FIJA LISTA DE MERCANCIAS EXCLUIDAS DEL REINTEGRO A EXPORTACIONES DE LA LEY N° 18.480 Y SEÑALA VALORES DE LOS MONTOS MAXIMOS EXPORTADOS PARA EL AÑO 2001
Núm. 100.- Santiago, 18 de marzo de 2002.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 18.480; en el artículo 2º, del decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República,
D e c r e t o:
Artículo 1º. Las mercancías que a continuación se indican clasificadas en las posiciones arancelarias que se señalan, constituirán la lista de mercancías a que se refiere el artículo 3º de la ley Nº 18.480.
A) Mercancías que conforme al artículo 2º, inciso segundo de la ley Nº 18.480, al 31 de diciembre de 1990 se encontraban excluidas del reintegro, y cuyos montos exportados durante el año 1990 excedieron de un valor FOB de US$ 5.000.000.-
0016.0000 Combustibles, lubricantes, aparejos y demás
mercancías, incluidas las provisiones
destinadas al consumo de pasajeros y
tripulantes, que requieran las naves,
aeronaves y también los vehículos
destinados al transporte internacional, en
estado de viajar, para su propio
mantenimiento, conservación y
perfeccionamiento.
0302.1211 Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus
kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), frescos o refrigerados, enteros.
0302.1212 Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus
kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), frescos o refrigerados,
descabezados y eviscerados ("HG").
0302.1219 Los demás Salmones del Pacífico
(Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus
gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), frescos o refrigerados.
0302.1221 Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho), frescos
o refrigerados, enteros.
0302.1222 Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho), frescos
o refrigerados, descabezados y eviscerados
("HG").
0302.1229 Los demás salmones del Atlántico (Salmo
salar) y salmones del Danubio (Hucho
hucho), frescos o refrigerados.
0302.6921 Merluza común (Merluccius gayi gayi) fresca
o refrigerada, entera.
0302.6922 Merluza común (Merluccius gayi gayi),
fresca o refrigerada, descabezada y
eviscerada ("HG").
0302.6923 Merluza del sur (Merluccius australis),
fresca o refrigerada, entera.
0302.6924 Merluza del sur (Merluccius australis),
fresca o refrigerada, descabezada y
eviscerada. ("HG").
0302.6929 Las demás merluzas (Merluccis spp.),
frescas o refrigeradas.
0303.1110 Salmones rojos (Oncorhynchus nerka),
excepto hígados, huevas y lechas,
congelados, enteros.
0303.1120 Salmones rojos (Oncorhynchus nerka),
excepto hígados, huevas y lechas,
congelados, descabezados y eviscerados
("HG").
0303.1190 Los demás salmones rojos (Oncorhynchus
nerka), excepto hígados, huevas y lechas,
congelados.
0303.1910 Los demás salmones del Pacífico
(Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus
keta, Oncorhynchus tschawytscha,
Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou
y Oncorhynchus rhodurus), excepto hígados,
huevas y lechas, congelados, enteros.
0303.1920 Los demás salmones del Pacífico
(Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus
kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), excepto hígados, huevas y
lechas, congelados, descabezados y
eviscerados ("HG").
0303.1990 Los demás salmones del Pacífico
(Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus
kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), excepto hígados, huevas y
lechas, congelados.
0303.7811 Merluza común (Merluccius gayi gayi),
congelada, entera.
0303.7812 Merluza común (Merluccius gayi gayi),
congelada, descabezada y eviscerada
("HG").
0303.7819 Las demás merluzas comunes (Merluccius
gayi gayi), congeladas.
0303.7821 Merluzas del sur (Merluccius australis),
congeladas, enteras.
0303.7822 Merluzas del sur (Merluccius australis),
congeladas, descabezadas y evisceradas
("HG").
0303.7829 Las demás merluzas del sur (Merluccius
australis), congeladas.
0303.7890 Las demás merluzas (Merluccius spp.,
Urophycis spp.), congeladas.
0303.7931 Congrio dorado (Genypterus blacodes),
congelado, entero.
0303.7932 Congrio dorado (Genypterus blacodes),
congelado, descabezado y eviscerado
("HG").
0303.7933 Los demás congrios (Genypterus chilensis,
Genypterus maculatus), congelados, enteros.
0303.7934 Los demás congrios (Genypterus chilensis,
Genypterus maculatus), congelados,
descabezados y eviscerados ("HG").
0303.7935 Cojinova (Seriolella violacea), (Seriolella
caerulea), (Seriolella punctata),
congelada, entera.
0303.7936 Cojinova (Seriolella violacea), (Seriolella
caerulea), (Seriolella punctata),
congelada, descabezada y eviscerada
("HG").
0303.7937 Brótula (Salilota australis), congelada,
entera.
0303.7938 Brótula (Salilota australis), congelada,
descabezada y eviscerada ("HG").
0303.7939 Los demás congrios (Genypterus chilensis,
Genypterus maculatus), Cojinovas
(Seriolella violacea), (Seriolella
caerulea), (Seriolella punctata), Brótula
(Salilota australis) y Pejerrey de mar
(Odonthestes regia), congelados.
0304.1011 Filetes de albacora (Xiphias gladius),
frescos o refrigerados.
0304.1019 Las demás carnes de albacora (Xiphias
gladius), frescas o refrigeradas.
0304.2031 Filetes de bacalao de profundidad
(Dissostichus Eleginoides), congelados.
0304.2032 Filetes de bacalao de Juan Fernández
(Polyprion oxygeneios), congelados.
0304.2041 Filetes de merluza común (Merluccius gayi
gayi), congelados.
0304.2042 Filetes de merluza del sur (Merluccius
australis), congelados.
0304.2049 Filetes de las demás merluzas (Merluccius
spp.), congelados.
0304.2080 Filetes de congrio (Genypterus chilensis)
(Genypterus blacodes), Genypterus
maculatus), congelados.
0304.2091 Filetes de sardina común (Clupea
bentincki), congelados.
0304.2092 Filetes de merluza de cola (Macruronus
magellanicus), congelados.
0304.2093 Filetes de merluza de tres aletas
(Micromesistius australis), congelados.
0304.2099 Los demás filetes de pescado, congelados.
0304.9041 Surimi de merluza común (merluccius gayi
gayi), congelado.
0304.9042 Trozos de merluza (Merluccius spp.),
congelados.
0304.9043 Cocochas de merluza (merluccius spp.),
congeladas.
0304.9044 Las demás carnes de merluza común
(merluccius gayi gayi), congeladas.
0304.9045 Las demás carnes de merluza del sur
(Merluccius australis), congeladas.
0304.9049 Las demás carnes de merluza (Merluccius
spp.), congeladas.
0703.1010 Cebollas, frescas o refrigeradas.
0713.3390 Las demás alubias comunes (Phaseolus
vulgaris), secas, desvainadas, incluso
mondadas o partidas.
0802.3100 Nueces de nogal, con cáscara.
0806.1010 Uvas variedad Thompson seedless
(Sultanina), frescas.
0806.1020 Uvas variedad Flame seedles, frescas.
0806.1030 Uvas variedad Red globe, frescas.
0806.1040 Uvas variedad Ribier, frescas.
0806.1090 Las demás uvas frescas.
0806.2010 Uvas secas, incluidas las pasas, morenas.
0806.2090 Las demás uvas secas, incluidas las pasas.
0808.1010 Manzanas variedad Richared delicius,
frescas.
0808.1020 Manzanas variedad Royal gala, frescas.
0808.1030 Manzanas variedad Red starking, frescas.
0808.1040 Manzanas variedad Fuji, frescas.
0808.1050 Manzanas variedad Braeburn, frescas.
0808.1060 Manzanas variedad Granny smith, frescas.
0808.1090 Las demás manzanas frescas.
0808.2011 Peras variedad Packham's triumph, frescas.
0808.2012 Peras variedad Bartlett bosc, frescas.
0808.2013 Peras asiáticas, frescas.
0808.2019 Las demás peras frescas.
0809.3010 Nectarines, frescos.
0809.3020 Melocotones (duraznos)*, frescos.
0809.3090 Griñones, frescos.
0809.4010 Ciruelas, frescas.
0810.5000 Kiwis, frescos.
0813.2000 Ciruelas, secas.
1005.1010 Maíz híbrido, para siembra.
1005.1090 Los demás maíz para siembra.
1107.2000 Malta, tostada.
1211.9041 Pepa y pepa vana de mosqueta, fresca o
seca, incluso cortada, quebrantada o
pulverizada.
1211.9042 Cascarilla de mosqueta, fresca o seca,
incluso cortada, quebrantada o pulverizada.
1211.9043 Flores y hojas de mosqueta, frescas o
secas, incluso cortadas, quebrantadas o
pulverizadas.
1211.9049 Las demás mosqueta, frescas o secas,
incluso cortadas, quebrantadas o
pulverizadas.
1212.2030 Alga Pelillo (Gracilaria spp.), fresca,
refrigerada, congelada o seca, incluso
pulverizada.
1212.2040 Alga Chascón (Lessonia spp.), fresca,
refrigerada, congelada o seca, incluso
pulverizada.
1212.2050 Alga Luga luga (Iridaea spp.), fresca,
refrigerada, congelada o seca, incluso
pulverizada.
1302.3100 Agar-agar.
1504.2010 Aceite de pescado y sus fracciones,
crudo, excepto los aceites de hígado.
1504.2020 Aceite de pescado y sus fracciones,
semirrefinado y refinado, excepto los
aceites de hígado.
1504.2090 Las demás grasas y aceites de pescado y
sus fracciones, excepto los aceites de
hígado.
1604.1311 Sardinas, preparadas o conservadas enteras
o en trozos, con exclusión de la picada,
al natural.
1604.1312 Sardinas, preparadas o conservadas enteras
o en trozos, con exclusión de la picada,
con salsa de tomate.
