DEROGA DECRETO Nº239, DE 1995, Y ASIGNA VEHICULO A SUPERINTENDENTE DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES
    Núm. 254 exento.- Santiago, 18 de marzo de 2002.- Vistos: Artículo Nº 1º, 2º, 3º y 6º del DL Nº 799 de 1974 y sus posteriores modificaciones; decreto Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia; decreto Nº 239 de 1995, de Economía; circular Nº 35.593 de 1995, resolución Nº 520 de 1996 y 117 de 2001, todas de la Contraloría General de la República; oficio Segpres (D. Ejec.) Nº 225 de 1994; oficio Nº 0614 DAF 160 de 2002 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que se acompaña.

    Considerando:

    Que, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), ha solicitado derogar el decreto Nº 239 de 1995 de Economía, mediante el cual se asignaba para uso privativo un vehículo al Sr. Superintendente de Electricidad y Combustibles, en atención a que éste fue dado de baja y reemplazado por uno nuevo.
    Que, por otra parte, se solicita se asigne al Sr. Superintendente un nuevo vehículo adquirido recientemente, para uso privativo, autorizándolo para circular en días sábados, domingos y festivos, sin sujeción de horarios, exento del uso del disco fiscal distintivo y además para ser estacionado eventualmente en los domicilios que se indican, en atención a la naturaleza de las labores que debe cumplir tales como: asistir a congresos, seminarios, inauguraciones, como igualmente fiscalizando materias de las áreas eléctricas y de combustibles, velando por la seguridad de las personas y sus bienes, labores que se extienden frecuentemente en días y horarios inhábiles.

    D e c r e t o:



    Artículo 1º.- Derógase el decreto Nº 239 de 1995, de Economía, en atención a lo expuesto en la parte considerativa del presente decreto.

    Artículo 2º.- Asígnase, para uso privativo del Sr. Superintendente de Electricidad y Combustibles, el vehículo que se señala a continuación:

    Tipo de Vehículo: Automóvil, Marca: Peugeot, Modelo: 406 ST, Nº Motor: 10LH150414572, Nº Chasis: 1S011113, Color: Gris Cuarzo, Año: 2002, Placa Unica:
UV.1531-2. Estacionamiento: Amunátegui Nº 58 y Manuel Rodríguez Nº 23, Santiago.

    Artículo 3º.- Autorízase al vehículo antes citado para que pueda circular en días sábados, domingos y festivos, sin disco fiscal distintivo y sin sujeción de horarios, de acuerdo a lo establecido en la parte considerativa del presente decreto.

    Artículo 4º.- El vehículo indicado estará obligado a establecer los controles internos y de resguardo que procedan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del DL Nº 799 de 1974.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Enrique Sepúlveda Rodríguez, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).