aparatos y dispositivos
eléctricos de encendido y de arranque para
motores de explosión o de combustión
interna, generadores y conectadores
disyuntores utilizados con estos motores.
89 Otros.
85.09 Aparatos eléctricos de alumbrado y de
señalización, limpiacristales,
dispositivos eléctricos eliminadores de
escarcha y vaho, para velomotores,
motociclos y automóviles.
01 Conjuntos completamente desarmados
destinados a la fabricación de aparatos de
alumbrado eléctrico y de señalización,
limpiacristales, dispositivos eléctricos
eliminadores de escarcha y vaho, para
velomotores, motociclos y automóviles.
89 Otros.
85.10.00 Lámparas eléctricas portátiles destinadas
a funcionar por medio de su propia fuente
de energía (de pilas, de acumuladores,
electromagnéticas, etc.), con exclusión de
los aparatos de la posición 85.09.
85.11.00 Hornos eléctricos industriales o de
laboratorio, incluidos los aparatos para
el tratamiento térmico de materias por
inducción o por pérdidas dieléctricas;
máquinas y aparatos eléctricos para soldar
o cortar.
85.12.00 Calentadores de agua, calientabaños y
calentadores eléctricos por inmersión;
aparatos eléctricos para calefacción de
locales y otros usos análogos; aparatos
electrotérmicos para arreglo del cabello
(para secar el pelo, para rizar,
calientatenacillas, etc.); planchas
eléctricas, aparatos electrotérmicos para
usos domésticos, resistencias calentadoras
distintas de los de la posición 85.24.
85.13.00 Aparatos eléctricos para telefonía y
telegrafía con hilos, incluidos los
aparatos de telecomunicaciones, por
corriente portadora.
85.14.00 Micrófonos y sus soportes, altavoces y
amplificadores eléctricos de baja
frecuencia.
85.15 Aparatos transmisores y receptores de
radiotelefonía y radiotelegrafía; aparatos
emisores y receptores de radiodifusión y
televisión (incluidos los receptores
combinados con un aparato de registro o de
reproducción del sonido) y aparatos
tomavistas de televisión; aparatos de
radioguía, readiodetección, radiosondeo y
radiotelemando.
01 Equipos para radiodifusoras y estaciones
de radiocomunicación y receptores de
comunicación.
02 Equipos eléctricos y electrónicos para
estudios, estaciones transmisoras y
retransmisoras de televisión y sus
accesorios.
03 Emisores y receptores para circuito
cerrado de televisión.
04 Recepetores de televisión con recepción
en blanco y negro.
05 Aparatos de radioguía, radiodetección,
radiosondeo y radiotelemando.
90 Partes y piezas.
85.16.00 Aparatos eléctricos de señalización (que
no sean para transmisión de mensajes), de
seguridad, de control y de mando para vías
férreas y otras vías de comunicación,
incluidos los puertos y aeropuertos.
85.17.00 Aparatos eléctricos de señalización
acústica o visual (timbres y sonerías,
sirenas, cuadros indicadores, aparatos
avisadores para protección contra robos o
incendios, etc.), distintos de los de las
posiciones 85.09 y 85.16.
85.18.00 Condensadores eléctricos fijos, variables
o ajustables.
85.19.00 Aparatos y material para corte,
seccionamiento protección, empalme o
conexión de circuitos eléctricos
(interruptores, conmutadores, reles,
cortacircuitos, pararrayos, amortiguadores
de onda, tomas de corriente,
portalámparas, cajas de empalme, etc.);
resistencias no calentadoras,
potenciómetros y reostatos; circuitos
impresos; cuadro de mando o de
distribución.
85.20.00 Lámparas y tubos eléctricos de
incandescencia o de descarga (incluidos
los de rayos ultravioletas o infrarrojas),
lámparas de arco, lámparas de encendido
eléctrico utilizadas en fotografía para la
producción de luz relámpago.
85.21.00 Lámparas, tubos y válvulas electrónicos
de cátodo caliente, de cátodo frío o de
fotocátodo, distintas de los de la
posición 85.20, tales como lámparas, tubos
y válvulas de vacío, de vapor o de gas
(incluidos los tubos rectificadores de
vapor de mercurio), tubos catódicos, tubos
y válvulas para aparatos tomavistas de
televisión, etc.; células fotoeléctricas;
cristales piezoeléctricos montados;
diodos, transistores y dispositivos
semiconductores similares;
microestructuras electrónicas.