1604.1319 Las demás Sardinas preparadas o
conservadas, enteras o en trozos, con
exclusión de la picada.
1604.1911 Jurel, preparado o conservado, entero o en
trozos, con exclusión del picado, al
natural.
1604.1912 Jurel, preparado o conservado, entero o en
trozos, con exclusión del picado, con salsa
de tomate.
1604.1913 Jurel, preparado o conservado, entero o en
trozos, con exclusión del picado, en
aceite.
1604.1919 Los demás Jurel, preparado o conservado,
entero o en trozos, con exclusión del
picado.
1605.1025 Centolla del norte (Lithodes spp.)
conservada congelada.
1605.1026 Centolla (Lithodes santolla), conservada
congelada.
1605.1027 Centollón (Paralomis granulosa),
conservado congelado.
1605.1028 Centollón del norte (Paralomis spp.),
conservado congelado.
1605.1029 Las demás centollas y centollón
conservados congelados.
1605.2014 Camarón nailon (Heterocarpus reedi),
conservado congelado.
1605.2015 Camarón ecuatoriano (Penaeus vannamei),
conservado congelado.
1605.2016 Camarón de río (Cryphiops caementarius),
conservado congelado.
1605.2019 Los demás camarones, conservados
congelados.
1605.2029 Exclusivamente langostinos conservados
congelados.
2002.9011 Purés y jugos de tomate, cuyo contenido en
peso, de extracto seco, sea igual o
superior al 7%, de valor Brix inferior a
30.
2002.9012 Purés y jugos de tomate, cuyo contenido en
peso, de extracto seco, sea igual o
superior al 7%, de valor Brix superior o
igual a 30 pero inferior o igual a 32.
2002.9019 Los demás purés y jugos de tomate, cuyo
contenido en peso, de extracto seco, sea
igual o superior al 7%.
2009.7100 Jugo de manzana, sin fermentar y sin
alcohol, incluso azucarado o edulcorado de
otro modo, de valor Brix inferior o igual a
20.
2009.7910 Los demás jugos de manzana, sin fermentar y
sin alcohol, incluso azucarado o edulcorado
de otro modo, de valor Brix superior a 20
pero inferior a 70
2009.7920 Los demás jugos de manzana, sin fermentar y
sin alcohol, incluso azucarado o edulcorado
de otro modo, de valor Brix superior o
igual a 70.
2204.2111 Vinos blancos con denominación de origen,
en recipientes con capacidad inferior o
igual a 2 litros, Sauvignon blanc.
2204.2112 Vinos blancos con denominación de origen,
en recipientes con capacidad inferior o
igual a 2 litros, Chardonnay.
2204.2113 Mezclas de vinos blancos con denominación
de origen, en recipientes con capacidad
inferior o igual a 2 litros.
2204.2119 Los demás vinos blancos con denominación de
origen, en recipientes con capacidad
inferior o igual a 2 litros.
2204.2121 Vinos tintos con denominación de origen, en
recipientes con capacidad inferior o igual
a 2 litros, Cabernet sauvignon.
2204.2122 Vinos tintos con denominación de origen, en
recipientes con capacidad inferior o igual
a 2 litros, Merlot.
2204.2123 Mezclas de Vinos tintos con denominación de
origen, en recipientes con capacidad
inferior o igual a 2 litros.
2204.2129 Los demás Vinos tintos con denominación de
origen, en recipientes con capacidad
inferior o igual a 2 litros.
2204.2130 Los demás Vinos con denominación de origen,
en recipientes con capacidad inferior o
igual a 2 litros.
2301.2011 Harina de pescado con contenido de
proteínas inferior al 66% en peso
(standard).
2301.2012 Harina de pescado con contenido de
proteínas superior o igual al 66% pero
inferior o igual a 68%, en peso (prime).
2301.2013 Harina de pescado con contenido de
proteínas superior al 68% en peso (super
prime).
2303.2010 Coseta de remolacha.
2401.2010 Tabaco total o parcialmente desvenado o
desnervado, para envoltura.
2401.2020 Tabaco total o parcialmente desvenado o
desnervado, para la fabricación de
cigarros.
2401.2090 Los demás tabacos total o parcialmente
desvenados o desnervados.
2501.0020 Sal gema, sal de salinas y sal marina.
2501.0030 Sal de mesa.
2601.1111 Finos de minerales de hierro y sus
concentrados, sin aglomerar.
2601.1112 Granzas de minerales de hierro y sus
concentrados, sin aglomerar.
2601.1113 Run of mine de minerales de hierro y sus
concentrados, sin aglomerar.
2601.1210 Pellets, de minerales de hierro y sus
concentrados.
2603.0000 Minerales de cobre y sus concentrados.
2608.0000 Minerales de cinc y sus concentrados.
2613.1010 Minerales de molibdeno, tostados
concentrados.
2616.9010 Minerales de oro y sus concentrados.
2710.1121 Gasolina para vehículos terrestres, con
plomo.
2710.1122 Gasolina para vehículos terrestres, sin
plomo, de 93 octanos.
2710.1123 Gasolina para vehículos terrestres, sin
plomo, de 97 octanos.
2710.1129 Las demás gasolinas, excepto para aviación.
2801.2000 Yodo.
2834.2100 Nitrato de potasio.
2836.9100 Carbonatos de litio.
2905.1100 Metanol (alcohol metílico).
2905.4200 Pentaeritritol ( pentaeritrita).
3102.5000 Nitrato de sodio.
3105.9010 Nitrato sódico-potásico (salitre).
3901.1010 Polietileno de densidad inferior a 0.94, de
alta presión (convencional).
3901.1020 Polietileno de densidad inferior a 0.94,
lineal.
3901.1090 Los demás polietilenos de densidad inferior
a 0.94.
4011.1000 Neumáticos nuevos de caucho, de los tipos
utilizados en automóviles de turismo
(incluidos los vehículos de tipo familiar
["break" o "station wagon"] y los de
carreras).
4011.2000 Neumáticos nuevos de caucho, de los tipos
utilizados en autobuses o camiones.
4401.2110 Madera en plaquitas o en partículas, de
pino radiata.
4401.2211 Madera de eucaliptus globulus en plaquitas
o en partículas.
4401.2212 Madera de eucaliptus nitens en plaquitas o
en partículas.
4401.2219 Maderas de los demás eucaliptus, en
plaquitas o en partículas.
4401.2220 Madera nativa, distinta de la de coníferas,
en plaquitas o en partículas.
4401.2290 Las demás maderas distintas de las de
coníferas, en plaquitas o en partículas.
4403.2011 Madera para pulpa, de pino radiata.
4403.2020 Troncos para aserrar y hacer chapas, de
pino insigne.
4403.2030 Las demás maderas en bruto, simplemente
escuadradas, de pino insigne.
4403.4900 Maderas en bruto, incluso descortezadas,
desalburadas o escuadradas, de las demás
maderas tropicales.
4403.9931 Madera en bruto, incluso descortezada,
desalburada o escuadrada, para pulpa, de
eucaliptus globulus.
4403.9932 Madera en bruto, incluso descortezada,
desalburada o escuadrada, para pulpa, de
eucaliptus nitens.
4403.9939 Las demás maderas en bruto, incluso
descortezadas, desalburadas o escuadradas,
para pulpa.
4403.9991 Las demás maderas en bruto, incluso
decortezadas, desalburada o escuadrada, de
eucaliptus.
4403.9992 Las demás maderas en bruto, incluso
decortezadas, desalburada o escuadrada, de
coigüe.
4403.9999 Las demás maderas en bruto, incluso
decortezadas, desalburada o escuadrada.
4407.1019 Las demás maderas aserradas o desbastadas
longitudinalmente, cortadas o
desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas
o unidas por los extremos, de espesor
superior a 6mm., de pino insigne.
4411.1100 Tableros de fibra de densidad superior a
0,8 g/cm3, sin trabajo mecánico ni
recubrimiento de superficie.
4411.2100 Tableros de fibra de densidad superior a
0,5 g/cm3 pero inferior o igual a 0,8
g/cm3, sin trabajo mecánico ni
recubrimiento de superficie.
4415.2010 Paletas, de madera, para carga.
4415.2090 Paletas caja y demás plataformas para
carga; collarines para paletas, de madera.
4703.1100 Pasta química de coníferas, cruda, a la
sosa (soda) o al sulfato.
4703.2100 Pasta química de coníferas, semiblanqueada
o blanqueada, a la sosa (soda) o al
sulfato.
4801.0010 Papel prensa en bobinas (rollos).
4801.0020 Papel prensa en hojas.
4802.6190 Los demás papeles y cartones, con un
contenido total de fibras obtenidas por
procedimiento mecánico o químico-mecánico
superior al 10% en peso del contenido total
de fibra, en bobinas (rollos).
4802.6290 Los demás papeles y cartones, con un
contenido total de fibras obtenidas por
procedimiento mecánico o químico-mecánico
superior al 10% en peso del contenido total
de fibra, en hojas en las que un lado sea
inferior o igual a 435 mm y el otro sea
inferior o igual a 297 mm, medidos sin
plegar.
4802.6990 Los demás papeles y cartones, con un
contenido total de fibras obtenidas por
procedimiento mecánico o químico-mecánico
superior al 10% en peso del contenido total
de fibra.
4902.9010 Los demás diarios y publicaciones
periódicas, impresos, incluso ilustrados o
con publicidad, revistas de deportes.
4902.9020 Los demás diarios y publicaciones
periódicas, impresos, incluso ilustrados o
con publicidad, revistas de modas.
4902.9030 Los demás diarios y publicaciones
periódicas, impresos, incluso ilustrados o
con publicidad, revistas infantiles.
4902.9090 Los demás diarios y publicaciones
periódicas, impresos, incluso ilustrados o
con publicidad.
5101.1100 Lana esquilada, sucia o lavada en vivo, sin
cardar ni peinar.
5102.1910 Pelo de conejo o liebre, sin cardar ni
peinar.
