APRUEBA PLAN NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, Y DEROGA DECRETO Nº 155, DE 1977, QUE APROBO EL PLAN NACIONAL DE EMERGENCIA
Santiago, 12 de marzo de 2002.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 156.- Visto: El artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 20 del Título I de la ley Nº 16.282, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por decreto supremo de Interior Nº 104, de 1977; el decreto ley Nº 369, de 1974, Orgánico de la Oficina Nacional de Emergencia; y, los artículos 3º y 18º, letra b) del decreto supremo de Interior Nº 509, de 1983, reglamentario de dicho Servicio Público dependiente del Ministerio del Interior.
Considerando:
1. Que se hace necesario reemplazar el Plan Nacional de Emergencia por otro, que responda a los actuales requerimientos del país y al avance y desarrollo que han tenido las diversas actividades productivas y de servicios, como así también, se adecue a las iniciativas que se consultan en el proceso de modernidad y rediseño de la Administración Pública en que se encuentra empeñado el Supremo Gobierno.
2. Que es de necesidad implementar un nuevo Plan que consulte los aspectos preventivos, de mitigación, de preparación y alertamiento temprano, respondiendo a los compromisos internacionales suscritos por Chile en la "Década Internacional de Reducción de Desastres Naturales" y a la modernización del propio Sistema Nacional de Protección Civil.
D e c r e t o:
NOTA
El N° 6 del artículo 46 de la Ley 21.364 deroga el artículo 20 del Decreto N°104, de 1977, del Ministerio del Interior, en cuya virtud fue dictada la presente norma, por tanto, actualmente sus disposiciones han quedado sin aplicación.
El N° 6 del artículo 46 de la Ley 21.364 deroga el artículo 20 del Decreto N°104, de 1977, del Ministerio del Interior, en cuya virtud fue dictada la presente norma, por tanto, actualmente sus disposiciones han quedado sin aplicación.
Artículo primero: Apruébase el "Plan Nacional de Protección Civil", que se adjunta al presente decreto; y derógase el decreto supremo de Interior Nº 155, de 1977, que aprobó el Plan Nacional de Emergencia, y el título X del decreto supremo Nº 509, de 1983, del mismo Ministerio.
Artículo segundo: Los Ministerios y los Servicios, Instituciones y organismos dependientes o relacionados con el Estado y las empresas del Estado, conformarán su acción a las directrices indicativas que se imparten en el plan aprobado y darán estricto cumplimiento a las tareas que a ellos se les asignan, de acuerdo con sus respectivas atribuciones y competencias.
Artículo tercero: El Ministerio del Interior adoptará las medidas tendientes a obtener la integral y oportuna aplicación del Plan Nacional de Protección Civil, mediante la coordinación que, conforme a su Ley Orgánica, corresponde ejecutar a la Oficina Nacional de Emergencia.
Artículo cuarto: "El Plan Nacional de Protección Civil", que se aprueba por el presente decreto es del tenor siguiente:
PLAN NACIONAL DE PROTECCION CIVIL
-Instrumento Indicativo Para la Gestión Integral de Protección Civil-
I. PRESENTACION
II. ANTECEDENTES
III. OBJETIVOS GENERALES Y OBJETIVOS ESPECIFICOS
IV. MARCO CONCEPTUAL
1. El Concepto de Protección Civil
2. Concepto General de la Forma de Actuar
V. GESTION EN PROTECCION CIVIL
1. El Comité de Protección Civil
1.1. Comité de Emergencia
1.2. Comité de Operaciones de Emergencia
1.3. Presidencia, Coordinación y Funcionalidad
2. Metodología de Gestión
a. Análisis Histórico
b. Investigación Empírica
c. Discusión de Prioridades
d. Elaboración de Cartografías
e. Planificación Integral
2.1.Gestión Participativa
3. Planificación ACCEDER para el Manejo de Emergencias y Desastres
3.1.1. Alarma
3.1.2. Comunicación e Información
3.1.3. Coordinación
3.1.4. Evaluación (Preliminar)
3.1.5. Decisiones
3.1.6. Evaluación (Complementaria)
3.1.7. Readecuación
VI. PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS DE EMERGENCIA
1. Procedimientos para Eventos Destructivos de Manifestación Lenta
A. Activación y Alerta
B. Evaluación Operacional
C. Desactivación y Evaluación
2. Procedimientos para Eventos Destructivos de Manifestación Súbita
A. Activación y Alerta
B. Evaluación Operacional
C. Desactivación y Evaluación
VII. FLUJOS E INFORMES DE EMERGENCIA
1. Flujos de Información de Emergencia
2. Informes de Emergencia
2.1. Tipos de Informes de Emergencia
VIII. MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
1. Administrativas
2. Económicas
IX. RESPONSABILIDAD Y COORDINACION
ANEXOS
Anexo Nº 1 Referencias Legales
Anexo Nº 2 Principios Básicos de la Protección Civil
Anexo Nº 3 Riesgo en el Ambito de la Protección Civil
Anexo Nº 4 Ciclo Metodológico para el Manejo del Riesgo
Prevención, Mitigación, Preparación, Alerta,
Respuesta, Rehabilitación, Reconstrucción,
Interrelación entre Fases y Etapas
Anexo Nº 5 Ambitos de Gestión de la Protección Civil
Ambito de la Prevención
Ambito de la Respuesta
Sistema Nacional de Alertas: Tipos de Alerta,
Amplitud y Cobertura, Establecimiento de una
Alerta
Anexo Nº 6 Mandos:
Mando Técnico
Mando de Coordinación
Mando de Autoridad
Anexo Nº 7 Organigrama del Sistema de Protección Civil
Anexo Nº 8 Manual del Sistema de Evaluación de Daños y
Necesidades Plan Dedo$
Anexo Nº 9 Direcciones de Protección Civil
PLAN NACIONAL DE PROTECCION CIVIL
I. PRESENTACION
La experiencia de nuestro país frente al tema de los desastres de origen natural o provocados por el hombre, tanto en su impacto inmediato como en sus repercusiones, es amplia y variada. Desastres como, por ejemplo: terremotos, sequías, inundaciones, erupciones volcánicas, incendios urbanos y forestales, accidentes químicos, deslizamientos, aludes, etc., son recurrentes en Chile.
El ámbito de experiencia que se asocia al impacto inmediato, sea en pérdidas humanas como materiales, ha desarrollado en los chilenos la capacidad de sobreponerse a los innumerables eventos destructivos que han afectado a la nación durante toda su historia. El otro ámbito, se asocia a las secuelas que estos mismos eventos producen, afectando directamente al desarrollo y a la calidad de vida de las personas, marcando su idiosincrasia, como igualmente las posibilidades de mejoramiento sostenido de sus condiciones de vida, sobre todo de la población más vulnerable, lo que progresivamente ha ido conformando una conciencia nacional sobre la necesidad de anteponerse a esta realidad.
El proceso nacional de desarrollo sostenible, pone también un fuerte énfasis en la administración y manejo de riesgos, como estrategia efectiva de prevención, con un claro enfoque participativo, integrando instancias sectoriales, científico-técnicas, regionales, provinciales, comunales, del voluntariado y de la comunidad organizada.
El presente Plan busca precisamente, potenciar las capacidades preventivas, sin descuidar el continuo perfeccionamiento de las actividades de preparación y atención de emergencias o desastres, pasando a constituirse en un instrumento indicativo para la gestión descentralizada, de acuerdo a las específicas realidades de riesgos y de recursos de cada área geográfica del país.
II. ANTECEDENTES
La Constitución Política de la República de Chile, al consagrar las Bases de la Institucionalidad, dispone que es deber del Estado "dar protección a la población y a la familia" (art. 1º, inciso quinto). De ello se desprende que el Estado, ente superior de la nación, es el encargado de la función pública denominada Protección Civil.
Para la ejecución y desenvolvimiento de las acciones derivadas o vinculadas con la atención de aquella función pública, se han asignado competencias y otorgado facultades y atribuciones a diversos órganos de la Administración del Estado, de distinto nivel, naturaleza y contexto jurisdiccional, mediante disposiciones legales dictadas en diferentes épocas, lo cual ha ido estructurando un Sistema de Protección Civil que, en esencia, tiende a lograr la efectiva participación de toda la nación para mejorar las capacidades de prevención y respuesta frente a eventos destructivos o potencialmente destructivos, de variado origen y manifestaciones.
Al respecto, la ley Nº 16.282 dictada en el año 1965 a raíz del terremoto registrado ese año en la zona central, otorga en su Título I facultades para la adopción, en casos de sismos o catástrofes -previo a la dictación de un decreto supremo fundado que declare Zona Afectada por Catástrofe a las comunas, localidades o sectores geográficos de las mismas que hayan sido afectados-, de una serie de medidas especiales que pueden ser aplicadas por un lapso de doce meses contados desde la fecha del sismo o catástrofe, plazo que podrá ser extendido hasta por igual período. Asimismo, previene que el Ministerio del Interior tendrá a su cargo la planificación y coordinación de las actividades que establece esa ley y la atención de aquel tipo de evento (art. 21).
Posteriormente, el D.L. Nº 369, de 1974, crea la Oficina Nacional de Emergencia, con el carácter de servicio público centralizado dependiente del Ministerio del Interior, cuya misión es la planificación, coordinación y ejecución de las acciones destinadas a prevenir o solucionar los problemas derivados de sismos o catástrofes. Además, previno que las funciones que competen al Ministerio del Interior en virtud de lo dispuesto en el Título I de la ley 16.282, y sus modificaciones, serán ejercidas por éste a través de ONEMI, con excepción, actualmente, de aquellas a que se refieren los artículos 61 y 70 de la citada ley.
La creación de este órgano técnico especializado refleja la permanente preocupación del Estado de velar por el desarrollo de la protección civil, incluidos sus aspectos de prevención de desastres y de coordinación de las actividades de las entidades públicas o privadas, relacionadas con la temática, y del empleo de los recursos humanos y materiales disponibles.
A su turno, la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (ley Nº 19.175), ha asignado expresamente a los Intendentes y Gobernadores la función de adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, y al Gobierno Regional la de adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe en conformidad a la ley y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes.
Por su parte, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (ley Nº 18.695), dispuso, también expresamente, que estas corporaciones autónomas de derecho público pueden desarrollar directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia. Resulta pertinente anotar que las municipalidades deberán actuar, en todo caso, dentro del marco de los planes nacionales y regionales que regulen la respectiva actividad (art. 7º).
Finalmente, es útil señalar que en cumplimiento de lo establecido en la ley Nº 16.282 (art. 22) y en el D.L. Nº 369, de 1974 -art. 11, ya citados, el Reglamento de la Ley Orgánica de ONEMI-D.S. Nº 509, de 1983, de Interior -, dispuso la constitución de Comités de Emergencia Regionales, Provinciales y Comunales, con el carácter de comisiones de trabajo permanentes, presididos por el Intendente, Gobernador o Alcalde respectivo, y la constitución de los Centros de Operaciones de Emergencia, C.O.E., esto es, el lugar o espacio físico que debe ser habilitado por la respectiva Autoridad Regional, Provincial y Comunal, para que se constituyan en él, en su oportunidad, las personas encargadas de administrar las emergencias o desastres que se produzcan y de adoptar o proponer, según proceda, las medidas de solución que de tales eventos se deriven (arts. 27, 28 y 29).-
(Anexo Nº 1)
III. OBJETIVO GENERAL Y OBJETIVOS ESPECIFICOS
Objetivo General
1 Disponer de una planificación multisectorial en materia de Protección Civil, de carácter indicativo, destinada al desarrollo de acciones permanentes para la prevención y atención de emergencias y/o desastres en el país, a partir de una visión integral de manejo de riesgos.
