ART. 322 ter.
Ley 21467
Art. único N° 2
D.O. 30.07.2022 Ultraje de sepultura. Será sancionado con la pena de reclusión menor en su grado medio, el que, en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profanare su sepultura.
Art. único N° 2
D.O. 30.07.2022 Ultraje de sepultura. Será sancionado con la pena de reclusión menor en su grado medio, el que, en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profanare su sepultura.