6204.6210 Pantalones de mezclilla (Denim), para
mujeres o niñas, de algodón.
7106.1000 Plata, incluida la plata dorada y la
platinada, en polvo.
7106.9110 Plata, incluida la plata dorada y la
platinada, en bruto, sin alear.
7106.9120 Plata, incluida la plata dorada y la
platinada, en bruto, aleada.
7108.1100 Oro, incluido el oro platinado, para usos
no monetarios, en polvo.
7108.1200 Oro, incluido el oro platinado, para uso no
monetario, las demás formas en bruto.
7202.7000 Ferromolibdeno.
7207.1100 Productos intermedios de hierro o de acero
sin alear, con un contenido de carbono
inferior al 0,25% en peso, de sección
transversal cuadrada o rectangular, cuya
anchura sea inferior al doble del espesor.
7207.2000 Productos intermedios de hierro o de acero
sin alear, con un contenido de carbono
superior o igual a 0,25% en peso.
7208.3900 Los demás productos laminados planos de
hierro o de acero sin alear, de anchura
superior o igual a 600 mm, sin chapar ni
revestir, enrollados, simplemente laminados
en caliente, de espesor inferior a 3mm.
7402.0010 Cobre para el afino.
7403.1100 Cátodos y secciones de cátodos, de cobre
refinado.
7403.1200 Barras para alambrón (Wirebars), de cobre
refinado.
7403.1900 Los demás cobre refinado.
7407.1010 Perfiles huecos de cobre refinado.
7407.1090 Las demás barras y perfiles, de cobre
refinado.
7408.1110 Alambre de cobre refinado, de sección
transversal inferior o igual a 9,5 mm.
7408.1190 Los demás alambres de cobre refinado, de
sección transversal superior a 9,5 mm.
7409.1900 Las demás chapas y bandas, de cobre
refinado, de espesor superior a 0,15 mm.
7419.9911 Cospeles de aleaciones a base de cobre,
aluminio, níquel.
8708.4010 Cajas de cambio, para vehículos de la
partida 87.01.
8708.4020 Cajas de cambio, para vehículos de la
partida 87.02.
8708.4030 Cajas de cambio, para vehículos de la
partida 87.03.
8708.4040 Cajas de cambio, para vehículos de la
partida 87.04.
8708.4090 Las demás cajas de cambio para vehículos.
8802.4000 Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío
superior a 15.000 kg.
8901.9011 Los demás barcos para el transporte de
mercancías y los demás barcos proyectados
para el transporte mixto de personas y
mercancías, de tonelaje bruto superior a
3.500 toneladas y/o 120 metros o más de
eslora, barcos portacontenedores.
8901.9012 Los demás barcos para el transporte de
mercancías y los demás barcos proyectados
para el transporte mixto de personas y
mercancías, de tonelaje bruto superior a
3.500 toneladas y/o 120 metros o más de
eslora, barcos graneleros.
8901.9019 Los demás barcos para el transporte de
mercancías y los demás barcos proyectados
para el transporte mixto de personas y
mercancías, de tonelaje bruto superior a
3.500 toneladas y/o 120 metros o más de
eslora.
B) Materias primas o insumos excluidos del reintegro por constituir el componente principal de productos exportados no acogidos al sistema de esta Ley (Artículo 3º, inciso segundo, Nº 2 de la Ley).
0302.5000 Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac y Gadus
macrocephalus), excepto hígados, huevas y
lechas, frescos o refrigerados.
0302.6911 Mero (Bacalao de profundidad) (Dissostichus
eleginoides), fresco o refrigerado, entero.
0302.6912 Mero (Bacalao de profundidad) (Dissostichus
eleginoides), fresco o refrigerado,
descabezado y eviscerado ("HG").
0302.6919 Los demás mero (Bacalao de profundidad)
(Dissostichus eleginoides), fresco o
refrigerado.
0303.6000 Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac y Gadus
macrocephalus), excepto hígados, huevas y
lechas, congelados.
0303.7911 Mero (Bacalao de profundidad) (Dissostichus
eleginoides), congelado, entero.
0303.7912 Mero (Bacalao de profundidad) (Dissostichus
eleginoides), congelado, descabezado y
eviscerado ("HG").
0303.7919 Los demás Mero (Bacalao de profundidad)
(Dissostichus eleginoides), congelado.
0306.1311 Camarón nailon (Heterocarpus reedi),
congelado.
0306.1312 Camarón ecuatoriano (Penaeus vannamei),
congelado.
0306.1313 Camarón de río (Cryphiops caementarius),
congelado.
0306.1319 Los demás camarones, congelados
0306.1321 Langostino amarillo (Cervimunida johni),
congelado.
0306.1322 Langostino colorado (Pleuroncodes monodon),
congelado.
0306.1329 Los demás langostinos, congelados.
0306.1421 Centolla (Lithodes anttarticus), congelada.
0306.1423 Centollón (Paralomis granulosa), congelado.
0306.2311 Camarón nailon (Heterocarpus reedi), sin
congelar.
0306.2312 Camarón ecuatoriano (Penaeus vannamei), sin
congelar.
0306.2313 Camarón de río (Cryphiops caementarius),
sin congelar.
0306.2319 Los demás camarones, sin congelar.
0306.2321 Langostino amarillo (Cervimunida johni),
sin congelar.
0306.2322 Langostino colorado (Pleuroncodes monodon),
sin congelar.
0306.2329 Los demás langostinos, sin congelar.
0306.2421 Centolla (Lithodes anttarticus), sin
congelar.
0306.2423 Centollón (Paralomis granulosa), sin
congelar.
7204.1000 Desperdicios y desechos, de fundición.
7204.2100 Desperdicios y desechos, de acero
inoxidable.
7204.2900 Los demás desperdicios y desechos, de
aceros aleados.
7204.3000 Desperdicios y desechos, de hierro o de
acero estañados.
7204.4100 Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras
(de amolado, aserrado, limado) y recortes
de estampado o de corte, incluso en
paquetes.
7204.4900 Los demás desperdicios y desechos, de
hierro o de acero (chatarra).
C) Mercancías excluidas del 6% por haber superado en el año calendario anterior, el monto límite establecido en el Artículo 2º, inciso tercero, letra a), de la Ley Nº18.480. (Acceden al 5%).
0303.7940 Corvina (Cilus gilberti), congelada.
0303.7951 Reineta (Brama australis), congelada,
entera.
0303.7952 Reineta (Brama australis), congelada,
descabezada y eviscerada ("HG").
0303.7959 Las demás Reineta (Brama australis), conge-
lada.
0303.7960 Mantarraya (Raja spp), congelada.
0303.7971 Sardina común (Clupea bentincki),
congelada, entera.
0303.7972 Sardina común (Clupea bentincki),
congelada, descabezada y eviscerada ("HG").
0303.7979 Las demás Sardina común (Clupea bentincki),
congelada.
0303.7981 Albacora o pez espada (Xiphias gladius),
congelada, entera.
0303.7982 Albacora o pez espada (Xiphias gladius),
congelada, descabezada y eviscerada ("HG").
0303.7983 Albacora o pez espada (Xiphias gladius),
congelada, tronco.
0303.7989 Las demás Albacora o pez espada (Xiphias
gladius), congelada.
0303.7991 Alfonsino (Beryx splendens), congelado,
entero.
0303.7992 Orange roughy (Hoplothethus atlanticus),
congelado, entero.
0303.7993 Merluza de cola (Macruronus magellanicus),
congelada, entera.
0303.7994 Merluza de tres aletas (Micromesistius
australis), congelada, entera.
0303.7995 Merluza de tres aletas (Micromesistius
australis), congelada, descabezada y
eviscerada ("HG").
0303.7999 Los demás pescados, congelados.
0304.1061 Filetes de truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), frescos o refrigerados.
0304.1069 Las demás truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), frescas o refrigeradas.
0304.9061 Trozos de truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congelados.
0304.9062 Las demás carnes de truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congeladas.
0305.4911 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,
Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), ahumadas, enteras.
0305.4912 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,
Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), ahumadas, descabezadas y
evisceradas ("HG").
0305.4913 Filetes de truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), ahumados.
0305.4919 Las demás truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), ahumadas.
0305.4990 Los demás pescados ahumados, incluidos los
filetes.
0307.2921 Ostión del sur (Chlamys patagónica),
congelados.
0307.2929 Los demás ostión del sur (Chlamys
patagónica), secos, salados o en salmuera.
0307.5910 Pulpos (Octopus spp.), congelados.
0307.5990 Pulpos (Octopus spp.), secos, salados o en
salmuera.
0703.2000 Ajos, frescos o refrigerados.
0709.2000 Espárragos, frescos o refrigerados.
0712.9020 Ají (Capsicum frutescens), secos, incluidos
los cortados en trozos o en rodajas o los
triturados o pulverizados, pero sin otra
preparación.
0712.9030 Tomates, secos, incluidos los cortados en
trozos o en rodajas o los triturados o
pulverizados, pero sin otra preparación.
0712.9040 Apio, secos, incluidos los cortados en
trozos o en rodajas o los triturados o
pulverizados, pero sin otra preparación.
0712.9050 Ajo, secos, incluidos los cortados en
trozos o en rodajas o los triturados o
pulverizados, pero sin otra preparación.
0712.9090 Las demás hortalizas; mezclas de
hortalizas, secas, incluidas las cortadas
en trozos o en rodajas o las trituradas o
pulverizadas, pero sin otra preparación.
0802.1210 Almendras sin cáscara, frescas o secas,
enteras.
0802.1290 Las demás almendras sin cáscara, frescas o
secas.
0811.2010 Moras, sin cocer o cocidas en agua o vapor,
congeladas, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
1107.1000 Malta (de cebada u otros cereales), sin
tostar.