(Anexo Nº 3)
Objetivos Específicos
1. Disponer de un marco nacional de gestión en protección civil que, bajo una perspectiva de administración descentralizada, sirva de base estructurada para las planificaciones regionales, provinciales y comunales, según las respectivas realidades de riesgos y de recursos.
2. Establecer el ámbito general de las coordinaciones entre los distintos sectores y actores.
3. Delimitar las responsabilidades tanto políticas, legales, científicas, técnicas, como operativas, del Sistema Nacional de Protección Civil, en cada una de las etapas del ciclo del manejo de riesgos.
4. Establecer el marco de acción global para abordar sistematizadamente las distintas etapas de ciclo de manejo del riesgo.
5. Normalizar los elementos básicos a considerar en un Plan de Respuesta ante situaciones de emergencia o desastre.
IV. MARCO CONCEPTUAL
1. El Concepto de Protección Civil
La Protección Civil, entendida como la protección a las personas, a sus bienes y ambiente ante una situación de riesgo colectivo, sea éste de origen natural o generado por la actividad humana, es ejercida en Chile por un sistema integrado por Organismos, Servicios e Instituciones, tanto del sector público como del privado, incluyendo a las entidades de carácter voluntario y a la comunidad organizada, bajo la coordinación de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, ONEMI.
En este Sistema todos mantienen su propia estructura y tienen plena libertad para adecuar su organización, con el objetivo de lograr máxima eficiencia en el cumplimiento de sus tareas de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación frente a un evento destructivo, concurriendo cada uno con sus recursos humanos y técnicos especializados, en forma coordinada, según corresponda.
Desde esta perspectiva, actualmente de reconocimiento internacional, la protección no sólo debe ser entendida como el socorro a las personas una vez ocurrida una emergencia o desastre.
La misión de la Protección Civil abarca la Prevención, como supresión del evento, y la Mitigación, para reducir al máximo el impacto de un evento destructivo; la Preparación adecuada, mediante Planes concretos de respuesta; Ejercitación y clara información, para responder eficaz y eficientemente cuando una emergencia o desastre no ha podido evitarse.
(Anexo Nº 2)
2. Concepto General de la Forma de Actuar
Las líneas estratégicas de reducción de las probabilidades de ocurrencia y/o de los efectos de emergencias y desastres, ponen especial énfasis en las actividades que dicen relación con la prevención, la mitigación y la preparación, lo que por consecuencia lógica disminuirá las necesidades de recursos, medios y esfuerzos en la respuesta durante un conflicto.
Al centrar la atención en estos elementos, se logra un mejor resguardo de vidas humanas, de las estructuras y bienes, en la medida que se genera una Cultura Preventiva y una Conciencia de las Acciones pertinentes en cada una de estas fases. Esto permitirá ir contando con una comunidad organizada, prevenida, preparada y entrenada, para que el curso de la vida nacional no se vea alterado y no se comprometa el desarrollo del país.
Las acciones en prevención son el primer y gran objetivo, incluyendo la preparación para la respuesta, que se logra a través de una estructura que genera una coordinación participativa, interinstitucional e intersectorial que identifique las amenazas, vulnerabilidades y recursos que analice las variables de riesgo y valide la planificación correspondiente.
Ocurrido un evento destructivo, la aplicación de lo planificado para la gestión de respuesta debe ser coordinada por esa misma estructura, con el principal objetivo de orientar la toma de decisiones y la labor de los organismos de respuesta en el corto plazo, priorizando directamente la atención a las personas.
La rehabilitación, que corresponde al restablecimiento de los servicios básicos indispensables en el corto plazo luego de ocurrida una emergencia, y la reconstrucción que corresponde a las reparaciones de infraestructura y a la restauración del sistema de producción, a mediano y largo plazo, con el objetivo de alcanzar e incluso superar en lo factible el nivel de desarrollo previo a la ocurrencia de la emergencia o desastre, deben considerar decisiones, procedimientos y conductas que favorezcan la prevención y preparación, con lo que se articula lo que técnicamente se denomina Ciclo del Manejo de Riesgos.
(Anexo Nº 4)
Para una eficiente y efectiva gestión en emergencias y desastres, los niveles regional, provincial y comunal deben trabajar coordinadamente con los organismos de Protección Civil de su respectiva área jurisdiccional, a través del funcionamiento permanente de Comités Locales de Protección Civil.
V. GESTION EN PROTECCION CIVIL
La gestión en Protección Civil debe responder a la realidad de un área jurisdiccional determinada, interrelacionando amenazas, vulnerabilidades y recursos, como base de orientación de la acción en prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación, como un proceso participativo y continuo en el tiempo, de revisión y perfeccionamiento permanente.
(Anexo Nº 5)
La estructura para la gestión en Protección Civil para cada nivel jurisdiccional -comuna, provincia, región o país- se configura de la siguiente manera:
1. El Comité de Protección Civil
Para una eficiente y efectiva acción en Protección Civil, y frente a la emergencia o desastre, se debe trabajar coordinadamente con los organismos o instituciones del Sistema de Protección Civil de un área jurisdiccional determinada. Este Equipo de Trabajo se denomina Comité de Protección Civil y lo deben integrar instituciones y organismos públicos y privados, que por mandato legal, competencia o interés, puedan aportar a la gestión de protección civil.
Deben constituirse Comités de Protección Civil a nivel Nacional y en cada Región, Provincia y Comuna del país, siendo presididos cada uno de ellos, según corresponda, por el Ministro del Interior, por el Intendente Regional, Gobernador Provincial y Alcalde respectivos, quienes tendrán la facultad de fijar, por resolución fundada, las normas especiales de funcionamiento de los mismos, convocar a los miembros que los integrarán y el orden de subrogación.
Deberán estar representados en estos Comités los servicios, organismos, cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas y Carabineros del área jurisdiccional respectiva, e instituciones de los sectores públicos y privados que, por naturaleza de sus funciones e importancia de sus recursos humanos y materiales disponibles, sean necesarios para la prevención de riesgos y solución de los problemas derivados de emergencias, desastres y catástrofes.
Actuará como Secretario Ejecutivo de cada uno de estos Comités el funcionario del respectivo nivel político - administrativo que la correspondiente autoridad designe, mediante decreto o resolución, como "Director Nacional", "Director Regional", "Director Provincial", "Director Comunal" de Protección Civil y Emergencia, quien será el asesor directo de aquélla en todo lo relacionado con la organización, coordinación y ejecución de las actividades destinadas a prevenir, mitigar, preparar, atender y solucioDecreto 38, INTERIOR
Art. PRIMERO
D.O. 18.03.2011nar los problemas derivados de emergencias, desastres y catástrofes que puedan ocurrir u ocurran en su respectiva área jurisdiccional.
Art. PRIMERO
D.O. 18.03.2011nar los problemas derivados de emergencias, desastres y catástrofes que puedan ocurrir u ocurran en su respectiva área jurisdiccional.
DEROGADO.
1.1. Comité de Protección Civil
El Comité de Protección Civil representa los recursos humanos, técnicos y materiales del Sistema de Protección Civil para la Prevención, Mitigación, Preparación y cumplimiento de planes y programas.
Su convocatoria es amplia, por lo tanto, en el Comité de Protección Civil deben participar, de acuerdo a la realidad local, los representantes de los organismos e instituciones que sean necesarios para desarrollar y ejecutar programas que privilegien las actividades de prevención, mitigación y preparación y que respondan a una gestión integral de Protección Civil, incorporados al proceso de desarrollo de su área jurisdiccional.
A nivel nacional, regional, provincial y comunal, en el Comité están representadas las instancias Sectoriales, Técnicas, Científicas, de Servicios y Comunitarias bajo la dirección de la Autoridad respectDecreto 38, INTERIOR
Art. SEGUNDO
D.O. 18.03.2011iva.
Art. SEGUNDO
D.O. 18.03.2011iva.
1.2. Comité de Operaciones de Emergencia
Deberá constituirse un Comité Nacional de Operaciones de Emergencia, en adelante, "Comité Nacional", cuando se registren emergencias, desastres o catástrofes que provoquen daños de consideración en las personas y/o los bienes, que afecten todo o parte del territorio nacional, entendiéndose por tal cuando se vean involucradas dos o más regiones del país, o bien, en el caso que, afectándose a una o más comunas de una misma región, el Ministro del Interior resuelva que el siniestro provoca un alto impacto en la población, atendida la magnitud del mismo.
Integrarán el "Comité Nacional" las siguientes autoridades: Ministro del Interior, Ministro de Defensa Nacional, Subsecretario del Interior, Jefe del Estado Mayor Conjunto, Ministro de Energía, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Ministro de Salud, Ministro de Obras Públicas, General Director de Carabineros de Chile y Director Nacional de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior.
El "Comité Nacional" será presidido por el Ministro del Interior, de conformidad a lo previsto en el artículo 21, de la ley Nº 16.282, que establece disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes.
Ante la ocurrencia de un desastre o catástrofe de carácter nacional, en los términos antes indicados, el "Comité Nacional" será convocado por el Director de la Oficina Nacional de Emergencia al lugar que, para estos efectos, determine dicha autoridad. En caso que el desastre o catástrofe produzca una interrupción en las comunicaciones, los miembros del "Comité Nacional" deberán concurrir al lugar designado tan pronto tengan noticia de la ocurrencia del desastre o catástrofe.
Sin perjuicio de lo anterior, el Ministro del Interior podrá convocar al "Comité Nacional" a otras autoridades, así como a representantes de instituciones públicas o privadas, de acuerdo a la naturaleza del desastre o catástrofe. Tal facultad podrá ser delegada en el Director Nacional de la Oficina Nacional de Emergencia.
Ante la ocurrencia de un desastre o catástrofe de carácter regional, y no obstante que se disponga la constitución del "Comité Nacional", según lo indicado precedentemente, se constituirá un Comité Regional de Operaciones de Emergencia, el que será presidido por el Intendente Regional respectivo.
Para la constitución del aludido Comité Regional, corresponderá al Gobierno Regional pertinente la designación de sus miembros, de acuerdo a lo dispuesto en las letras a) y f), del artículo 16, de la Ley Nº19.175, Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional.
En lo que concierne a aquellos desastres o catástrofes que afecten a una determinada provincia o comuna, los Comités de Protección Civil, como órganos de trabajo permanente, se constituirán en Comités Provinciales o Comunales de Operaciones de Emergencia, según corresponda. Ello, sin perjuicio que se hubiere dispuesto excepcionalmente por el Ministro del Interior la constitución del "Comité Nacional".
La Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior enviará, a través de sus oficinas centrales y regionales, un instructivo que precise la forma de implementación y operación práctica de los Comités Nacional y Regional de Operaciones de Emergencia, en materias tales como: forma de convocatoria; lugar de convocatoria y planes de contingencia en caso de inaccesibilidad al sitio designado; sistema de comunicaciones; logística y disponibilidad de recursos; modalidades de traslados de autoridades a zonas afectadas en casos de emergencia y las demás necesarias para su adecuado funcionamiento.
