Art. 956. Corresponde al fletador realizarLEY 18680
Art. primero
D.O. 11.01.1988 oportunamente y a su costo, las operaciones de carga y descarga de las mercancías.
Art. primero
D.O. 11.01.1988 oportunamente y a su costo, las operaciones de carga y descarga de las mercancías.