1206.0000 Semilla de girasol, incluso quebrantada.
1209.9920 Semillas de melón.
1209.9930 Semillas de sandía.
1212.2060 Alga Chicorea de mar (Gigartina spp.),
fresca, refrigerada, congelada o seca,
incluso pulverizada.
1212.2070 Alga Huiro (Macrocystis spp.), fresca,
refrigerada, congelada o seca, incluso
pulverizada.
1212.2080 Alga Durvillaea antarctica, fresca,
refrigerada, congelada o seca, incluso
pulverizada.
1212.2090 Las demás algas, frescas, refrigeradas,
congeladas o secas, incluso pulverizadas.
1602.3110 Trozos preparados, sazonados o
condimentados, de pavo (gallipavo).
1602.3120 Paté y pastas, de pavo (gallipavo).
1602.3130 Jamón de pavo, (gallipavo).
1602.3190 Las demás preparaciones y conservas de pavo
(gallipavo).
1605.9070 Cholgas, choritos y choros.
1701.9910 Los demás azúcares en estado sólido, de
caña, refinada.
1701.9920 Los demás azúcares en estado sólido, de
remolacha, refinada.
1701.9990 Los demás azúcares de caña o de remolacha y
sacarosa químicamente pura, en estado
sólido.
1806.3210 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao, en
bloques, tabletas o barras: sin rellenar,
coberturas.
1806.3290 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao, en
bloques, tabletas o barras: sin rellenar.
1806.9010 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao:
chocolates, en formas distintas de los
bloques, tabletas o barras, rellenos.
1806.9020 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao:
chocolates, en formas distintas de los
bloques, tabletas o barras, sin rellenar.
1806.9030 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao: caramelos
recubiertos de chocolate.
1806.9040 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao: frutos
recubiertos de chocolate.
1806.9050 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao: pastas
recubiertas de chocolate.
1806.9090 Los demás chocolates y demás preparaciones
alimenticias que contengan cacao.
1905.3100 Galletas dulces (con adición de
edulcorante).
1905.3200 Barquillos y obleas, incluso rellenos
("gaufrettes", "wafers") y "waffles"
("gaufres")*.
2002.1010 Tomates enteros, preparados o conservados.
2002.1020 Tomates en trozos, preparados o
conservados.
2007.9911 Pulpa de melocotón (durazno)*, obtenidos
por cocción, incluso con adición de azúcar
u otro edulcorante.
2007.9912 Mermeladas y jaleas, de melocotón
(duraznos)*, obtenidos por cocción,
incluso con adición de azúcar u otro
edulcorante.
2007.9919 Las demás confituras, purés y pastas, de
melocotón (duraznos)* obtenidos por
cocción, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
2007.9990 Las demás confituras, jaleas y mermeladas,
purés y pastas de frutas u otros frutos,
obtenidos por cocción, incluso con adición
de azúcar u otro edulcorante.
2008.6011 Cerezas marrasquino o tipo marrasquino,
conservadas al natural o en almíbar.
2008.6019 Las demás cerezas conservadas al natural o
en almíbar.
2101.1200 Preparaciones a base de extractos, esencias
o concentrados o a base de café.
2105.0010 Helados, incluso con cacao, a base de agua.
2105.0020 Helados, incluso con cacao, a base de leche
o crema.
2105.0090 Los demás helados, incluso con cacao.
2204.2911 Mosto de uva fermentado parcialmente y
apagado con alcohol (incluidas las
mistelas), tintos.
2204.2912 Mosto de uva fermentado parcialmente y
apagado con alcohol (incluidas las
mistelas), blancos.
2204.2919 Los demás mostos de uva fermentado
parcialmente y apagado con alcohol
(incluidas las mistelas).
2205.1010 Vermouth y demás vinos de uvas frescas
preparados con plantas o sustancias
aromáticas, en recipientes con capacidad
inferior o igual a 2 litros: vinos con
pulpa de fruta.
2205.1090 Los demás vermouth y demás vinos de uvas
frescas preparados con plantas o sustancias
aromáticas, en recipientes con capacidad
inferior o igual a 2 litros.
2616.1000 Minerales de plata y sus concentrados.
3102.3000 Nitrato de amonio, incluso en disolución
acuosa.
3105.9020 Abonos minerales o químicos con los 3
elementos fertilizantes: nitrógeno, potasio
y azufre; (NKS).
3105.9090 Los demás abonos.
3920.1010 Las demás placas, láminas, hojas y tiras,
de plástico no celular y sin refuerzo,
estratificación ni soporte o combinación
similar con otras materias, de polímeros de
etileno, de densidad inferior a 0,94.
3920.1020 Las demás placas, láminas, hojas y tiras,
de plástico no celular y sin refuerzo,
estratificación ni soporte o combinación
similar con otras materias, de polímeros de
etileno, de densidad superior o igual a
0,94.
3920.2010 Las demás placas, láminas, hojas y tiras,
de plástico no celular y sin refuerzo,
estratificación ni soporte o combinación
similar con otras materias, de polímeros de
propileno, de espesor inferior o igual a
0,10 mm.
3920.2020 Las demás placas, láminas, hojas y tiras,
de plástico no celular y sin refuerzo,
estratificación ni soporte o combinación
similar con otras materias, de polímeros de
propileno, de espesor superior a 0,10 mm.
3923.2110 Bolsas, de polímeros de etileno.
3923.2190 Las demás bolsitas y cucuruchos de
polímeros de etileno.
3923.9010 Bidones para el transporte o envasado, de
plástico.
3923.9020 Tambores para el transporte o envasado, de
plástico.
3923.9090 Los demás artículos para el transporte o
envasado, de plástico.
4104.1100 Cueros y pieles de bovino o equino,
depilados, en estado húmedo (incluido el
"wet-blue"), plena flor sin dividir;
divididos con la flor.
4104.1900 Los demás cueros y pieles de bovino o
equino, depilados, en estado húmedo
(incluido el "wet-blue").
4403.9911 Troncos para aserrar y hacer chapas, de
eucaliptus.
4403.9912 Troncos para aserrar y hacer chapas, de
coigüe.
4403.9919 Los demás troncos para aserrar y hacer
chapas.
4410.2100 Tableros llamados "oriented strand board" y
"waferboard", de madera, en bruto o
simplemente lijados.
4410.2900 Los demás tableros llamados "oriented
strand board" y "waferboard", de madera.
4410.3100 Los demás tableros, de madera, en bruto o
simplemente lijados.
4410.3200 Los demás tableros, de madera, recubiertos
en la superficie con papel impregnado con
melamina.
4410.3300 Los demás tableros, de madera, recubiertos
en la superficie con placas u hojas
decorativas estratificadas de plástico.
4410.3900 Los demás tableros, de madera.
4411.3100 Tableros de fibra de densidad superior a
0,35 g/cm3 pero inferior o igual a 0,5
g/cm3, sin trabajo mecánico ni
recubrimiento de superficie.
4802.6111 Los demás papeles y cartones, con un
contenido total de fibras obtenidas por
procedimiento mecánico o químico-mecánico
superior al 10 % en peso del contenido
total de fibra, en bobinas (rollos), para
escritura.
4802.6112 Los demás papeles y cartones, con un
contenido total de fibras obtenidas por
procedimiento mecánico o químico-mecánico
superior al 10 % en peso del contenido
total de fibra, en bobinas (rollos), para
impresiones.
4802.6119 Los demás papeles y cartones, con un
contenido total de fibras obtenidas por
procedimiento mecánico o químico-mecánico
superior al 10 % en peso del contenido
total de fibra, en bobinas (rollos).
4802.6210 Los demás papeles para escritura, dibujo o
impresiones, en hojas en las que un lado
sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea
inferior o igual a 297 mm, medidos sin
plegar, con un contenido total de fibras
obtenidas por procedimiento mecánico o
químico-mecánico superior al 10 % en peso
del contenido total de fibra.
4802.6910 Los demás papeles para escritura, dibujo o
impresiones, con un contenido total de
fibras obtenidas por procedimiento mecánico
o químico-mecánico superior al 10 % en peso
del contenido total de fibra.
4804.2900 Los demás papeles Kraft para sacos
(bolsas).
4823.9099 Los demás.
4901.9110 Enciclopedias, incluso en fascículos.
4901.9190 Los demás, incluso en fascículos.
4901.9931 Libros de literatura infantil.
4901.9939 Los demás libros de literatura en general.
5515.1110 Los demás tejidos de fibras discontinuas de
poliéster, mezclados exclusiva o
principalmente con fibras discontinuas de
rayón viscosa, crudos o blanqueados.
5515.1120 Los demás tejidos de fibras discontinuas de
poliéster, mezclados exclusiva o
principalmente con fibras discontinuas de
rayón viscosa, teñidos.
5515.1130 Los demás tejidos de fibras discontinuas
de poliéster, mezclados exclusiva o
principalmente con fibras discontinuas de
rayón viscosa, con hilados de distintos
colores.
5515.1140 Los demás tejidos de fibras discontinuas
de poliéster, mezclados exclusiva o
principalmente con fibras discontinuas de
rayón viscosa, estampados.
6403.9911 Los demás calzados con suela de caucho,
plástico, cuero natural o regenerado y
parte superior de cuero natural, asegurado
al pie por correas o cintas (calzado
abierto), con plantilla de longitud
inferior a 24 cm.
6403.9912 Los demás calzados con suela de caucho,
plástico, cuero natural o regenerado y
parte superior de cuero natural, asegurado
al pie por correas o cintas (calzado
abierto), para hombres, con plantilla de
longitud superior o igual a 24 cm.
6403.9913 Los demás calzados con suela de caucho,
plástico, cuero natural o regenerado y
parte superior de cuero natural, asegurado
al pie por correas o cintas (calzado
abierto), para mujeres, con plantilla de
longitud superior a 24 cm.
6403.9991 Los demás calzados con suela de caucho,
plástico, cuero natural o regenerado y
parte superior de cuero natural, con
plantilla de longitud inferior a 24 cm.