El aludido instructivo deberá remitirse dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. En el mismo plazo, los Gobiernos Regionales deberán designar a los miembros de cada uno de los Comités Regionales de Operaciones de Emergencia, conforme a lo establecido precedentemente.
Constituidos los Comités de Operaciones de Emergencia, éstos representan a las entidades, organismos, servicios del Sistema de Protección Civil, cuyos recursos humanos, técnicos y materiales sean necesarios de coordinar para la Respuesta y la Rehabilitación ante la ocurrencia de un evento adverso o destructivo, sea éste emergencia, desastre o catástrofe en su respectiva área jurisdiccional.
El Ministro del Interior, Intendentes Regionales y Gobernadores Provinciales y Alcaldes dispondrán la habilitación, en la ciudad donde tengan su asiento, de un "Centro de Operaciones de Emergencia", C.O.E., que corresponde a un lugar físico que debe contar con las facilidades necesarias de comunicación para centralizar la recopilación, análisis y evaluación de la información de modo que permita, de acuerdo al tipo de evento destructivo, realizar las coordinaciones, tomar decisiones oportunas y precisas, diseminar información procesada a los servicios técnicos ejecutores, autoridades superiores y medios de comunicación social.
En el C.O.E. se constituyen los representantes operativos de los organismos e instituciones integrantes del Comité de Operaciones de Emergencia del nivel jurisdiccional correspondiente, que tienen directa relación con las actividades a desarrollar para la atención y recuperación ante la ocurrencia de una emergencia o desastre.
El local, los elementos de trabajo, útiles de escritorio y demás que sean necesarios para el funcionamiento de los Comités de Protección Civil y Centros de Operaciones de Emergencia, serán suministrados a nivel nacional por ONEMI y a nivel regional, provincial y comunal, por la Intendencia Regional, Gobernación Provincial y Municipalidad respectiva.
1.3. Presidencia, Coordinación y Funcionalidad
En las Reuniones de Trabajo y actividades que se desarrollen como Comités de Protección Civil, la presidencia la asume el Ministro del Interior, Intendente, Gobernador o Alcalde, en sus correspondientes niveles, cada uno asesorado técnicamente por el Director de Protección Civil y Emergencia respectivo, como Coordinador Ejecutivo de todo el proceso.
Las organizaciones e instituciones convocadas por el Comité de Protección Civil o Comité de Operaciones de Emergencia, mantienen su propia estructura y tienen plena libertad para adecuar su organización, con el objetivo de lograr máxima eficiencia en el cumplimiento de sus tareas a ejecutar en las fases de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación, según corresponda, que para ser eficaces requieren trabajar coordinadamente en equipos multidisciplinarios e interinstitucionales asumiendo un rol y funciones específicas.
(Anexo Nº 7)
En la funcionalidad del Sistema de Protección Civil en sus fases de Prevención, Atención y Recuperación y actividades relacionadas al Ciclo del Manejo del Riesgo, siempre es posible identificar un Mando Técnico, asociado a una organización o sector, un Mando de Coordinación, asociado a los Directores de Protección Civil o Emergencia y un Mando de Autoridad, asociado a las Autoridades de Gobierno Interior (Alcalde, Gobernador, Intendente, Ministro del Interior).
(Anexo Nº 6)
2. Metodología de Gestión
La gestión nacional en Protección Civil debe estar sustentada en el desarrollo adecuado de la identificación de riesgos y de recursos de una unidad geográfica. Este proceso se basa en cinco elementos que comprenden una metodología base para el análisis de la realidad, que además considera una permanente retroalimentación.
Esta metodología debe considerar, a lo menos, las siguientes acciones:
a. Análisis Histórico
b. Investigación Empírica (Técnica, Científica, Económica, en terreno, etc.)
c. Discusión (Para priorizar participativamente las amenazas, vulnerabilidades y recursos)
d. Elaboración de Mapas y Cartografías (identificando Riesgos y Recursos para Prevención y Respuesta)
e. Planificación Integral en Protección Civil
2.1. Gestión Participativa
En el Marco de la Gestión Integral en Protección Civil, la Participación y Compromiso de la sociedad en su conjunto, deben constituir una estrategia clave a considerar en los distintos programas de trabajo.
Se debe ir gradualmente motivando un compromiso nacional de autoprotección, por medio de una metodología interactiva y participativa en todos y cada uno de los Niveles Político-Administrativos, como un reconocimiento expreso a la capacidad de las personas para ser partícipes en la generación de sus propios procesos de desarrollo.
Esta participación debe constituir un proceso en sí mismo, que parte en el nivel local y bajo la conducción del Municipio, como instancia administrativa más cercana a las personas.
La percepción de la gente del riesgo o peligro en su entorno, de los recursos de que dispone para enfrentarlo, deben ser fuente de información sustantiva a considerar en la gestión de Protección Civil, la que, sumada a los antecedentes validados aportados por el ámbito científico - técnico, servirán de base diagnóstica para la Planificación de acuerdo a las específicas realidades locales.
3. Planificación ACCEDER para el Manejo de Emergencias y Desastres
ACCEDER es una Metodología simple, de fácil manejo, estructurada en una sola hoja, destinada a elaborar una planificación para situaciones de emergencia local, considerando los principios de Ayuda Mutua y Uso Escalonado de Recursos, que sustentan al Sistema de Protección Civil, a partir de una adecuada coordinación.
La metodología cubre por etapas, las acciones y medidas fundamentales a tener en cuenta en la acción de respuesta, como son: Alarma, Comunicaciones, Coordinación, Evaluación Primaria o Preliminar, Decisiones, Evaluación Secundaria y la Readecuación del Plan, con lo que se conforma el acróstico ACCEDER.
El Plan ACCEDER permite a los Administradores de Emergencias recordar fácilmente los aspectos que siempre deberán estar presentes en un Plan de Respuesta y que necesariamente requieren una adecuada preparación para su efectiva articulación.
Al estructurar un Plan de Respuesta, el Comité de Protección Civil debe tener presente los siguientes elementos:
3.1 Alarma
Ocurrido un evento destructivo, éste debe ser de conocimiento de un organismo o institución responsable de atender ese tipo de situaciones. Mientras no se reciba el aviso correspondiente, no existe ninguna posibilidad de dar respuesta oportuna. Por lo tanto, los sistemas de atención y aviso de la ocurrencia de emergencias deben ser muy conocidos por la comunidad para que ésta las comunique oportunamente al organismo responsable. El organismo de respuesta primaria o atención directa de la emergencia, con el propósito de optimizar el uso de sus recursos, procede a validar la información y despachar recursos sólo si la alarma recibida es correcta. Los servicios de respuesta primaria tienen procedimientos normalizados para validar alarmas. De no ser así, en el proceso de elaboración del plan específico de respuesta, basado en esta metodología, deberán quedar establecidos.
3.2 Comunicación e Información
El plan debe reflejar claramente las relaciones de comunicaciones entre los organismos y servicios involucrados. Esta cadena de comunicación se inicia con el organismo que recibe la alarma y comienza a extenderse a los servicios de respuesta primaria. De acuerdo al nivel de impacto del evento, se involucran escalonadamente otros organismos superiores y también los medios de comunicación social, en resguardo al derecho a saber de las personas.
El proceso de comunicaciones es un ciclo, una cadena en la cual cada una de las partes alimentará permanentemente al todo. Puede ir desde abajo hacia arriba o viceversa.
Dentro del manejo de información es necesario considerar dos áreas de trabajo: la interna, es decir, la correspondiente a toda aquella información que es propia de cada institución, para coordinar sus recursos y acciones; y la externa, es decir, toda aquella información que es traspasada de un organismo a otro, a través de la Cadena de Comunicaciones con el objetivo de lograr una mejor toma de decisiones de respuesta en los niveles que corresponda, como igualmente informar adecuada y oportunamente a la opinión pública.
Es necesario mantener un listado de los organismos, instituciones y servicios considerados en el plan. Este listado debe contener los nombres de los responsables institucionales frente al Plan y su forma de ubicación las 24 horas del día. Conocida o generada una Alarma, los responsables tendrán que autoconvocarse, es decir, concurrir sin necesidad que se les llame a participar en la superación de las situaciones de emergencia.
3.3 Coordinación
La coordinación es la armonía entre los elementos y acciones que se conjugan en una determinada situación, en función de un mismo objetivo. Supone trabajar en acuerdo, lo que resulta indispensable para controlar una situación de emergencia.
Para cada organismo, institución y servicio identificado en el Plan, deben establecerse previamente sus roles y las funciones específicas de cada rol al ser activada esta Planificación. Por otra parte, es fundamental que durante una situación de emergencia se establezca un Mando Conjunto, a través del cual cada uno cumpla con su respectivo rol.
En la Planificación se debe considerar la coordinación y comunicación entre los organismos, como también las relaciones intersectoriales e interinstitucionales con los niveles superiores.
3.4 Evaluación (Preliminar o Primaria)
En esta fase se debe establecer una valoración de las consecuencias producidas por la emergencia. Constituye una tarea destinada a objetivar las reales dimensiones del problema. Para tal efecto, el presente plan dispone como anexo integrado (Nº 8), el Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades, Plan Dedo$, el que apunta a objetivar respuestas para consultas claves, tales como ¿Qué pasó? ¿Qué se dañó? ¿Cuántos y quiénes resultaron afectados? El énfasis de la evaluación debe estar en las personas.
Como primera tarea es necesario clasificar el tipo de emergencia y su manifestación, lo que determinará las acciones y recursos que se destinen.
Luego se determinan los daños, es decir, los perjuicios o efectos nocivos ocasionados por la emergencia. Lo anterior se constata con efectos sobre las personas (heridos, damnificados, etc.); en la infraestructura (caída de puentes, edificios, cortes de caminos, etc.) y servicios básicos (suspensión de energía eléctrica, comunicaciones, agua, etc.); y en el medioambiente (contaminación del agua, polvo en suspensión, etc.).
De acuerdo al tipo de emergencia y los daños registrados, se generan necesidades que deben ir satisfaciéndose progresivamente para reestablecer la normalidad del área afectada.
La disponibilidad de recursos humanos, materiales y financieros al momento de ocurrir una emergencia, asociada a los daños y necesidades, determina la capacidad de respuesta del sistema social expuesto.
3.5 Decisiones
De acuerdo a los daños y, a las respectivas necesidades evaluadas, el Mando Conjunto adoptará las decisiones de atención y normalización de la situación en el menor plazo posible.
La prioridad de satisfacción de necesidades de las personas, puede considerar, de acuerdo al tipo de emergencia, la disposición de evacuaciones, traslados, reubicaciones, habilitación de albergues, asignación de tareas especiales, reunión de responsables, etc.
3.6 Evaluación (Secundaria o Complementaria)
La evaluación secundaria o complementaria, tiene por objetivo contar con antecedentes más acabados sobre las repercusiones del evento destructivo que afectó o aún se encuentra afectando un área determinada. Esta evaluación incluye un seguimiento de la comunidad afectada, si la hay, y una profundización sobre los daños a la infraestructura, los servicios y el ambiente. De acuerdo con los antecedentes que se recopilen, se adoptarán nuevas decisiones en función de normalizar la situación del área afectada. También en esta etapa se evalúa la efectividad de las decisiones adoptadas a partir de la primera evaluación. (Anexo Nº 8)
3.7 Readecuación (Reformulación de Planes)
Esta fase, a cargo del Comité de Protección Civil, permite un recordatorio de la importancia de aprovechar la experiencia, partiéndose del convencimiento que no existe, por muchas similitudes puntuales que se observen, ninguna emergencia igual a otra. Cada nueva experiencia va indicando medidas correctivas, para perfeccionar la planificación, como igualmente para evitar errores.