85.22.00 Máquinas y aparatos eléctricos no
expresados ni comprendidos en otras
posiciones del presente capítulo.
85.23.00 Hilos, trenzas, cables (incluidos los
cables coaxiales), pletinas, barras y
similares, aislados para la electricidad
(incluso laqueados u oxidados
anódicamente), provistos o no de piezas de
conexión.
85.24.00 Piezas y objetos de carbón o de grafito,
con o sin metal, para usos eléctricos o
electrónicos, tales como escobillas para
máquinas eléctricas, carbones para
lámparas, para pilas o para micrófonos,
electrodos para hornos, para aparatos de
soldaduras o para instalaciones de
electrolisis, etc.
85.25.00 Aisladores de cualquier materia.
85.26.00 Piezas aislantes, constituidas enteramente
por materias aislantes o que lleven
simples piezas metálicas de unión
(portalámparas con paso de rosca, por
ejemplo), embutidas en la masa, para
máquinas, aparatos e instalaciones
eléctricas, con exclusión de los
aisladores de la posición 85.25
85.27.00 Tubos aisladores y sus piezas de unión, de
metales comunes, aislados interiormente.
SECCION XVII
Material de transporte
CAPITULO 86
Vehículos y material para vías férreas; aparatos no eléctricos de señalización para vías de comunicación
Código Glosa
86.01.00 Locomotoras de vapor; tenders.
86.02.00 Locomotoras eléctricas (de acumuladores o
de energía exterior).
86.03.00 Las demás locomotoras.
86.04.00 Automotores (incluidos los tranvías
automotores) y vehículos de motor para
montaje, conservación e inspección de
líneas férreas.
86.05.00 Coches de viajeros, furgones de equipajes,
coches correo, coches sanitarios, coches
celulares, coches de pruebas, y demás
coches especiales para vías férreas.
86.06.00 Vagones talleres, vagones grúas y demás
vagones de servicios para vías férreas;
vehículos sin motor para inspección y
conservación de líneas férreas.
86.07.00 Vagones y vagonetas para el transporte de
mercancías sobre carriles.
86.08.00 Contenedores ("cadres"), ("containers")
incluidos los contenedores-cisternas y los
contenedores-depósitos, utilizados en
cualquier medio de transporte.
86.09.00 Partes y piezas sueltas de vehículos para
vías férreas.
86.10.00 Material fijo de vías férreas; aparatos
mecánicos no eléctricos de señalización,
seguridad, control y mando para cualquier
vía de comunicación; sus partes y piezas
sueltas.
CAPITULO 87
Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y otros vehículos terrestres
Código Glosa
87.01.00 Tractores, incluidos los tractores,
tornos.
87.02 Vehículos automóviles con motor de
cualquier clase, para el transporte de
personas o de mercancías (incluidos los
coches de carreras y los trolebuses).
01 Automóviles destinados al servicio público
(taxis).
02 Vehículos con tracción en las cuatro
ruedas, para el transporte de personas o
mixtos (pasajeros y mercaderías).
03 Motocarros de reparto de tres ruedas.
04 Buses carrozados.
05 Coches ambulancias, celulares y mortuorios
06 Camionetas con cabina y caja pick-up con
capacidad mínima de 500 kilos de carga
útil y máxima de 1.500 kilos.
07 Camiones carrozados y vehículos para el
transporte de carga de características
especiales para fines específicos.
08 Chassis cabinados sin plataforma, con o
sin equipo de levante hidráulico, con
capacidad de carga útil mínima de 1.501
kilos.
09 Chassis para camiones desarmados CKD,
con cabina y sin plataforma, con capacidad
de carga útil mínima de 1.501 kilos.
87.03 Vehículos automóviles para usos
especiales, distintos de los destinados al
transporte propiamente dicho, tales como
coches para arreglo de averías, coches
bombas, coches escalas, coches barredores,
coches quitanieves, coches de riego,
coches grúas, coches proyectores, coches
talleres, coches radiológicos y análogos.
01 Carros bombas, material, repuestos y
accesorios para la extinción de incendios.
89 Otros.
87.04 Chassis con motor de los vehículos
automóviles citados en las posiciones
87.01 a 87.03 inclusive.