6403.9992 Los demás calzados con suela de caucho,
plástico, cuero natural o regenerado y
parte superior de cuero natural, para
hombres, con plantilla de longitud superior
o igual a 24 cm.
6403.9993 Los demás calzados con suela de caucho,
plástico, cuero natural o regenerado y
parte superior de cuero natural, para
mujeres, con plantilla de longitud superior
o igual a 24 cm.
6809.1110 Placas de yeso fraguable o de preparaciones
a base de yeso fraguable, revestidas o
reforzadas exclusivamente con papel.
6809.1190 Las demás placas de yeso fraguable o de
preparaciones a base de yeso fraguable,
revestidas o reforzadas exclusivamente con
papel o cartón.
7005.2910 Los demás vidrios sin armar, flotado, de
espesor inferior o igual a 3,5 mm.
7005.2920 Los demás vidrios sin armar, flotado, de
espesor superior a 3,5 mm pero inferior o
igual a 4,5 mm.
7005.2930 Los demás vidrios sin armar, flotado, de
espesor superior a 4,5 mm.
7005.2990 Los demás vidrios sin armar.
7115.9000 Las demás manufacturas de metal precioso o
de chapado de metal precioso (plaqué).
7308.9000 Las demás construcciones y sus partes, de
fundición, hierro o acero, excepto las
construcciones prefabricadas de la partida
94.06; chapas, barras, perfiles, tubos y
similares, de fundición, hierro o acero,
preparados para la construcción.
8426.9900 Las demás máquinas y aparatos.
8524.5310 Las demás cintas magnéticas, de anchura
superior a 6,5 mm., de carácter educativo,
científico o cultural.
8524.5320 Las demás cintas magnéticas, de anchura
superior a 6,5 mm., de carácter musical,
incluidas las grabaciones de óperas,
operetas, comedias musicales y demás
grabaciones en las que la música desempeñe
un papel importante.
8524.5390 Las demás cintas magnéticas, de anchura
superior a 6,5 mm.
8904.0010 Remolcadores de alta mar.
8904.0090 Los demás remolcadores y barcos
empujadores.
9403.6010 Los demás muebles de madera: mesas para
comedor.
9403.6020 Los demás muebles de madera: vitrinas.
9403.6030 Los demás muebles de madera: estantes.
9403.6090 Los demás muebles de madera.
9406.0010 Casas prefabricadas.
9406.0020 Galpones prefabricados.
9406.0030 Oficinas prefabricadas.
9406.0090 Las demás construcciones prefabricadas.
D) Mercancías excluidas del 6% y 5% por haber superado en el año calendario anterior, el monto límite establecido en el Artículo 2º, inciso tercero, letra b), de la Ley Nº18.480. (Acceden al 3%).
0303.7921 Jurel (Trachurus Murphyi), entero,
congelado.
0303.7922 Jurel (Trachurus Murphyi), descabezado y
eviscerado ("HG"), congelado.
0303.7929 Los demás Jurel (Trachurus Murphyi),
congelado.
0305.3010 Filetes de salmones del Pacífico
(Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus
gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), salmones del Atlántico (Salmo
salar) y salmones del Danubio (Hucho
hucho), secos, salados o en salmuera, sin
ahumar.
0305.3020 Filetes de truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), secos, salados o en
salmuera, sin ahumar.
0305.3030 Filetes de jurel (Trachurus murphyi),
secos, salados o en salmuera, sin ahumar.
0305.3040 Filetes de anchoveta (Engraulis ringens),
secos, salados o en salmuera, sin ahumar.
0305.3050 Filetes de mero (Bacalao de profundidad)
(Dissostichus eleginoides), secos, salados
o en salmuera, sin ahumar.
0305.3060 Filetes de bacalao de Juan Fernández
(Polyprion oxygeneios), secos, salados o
en salmuera, sin ahumar.
0305.3090 Los demás filetes de pescado, secos,
salados o en salmuera, sin ahumar.
0402.2118 Leche en polvo, gránulos o demás formas
sólidas, sin adición de azúcar ni otro
edulcorante, con 26% o más de materia
grasa.
0402.9910 Las demás leche, con adición de azúcar u
otro edulcorante, leche condensada.
0402.9990 Las demás leche.
0710.8010 Coliflor (Brassica oleracea var. Botrytis
L.), aunque esté cocida en agua o vapor,
congelada.
0710.8020 Brócoli (Brassica oleracea var. Botrytis L.
Var. Symosa), aunque esté cocida en agua o
vapor, congelada.
0710.8030 Setas y demás hongos, aunque estén cocidos
en agua o vapor, congelados.
0710.8040 Espárragos, aunque estén cocidos en agua o
vapor, congelados.
0710.8090 Las demás hortalizas, aunque estén cocidas
en agua o vapor, congeladas.
0802.3210 Nueces de nogal, sin cáscara, frescas o
secas, enteras.
0802.3290 Las demás nueces de nogal, sin cáscara,
frescas o secas.
0813.3000 Manzanas secas.
1101.0000 Harina de trigo o de morcajo (tranquillón).
1209.3000 Semillas de plantas herbáceas utilizadas
principalmente por sus flores.
1605.9010 Erizos de mar, preparados o conservados.
1605.9020 Almejas, preparadas o conservadas.
1704.9020 Bombones.
1704.9030 Caramelos.
1704.9041 Confites a base de dulce de leche.
1704.9049 Los demás confites.
1704.9050 Pastillas.
2106.9030 Concentrados de jugos de una sola fruta,
legumbre u hortaliza, enriquecidos con
minerales o vitaminas.
2106.9041 Mezclas de concentrados de jugos de frutas,
legumbres u hortalizas, enriquecidos con
minerales o vitaminas.
2106.9049 Las demás mezclas de concentrados
2106.9050 Preparaciones con un contenido de sólidos
lácteos superior al 10% en peso.
2106.9060 Preparaciones alcohólicas compuestas no
basadas en una o más sustancias odoríferas
con un grado alcohólico superior al 0,5 %
por volumen, y del tipo utilizado para la
fabricación de bebidas.
2106.9090 Las demás preparaciones alimenticias no
expresadas ni comprendidas en otra parte.
2204.3011 Los demás mostos de uva, tintos,
concentrados.
2204.3019 Los demás mostos de uva, tintos.
2204.3021 Los demás mostos de uva, blancos,
concentrados.
2204.3029 Los demás mostos de uva, blancos.
2204.3090 Los demás mostos de uva.
2711.1300 Butanos licuados.
2810.0010 Oxidos de boro.
2810.0020 Acidos bóricos.
2829.1100 Clorato de sodio.
3304.9910 Las demás preparaciones de belleza,
maquillaje y para el cuidado de la piel,
excepto los medicamentos, incluidas las
preparaciones antisolares y las
bronceadoras: cremas para el cuidado de la
piel.
3304.9920 Las demás preparaciones de belleza,
maquillaje y para el cuidado de la piel,
excepto los medicamentos, incluidas las
preparaciones antisolares y las
bronceadoras: Bases de maquillaje.
3304.9930 Las demás preparaciones de belleza,
maquillaje y para el cuidado de la piel,
excepto los medicamentos, incluidas las
preparaciones antisolares y las
bronceadoras: Aceites emulsionados.
3304.9940 Las demás preparaciones de belleza,
maquillaje y para el cuidado de la piel,
excepto los medicamentos, incluidas las
preparaciones antisolares y las
bronceadoras: bronceadores y bloqueadores
solares.
3304.9990 Las demás preparaciones de belleza,
maquillaje y para el cuidado de la piel,
excepto los medicamentos.
4407.2900 Maderas aserradas o desbastadas
longitudinalmente, cortada o desenrollada,
incluso cepilladas, lijada o unida por los
extremos, de espesor superior a 6 mm, de
las demás maderas tropicales.
4407.9920 Maderas aserradas o desbastadas
longitudinalmente, cortada o desenrollada,
incluso cepillada, lijada o unida por los
extremos, de espesor superior a 6 mm, de
lenga.
4407.9930 Maderas aserradas o desbastadas
longitudinalmente, cortada o desenrollada,
incluso cepillada, lijada o unida por los
extremos, de espesor superior a 6mm, de
coigüe.
4407.9990 Las demás maderas aserradas o desbastadas
longitudinalmente, cortada o desenrollada,
incluso cepillada, lijada o unida por los
extremos, de espesor superior a 6mm.
4408.1010 Hojas para chapado (incluidas las obtenidas
por cortado de madera estratificada), para
contrachapado o para otras maderas
estratificadas similares y demás maderas,
aserradas longitudinalmente, cortadas o
desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas,
unidas longitudinalmente o por los
extremos, de espesor inferior o igual a 6
mm, de pino insigne.
4803.0010 Papel del tipo utilizado para papel
higiénico, en bobinas (rollos) o en hojas.
4803.0020 Papel gofrado, en bobinas (rollos) o en
hojas.
4803.0090 Los demás papel del tipo utilizado para
toallitas para desmaquillar, toallas,
servilletas o papeles similares de uso
doméstico, de higiene o tocador, guata de
celulosa y napa de fibras de celulosa,
incluso rizados ("crepes"), plisados,
estampados, perforados, coloreados o
decorados en la superficie o impresos, en
bobinas (rollos) o en hojas.
7108.1300 Las demás formas semilabradas de oro, para
uso no monetario.
7113.1900 Artículos de joyería y sus partes, de los
demás metales preciosos, incluso revestidos
o chapados de metal precioso (plaqué).
7209.1800 Productos laminados planos de hierro o
acero sin alear, de anchura superior o
igual a 600 mm, simplemente laminados en
frío, sin chapar ni revestir, enrollados,
de espesor inferior a 0,5 mm.
7310.2100 Latas o botes para cerrar por soldadura o
rebordeado, de capacidad inferior a 50 l,
de fundición, hierro o acero, sin
dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso
con revestimiento interior o calorífugo.