La metodología ACCEDER debe ser utilizada por los integrantes del Comité de Protección Civil para elaborar el Plan de Respuesta, con todos los antecedentes que ésta indica, como los necesarios a tener en cuenta de acuerdo a cada realidad local, para actuar armónicamente en el control de una situación de emergencia. Es el Comité el que deberá, con todos sus integrantes, abocarse al diseño del Plan de Respuesta de acuerdo a esta metodología, determinando, en primer lugar, las capacidades y competencias de cada organismo o instancia representada. A partir de ese diagnóstico, deberá darse a cada cual un rol y en plan especificarse funciones concretas para cada rol de acuerdo a competencias y capacidades y en función de cada una de las acciones a considerar para el cumplimiento de cada etapa de ACCEDER. Resulta pertinente en esta etapa, consultar esta metodología para los diversos tipos de riesgos, puesto que las distintas variables de emergencia obligan a distintas acciones de respuesta.
Se debe tener siempre presente que el núcleo o soporte clave de una respuesta eficaz a emergencias, es la evaluación oportuna de la misma, para disponer las acciones y recursos que sean necesarios para el control de la situación.
Estructurado el plan de respuesta, no se puede esperar la ocurrencia de una emergencia para probar su efectividad. El plan debe ponerse a prueba efectuando ejercicios de escritorio (simulaciones) y de movimientos físicos (simulacros), durante los cuales se examinan los roles, las coordinaciones, los accesos, los recursos, y en general, todo lo previsto en el Plan.
Los antecedentes que se obtengan de los ejercicios, servirán de base, si se estima necesario, para readecuar el plan. De las experiencias adquiridas y antecedentes que se recopilen, surgirán recomendaciones que permitan mejorar el sistema de respuesta a nivel local.
VI. PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS DE EMERGENCIA
De acuerdo al tipo de emergencia o desastre, el Sistema de Protección Civil se activa de acuerdo a los siguientes procedimientos:
1. Procedimiento para eventos destructivos de manifestación lenta
A.- Activación y Alerta
1. Ante la inminencia o real ocurrencia de una situación de emergencia, reacciona a lo menos, un organismo o institución componente del Sistema de Protección Civil, emitiendo un Informe Preliminar.
2. El responsable del Servicio involucrado analiza la información relativa a la situación y si determina que la capacidad de respuesta con los recursos disponibles se verá sobrepasada, informará de la situación al Director de Protección Civil y Emergencia del nivel correspondiente.
3. El Director de Protección Civil y Emergencia coordina la activación del sistema, teniendo presente que los organismos y/o servicios directamente involucrados en la atención de una emergencia ejecutarán automáticamente procedimientos de respuesta local, como también, medidas preventivas.
4. El Director de Protección Civil y Emergencia asumirá la coordinación del Plan de Respuesta específico en aplicación, teniendo presente en forma permanente, el informar a la Autoridad sobre la situación, los requerimientos y medidas adoptadas.
B.- Evaluación Operacional
1. La evaluación operacional se desarrolla en función de coordinar las necesidades de recursos humanos, materiales, técnicos y financieros, con el objetivo de salvar vidas, reducir daños y lograr el control de la situación en el mínimo tiempo.
2. Las necesidades de recursos se canalizan aplicando los principios de ayuda mutua y uso escalonado de recursos de acuerdo al Plan de ejecución y de acuerdo a las necesidades indicadas por el Mando Técnico, a través del Director de Protección Civil y Emergencia.
3. Una evaluación permanente, conforme a la evolución de la situación, determina la necesidad de activar o no al Comité y el Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E.).
C. Desactivación y Evaluación
1. Controlada la situación, evaluaciones sucesivas permiten desactivar la estructura del sistema de respuesta, en forma escalonada.
2. La situación de emergencia se considera superada cuando los organismos y/o servicios del Sistema de Protección Civil retornan a sus actividades habituales, no siendo necesaria la permanencia de una autoridad de coordinación superior.
3. Finalizado el evento generador que activó el plan de respuesta específico, éste debe evaluarse a nivel de Comité de Protección Civil y readecuarse, si es el caso, conforme a la experiencia adquirida, optimizando las medidas de prevención, mitigación y respuesta.
2. Procedimiento para eventos destructivos de manifestación súbita
A.- Activación y Alerta
1. Un evento destructivo de gran impacto sobre la población y/o bienes materiales e infraestructura, constituye una base de juicio suficiente para activar el Comité de Operaciones de Emergencia y el Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E.).
2. En caso de eventos destructivos de gran severidad y extensión, como por ejemplo un terremoto, la señal o alerta es el evento mismo, generando una autoconvocatoria a los miembros del Comité de Operaciones de Emergencia en el Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E.).
3. En caso de eventos limitados o circunscritos a un área de impacto puntual, o cuando su activación, corresponda a necesidades según la evolución de una emergencia de generación lenta, la señal de alerta fluye por los medios de comunicaciones previstos en la planificación.
4. Los miembros del Comité de Operaciones de Emergencia integrados en el C.O.E., durante las primeras horas posteriores al impacto o convocatoria, centralizan la recolección de información, con el propósito de evaluar los peligros que afectan a la población y su sistema social, determinando los daños más significativos, identificando las necesidades y movilizando los recursos locales de respuesta.
B.- Evaluación Operacional
1. La evaluación operacional se desarrolla en función de coordinar las necesidades de recursos humanos, materiales, técnicos y financieros con el objetivo salvar vidas, minimizar daños y lograr el control de la situación en el mínimo de tiempo.
2. Las necesidades de recursos se canalizan aplicando los principios de ayuda mutua y uso escalonado de recursos, de acuerdo al plan de respuesta específico en ejecución y de acuerdo a las necesidades requeridas por los Mandos Técnicos ejecutores a través del C.O.E.
3. Análisis y evaluaciones sucesivas permiten en el tiempo afinar la apreciación inicial, con el propósito de proveer información más completa a los miembros integrados en el C.O.E., permitiéndoles tomar decisiones oportunas y precisas, como a su vez diseminar la información procesada a los Mandos Técnicos ejecutores, autoridades y medios de comunicación social.
C. Desactivación y Evaluación
1. Controlada la situación, evaluaciones sucesivas permiten desactivar el C.O.E. y la estructura del sistema de respuesta en forma escalonada.
2. Cuando la autoridad correspondiente estima cumplido el objetivo para el cual se activó el C.O.E., se considera superada la situación de emergencia, descentralizándose la toma de decisiones y canalizándose la información por los conductos regulares.
3. Finalizado el evento generador que activó la planificación de emergencia específica, ésta debe evaluarse a nivel de Comité de Protección Civil y readecuarla, si es el caso, conforme a la experiencia adquirida, optimizándose las medidas de prevención, mitigación y respuesta.
VII. FLUJOS E INFORMES DE EMERGENCIA
1. Flujos de Información de Emergencia
La administración de emergencias y desastres implica la solución de situaciones complejas, lo que necesariamente obliga a que las autoridades cuenten con la mejor información posible, de forma tal, que permita cumplir con las tareas de respuesta y restablecimiento de la normalidad, oportuna y coordinadamente, como también informar verazmente a la población.
De esta manera toda la información relacionada con una emergencia o desastre debe fluir rápida, oportuna, concisa y confiablemente entre los niveles de decisión y operación considerados en el sistema de protección civil.
2. Informes de Emergencia. Evaluación de Daños y Necesidades
Para la administración de la información de emergencia, el Sistema Nacional de Protección Civil de Chile cuenta con el Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades en Situaciones de Emergencia y Desastre, Plan Dedo$ de ONEMI, que se aplica desde el nivel local, bajo administración municipal.
(Anexo Nº 8) Todo mensaje generado a partir de una emergencia o desastre que contenga información útil para la toma de decisiones e información pública, se denomina Informe de Emergencia.
Los Informes de Emergencia, en la medida que lo permita la claridad y consistencia de la información disponible, debe ser:
OPORTUNO: entregado a tiempo y sin demoras
innecesarias.
CONCISO: breve en el modo de explicar los hechos.
CONFIABLE: coincidir en lo esencial de su contenido
con la misma información que pueda
recibirse desde otras fuentes.
2.1. Tipos de Informes de Emergencia
Al ocurrir un evento destructivo se generan
informes que permiten conocer situaciones en
instantes diferentes de acuerdo a su evolución,
lo que determina la siguiente clasificación:
a.- INFORME PRELIMINAR: es un mensaje que indica
una apreciación inicial de un hecho ocurrido,
de posible valor inmediato. Este informe
permite activar al sistema de Protección Civil
constituyendo la señal de Alerta. La
utilización de información preliminar implica
necesariamente la existencia de un sistema de
validación, que incremente su confiabilidad.
b.- INFORME DE EMERGENCIA: es un informe emitido
por cada organismo técnico que actúa
directamente en la atención de un evento
destructivo. Este informe entrega información
sobre víctimas, damnificados, daños a la
propiedad pública, bienes y servicios, daño
forestal, recursos, entre otros, de acuerdo
al objetivo y el rol institucional específico
del organismo que lo emite.
c.- INFORME ESTADO DE SITUACION: es un informe
normalizado que registra en forma resumida
los daños a las personas, los bienes públicos
y privados, los servicios básicos, como
también las decisiones adoptadas,
oportunidades de restablecimiento de la
situación, recursos involucrados, necesidades,
entre otros, permitiendo determinar la
severidad de un evento destructivo en un
momento determinado y analizar integralmente
sus consecuencias, a la vez que proponer las
acciones prioritarias dentro de la mayor
objetividad posible.
Este documento se basa en los Informes de
Emergencia que entregan o elaboran los
organismos e instituciones involucradas en la
respuesta ante la ocurrencia de un evento
destructivo. Se canaliza a través de las vías
o canales de Gobierno Interior. Permite a las
Autoridades y Coordinadores de Emergencia
facilitar la toma de decisiones y la
información pública.
El Informe de Estado de Situación es, por lo
tanto, el Informe de Emergencia de los
responsables de la gestión de Protección
Civil en los niveles comunal, provincial,
regional y nacional.
En el ámbito estrictamente técnico, el
Informe de Estado de Situación de un evento
destructivo se denomina Informe de Evaluación
de Daños y Necesidades.
Las evaluaciones, de acuerdo al momento que
se realicen, pueden ser:
a. Inicial, que se efectúa inmediatamente de
ocurrido el evento. Normalmente el informe
inicial se desarrolla en dos instancias,
primero un Informe Preliminar (Aviso), que
posteriormente se precisa con un Informe
Complementario.
La evaluación inicial permite determinar el
impacto y capacidad de respuesta local del
evento, afectación de daños a las personas,
vivienda, servicios e infraestructura
básica, decisiones y acciones inmediatas,
como también los recursos involucrados.