01 Chassis para buses.
87.05 Carrocerías de los vehículos automóviles
citados en las posiciones 87.01 a 87.03
inclusive, comprendidas las cabinas.
01 Carrocerías para buses.
02 Cabinas.
87.06 Partes, piezas sueltas y accesorios de los
vehículos automóviles citados en las
posiciones 87.01 a 87.03 inclusive.
01 Piezas y partes destinadas a la armaduría
de chassis de buses y/o camiones que se
importen conforme a lo dispuesto en los
decretos Nºs. 574, de 8 de Mayo de 1973,
y/o N° 507, de 29 de Abril de 1966, del
Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
02 Piezas y partes de automóviles destinados
al servicio de taxis, que se imparten en
conformidad a lo establecido en el decreto
N° 574, de 8 de Mayo de 1963, del
Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
03 Piezas y partes destinadas a la
fabricación de cajas de cambio, ejes
traseros y sus partes.
04 Piezas y partes para vehículos motorizados
que se importen en conformidad a lo
establecido en el decreto N° 574, de 8 de
Mayo de 1963, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción y lo dispuesto en
el decreto N° 2.100, de 20 de Junio de
1964, del Ministerio de Hacienda.
05 Piezas y partes para vehículos motorizados
06 Piezas y partes destinadas a la
fabricación de columnas de dirección.
87.07.00 Carretillas automóviles de los tipos
utilizados en las fábricas, almacenes,
puertos y aeropuertos para el transporte a
cortas distancias o la manipulación de
mercancías (carretillas portadoras,
elevadoras, carretillas-puentes, por
ejemplo): carretillas tractoras del tipo
de las utilizadas en las estaciones; sus
partes y piezas sueltas.
87.09.00 Motociclos y velocípedos con motor
auxiliar, con o sin sidecar, sidecares
para motociclos y velocípedos de cualquier
clase, presentados aisladamente.
87.10.00 Velocípedos sin motor (incluidos los
triciclos de reparto y similares).
87.11.00 Sillones de ruedas y vehículos similares
con mecanismos de propulsión (incluso con
motor), especialmente construidos para ser
utilizados por los inválidos.
87.12.00 Partes, piezas sueltas y accesorios de los
vehículos comprendidos en las posiciones
87.09 a 87.11, inclusive.
87.13.00 Coches sin mecanismo de propulsión para
el transporte de niños y de enfermos; sus
partes y piezas sueltas.
87.14 Otros vehículos no automóviles y remolques
para vehículos de todas clases; sus partes
y piezas sueltas.
01 Remolques y semirremolques.
89 Otros.
CAPITULO 88
Navegación aérea
88.01.00 Aerostatos.
88.02.00 Aerodinos (aviones, hidroaviones,
planeadores, cometas, autogiros,
helicópteros, etc.), paracaídas
giratorios.
88.03.00 Partes y piezas sueltas de los aparatos
comprendidos en las posiciones 88.01 y
88.02.
88.04.00 Paracaídas y sus partes componentes;
piezas sueltas y accesorios.
88.05.00 Catapultas y otros artefactos de
lanzamiento similares; aparatos de
entrenamiento de vuelo en tierra; sus
partes y piezas sueltas.
CAPITULO 89
Navegación marítima y fluvial
89.01 Barcos no comprendidos en las otras
posiciones de este capítulo.
01 Lanchas a motor.
89 Otros.
89.02.00 Barcos especialmente concebidos para
remolcar (remolcadores), o empujar a otros
barcos.
89.03.00 Barcos faros, barcos bombas, dragas de
todas clases, pontones grúas y demás
barcos para los que la navegación es
accesoria con relación a la función
principal; diques flotantes.
89.04.00 Barcos destinados al desguace.
89.05.00 Artefactos flotantes diversos, tales como
depósitos, cajones, boyas, balizas y
similares.
SECCION XVIII
Instrumentos Y aparatos de óptica, de fotografía y de cinematografía, de medida, de comprobación, de precisión; instrumentos y aparatos médico-quirúrgicos; relojería; instrumentos de música; aparatos para el registro y reproducción del sonido, o para el registro y reproducción en televisión, por procedimientos magnético, de imágenes y sonido
CAPITULO 90
Instrumentos Y aparatos de óptica, de fotografía y de cinematografía, de medida, de comprobación, de precisión; instrumentos y aparatos médico-quirúrgicos
Código Glosa
90.01.00 Lentes, prismas, espejos y demás elementos
de óptica, de cualquier materia, sin
montar, con exclusión de los mismos
artículos de vidrio no trabajados
ópticamente; materias polarizantes en
hojas o en placas.
