Por decreto exento MOP Nº 2.012, de 28 de diciembre
de 2001, y en base a la facultad otorgada por los
artículos 14 letra e) y 105 del D.F.L. MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto actualizado de la ley Nº 15.840 y D.F.L. MOP Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 45-F para la obra: "Red Vial Litoral Central. Sector 1: Nuevo Camino Costero. Acceso a El Tabo Km.
0.000,00 al Km. 3.822,00", Quinta Región, que figura a nombre de Sebastián Pedro Espinoza Gutiérrez, rol de avalúo en trámite, comuna de El Tabo, superficie 46 m2. La comisión de peritos integrada por los señores Pablo Antonio Aragón Bernal, María Cristina Ayala Muñoz y Jorge Gregorio Mendoza Larral, fijó con fecha 26 de noviembre de 2001, el valor provisional de la indemnización en la cantidad de $554.400.- La indemnización de pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto ley Nº 2.186, de 1978.-

    Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.