Este Informe estima el tipo de ayuda
prioritaria y detecta puntos críticos para
restablecer las condiciones de normalidad
mínimas para las personas y sus bienes.
b. Avance, registra la evolución del evento
en forma continua a través del tiempo,
correspondiendo a verdaderas fotografías
que reflejan las acciones o soluciones de
emergencia, recursos involucrados y
decisiones adoptadas para controlar y
superar la situación.
c. Final o Consolidado, se efectúa una vez
superada la situación de emergencia o
desastre y cuando se ha entrado a la etapa
de reconstrucción. Este informe entrega
un diagnóstico inicial de la situación,
evolución de las apreciaciones a través
de una visión global y una profundización
sectorial. Este tipo de evaluaciones
constituyen verdaderos "Estudios de Casos",
de gran valor para la reconstrucción y
perfeccionamiento o actualización de la
planificación.
Es importante destacar que todos los eventos destructivos generan una evaluación Inicial (Preliminar y Complementaria). Algunos, de mayor impacto o gravedad, requieren uno o más informes de Avance. Todos los eventos deben culminar con un Informe Final o Consolidado, con el propósito de impulsar actividades de prevención, preparación y respuesta con antecedentes reales, que incidan directamente en el desarrollo de un área jurisdiccional determinada.
d.- Informe a la población: mensajes que
entregan las autoridades con el propósito
de dar a conocer a la población la gravedad
de una situación de emergencia en su justa
medida, para disminuir la incertidumbre,
ansiedad y conmoción natural.
En situaciones de emergencia o desastre,
la generación centralizada de una
información oportuna, sobria y veraz,
difundida descentralizadamente a través
de los medios de comunicación social, es
el recurso más directo e inmediato para
evitar la proliferación de rumores
infundados.
El Sistema de Evaluación de Daños y de Necesidades, Plan Dedo$ de ONEMI, consulta los diversos instrumentos y respectivos procedimientos de uso, para administrar adecuadamente la información de emergencia como base para la adopción de decisiones más efectivas y eficaces de respuesta, a la vez que permite sustentar de modo más objetivo la información que se entrega a la población.
VIII. MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
1. Administrativas
1.1. Todos los organismos e instituciones
participarán en la planificación en aquellos
ámbitos que le competen, derivados del marco
de gestión general. Para materializar el
cumplimiento de los objetivos, instruirán a
sus servicios dependientes, según corresponda,
para incorporarlo en su planificación específica.
1.2. Para un adecuado cumplimiento de la planificación
de Protección Civil es necesario considerar la
debida asignación presupuestaria para la
ejecución de programas de Prevención y Respuesta.
1.3. El desarrollo de estudios y estadísticas
permanentes y valorizadas de los avances de los
programas de Gestión en Protección Civil; la
evaluación de daños directos e indirectos
producto de emergencias y desastres; análisis
pormenorizados del impacto social y económico
generado por tales eventos, deben servir de
base informativa para los procesos nacional y
locales de Desarrollo Social.
2. Económicas
2.1. El costo de la ejecución de los aspectos que
le comprometen, en Gestión de Prevención,
serán de cargo de cada uno de los Ministerios,
Servicios, Intendencias, Gobernaciones y
Municipios, además de los servicios afines.
2.2. Los viáticos de los funcionarios que deben
cumplir Comisiones de Servicio motivadas por
la Planificación que resulte, para los fines
antes vistos, serán cancelados por la
Organización o Servicio a la cual pertenezca
el o los funcionarios.
2.3. Cada Ministerio, Servicio u Organización empleará
sus propios recursos, pudiendo éstos ser
incrementados de acuerdo a circunstancias y
disposiciones vigentes.
IX. RESPONSABILIDAD Y COORDINACION
La responsabilidad de la Gestión en Protección Civil es de las autoridades de cada nivel administrativo del Estado, según corresponda: Ministro del Interior, Intendente, Gobernador o Alcalde.
A nivel nacional, la coordinación es de responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior -ONEMI-; a nivel regional, provincial y comunal es de responsabilidad de los Directores de Protección Civil y Emergencia respectivos.
ANEXO Nº 1: Referencias Legales
1. ESTRUCTURA BASICA DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCION CIVIL:
1.1. CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE.
El art. 1º, inciso 5º, establece que es deber
del Estado dar protección a la población. El art.
32, Nº 7, previene que es atribución del
Presidente de la República declarar los estados
de excepción constitucional.
1.2. LEY Nº 18.415, LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL SOBRE
ESTADOS DE EXCEPCION. Complementa la regulación
del "Estado de Catástrofe".
1.3. DFL Nº 7.912, DE 1927, DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR, LEY ORGANICA DE MINISTERIOS. Conforme
a su art. 30, letra a), corresponde al Ministerio
del Interior todo lo relativo al mantenimiento
de la seguridad, tranquilidad y orden públicos.
1.4. LEY Nº 16.282, TITULO I, DISPOSICIONES
PERMANENTES PARA CASOS DE SISMOS O CATASTROFES.
Texto refundido fijado por DS Nº 104, de 1977,
de Interior. Modificaciones posteriores: leyes
Nºs. 18.522 y 19.905. Autoriza para declarar
"ZONA AFECTADA POR CATASTROFE", en casos de
sismos o catástrofes que provoquen daños de
consideración en las personas o en los bienes.
1.5. DL Nº 369, DE 1974, LEY ORGANICA DE LA OFICINA
NACIONAL DE EMERGENCIA. Servicio público
dependiente del Ministerio del Interior,
encargado de planificar, coordinar y ejecutar
las actividades destinadas a prevenir o
solucionar los problemas derivados de sismos
o catástrofes.
1.6. DS Nº 509, DE 1983, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.
Reglamento para la ley orgánica de la Oficina
Nacional de Emergencia del Ministerio del
Interior, ONEMI.
1.7. LEY Nº 19.175, ORGANICA CONSTITUCIONAL SOBRE
GOBIERNO Y ADMINISTRACION REGIONAL. Texto
refundido fijado por DS Nº 291, de 1993, de
Interior. Sus arts. 2º, letra ñ), y 4º letra e),
asignan a los Intendentes y Gobernadores,
respectivamente, la función de adoptar todas
las medidas necesarias para prevenir y enfrentar
situaciones de emergencia o catástrofe. Conforme
al art. 16, letra f), es función general del
Gobierno Regional adoptar las medidas necesarias
para enfrentar situaciones de emergencia o
catástrofe y desarrollar programas de prevención
y protección ante situaciones de desastre.
1.8. DFL Nº 22, DE 1959, LEY ORGANICA DEL SERVICIO
DE GOBIERNO INTERIOR. Deben considerarse las
normas que otorgan facultades para casos de
emergencia que se entienden aún vigentes, por
ej. arts. 20 y 26.
1.9. LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE
MUNICIPALIDADES. Texto refundido fijado por el
DFL 1/19704 de 2002 de Interior. El art. 4º,
letra i), se refiere a las funciones de las
Municipalidades, relacionadas con la prevención
de riesgos y la prestación de auxilio en
situaciones de emergencia.
2. EJEMPLOS DE NORMAS DE IMPORTANCIA RELATIVAS A PROTECCION CIVIL.
2.1. CODIGO SANITARIO. Contiene normas para casos
de amenazas o peligro de epidemias, epidemias
declaradas y emergencias que signifiquen grave
riesgo para la salud o la vida de los habitantes.
2.2. CODIGO DE AGUAS. Confiere facultades para
prevenir inundaciones y otros riesgos y para
declarar zonas de escasez en épocas de
extraordinaria sequía.
2.3. LEY Nº 19.061. Establece normas sobre Fomento
a Obras de Riego en Zonas Afectadas por Sismos
o Catástrofes. Modificada por ley Nº 19.316.
2.4. DS. Nº 294, DE 1984, DEL MINISTERIO DE OBRAS
PUBLICAS. Contiene el texto refundido de la Ley
Orgánica del Ministerio de Obras Públicas. El
art. 86 le otorga facultades especiales para la
contratación de obras en casos de emergencia
calificados por decreto supremo.
2.5. DS. Nº 119, DE 1984, DEL MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES. Reglamento
del Servicio de Aficionados a las
Radiocomunicaciones. Su Título X, arts. 70 y
sgtes., contienen normas sobre Redes de
Emergencia.
2.6. DS. Nº 298, DE 1994, DEL MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES. Contiene el
Reglamento del Transporte de Cargas Peligrosas
por Calles y Caminos.
2.7. DS. Nº 733, DE 1982, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.
Reglamento sobre Prevención y Combate de
Incendios Forestales.
2.8 DS. Nº 26, DE 1966, DEL MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL. Designa al Instituto Hidrográfico de
la Armada (denominado actualmente Servicio
Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile -SHOA- según lo dispuso la ley Nº 19.002)
ante el Sistema Internacional de Alarma Tsunami
del Pacífico y Crea un Sistema Nacional de
Alarma de Maremotos.
2.9. DS Nº 708, DE 1989, DEL MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL. Reorganiza el Servicio de Búsqueda y
Salvamento Aéreo (SAR) que tiene por misión
efectuar la búsqueda de aeronaves y salvamento
de sus ocupantes, que se hallen en peligro o
perdidos dentro de su área jurisdiccional.
Además, en la medida que su función primaria
y medios lo permitan, prestará ayuda en la
búsqueda y salvamento de personas en otro tipo
de emergencias.
2.10 DS. Nº 753, DE 1975, DEL MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL. Actualiza Normas y Métodos recomendados
por la Organización de Aviación Civil
Internacional (O.A.C.I.) sobre Búsqueda y
Salvamento.
ANEXO Nº 2
Principios Básicos de la Protección Civil
La Protección Civil se sustenta en dos principios: Ayuda Mutua y Empleo Escalonado de Recursos.
1. La AYUDA MUTUA plantea que para ser eficaces en sociedad, las personas e instituciones requieren trabajar en equipos multidisciplinarios e interinstitucionales en el diseño y establecimiento de programas de Seguridad y Protección Civil.
2. El EMPLEO ESCALONADO DE RECURSOS plantea la utilización eficiente de los medios disponibles; vale decir, un uso o movilización gradual de recursos humanos, técnicos y materiales desde el nivel individual hasta satisfacer las necesidades que demande un plan o un programa en particular.
Estos principios deben estar presentes en todo el proceso de planificación, sirviendo de sustento en el momento de la ejecución de los distintos programas que conforman el Marco de Acción en Protección Civil.
ANEXO Nº 3
Riesgo en el Ambito de la Protección Civil
La acción principal de la Protección Civil está centrada en el concepto de Riesgo. Por lo tanto, es importante acordar cuál es el significado de Riesgo y de los factores que lo condicionan, vistos desde el sujeto, objeto o sistema expuesto.
El Riesgo es la probabilidad de exceder un valor específico de daños sociales, ambientales y económicos en un lugar dado y durante un tiempo de exposición determinado. El valor específico de daños se refiere a las pérdidas que la comunidad está dispuesta a asumir, y se conoce como Riesgo Aceptable.
El Riesgo se configura por la relación entre factores de Amenaza y factores de Vulnerabilidad, y son interdependientes y directamente proporcionales. Los Escenarios de Riesgos, en tanto, se configuran de acuerdo a las variables de riesgo independientes o interrelacionadas en un área determinada, todo lo cual requiere de rigurosos estudios para acceder a una adecuada estimación de Riesgos a considerar en las respectivas planificaciones de desarrollo sostenible.
La Amenaza se concibe como un factor externo de riesgo, representado por la potencial ocurrencia de un suceso de origen natural o generado por la actividad humana, que puede manifestarse en un lugar específico, con una intensidad y duración determinadas.