90.02.00 Lentes, prismas, espejos y demás elementos
de óptica, de cualquier materia, montados,
para instrumentos y aparatos, con
exclusión de los mismos artículos de
vidrio no trabajados ópticamente.
90.03.00 Monturas de gafas, quevedos, impertinentes
y de artículos análogos, y las partes de
estas monturas.
90.04 Gafas (correctoras, protectoras u otras),
quevedos, impertinentes y artículos
análogos.
01 Protectoras para el trabajo.
89 Otras.
90.05.00 Anteojos de larga vista y gemelos, con o
sin prismas.
90.06.00 Instrumentos de astronomía y cosmografía,
tales como telescopios, anteojos
astronómicos, meridianas, ecuatoriales,
etc., y sus armazones, con exclusión de
los aparatos de radioastronomía.
90.07.00 Aparatos fotográficos; aparatos o
dispositivos para la producción de luz
relámpago en fotografía.
90.08.00 Aparatos cinematográficos (tomavista y de
toma de sonido, incluso combinados,
aparatos de proyección, con o sin
reproducción de sonido).
90.09.00 Aparatos de proyección fija; ampliadoras
o reductoras fotográficas.
90.10.00 Aparatos y material de los tipos
utilizados en los laboratorios
fotográficos o cinematográficos, no
expresados ni comprendidos en otras
posiciones de este capítulo; aparatos de
fotocopia por sistema óptico o por
contacto, y aparatos de termocopia;
pantallas de proyección.
90.11.00 Microscopios y difragtógrafos electrónicos
y protónicos.
90.12.00 Microscopios ópticos, incluidos los
aparatos para microfotografía,
microcinematografía y microproyección.
90.13.00 Aparatos o instrumentos de óptica, no
expresados ni comprendidos en otras
posiciones del presente capítulo
(incluidos los proyectores de luz).
90.14.00 Instrumentos y aparatos de geodesia,
topografía, agrimensura, nivelación,
fotogrametría, hidrografía, navegación
(marítima, fluvial o aérea), meteorología,
hidrología y geofísica; brújulas y
telémetros.
90.15.00 Balanzas sensibles a pesos iguales o
inferiores a cinco centígramos, con o sin
pesas.
90.16.00 Instrumentos de dibujo, trazado y cálculo
(pantógrafos, estuches de matemáticas,
reglas y círculos de cálculo, etc.),
máquinas, aparatos e instrumentos de
medida, comprobación y control, no
expresados ni comprendidos en otras
posiciones del presente capítulo
(equilibradores, planímetros, micrómetros,
calibres, galgas, metros, etc.);
proyectores de perfiles.
90.17.00 Instrumentos y aparatos de medicina,
cirugía, odontología y veterinaria,
incluidos los aparatos electromédicos y
los de oftalmología.
90.18 Aparatos de mecanoterapia y masajes;
aparatos de psicotecnia, ozonoterapia,
oxigenoterapia, reanimación,
aerosolterapia y demás aparatos
respiratorios de todas clases (incluidas
las máscaras antigás).
01 Aparatos respiratorios, sus partes y
piezas.
89 Otros.
90.19.00 Aparatos de ortopedia (incluidas las fajas
médico-quirúrgicas); artículos y aparatos
para fracturas (tablillas, cabestrillos y
similares); artículos y aparatos de
prótesis dental, ocular u otra; aparatos
para facilitar la audición a los sordos y
otros aparatos que se llevan en la mano,
sobre la propia persona o se implantan en
el organismo para compensar un defecto o
una incapacidad.
90.20.00 Aparatos de rayos X, incluso de
radiofotografía, y aparatos que utilicen
las radiaciones de sustancias
radiactivas, incluidas las lámparas
generadoras de rayos X, los generadores
de tensión, los pupitres de mando, las
pantallas, las mesas, sillones y soportes
similares para examen o tratamiento.
90.21.00 Instrumentos, aparatos y modelos
concebidos para demostraciones (en la
enseñanza, exposiciones, etc.), no
susceptibles de otros usos.
