Art. 2522. Prescribe en un año la acción de losLey 6162,
Art. 1°
mercaderes, proveedores y artesanos por el precio de los artículos que despachan al menudeo.
    Inciso segundo.- Derogado.-Ley 6162,
Art 1°

    La de toda clase de personas por el precio de servicios que se prestan periódica o accidentalmente; como posaderos, acarreadores, mensajeros, barberos, etc.