La Vulnerabilidad se concibe como un factor interno de riesgo de un sujeto, objeto o sistema expuesto a una amenaza, que corresponde a su disposición intrínseca a ser dañado.
ANEXO Nº 4
Ciclo Metodológico para el Manejo del Riesgo
Se entiende por Gestión y Manejo del Riesgo al conjunto de actividades derivadas de la administración de la Protección Civil y que corresponden al esfuerzo de detección y dimensionamiento de los mismos, para prevenir su degeneración en eventos destructivos (emergencias o desastres), o bien, frente a los inevitables, responder minimizando las pérdidas y acrecentando las capacidades de recuperación ante sus efectos: emergencias.
Sólo recientemente en el mundo, las instancias a cargo del manejo de emergencias y desastres, han ido incorporando en su base de gestión una visión analítica del riesgo. Para ello, el Riesgo, presente en todo sistema social se aborda metodológicamente a partir de una secuencia cíclica, con etapas relacionadas. Estas etapas son la Prevención (Supresión), Mitigación, Preparación, Alerta, Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción. El ciclo se conforma por sí solo frente a cada reconstrucción emprendida con enfoque preventivo.
Todas las actividades a ejecutar en cada una de las etapas, llevan integrado el concepto de DESARROLLO SOSTENIBLE, entendido como el aumento acumulativo y durable o sostenible de cantidad y calidad de bienes, servicios y recursos de una comunidad, unido a cambios sociales y culturales, en función de un mejoramiento continuo y equitativo de la seguridad como factor de calidad de vida humana, sin comprometer los recursos de las generaciones futuras.
1. Fases y Etapas del Ciclo del Manejo del Riesgo
Para una mejor comprensión, las etapas de Ciclo del Manejo del Riesgo se han agrupado en tres fases, Prevención, Respuesta y Recuperación:
PREVENCION
En la Prevención están involucradas todas aquellas actividades destinadas a intervenir en el Riesgo, vale decir, las acciones y gestiones previas a la ocurrencia del daño o del evento adverso, a fin de evitarlo o suprimirlo definitivamente y, de no ser posible, reducir al máximo los efectos que sobre las personas, los bienes y el medio ambiente puedan llegar a provocar los fenómenos naturales o antrópicos (de origen humano).
Esta fase metodológica considera las etapas de: Prevención, propiamente tal; Mitigación; Preparación y Alerta, comprendiendo todas aquellas actividades destinadas a evitar o reducir la amenaza y/o la vulnerabilidad ante el riesgo o sus consecuencias.
Prevención - (Supresión): Son todas aquellas actividades destinadas a suprimir o evitar definitivamente que sucesos naturales o generados por la actividad humana causen daño. (Ejemplo: Erradicación de viviendas desde lugares de riesgo; erradicación de industrias localizadas en zonas urbanas; sistema de cierre automático de válvulas para evitar escapes de sustancias químicas, y de extinción rápida para impedir incendios).
Mitigación: Son todas aquellas actividades tendientes a reducir o aminorar el riesgo, reconociendo que en ocasiones es imposible evitar la ocurrencia de un evento. (Ejemplos: códigos de construcción sismorresistentes de edificios; obras de represamiento o encauzamiento de ríos o canales; construcción de vías exclusivas para transporte, de carga peligrosa).
Preparación: Conjunto de medidas y acciones previas al evento destructivo, destinadas a reducir al mínimo la pérdida de vidas humanas y otros daños, organizando las medidas y procedimientos de respuesta y rehabilitación para actuar oportuna y eficazmente. (Ejemplos: Inventario de recursos humanos y financieros; elaboración de Planes de Respuesta; determinación de coordinaciones y sus procedimientos, ejercicios de simulacros y simulaciones; Capacitación de personal y de la comunidad; entrenamiento operativo; información a la comunidad).
Alerta: En su fase temprana, es un estado de vigilancia y atención permanente; a la vez que pasa a ser un estado declarado cuando se advierte la probable y cercana ocurrencia de un evento adverso, con el fin de tornar precauciones específicas. La declaración de alerta debe ser: Clara y comprensible, accesible, vale decir, difundida por el máximo de medios; inmediata, sin demora, puesto que cualquier retardo puede sugerir que el evento no es ni probable ni cercano; coherente, sin contradicciones; oficial, procedente de fuentes autorizadas.
RESPUESTA
Corresponde a las actividades propias de atención ante un evento destructivo y se llevan a cabo inmediatamente de ocurrido el evento. Tienen por objetivo salvar vidas, reducir el impacto en la comunidad afectada y disminuir pérdidas. (Ejemplos: búsqueda y rescate, asistencia médica, evacuación, alojamiento temporal, suministro de alimentos y abrigo).
RECUPERACION
Corresponde a las actividades posteriores al evento destructivo y tiene por objetivo volver al estado de desarrollo previo y, más aún, intentando superar ese nivel. Considera las etapas de Rehabilitación y Reconstrucción.
Rehabilitación: corresponde al período de transición comprendido entre la culminación de las acciones de respuesta y el inicio de las acciones de reconstrucción. La Rehabilitación consiste en la recuperación, en el corto plazo, de los servicios básicos e inicio de la reparación del daño físico, social y económico. (Por ejemplo: restablecimiento del servicio de agua potable, de la energía eléctrica; despeje de caminos).
Reconstrucción: consiste en la reparación y/o reemplazo, a mediano y largo plazo, de la infraestructura dañada y, en la restauración y/o perfeccionamiento de los sistemas de producción.
(Ejemplos: Construcción de viviendas y edificios públicos; reparación de carreteras y aeropuertos; reforestación; recuperación agrícola; pavimentación de carreteras; ordenamiento territorial).
2. Interrelación entre las Fases y Etapas
Existe una estrecha interdependencia entre las distintas actividades de cada fase y sus respectivas etapas, lo que no permite delimitar con exactitud cada una de ellas. No hay precisión sobre el comienzo y término de cada una de ellas; de allí que el modelo se aborde a partir de un ciclo. Por tanto, el administrador en Protección Civil puede tomar decisiones en la etapa de respuesta que promuevan una rehabilitación más rápida (Fase Recuperación); o en la etapa de Reconstrucción (Fase Recuperación) decidir conductas que favorezcan la reducción del riesgo o mejoren la preparación (Fase Prevención).
ANEXO Nº 5
Ambitos de Gestión de la Protección Civil
Ambito de la Prevención / Ambito de la Respuesta
La gestión en Protección Civil debe responder a la realidad de un área jurisdiccional determinada, interrelacionando amenazas, vulnerabilidades y recursos que permitan orientar la acción en prevención, mitigación y preparación como un proceso participativo y continuo en el tiempo, de revisión y perfeccionamiento permanente.
La estructura para la gestión en Protección Civil para cada nivel jurisdiccional -comuna, provincia, región o país- está dada por los siguientes ámbitos:
1. AMBITO DE LA PREVENCION
Parte importante del proceso de consolidación del Desarrollo de un País está asociado fuertemente a las acciones de Prevención y de Mitigación en todo orden de materias. Esta perspectiva obliga a diseñar líneas de acción integrales y participativas, invitando a todos los sectores, instituciones y actores sociales a aportar lo que corresponda a sus capacidades y competencias, en los contextos económico, social y político, basados en estudios técnicos rigurosos y en la percepción de las personas frente al riesgo.
Para ello, deben estructurarse permanentemente Programas de Trabajo, para una labor continuada en cada nivel jurisdiccional, siendo los básicos:
2. Programa Permanente de Microzonificación de Riesgos y de Recursos, como base diagnóstica para la Planificación, de actualización periódica.
3. Programa de Educación, desde el Sistema Escolar.
4. Programa de Coordinación Interinstitucional e Intersectorial, a partir de los Comités de Protección Civil, de gestión Permanente.
5. Programa de Alerta Temprana por Riesgos Específicos, de acuerdo a mecanismos de coordinación y de análisis de información técnica.
6. Programa de Sensibilización y Orientación Masiva.
7. Programa de Participación Comunitaria en el nivel local.
8. Programa de Preparación y de Manejo de la Información.
9. Programa Global de Capacitación.
10. Programa de Actualización permanente de los Planes Operativos de Respuesta por Riesgos Específicos.
11. Programa de Mejoramiento continuo de los Sistemas de Comunicación para las Coordinaciones de Gestión Preventiva y de Respuesta.
2. AMBITO DE LA RESPUESTA
Para la planificación global de respuesta, se deben considerar:
1. Clasificación de los eventos destructivos Desde el punto de vista de su origen, las emergencias o desastres se clasifican según su Origen y Manifestación:
1.1.1. Según su Origen
Desde el punto de vista de su origen, las
emergencias y desastres se clasifican en:
a. De Origen - Natural
Son aquellas derivadas de la manifestación
de amenazas generadas por fenómenos
naturales sobre un sistema vulnerable. Se
enmarcan en dos grandes ámbitos, las de
tipo geológico -terremotos, erupciones
volcánicas, tsunamis- y las de tipo
hidrometeorológico -sequía, temporales,
aluviones, nevadas-, sin embargo algunas
de ellas pueden relacionarse al confluir
dos o más en un mismo momento, o pueden
ser gatilladas por ambas, como lo son los
deslizamientos y la erosión.
b. De Origen Antrópico
Emergencias o desastres que se manifiestan
a partir de la acción del propio hombre y
sus interrelaciones, muchas veces en función
de su desarrollo, o a veces originadas
intencionalmente. Son eventos adversos de
origen humano (antrópico) los incendios,
los accidentes de tránsito, aéreo,
marítimos, etc., las explosiones, los
derrames, la contaminación ambiental, el
terrorismo, etc.
1.2. Según su Manifestación
Desde el punto de vista de su manifestación,
las emergencias o desastres se clasifican en:
a. De Manifestación Lenta
Son aquellos fenómenos o eventos de lento
desarrollo, que por su duración, extensión
y severidad, terminan generando daños
materiales y/o humanos, con características
de emergencia o desastre, por ejemplo:
sequías, algunos temporales, contaminación
ambiental, desertificación, etc.
b. De Manifestación Súbita
Son aquellos eventos de desarrollo
intempestivo, las más de las veces violento,
generando daños materiales y humanos con
características de emergencia o desastre;
por ejemplo: terremotos, explosiones químicas,
etc.
2. Sistema Nacional de Alertas
Los integrantes y recursos del Sistema de Protección Civil, ante la presencia o la posible ocurrencia de una emergencia o desastre, se ponen en sobreaviso mediante una señal de alerta, la que determina una acción conjunta, bajo una coordinación superior orientada por los principios de ayuda mutua y empleo escalonado de los recursos.
2.1. Tipos de Alerta
Entendiendo la Alerta Verde, como instancia
primaria, que implica la vigilancia permanente
de las distintas áreas y escenarios de riesgos,
el Sistema Nacional de Alertas establece la
señal de Alerta del Sistema de Protección Civil,
en dos grados:
Alerta Amarilla
Se establece cuando una amenaza crece en
extensión y severidad, lo que lleva a suponer
que no podrá ser controlada con los recursos
locales habituales, debiendo alistarse los
recursos necesarios para intervenir, de acuerdo
a la evolución del evento destructivo.
Alerta Roja
Se establece cuando una amenaza crece en
extensión y severidad, requiriéndose la
movilización de todos los recursos necesarios
y disponibles, para la atención y control del
evento destructivo.