7310.2990 Los demás depósitos, latas o botes, cajas y
recipientes similares, para cualquier
materia (excepto gas comprimido o licuado),
de fundición, hierro o acero, de capacidad
inferior a 50 l, sin dispositivos mecánicos
ni térmicos, incluso con revestimiento
interior o calorífugo.
7402.0090 Los demás cobre sin refinar; ánodos de
cobre para refinado electrolítico.
7409.1100 Chapas y tiras, de cobre refinado, de
espesor superior a 0,15 mm, enrolladas.
7411.1000 Tubos de cobre refinado.
8112.5900 Los demás talio.
8112.9900 Galio, hafnio (celtio), indio, niobio
(colombio) y renio, así como las
manufacturas de estos metales.
8418.1011 Combinaciones de refrigerador y congelador
con puertas exteriores separadas, de
compresión, de uso doméstico, de capacidad
superior a 100 litros pero inferior o igual
a 200 litros.
8418.1012 Combinaciones de refrigerador y congelador
con puertas exteriores separadas, de
compresión, de uso doméstico, de capacidad
superior a 200 litros pero inferior o igual
a 300 litros.
8418.1013 Combinaciones de refrigerador y congelador
con puertas exteriores separadas, de
compresión, de uso doméstico, de capacidad
superior a 300 litros pero inferior o igual
a 400 litros.
8418.1019 Las demás combinaciones de refrigerador y
congelador con puertas exteriores
separadas, de comprresión, de uso doméstico.
8418.1090 Las demás combinaciones de refrigerador y
congelador con puertas separadas.
8704.2271 Chassis cabinados de vehículos para el
transporte de mercancías, con capacidad de
carga útil superior a 2.000 kilos, para
camiones de carretera.
8704.2279 Los demás chassis cabinados de vehículos
para el transporte de mercancías, con
capacidad de carga útil superior a 2.000
kilos.
8704.3161 Chasis cabinados de vehículos para el
transporte de mercancías, con capacidad de
carga útil superior a 500 kilos pero
inferior o igual a 2.000 kilos, para
camionetas.
8704.3169 Los demás chasis cabinados de vehículos
para el transporte de mercancías, con
capacidad de carga útil superior a 500
kilos pero inferior o igual a 2.000 kilos.
8901.2011 Barcos cisterna, de tonelaje bruto superior
a 3.500 toneladas y/o 120 metros o más de
eslora, para productos químicos.
8901.2019 Los demás barcos cisterna, de tonelaje
bruto superior a 3.500 toneladas y/o 120
metros o más de eslora.
9403.5010 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en dormitorios: camas.
9403.5020 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en dormitorios: veladores.
9403.5030 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en dormitorios: cómodas.
9403.5040 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en dormitorios: roperos.
9403.5090 Los demás muebles de madera del tipo
de los utilizados en dormitorios.
E) Mercancías excluidas del 6%, 5% y 3% por haber superado en el año calendario anterior, el monto límite establecido en el artículo 2º, inciso tercero, letra c), de la ley Nº18.480.
0203.2910 Tocino con capa de carne adherida, de
animales de la especie porcina, congelado.
0203.2920 Tocino entreverado de panza (panceta), de
animales de la especie porcina, congelado.
0203.2930 Las demás carnes de animales de la especie
porcina, deshuesada, congelada.
0203.2990 Las demás carnes de animales de la especie
porcina, congelada.
0207.1410 Trozos de gallo o de gallina, deshuesados,
congelados.
0207.1421 Mitades o cuartos de gallo o gallina, sin
deshuesar, congelados.
0207.1422 Pechugas y sus trozos, de gallo o gallina,
sin deshuesar, congelados.
0207.1423 Muslos y sus trozos, de gallo o gallina,
sin deshuesar, congelados.
0207.1424 Alas de gallo o gallina, sin deshuesar,
congeladas.
0207.1429 Los demás trozos de gallo o gallina, sin
deshuesar, congelados.
0207.1430 Despojos de gallo o gallina, congelados.
0302.6111 Sardina (Sardinops sagax), frescas o
refrigeradas, enteras.
0302.6112 Sardina (Sardinops sagax), frescas o
refrigeradas, descabezadas y evisceradas
("HG").
0302.6119 Las demás Sardina (Sardinops sagax),
frescas o refrigeradas.
0302.6190 Las demás sardinas (Sardina pilchardus,
Sardinops spp.), sardinelas (Sardinella
spp.) y espadines (Sprattus sprattus),
frescos o refrigerados.
0302.6931 Jurel (Trachurus murphy), fresco o
refrigerado, entero.
0302.6932 Jurel (Trachurus murphy), fresco o
refrigerado, descabezado y eviscerado
("HG").
0302.6939 Los demás Jurel (Trachurus murphy), fresco
o refrigerado.
0302.6940 Corvina (Cilus gilberti), fresca o
refrigerada.
0302.6951 Reineta (Brama australis), fresca o
refrigerada, entera.
0302.6952 Reineta (Brama australis), fresca o
refrigerada, descabezada y eviscerada
("HG").
0302.6959 Las demás reineta (Brama australis),
fresca o refrigerada.
0302.6961 Sardina común (Clupea bentincki),
fresca o refrigerada, entera.
0302.6962 Sardina común (Clupea bentincki), fresca o
refrigerada, descabezada y eviscerada
("HG").
0302.6969 Las demás sardina común (Clupea bentincki),
fresca o refrigerada.
0302.6971 Albacora o pez espada (Xiphias gladius),
fresco o refrigerado, entero.
0302.6972 Albacora o pez espada (Xiphias gladius),
fresco o refrigerado, descabezado y
eviscerado ("HG").
0302.6979 Los demás albacora o pez espada (Xiphias
gladius), fresco o refrigerado.
0302.6981 Congrio dorado (Genypterus blacodes),
fresco o refrigerado, entero.
0302.6982 Congrio dorado (Genypterus blacodes),
fresco o refrigerado, descabezado y
eviscerado ("HG").
0302.6983 Los demás congrios (Genypterus chilensis),
(Genypterus maculatus), frescos o
refrigerados, enteros.
0302.6984 Los demás congrios (Genypterus chilensis),
(Genypterus maculatus), frecos o
refrigerados, descabezado y eviscerado
("HG").
0302.6989 Los demás congrios (Genypterus blacodes),
(Genypterus chilensis), (Genypterus
maculatus), cojinova (Seriolella violacea)
(Seriolella caerulea) (Seriolella
punctata), brótula (Salilota australis) y
pejerrey de mar (Odonthestes regia),
frescos o refrigerados.
0302.6991 Esturión blanco (Acipenser trasmontanus) y
esturión de Siberia (Acipenser baeri),
fresco o refrigerado, entero.
0302.6992 Esturión blanco (Acipenser trasmontanus) y
esturión de Siberia (Acipenser baeri),
fresco o refrigerado, descabezado y
eviscerado ("HG").
0302.6993 Merluza de cola (Macruronus magellanicus),
fresca o refrigerada, entera.
0302.6994 Merluza de cola (Macruronus magellanicus),
fresca o refrigerada, descabezada y
eviscerada ("HG").
0302.6995 Merluza de tres aletas (Micromesistius
australis), fresca o refrigerada, entera.
0302.6996 Merluza de tres aletas (Micromesistius
australis), fresca o refrigerada,
descabezada y eviscerada ("HG").
0302.6999 Los demás pescados, frescos o refrigerados.
0303.2110 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,
Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congeladas, enteras.
0303.2120 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,
Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congeladas, descabezadas y
evisceradas ("HG").
0303.2130 Trozos de truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congelados.
0303.2190 Las demás truchas (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congeladas.
0303.2210 Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho),
congelados, enteros.
0303.2220 Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho),
congelados, descabezados y eviscerados
("HG").
0303.2290 Los demás salmones del Atlántico (Salmo
salar) y salmones del Danubio (Hucho
hucho), congelados.
0304.1051 Filetes de salmones del Pacífico
(Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus
gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), frescos o refrigerados.
0304.1052 Filetes de salmones del Atlántico (Salmo
salar) y salmones del Danubio (Hucho
hucho), frescos o refrigerados.
0304.1059 Las demás carnes de salmón del Pacífico,
salmón del Atlántico y salmón del Danubio,
frescas o refrigeradas.
0304.2051 Filetes de salmón del Pacífico
(Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus
gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), congelados.
0304.2052 Filetes de salmón del Atlántico (Salmo
salar) y de salmón del Danubio (Hucho
hucho), congelados.
0304.2060 Filetes de trucha (Salmo trutta,
Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus
gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster), congelados.
0304.9051 Trozos de salmón del Pacífico (Oncorhynchus
nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus
keta, Oncorhynchus tschawytscha,
Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y
Oncorhynchus rhodurus), salmón del
Atlántico (Salmo salar) y salmón del
Danubio (Hucho hucho), congelados.
0304.9052 Las demás carnes de salmones del Pacífico
(Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus
gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), congeladas.
0304.9053 Las demás carnes de salmones del Atlántico
(Salmo salar) y salmones del Danubio
(Hucho hucho), congeladas.
0305.6910 Salmón del Pacífico, salmón del Atlántico y
salmón del Danubio, salados sin secar ni
ahumar y en salmuera.
0305.6920 Truchas, saladas sin secar ni ahumar y en
salmuera.
0305.6990 Los demás pescados salados sin secar ni
ahumar y pescados en salmuera.
0307.2911 Ostión del Norte (Argopecten Purpuratus),
congelado.
0307.2919 Los demás ostión del Norte (Argopecten
purpuratus), secos, salados o en salmuera.
0307.9160 Lenguas (gónadas) de erizo de mar
(Loxechinus albus), vivos, frescos o
refrigerados.
0307.9190 Los demás moluscos e invertebrados
acuáticos, vivos, frescos o refrigerados.
