ART. 150.

    Sufrirá LEY 19567
Art. 2 a)
D.O. 01.07.1998
las penas de presidio o reclusión menores y la accesoria que corresponda:

    1º. El que incomunicare a una persona privada de libertad o usare con ella de un rigoLEY 19806
Art. 1
D.O. 31.05.2002
r innecesario, y
    2º. El que arbitrariamente hiciere arrestar o detener en otros lugares que los establecidos por la ley.
   
    Al que, sin revestir Ley 20968
Art. 1 N°2
D.O. 22.11.2016
la calidad de empleado público, participare en la comisión de estos delitos, se le impondrá la pena de presidio o reclusión menor en su grado mínimo a medio.