Una Alerta Roja, de acuerdo al tipo de evento
destructivo, podrá establecerse de inmediato,
sin que medie previamente una Alerta Amarilla,
2.2. Amplitud y Cobertura de una Alerta
Los recursos comprometidos y área de una Alerta
se definen por la Amplitud y la Cobertura.
La Amplitud de la Alerta depende de la emergencia
o desastre que haya determinado su activación,
pudiendo abarcar a la totalidad de las
instituciones y organismos del Sistema de
Protección Civil del área afectada, o solamente
a aquellos involucrados directamente en la
atención de una emergencia determinada. La
Cobertura (Extensión) de la alerta depende de
la superficie geográfica afectada o que pudiera
ser afectada por una emergencia o desastre
obedeciendo a la división político-administrativa
del país. La cobertura puede incluir a:
- una o más comunas
- una o más provincias
- una o más regiones
- todo el país
2.3. Establecimiento de una Alerta
Una Alerta es solicitada por los organismos
técnicos, a través de los Directores de
Protección Civil o Emergencia, a la Autoridad
del nivel que corresponda, quien la calificará
y la establecerá con la Amplitud y Cobertura
necesarias. También puede ser solicitada a la
Autoridad por estos Directores, de acuerdo a
la evaluación que efectúen de los antecedentes
que los organismos técnicos y/u operativos le
proporcionen.
3. Evaluación del Impacto de un evento destructivo
La capacidad de respuesta en relación a los daños, es el único factor objetivo que permite determinar, en el mínimo tiempo posible, la dimensión de un evento, con el fin de priorizar y disponer las acciones más efectivas para el control de la situación.
De acuerdo a este criterio, los eventos destructivos se clasifican según cuatro niveles de impacto:
- Nivel I situación que es atendida con recursos locales
habitualmente disponibles para emergencias.
- Nivel II situación que es atendida con recursos locales
adicionales dispuestos para emergencias, sin
exceder su capacidad. Normalmente se establece
una coordinación a nivel comunal.
- Nivel III situación que sobrepasa la capacidad local de
respuesta. Se establece una coordinación a
nivel provincial o regional.
- Nivel IV situación que sobrepasa la capacidad regional
requiriéndose el apoyo de recursos dispuestos
y/o coordinados por el nivel nacional.
Los Niveles I y II se asocian al concepto de Emergencia; el Nivel III al de Emergencia Mayor o Compleja y el Nivel IV al concepto de Desastre.
La información destinada a dimensionar el evento y, por tanto, sustantiva para la toma de decisiones de respuesta, se registra según los instrumentos normalizados que integran el Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades en Situaciones de Emergencia y Desastre, Plan Dedo$ de Onemi.
Por lo tanto, los niveles descritos, se relacionan con dos factores interrelacionados: Recursos Necesarios y Coordinaciones Necesarias.
Estos niveles de respuesta pueden verse alterados en las decisiones a adoptar, cuando el área o personas afectadas por el evento, revisten determinada prominencia o incidencia en la economía, opinión pública o habitualidad de vida de las personas. En tales casos, muchas veces deben establecerse coordinaciones superiores, de modo independiente de las necesidades de recursos.
ANEXO Nº 6
Mandos:
Técnico, de Coordinación y de Autoridad
1. Al ocurrir una emergencia siempre participa por lo menos un organismo de respuesta, que se relaciona con el conocimiento y manejo del evento específico, constituyendo un MANDO TECNICO frente a esa situación.
Este Mando Técnico es reconocido por otros organismos que concurren a la emergencia y tácitamente se convierten en servicios de apoyo a la función principal de acuerdo a sus funciones específicas.
Ejemplo: En la ocurrencia de un incendio urbano se
reconoce que el Mando Técnico lo ejerce
Bomberos. Concurren además, Carabineros,
unidades de Salud, servicios Municipales
-asistencia social- , servicios básicos,
como de electricidad, gas, etc.-; que giran
en torno a la actividad que realiza Bomberos,
reconociendo su liderazgo en la materia. Así
también los Medios de Comunicación centran
su actividad principalmente en la información
que pueda entregar Bomberos.
2. De acuerdo al tipo o desarrollo de una emergencia, el Mando Técnico detecta que, para poder controlar la situación, requiere de recursos o acciones que no puede obtener por sí mismo, como tampoco de los organismos que participan habitualmente en este tipo de situaciones, por lo tanto, se requiere una instancia que coordine.
Se establece de esta forma una Coordinación que, basada en la información y evaluaciones que efectúa el Mando Técnico, genera la instancia de relación entre los recursos destinados a cubrir una emergencia, y la Autoridad de Gobierno Interior de un área jurisdiccional determinada. Corresponde asumir la coordinación al Director de Protección Civil o Emergencia.
Ejemplo: En la ocurrencia de un incendio forestal
se reconoce como Mando Técnico a Conaf,
que recibe el apoyo habitual de Bomberos,
Carabineros y frecuentemente de empresas
privadas. El Mando Técnico (CONAF), de
acuerdo a una evaluación de la emergencia,
determina que con los recursos habituales
no es posible controlar la situación y se
comunica con el Director de Protección Civil
informando la situación y solicitando la
activación del Plan específico en sus grados
de alerta convenidos, estableciéndose así
la instancia de coordinación.
Se establece así una relación entre los recursos destinados al combate de incendios forestales, las diponibilidades de recursos y la Autoridad de un área jurisdiccional determinada.
3. En emergencias complejas o mayores donde existen diferentes organismos técnicos asociados a una temática particular y que individualmente no pueden dar solución a una situación de índole general, se establece un Mando Técnico Sectorial, que permite estructurar bajo una Autoridad Sectorial todas las actividades y a los organismos técnicos asociados.
Ejemplo: Para el caso de la sequía las acciones
iniciales son abordadas por organismos
técnicos del sector Agricultura
separadamente. Al detectarse la necesidad
de abordar el problema más integralmente,
se crea una instancia sectorial denominada
Comisión Sequía, que puede cumplir acciones
concretas con respecto a un mejor
aprovechamiento del recurso agua en el
sector, forraje, créditos, etc.
4. La instancia de Coordinación adquiere vital importancia dado que tiene una visión global sobre un área jurisdiccional determinada. Es así que en emergencias complejas y desastres los escenarios pueden ser múltiples y, considerando que los recursos son limitados, resulta la instancia clave por el manejo de información, permitiendo a través de esta vía detectar las prioridades y proponer a la Autoridad de Gobierno Interior, las acciones que técnicamente resultan convenientes adoptar.
Ejemplos: 4.1. Según el mismo ejemplo de la sequía,
se detecta que pese a los esfuerzos y
acciones que realiza la Comisión
Sequía, el problema de fondo está en
el recurso Agua, que no sólo afecta al
sector agricultura en su globalidad,
sino también a la persona fuera del
sector y también a fuentes generadoras
de energía. El sector agricultura no
puede resolver el problema del agua,
por lo tanto adquiere relevancia el
Sector Obras Públicas. Esta situación
hace sugerir que la instancia de
trabajo pase a ser una Comisión
Multisectorial, liderada por el sector
agricultura (Mando Técnico)
conjuntamente o con el apoyo directo
del sector Obras Públicas. Aquí se
requiere la constitución de la
instancia de Coordinación -ONEMI-
que maneje la información global y
se establezca una relación con otros
sectores y la Autoridad, en este caso,
Ministro del Interior.
4.2. En el sector Salud para el caso del
cólera, se estableció rápidamente un
Mando Técnico Sectorial, que involucró
bajo una estrategia común a todos los
organismos técnicos del sector. Cabe
hacer presente en este caso, que el
cólera ha sido siempre manejado siempre
bajo el término emergencia y nunca
como desastre. Esto significa que la
opción de generar un Mando Técnico
sectorial o de nivel superior, es
válido siempre, y que las decisiones
preventivas durante una situación de
emergencia (anticiparse a una
situación peor), resultan eficientes
y eficaces. Estas decisiones no
dependen de la emergencia en sí, sino
del conocimiento acabado sobre el
comportamiento de un fenómeno, que
permita anticiparse de manera más
eficiente a una situación peor.
4.3. En casos de terremotos, se presentan
múltiples escenarios, donde en primera
instancia actúan los organismos de
respuesta primaria en tareas de
búsqueda, rescate, atención de personas
y albergue. Una vez superado el primer
instante, las soluciones fluyen
sectorialmente, en este caso la
instancia de Coordinación resulta
clave, ya que permite manejar
centralizadamente la información,
priorizar los niveles de impacto,
permitiendo una solución integral a
los problemas generados por el
desastre.
4.4. En el caso de los incendios forestales,
la instancia de Coordinación se
establece inmediatamente a nivel
superior (Gobernación o Intendencia),
dado que la experiencia indica que
para una eficiente y efectiva acción
en este tipo de emergencias, debe
situarse la coordinación en un nivel
que permita movilizar recursos a
través de la Autoridad que abarca más
allá del área jurisdiccional
denominada comuna.
5. En la administración de emergencias o desastres siempre existe un Mando Técnico, ejercido por la organización que por disposiciones legales o de procedimientos es reconocido como tal. En torno a este Mando Técnico actúan diferentes organizaciones en su respectivo ámbito operativo, que necesitan trabajar coordinadamente para superar la situación adversa. Se genera así un Mando Conjunto, donde las instituciones que apoyan al Mando Técnico requieren de una instancia de intercambio de ideas y visiones, ya que sus distintas estrategias deben ser canalizadas hacia un objetivo común.
En el Sistema de Protección Civil todas las organizaciones participantes tienen y obedecen a sus propios jefes, no existiendo una subordinación formal, pero reconociendo tácitamente un mando superior representado por el Mando Técnico.
6. Por lo tanto, en la funcionalidad del Sistema de Protección Civil en sus fases de Prevención, Respuesta y Recuperación y actividades relacionadas al Ciclo del Manejo del Riesgo, siempre es posible identificar tres tipos de Mando:
Mando Técnico, asociado a una organización o sector con especialidad en el tipo de evento.
Mando de Coordinación, radicado en los Directores de Protección Civil y Emergencia.
Mando de Autoridad, radicado en las Autoridades de Gobierno Interior (Alcalde, Gobernador, Intendente, Ministro del Interior).
ANEXO Nº 7
Presidencia
AMBITO DE AMBITO DE
PREVENCION RESPUESTA
Ministerio
del Interior ONEMI
Comité de Comité de C
Protección Civil Operaciones de O
Emergencia E
Representación Nacional
Intendencia Dirección Regional de Protección Civil
Regional
Comité de Comité de C
Protección Civil Operaciones de O
Emergencia E
Representación Regional
Gobernación Dirección Provincial de Protección Civil
Provincial
Comité de Comité de C
Protección Civil Operaciones O
Emergencia E
Municipalidad Representación Provincial
Dirección Comunal de Protección Civil
Comité de Comité de C
Emergencia Operaciones O
Emergencia E
Representación Comunal
Autoridad
Asesoría
Coordinación Técnica
ANEXO Nº 8
Manual del Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades en
Situaciones de Emergencia y Desastre
Plan Dedo$
1. Introducción
La administración de emergencias y desastres implica la solución de situaciones complejas, lo que necesariamente obliga a que las autoridades cuenten con la mejor información posible, de forma tal que permita cumplir con las tareas de respuesta y restablecimiento de la normalidad de manera oportuna coordinadamente, como también informar verazmente a la población.
