Art. 550. Principio de indemnización. RespectoLey 20667
Art. 1
D.O. 09.05.2013 del asegurado, el seguro de daños es un contrato de mera indemnización y jamás puede constituir para él la oportunidad de una ganancia o enriquecimiento.
Art. 1
D.O. 09.05.2013 del asegurado, el seguro de daños es un contrato de mera indemnización y jamás puede constituir para él la oportunidad de una ganancia o enriquecimiento.