0307.9961 Lenguas (gónadas) de erizo de mar
(Loxechinus albus), congeladas.
0307.9969 Las demás lenguas (gónadas) de erizo de mar
(Loxechinus albus), secas, saladas o en
salmuera
0702.0000 Tomates frescos o refrigerados.
0804.4010 Aguacates (paltas)*, frescas o secas,
variedad Hass.
0804.4020 Aguacates (paltas)*, frescas o secas,
variedad Fuerte.
0804.4090 Las demás aguacates (paltas)*, frescas o
secas.
0805.5010 Limones (Citrus limon, Citrus limonum),
frescos o secos.
0809.2000 Cerezas frescas.
0810.2010 Moras, frescas.
0810.2020 Frambuesas, frescas.
0810.2090 Las demás zarzamoras y moras-frambuesa,
frescas.
0810.4010 Arándanos rojos, frescos.
0810.4090 Los demás, mirtilos y demás frutos del
género Vaccinium.
0811.2020 Frambuesas, sin cocer o cocidas en agua o
vapor, congeladas, incluso con adición de
azúcar u otro edulcorante.
0811.2090 Zarzamoras, moras-frambuesa y grosellas,
sin cocer o cocidas en agua o vapor,
congeladas, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
0904.2010 Pimentón, seco, triturado o pulverizado.
0904.2020 Ají, seco, triturado o pulverizado.
0904.2090 Los demás frutos de los géneros Capsicum
o Pimenta, secos, triturados o
pulverizados.
1209.9120 Semillas de lechuga, para siembra.
1209.9130 Semillas de cebolla, para siembra.
1209.9140 Semillas de pimiento, para siembra.
1209.9150 Semillas de zapallo, para siembra.
1209.9160 Semillas de coliflor, para siembra.
1209.9170 Semillas de brócoli, para siembra.
1209.9180 Semillas de pepino, para siembra.
1209.9190 Las demás semillas de hortalizas,
para siembra.
1211.3000 Hojas de coca.
1211.4000 Paja de adormidera.
1211.9050 Plantas, partes de plantas, semillas y
frutos de la especie Hierba de San Juan
(Hipericum perforatum), frescos o secos,
incluso cortados, quebrantados o
pulverizados.
1211.9060 Plantas, partes de plantas, semillas y
frutos de manzanilla, frescos o secos,
incluso cortados, quebrantados o
pulverizados.
1211.9090 Las demás plantas, partes de plantas,
semillas y frutos de las especies
utilizadas principalmente en perfumería,
medicina o para usos insecticidas,
parasiticidas o similares, frescos, secos,
incluso cortados, quebrantados o
pulverizados.
1212.9100 Remolacha azucarera.
1302.3910 Carraghenina.
1302.3990 Los demás mucílagos y espesativos derivados
de los vegetales, incluso modificados.
1518.0010 Aceite de pescado no apto para el consumo
humano.
1518.0090 Las demás grasas y aceites, animales o
vegetales, y sus fracciones, cocidos,
oxidados, deshidratados, sulfurados,
soplados, polimerizados por calor, en vacío
o atmósfera inerte ("estandolizados"), o
modificados químicamente de otra forma,
excepto los de la partida 15.16; mezclas o
preparaciones no alimenticias de grasas o
de aceites, animales o vegetales, o de
fracciones de diferentes grasas o aceites
de este Capítulo, no expresadas ni
comprendidas en otra parte.
1604.2070 Preparaciones y conservas de merluza.
1604.2090 Las demás preparaciones y conservas de
pescado.
1605.9040 Locos, preparados o conservados.
1605.9090 Los demás moluscos y demás invertebrados
acuáticos, preparados o conservados.
1902.1910 Espaguetis, sin cocer, rellenar ni preparar
de otra forma.
1902.1920 Pastas para sopa sin cocer, rellenar ni
preparar de otra forma.
1902.1990 Las demás pastas alimenticias sin cocer,
rellenar ni preparar de otra forma.
2008.7011 Melocotones (duraznos)*, conservados al
natural o en almíbar, en mitades.
2008.7019 Los demás melocotones (duraznos)*,
conservados al natural o en almíbar.
2009.6110 Jugo de uva, sin fermentar y sin adición de
alcohol, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante, de valor Brix inferior o
igual a 30.
2009.6120 Mosto de uva, sin fermentar y sin adición
de alcohol, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante, de valor Brix inferior o
igual a 30.
2009.6910 Los demás jugos de uva, sin fermentar y sin
adición de alcohol, incluso con adición de
azúcar u otro edulcorante,
2009.6920 Los demás mostos de uva, sin fermentar y
sin adición de alcohol, incluso con adición
de azúcar u otro edulcorante.
2009.8010 Jugo de mora, sin fermentar y sin adición
de alcohol, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
2009.8020 Jugo de frambuesa, sin fermentar y sin
adición de alcohol, incluso con adición de
azúcar u otro edulcorante.
2009.8030 Jugo de melocotón (durazno)*, sin fermentar
y sin adición de alcohol, incluso con
adición de azúcar u otro edulcorante.
2009.8040 Jugo de kiwi, sin fermentar y sin adición
de alcohol, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
2009.8050 Jugo de pera, sin fermentar y sin adición
de alcohol, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
2009.8060 Jugo de ciruela, sin fermentar y sin
adición de alcohol, incluso con adición de
azúcar u otro edulcorante.
2009.8070 Jugo de pimiento rojo de los géneros
Capsicum o Pimenta, sin fermentar y sin
adición de alcohol, incluso con adición de
azúcar u otro edulcorante.
2009.8090 Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u
hortaliza, sin fermentar y sin adición de
alcohol, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
2106.9021 Preparaciones compuestas no alcohólicas
para la fabricación de bebidas, con sabor a
frutas.
2106.9029 Las demás preparaciones compuestas no
alcohólicas para la fabricación de bebidas.
2204.2190 Los demás vinos; mosto de uva en el que la
fermentación se ha impedido o cortado
añadiendo alcohol, en recipientes con
capacidad inferior o igual a 2 litros.
2204.2991 Los demás vinos; mosto de uva en el que la
fermentación se ha impedido o cortado
añadiendo alcohol, tintos.
2204.2992 Los demás vinos; mosto de uva en el que la
fermentación se ha impedido o cortado
añadiendo alcohol, blancos.
2204.2999 Los demás vinos; mosto de uva en el que la
fermentación se ha impedido o cortado
añadiendo alcohol.
2309.9020 Las demás preparaciones del tipo de las
utilizadas para la alimentación de los
animales, con un contenido de sólidos
lácteos superior al 10 % en peso.
2309.9090 Las demás preparaciones del tipo de las
utilizadas para la alimentación de los
animales.
2522.1000 Cal viva.
2530.9000 Las demás materias minerales no expresadas
ni comprendidas en otra parte.
2613.9010 Los demás minerales de molibdeno
concentrados sin tostar.
2620.6000 Cenizas y residuos que contengan arsénico,
mercurio, talio o sus mezclas, de los tipos
utilizados para la extracción de arsénico o
de estos metales o para la elaboración de
sus compuestos químicos.
2620.9100 Cenizas y residuos que contengan antimonio,
berilio, cadmio, cromo o sus mezclas.
2620.9910 Cenizas y residuos que contengan
principalmente oro.
2620.9920 Cenizas y residuos que contengan
principalmente plata.
2620.9990 Los demás cenizas y residuos (excepto los
de la siderurgia) que contengan metal o
compuestos metálicos.
2710.1940 Aceites combustibles destilados (gas oil y
diesel oil).
2710.1951 Fuel oil 6.
2710.1959 Los demás aceites combustibles residuales
pesados.
2711.2100 Gas natural, en estado gaseoso.
2807.0000 Acido sulfúrico; oleum.
2825.7010 Trióxido de molibdeno
2825.7020 Los demás óxidos de molibdeno.
2825.7030 Hidróxidos de molibdeno.
2829.9010 Yodato de potasio.
2829.9020 Yodato de calcio.
2829.9090 Los demás bromatos y perbromatos; yodatos y
peryodatos.
2843.3000 Compuestos de oro.
3004.9010 Los demás medicamentos, para uso humano.
3006.8000 Desechos farmacéuticos.
3104.2000 Cloruro de potasio.
3104.3000 Sulfato de potasio.
3307.2000 Desodorantes corporales y
antitranspirantes.
3602.0010 Tetranitrato de pentaeritritol
(Pentrita o PETN).
3602.0020 Mezclas a base de TNT y pentrita
(pentolita).
3602.0030 Mezclas a base de derivados nitrados
de glicerol y etilenglicol (dinamita).
3602.0040 Mezclas a base de nitrato de amonio
y fuel-oil (ANFO).
3602.0090 Los demás explosivos preparados,
excepto la pólvora.
3902.1000 Polipropileno.
4011.9200 Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos
de caucho, de los tipos utilizados en
vehículos y máquinas agrícolas o
forestales.
4011.9300 Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos
de caucho, de los tipos utilizados en
vehículos y máquinas para la construcción
o mantenimiento industrial, para llantas
de diámetro inferior o igual a 61 cm.
4011.9400 Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de
caucho, de los tipos utilizados en
vehículos y máquinas para la construcción
o mantenimiento industrial, para llantas de
diámetro superior a 61 cm.
4011.9910 Los demás neumáticos (llantas neumáticas)
nuevos de caucho, de los tipos utilizados
en camionetas.
4011.9990 Los demás neumáticos (llantas neumáticas)
nuevos de caucho.
4403.2040 Postes de pino radiata sin tratar.
4403.2090 Las demás maderas en bruto, incluso
descortezada, desalburada o escuadrada,
de coníferas.
4409.1021 Tablillas y frisos para parqués, de
madera de coníferas.
4409.1022 Perfiles y molduras, de madera de
coníferas.
4409.1029 Las demás listones y molduras de madera
para muebles, marcos, decorados interiores,
conducciones eléctricas y análogos, de
coníferas.
