Art. 918. Las relaciones entre el agente y susLEY 18680
Art. primero
D.O. 11.01.1988 mandantes, se regirán por lo estipulado en los contratos respectivos y, en su defecto o a falta de pacto expreso, les será aplicable la legislación sobre el mandato mercantil.
Art. primero
D.O. 11.01.1988 mandantes, se regirán por lo estipulado en los contratos respectivos y, en su defecto o a falta de pacto expreso, les será aplicable la legislación sobre el mandato mercantil.