90.22.00 Máquinas y aparatos para ensayos mecánicos
(ensayos de resistencia, dureza, tracción,
compresión, elasticidad, etc.) de
materiales (metales, maderas, textiles,
papel, materias plásticas, etc.).
90.23.00 Densímetros, aerómetros, pesalíquidos e
instrumentos análogos, termómetros,
pirómetros, barómetros, higrómetros y
psicrómetros, registradores o no, incluso
combinadas entre sí.
90.24.00 Aparatos e instrumentos para la medida,
control o regulación de fluidos gaseosos o
líquidos, o para el control automático de
temperaturas, tales como manómetros,
termostatos, indicadores de nivel,
reguladores de tiro, aforadores o
medidores de caudal, contadores de calor,
con exclusión de los aparatos e
instrumentos de la posición 90.14.
90.25.00 Instrumentos y aparatos para análisis
físicos o químicos (como polarímetros,
refractómetros, espectrómetros,
analizadores de gases o de humos);
instrumentos y aparatos para ensayos de
viscosidad, porosidad, dilatación, tensión
superficial y análogos (como
viscosímetros, porosímetros, dilatómetros)
y para medidas calorimétricas,
fotométricas o acústicas (como fotómetros
-incluidos los exposímetros-,
calorímetros); microtomos.
90.26.00 Contadores de gases, de líquidos y de
electricidad, incluidos los contadores de
producción, control y comprobación.
90.27.00 Otros contadores (cuentarrevoluciones,
contadores de producción, taxímetros,
totalizadores de camino recorrido,
podómetros, etc.), indicadores de
velocidad y tacómetros distintos de los de
la posición 90.14, incluidos los
taquímetros magnéticos; estroboscopios.
90.28.00 Instrumentos y aparatos eléctricos o
electrónicos de medida, verificación,
control, regulación o análisis.
90.29.00 Partes, piezas sueltas y accesorios
reconocibles como exclusiva o
principalmente concebidos para los
instrumentos o aparatos de las posiciones
90.23, 90.24, 90.26, 90.27 y 90.28,
susceptibles de ser utilizados en uno sólo
o en varios de los instrumentos o aparatos
de este grupo de posiciones.
CAPITULO 91
91.01 Relojes de bolsillo, relojes de pulsera y
análogos (incluidos los contadores de
tiempo de los mismos tipos).
01 Con cajas de metales comunes, dorados,
plateados o platinados.
91.02.00 Otros relojes (incluso despertadores) con
"mecanismos de pequeño volumen".
91.03.00 Relojes de tablero de bordo y similares,
para automóviles, aeronaves, barcos y
demás vehículos.
91.04.00 Los demás relojes (con mecanismo que no
sea de pequeño volumen) y aparatos de
relojería similares.
91.05.00 Aparatos de control y contadores de tiempo
con mecanismos de relojería y con motor
sincrónico (registradores de asistencia,
controladores de ronda, contadores de
minutos, contadores de segundos, etc.).
91.06.00 Aparatos provistos de un mecanismo de
relojería o de un motor sincrónico que
permita accionar un mecanismo en un
momento determinado (interruptores
horarios, relojes de conmutación, etc.).
91.07.00 Mecanismos de pequeño volumen terminados,
para relojes.
91.08.00 Otros mecanismos de relojería terminados.
91.09 Cajas de relojes de la posición 91.01 y
sus partes.
01 De metales comunes dorados, plateados o
platinados.
91.10.00 Cajas y similares para los demás relojes y
para aparatos de relojería y sus partes.
91.11.00 Otras partes y piezas para relojería.
CAPITULO 92
Instrumentos de música; aparatos para el registro y la reproducción del sonido o para el registro y la reproducción en televisión, por procedimiento magnético, de imágenes y sonido; partes y accesorios de estos instrumentos y aparatos
Código Glosa
92.00.01 Instrumentos musicales.
92.09.00 Cuerdas armónicas.
92.10.00 Partes, piezas sueltas y accesorios de
instrumentos musicales (distintos de las
cuerdas armónicas), incluidos los cartones
y papeles perforados para aparatos
automáticos, así como los mecanismos para
cajas de música; metrónomos y diapasones
de todas clases.