4409.1090 Las demás madera (incluidas las tablillas
y frisos para parqués, sin ensamblar)
perfilada longitudinalmente (con lengüetas,
ranuras, rebajes, acanalados, biselados,
con juntas en V, moldurados, redondeados o
similares) en una o varias caras, cantos o
extremos, incluso cepillada, lijada o unida
por los extremos, de coníferas.
4411.1910 Los demás tableros de fibra de madera de
densidad superior a 0,8 g/cm3, con trabajo
mecánico y recubrimiento superficial.
4411.1990 Los demás tableros de fibra de madera de
densidad superior a 0,8 g/cm3.
4411.2910 Tableros de fibra de madera de densidad
superior a 0,5 g/m3 pero inferior o igual a
0,8 g/m3, con trabajo mecánico y
recubrimiento superficial.
4411.2990 Los demás tableros de fibra de madera de
densidad superior a 0,5 g/m3 pero inferior
o igual a 0,8 g/m3.
4411.3910 Tableros de fibra de madera de densidad
superior a 0,35 g/m3 pero inferior o igual
a 0,5 g/m3, con trabajo mecánico y
recubrimiento superficial.
4411.3990 Los demás tableros de fibra de madera de
densidad superior a 0,35 g/m3 pero inferior
o igual a 0,5 g/m3.
4412.1910 Las demás madera contrachapada constituida
exclusivamente por hojas de madera de
espesor unitario inferior o igual a 6mm.,
de coníferas.
4415.1010 Cajas, de madera.
4415.1020 Cajones, de madera.
4415.1030 Carretes para cables, de madera.
4415.1090 Los demás, jaulas, tambores y envases
similares, de madera.
4418.2010 Puertas, de madera.
4418.2090 Las demás, marcos para puertas,
contramarcos y umbrales, de madera.
4703.2900 Pasta química de madera a la sosa (soda) o
al sulfato, semiblanqueada o blanqueada,
distinta de la de coníferas.
4810.9210 Los demás papeles y cartones, multicapas,
cartulinas.
4810.9290 Los demás papeles y cartones, multicapas.
4818.4010 Toallas higiénicas, de pasta de papel,
guata de celulosa o napa de fibras de
celulosa.
4818.4020 Pañales para bebés, de pasta de papel,
guata de celulosa o napa de fibras de
celulosa.
4818.4090 Las demás compresas y tampones higiénicos y
artículos similares, de pasta de papel,
papel, guata de celulosa o napa de fibras
de celulosa.
4819.1010 Cajas de cartón corrugado.
4819.1090 Las demás cajas.
4901.9920 Libros académicos, científicos técnicos.
4901.9991 Manuales técnicos.
4901.9999 Los demás libros, folletos e impresos
similares.
5209.4210 Tejidos de mezclilla ("denim"), de peso
superior a 200 g/m2 pero inferior o igual a
400 g/m2.
5209.4290 Los demás tejidos de mezclilla ("denim").
7010.9020 Botellas para bebidas, de capacidad
superior a 0,33 l pero inferior o igual a 1
l.
7118.9000 Las demás monedas.
7326.1110 Bolas y artículos similares para molinos,
forjadas o estampadas pero sin trabajar de
otro modo, de hierro o acero, para molienda
de minerales.
7326.1190 Las demás bolas y artículos similares para
molinos, forjadas o estampadas pero sin
trabajar de otro modo, de hierro o acero.
7401.2000 Cobre de cementación (cobre precipitado).
7403.1300 Tochos de cobre refinado.
8431.4310 Partes para trenes de perforación o de
sondeo, para máquinas de sondeo o
perforación de las subpartidas 8430.41 u
8430.49.
8431.4320 Partes para unidad de perforación o de
sondeo, para máquinas de sondeo o
perforación de las subpartidas 8430.41 u
8430.49.
8431.4390 Las demás partes para máquinas de sondeo o
perforación de las subpartidas 8430.41 u
8430.49.
8703.2291 Automóviles de turismo concebidos
principalmente para transporte de personas
(excepto los de la partida 87.02), con
motor de émbolo (pistón) alternativo, de
encendido por chispa, de cilindrada
superior a 1.000 cm3 pero inferior o igual
a 1.500 cm3.
8703.2299 Los demás vehículos automóviles concebidos
principalmente para el transporte de
personas (excepto los de la partida 87.02),
con motor de encendido por chispa, de
cilindrada superior a 1.000 cm3 pero
inferior o igual a 1500 cm3.
8703.2391 Automóviles de turismo concebidos
principalmente para transporte de personas
(excepto los de la partida 87.02), con
motor de émbolo (pistón) alternativo, de
encendido por chispa, de cilindrada
superior a 1.500 cm3 pero inferior o igual
a 3.000 cm3.
8703.2399 Los demás vehículos automóviles concebidos
principalmente para el transporte de
personas (excepto los de la partida 87.02),
con motor de encendido por chispa, de
cilindrada superior a 1.500 cm3 pero
inferior o igual a 3.000 cm3.
8704.2121 Camionetas para el transporte de
mercancías, con motor de émbolo (pistón) de
encendido por compresión (diesel o
semidiesel), de peso total con carga
máxima, inferior o igual a 5 t., con
capacidad de carga útil de más de 500 kilos
y hasta 2.000 kilos.
8704.2129 Los demás vehículos automóviles para el
transporte de mercancías, con motor de
émbolo (pistón) de encendido por compresión
(diesel o semidiesel), de peso total con
carga máxima, inferior o igual a 5 t., con
capacidad de carga útil de más de 500 kilos
y hasta 2.000 kilos.
8704.3121 Camionetas para el transporte de
mercancías, con motor de émbolo (pistón),
de encendido por chispa, de peso total con
carga máxima, inferior o igual a 5
toneladas, con capacidad de carga útil de
más de 500 kilos y hasta 2.000 kilos.
8704.3129 Los demás vehículos, con motor de émbolo
(pistón), de encendido por chispa, de peso
total con carga máxima, inferior o igual a
5 toneladas, con capacidad de carga útil de
más de 500 kilos y hasta 2.000 kilos.
8803.3010 Fuselajes para aviones y sus partes.
8803.3090 Las demás partes de aviones o helicópteros.
8901.9091 Barcos portacontenedores.
8901.9092 Barcos graneleros.
8901.9099 Los demás barcos para transporte de
mercancías y demás barcos concebidos para
transporte mixto de personas y mercancías.
8902.0011 Barcos de pesca, con capacidad de bodega
inferior o igual a 500 t.
8902.0012 Barcos de pesca, con capacidad de bodega
superior a 500 t pero inferior o igual a
1.000 t.
8902.0019 Los demás barcos de pesca.
8906.9090 Los demás barcos.
9403.9010 Cubiertas para escritorios.
9403.9020 Respaldos para camas.
9403.9090 Las demás partes para muebles.
F) Mercancías excluidas del reintegro, por aplicación de las letras d) y f) del Artículo 5 bis de la Ley N18.480.
4101.2000 Cueros y pieles, enteros, de peso unitario
inferior o igual a 8 kg para los secos, a
10 kg para los salados secos y a 16 kg para
los frescos, salados verdes (húmedos) o
conservados de otro modo.
4101.5000 Cueros y pieles enteros, de peso unitario
superior a 16 kg, .
4101.9000 Los demás cueros y pieles, incluidos los
crupones, medios crupones y faldas.
4102.1000 Cueros y pieles en bruto de ovino (frescos
o salados, secos, encalados, piquelados o
conservados de otro modo, pero sin curtir,
apergaminar ni preparar de otra forma), con
lana.
4102.2100 Cueros y pieles en bruto de ovino, sin lana
(depilados) piquelados.
4102.2900 Los demás cueros y pieles en bruto de
ovino, sin lana (depilados).
4103.1000 Los demás cueros y pieles, en bruto
(frescos o salados, secos, encalados,
piquelados o conservados de otro modo, pero
sin curtir, apergaminar ni preparar de otra
forma) incluso depilados o divididos,
excepto los excluidos por las Notas 1 b) ó
1 c) de este Capítulo, de caprino.
7404.0011 Anodos gastados; desperdicios y desechos
con contenido de cobre inferior al 94% en
peso (cobre refinado).
7404.0019 Los demás desperdicios y desechos, de cobre
refinado.
7404.0021 Desperdicios y desechos, a base de cobre-
cinc (latón).
7404.0029 Los demás desperdicios y desechos de
aleaciones de cobre.
7404.0090 Los demás desperdicios y desechos, de
cobre.
G) La partida arancelaria que a continuación se señala, por estar destinada exclusivamente para efectos de las leyes que su glosa indica.
0025.0000 Servicios considerados exportación de
conformidad al Artículo 17º y siguientes de
la Ley Nº18.634; Artículo 1º de la Ley
Nº18.708 y Artículos 12º, letra E, N 16) y
36), inciso cuarto, del Decreto Ley Nº825,
1974.
H) Mercancías excluidas del reintegro por no haber alcanzado en el promedio de los tres últimos años calendario, un incremento en los montos exportados, igual o superior a 1,5 veces el crecimiento promedio del Producto Geográfico Bruto en el mismo período (Artículo 3º, número 3), de la Ley N18.480).
0307.9130 Loco (Concholepas concholepas), vivos,
frescos o refrigerados.
0307.9931 Loco (Concholepas concholepas), congelados.
0307.9939 Los demás locos (Concholepas concholepas)
secos, salados o en salmuera.
Artículo 2º. Los montos máximos exportados de mercancías durante el año 2001, para aquellas glosas arancelarias que se acojan al beneficio del reintegro previsto en el artículo 2º de la Ley N18.480, son los siguientes:
a) Reintegro del 6%. US$ 10.472.000
b) Reintegro del 5% US$ 15.708.000
c) Reintegro del 3% US$ 18.849.600
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted.- Enrique Sepúlveda Rodríguez, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).