92.11.00 Fonógrafos, dictáfonos y demás aparatos
para el registro y la reproducción del
sonido, incluidos los tocadiscos,
giracintas y girahilos, con o sin
fonocaptor; aparatos de registro y de
reproducción de imágenes y sonido en
televisión, por procedimiento magnético.
92.12.00 Soportes de sonido para los aparatos de la
posición 92.11 o para grabaciones
análogas; discos, cilindros, ceras,
cintas, películas, hilos, etc.; preparados
para la grabación o grabados; matrices y
moldes galvánicos para la fabricación de
discos.
92.13.00 Otras partes, piezas sueltas y accesorios
de los aparatos comprendidos en la
posición 92.11.
SECCION XIX
Armas y municiones
CAPITULO 93
Armas y municiones
93.00.01 Armas y municiones.
93.05 Otras armas (incluidas las escopetas,
carabinas, y pistolas de muelle, de aire
comprimido o de gas).
01 Armas de aire comprimido.
SECCION XX
Mercancías y productos diversos no expresados ni comprendidos en otras posiciones
CAPITULO 94
Muebles; mobiliario médico-quirúrgico; artículos de cama y similares
Código Glosa
94.01.00 Sillas y otros asientos, incluso los
transformables en cama (con exclusión de
los comprendidos en la posición 94.02), y
sus partes.
94.02.00 Mobiliario médico-quirúrgico, por ejemplo:
mesas de operaciones, mesas de
reconocimiento y análogas, camas con
mecanismos para usos clínicos, etc.;
sillones de dentista y análogos, con
dispositivo mecánico de orientación y
elevación partes de estos objetos.
94.03.00 Otros muebles y sus partes.
94.04.00 Somieres; artículos de cama y similares,
que tengan muelles o bien rellenos o
guarnecidos interiormente de cualquier
materia, tales como colchones, cubrepiés,
edredones, cojines "poufs", almohadas,
etc., incluidos los de caucho o materias
plásticas artificiales en estado esponjoso
o celular, recubiertas o no.
CAPITULO 95
Materias para talla y moldeo, labradas (incluidas las manufacturas)
Código Glosa
95.00.89 Mercaderías no incluidas en otras
posiciones del presente capítulo.
95.08 Manufacturas moldeadas o talladas de cera
natural (animal o vegetal), mineral o
artificial, de parafina, de estearina, de
gomas o resinas naturales (copal,
colofonia, etc.), de pastas de modelar y
demás manufacturas moldeadas o talladas,
no expresadas ni comprendidas en otra
posición; gelatina sin endurecer labrada,
distinta de la comprendida en la posición
35.03 y manufacturas de esta materia.
01 Cápsulas de gelatina.
CAPITULO 96
Manufacturas de cepillería, pinceles, escobas, plumeros, borlas y cedazos
Código Glosa
96.00.00 Manufacturas de cepillería, pinceles,
escobas, plumeros, borlas y cedazos.
CAPITULO 97
Juguetes, juegos, artículos para recreo y para deportes
Código Glosa
97.00.01 Artículos para deportes incluidos en otras
glosas de la Lista de Mercaderías de
Importación Permitida y que se importen
con cargo a Leyes Especiales por las
Federaciones Deportivas reconocidas por el
Consejo Nacional de Deportes y/o por la
Dirección General de Deportes y
Recreación.
97.01.00 Coches y vehículos de ruedas para juegos
infantiles, tales como bicicletas,
triciclos, patinetas, caballos mecánicos,
autos de pedales, coches de muñecas y
análogos.
97.02.00 Muñecas de todas clases.
97.03.00 Los demás juguetes; modelos reducidos para
recreo.
01 Reproducciones de instrumentos musicales.
89 Otros.
97.04 Artículos para juegos de sociedad
(incluidos los juegos con motor o
mecanismos para lugares públicos, tenis
de mesa, mesas de billar y mesas
especiales de juego de casino):
01 Billar: bolas, tacos, gomas laterales y
paños para mesas.
02 Mesas de casino y ruletas con rodamientos.
03 Palitroques, bolas de cualquier material,
excepto madera.
04 Tennis de mesa; pelotas.
89 Otros.
97.05 Artículos para diversiones y fiestas,
accesorios de cotillón y artículos
sorpresa, artículos y accesorios para
árboles de navidad y artículos análogos
para fiestas de navidad (árboles de
navidad artificiales, nacimientos, figuras
de nacimientos, etc.):
01 Adornos de navidad.
89 Otros.
97.06.00 Artículos y artefactos para juegos al aire
libre, gimnasia, atletismo y demás
deportes, con exclusión de los artículos
de la posición 97.04.
97.07.00 Anzuelos, salabardos y cazamariposas;
artículos para pescar con sedal; cimbeles,
espejuelos para la caza de alondras y
artículos de caza similares.
97.08.00 Tiovivos, columpios, barracas de tiro al
blanco, y demás atracciones de feria,
incluidos los circos, zoos y teatros
ambulantes.
CAPITULO 98
Manufacturas diversas
98.01.00 Botones, botones de presión, gemelos y
similares (incluso los esbozos y formas
para botones y las partes de botones).
98.02.00 Cierres de cremallera y sus partes
(correderas, etc.).
98.03.00 Portaplumas, estilográficas y portaminas;
portalápices y similares; sus piezas
sueltas y accesorios (guardapuntas,
sujetadores, etc.), con exclusión de los
artículos de las posiciones 98.04 y 98.05
98.04.00 Plumillas para escribir y puntos para
plumas.
98.05.00 Lápices (incluso los pizarrines), minas,
pasteles y carboncillos; tizas para
escribir y dibujar; jaboncillos de sastre
y tizas para billares.
98.06.00 Pizarras y tableros para escribir o
dibujar, con o sin marco.
98.07.00 Sellos, numeradores, imprentillas,
fechadores, timbradores y análogos,
manuales.
98.08.00 Cintas entintadas para máquinas de
escribir y cintas entintadas similares,
montadas o no sobre carretes; tampones
impregnados o no, con o sin caja.
98.09.00 Lacre de escritorio y para botellas,
presentado en plaquitas, barras o formas
similares, pastas a base de gelatina para
reproducciones gráficas, rodillos de
imprenta y usos análogos, incluso sobre
soporte de papel o de materia textil.
98.10.00 Encendedores (mecánicos, eléctricos, de
catalizadores, etc.), y sus piezas
sueltas, excepto las piedras y las mechas.
98.11.00 Pipas (incluidos los escalabornes y las
cazoletas); boquillas; embocaduras, cañones y demás piezas
sueltas.
98.12.00 Peines, peinetas, pasadores y artículos
análogos.
98.13.00 Ballenas para corsés, para prendas de
vestir o para accesorios del vestido y
análogos.
98.14.00 Pulverizadores de tocador, sus monturas y
las cabezas de monturas.
98.15.00 Termos y demás recipientes isotérmicos
montados, cuyo aislamiento se consigna por
vacío, así como sus partes (con exclusión
de las ampollas de vidrio).
98.16.00 Maniquíes y análogos; autómatas y escenas
animadas para escaparates.
SECCION XXI
Objetos de arte, objetos para colecciones y antigüedades.
CAPITULO 99
Objetos de arte, objetos para colecciones y antigüedades.
Código Glosa
99.00.00 Objetos de arte, objetos para colecciones
y antigüedades.
Glosa
Equipos y pertrechos destinados a uso
exclusivo de las Fuerzas Armadas.
Repuestos para la agricultura.
Repuestos para la industria.
Repuestos para la minería.
Máquinas herramientas, instrumentos,
útiles, repuestos y elementos destinados a
la enseñanza, formación y capacitación
profesional o técnica.
Accesorios para vehículos motorizados.
Repuestos para motores de explosión o de
combustión interna.
Repuestos para vehículos motorizados.
Elementos, partes y componentes destinados
a la fabricación de equipos hidráulicos.
Piezas y partes destinadas a la
fabricación de sistemas de frenos.
Piezas y partes destinadas a la
fabricación de motores a explosión de
vehículos motorizados.
Piezas y partes destinadas a la
fabricación de lavaparabrisas para
vehículos motorizados.
Elementos destinados a la fabricación de
partes, piezas, conjuntos y subconjuntos
para la industria automotriz.
Elementos de construcción, equipamiento,
habilitación y alhajamiento necesario para
la operación y servicio de hoteles de lujo
internacional.
El presente decreto regirá a partir del 1º de Enero de 1975.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Fernando Léniz Cerda, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Daniel G. Frez Arancibia, Teniente Coronel, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.