De esta manera, toda la información relacionada con una emergencia o desastre debe fluir rápida, oportuna, concisa y confiablemente entre los niveles de decisión y operación considerados en el Sistema de Protección Civil.
Decisiones de respuesta eficientes y eficaces gravitan directamente en el proceso de desarrollo de las comunidades afectadas por una emergencia o un desastre. Para ello, una correcta evaluación de daños y necesidades, con los instrumentos adecuados, permite conformar una base de datos destinada al resguardo y mejoramiento de la calidad de vida de las personas, mediante acciones acertadas de respuesta y, posteriormente, para la planificación de obras y acciones de prevención, mitigación y preparación en función del desarrollo sustentable.
2. PLAN DEDO$: Evaluación de Daños y Necesidades
DEDO$ es un método que permite a las autoridades y administradores de situaciones de emergencia recordar, en forma simple, los elementos claves que se deben tener en cuenta para una efectiva y eficiente toma de decisiones ante la ocurrencia de una emergencia o un desastre.
Los objetivos del plan DEDO$ son:
a. Normalizar el registro de información de emergencia en todo el país manejando documentos simples, de un formato único, que permiten dar respuesta a las interrogantes fundamentales que surgen al ocurrir un evento destructivo a nivel local.
b. Determinar el impacto de un evento destructivo en una comunidad, de acuerdo con su propia realidad.
c. Mejorar el proceso de registro y flujo de información de emergencia desde el nivel comunal al nacional.
d. Generar las estadísticas de ocurrencia de eventos destructivos que causan daños a las personas, sus bienes y el medio ambiente, considerando los costos y gastos asociados y que inciden en el desarrollo de un área jurisdiccional, facilitando el impulso de actividades de prevención, preparación y respuesta con antecedentes reales, como complemento del Programa de Microzonificación de Riesgos y de Recursos a nivel local.
Ocurrida una emergencia o desastre en una comunidad determinada, es necesario conjugar los siguientes elementos:
D DAÑOS Cuantificación de los daños a las
personas, los bienes, los servicios
básicos, infraestructura y el
medioambiente. Los daños siempre van
a estar correlacionados con la situación
geográfica y realidad social de la
comunidad afectada.
E EVALUACION
DE
NECESIDADES Determinación de las necesidades
indispensables para recuperar la
normalidad de la comunidad afectada.
D DECISIONES Medidas o acciones que efectúan
coordinadamente las autoridades, las
organizaciones y la comunidad, con el
propósito de dar solución a las
necesidades indispensables de las
personas, vivienda e infraestructura
afectada.
O OPORTUNIDAD Oportunidad en el tiempo, en que las
acciones o soluciones de emergencia
adoptadas podrían rehabilitar o
restablecer las condiciones de normalidad
mínimas para las personas y sus bienes,
que permitan superar la situación.
$ RECURSOS Cuantificación de los recursos humanos,
materiales, técnicos y monetarios
utilizados por todos los servicios,
instituciones y organizaciones del Sistema
de Protección Civil que trabajan
directamente en el control y superación
de la emergencia o desastre.
3. Informes de Emergencia
Todo mensaje generado a partir de una emergencia o desastre que contenga información útil para la toma de decisiones e información pública, se denomina Informe de Emergencia.
Los Informes de Emergencia, en la medida que lo permita la claridad y consistencia de la información disponible, debe ser:
OPORTUNO: entregado a tiempo y sin demoras
innecesarias.
CONCISO: breve en el modo de explicar los hechos.
CONFIABLE: coincidir en lo esencial de su contenido
con la información que pueda recibirse
por medio de otras fuentes.
4. Clasificación de los Informes de Emergencia
Al ocurrir un evento destructivo se generan tipos de informes que permiten conocer situaciones en instantes diferentes conforme a su evolución, generándose la siguiente clasificación:
a.- INFORME PRELIMINAR:
Es un mensaje que indica una apreciación inicial de un hecho ocurrido de posible valor inmediato.
Este informe permite activar al sistema de Protección Civil constituyendo la señal de Alerta.
La utilización de información preliminar, implica necesariamente la existencia de un sistema de validación, que incremente su confiabilidad.
b.- INFORME TECNICO DE EMERGENCIA:
Es un informe emitido por organismos técnicos que actúan directamente en la atención de la emergencia o desastre, entregando información dentro del marco de su competencia. Diferentes Informes Técnicos emitidos sobre una misma situación, permiten generar una visión global sobre un evento destructivo y su calificación como emergencia o desastre.
c.- INFORME ESTADO DE SITUACION:
Es un informe normalizado que registra en forma resumida toda información susceptible de ser tabulada y que permite determinar la severidad de un evento destructivo en un momento determinado. Su confección se respalda en los Informes Técnicos entregados por los organismos de competencia correspondientes.
Los Informes de Estado de situación se confeccionan en dos tipos de formatos:
El Informe ALFA, que permite registrar la información de todo evento destructivo -emergencia o desastre- en el ámbito comunal; el Informe DELTA, que es complementario al Informe ALFA, y se utiliza cuando el evento sobrepasa la capacidad de respuesta local - emergencias graves y desastres - y/o se ha establecido una coordinación provincial o regional.
Estos documentos constituyen información oficial:
Los datos registrados en los Informes de Estado de Situación son verificables mediante Informes Técnicos de Emergencia, documentación de respaldo u otros antecedentes.
Los Informes de Estado de Situación, ALFA y DELTA, se canalizan por la red de Gobierno Interior, permitiendo a las autoridades tomar decisiones, como también, con el adecuado soporte técnico, informar objetivamente a la población.
Informes ALFA o DELTA sucesivos proporcionan información actualizada, permitiendo observar en el tiempo la evolución del evento y los efectos de las acciones y decisiones adoptadas.
d.- INFORME A LA POBLACION:
Mensajes que entregan las autoridades con el propósito de dar a conocer a la población la gravedad de una situación de emergencia en su justa medida, para disminuir la incertidumbre, ansiedad y conmoción natural.
En situaciones de emergencia o desastre, la generación centralizada de una información oportuna, sobria y veraz, difundida por los medios de comunicación social, es el recurso más directo e inmediato para evitar la proliferación de rumores infundados.
5. Los Informes de Estado de Situación: Informes ALFA y DELTA
Los Informes ALFA y DELTA son documentos normalizados que deben utilizar los Directores de Protección Civil y Emergencia Comunales, Provinciales y Regionales y las autoridades correspondientes, para el registro de información útil para la toma de decisiones e información pública.
5.1. Informe ALFA
El Informe ALFA permite registrar toda la
información de un incidente o emergencia que
ocurra a nivel comunal. Su formato permite
registrar la identificación del evento
destructivo, los daños, la evaluación de
necesidades, las decisiones y su efecto en el
tiempo y los recursos utilizados para situaciones
que son atendidas con los recursos habitualmente
disponibles y considerados en la planificación
local de respuesta.
El manual de uso e instructivo específico se
incluyen en Anexo.
5.2. Informe DELTA
El Informe DELTA es un documento complementario
del Informe ALFA, que se utiliza a nivel comunal
cuando una situación de emergencia sobrepasa su
capacidad de respuesta y/o se ha establecido una
coordinación a nivel provincial o regional. El
formato sigue la misma estructura que el Informe
ALFA, profundizando los niveles de información
con respecto a los daños, la evaluación de
necesidades y los recursos comprometidos,
asociados a la toma de decisiones en el tiempo
y en función de las soluciones de emergencia
susceptibles de adoptar.
El manual de uso e instructivo específico se
incluyen en Decreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 1
D.O. 21.09.2015Anexo.
Art. PRIMERO N° 1
D.O. 21.09.2015Anexo.
5.3. Informes Normalizados de Respaldo
Los Decreto 642, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 1
D.O. 02.04.2020Informes ALFA y DELTA son documentos base
Art. PRIMERO N° 1
D.O. 02.04.2020Informes ALFA y DELTA son documentos base
y se respaldan en información que se registra
en los formatos normalizados: Ficha Básica de
Emergencia (FIBE); Informe Único de Evaluación
de Daños y Necesidades Infraestructura y
Servicios (EDANIS) y la Planilla Única de
Recepción, Entrega y Disponibilidad de
Elementos de Socorro (REDES). Corresponde al
Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a
través de la Subsecretaría de Servicios Sociales,
la confección y elaboración de la Ficha Básica
de Emergencia (FIBE) y de la Ficha Básica de
Emergencia Hídrica (FIBEH), aplicable para el
déficit hídrico, cuyos formatos y Guías de
Aplicación serán confeccionadas y aprobadas
mediante acto administrativo, los cuales
deberán ser comunicados a todas las
municipalidades, gobernaciones, intendencias,
la Oficina Nacional de Emergencia o su sucesor
legal, al Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, otros ministerios y a
los servicios públicos relacionados.
El propósito de estos instrumentos es normalizar
el proceso de identificación de daños en
personas, bienes y medioambiente y la
satisfacción de necesidades mínimas que permitan
superar la situación, ante la ocurrencia de una
emergencia o un desastre determinado.
La aplicación de estos instrumentos de respaldo
se da como un proceso continuo en el tiempo,
permitiendo la actualización y mejoramiento de
la información en un momento determinado,
registrada en un informe ALFA o DELTA.
Estos formularios son para su utilización
específica ante la ocurrencia de situaciones de
emergencia o desastre de origen natural o
antrópico, no siendo conveniente la utilización
de otros formatos diseñados para objetivos
distintos, puesto que puede confundir la
evaluación concreta del impacto de un evento
destructivo.
Los instructivos específicos se incluyen en
Anexo.
Los Decreto 642, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 2
D.O. 02.04.2020datos personales recopilados por la
Art. PRIMERO N° 2
D.O. 02.04.2020datos personales recopilados por la
aplicación de la Ficha Básica de Emergencia y
la Ficha Básica de Emergencia Hídrica, serán
administrados por el Ministerio de Desarrollo
Social y Familia, a través de la Subsecretaría
de Servicios Sociales, en calidad de responsable
del registro respectivo. Dicha Subsecretaría
podrá hacer tratamiento de los datos
recopilados, y de las demás bases de datos a
las que acceda respecto de las materias de su
competencia, con la finalidad de levantar
informes de apoyo a la toma de decisiones
sectoriales en cada una de las etapas del ciclo
de manejo del riesgo incluidas las de
rehabilitación y reconstrucción. Los demás
órganos de la Administración del Estado que
cuenten con competencias para la atención de
la emergencia, y siempre que estén legalmente
facultados para ello, podrán acceder a los
datos contenidos en FIBE y en la FIBEH con la
finalidad de apoyar la toma de decisiones en
cada una de las fases del ciclo de manejo del
riesgo, así como también para evaluar la entrega
de bienes y servicios para la atención de la
emergencia. El tratamiento de los datos
personales contenidos en ambas fichas, deberán
ser realizados por los Órganos de la
Administración del Estado que accedan a ellos,
velando por el resguardo de los derechos y
garantías de los titulares de los datos
personales, de conformidad a lo dispuesto en
la ley Nº 19.628, Sobre Protección de la Vida
Privada, y demás normas aplicables.
6. Flujo de Información de Emergencia y el Deber de Informar
Los informes ALFA y DELTA están diseñados para normalizar la captura y registro de información a partir del nivel administrativo más cercano a las personas, la Municipalidad, área jurisdiccional donde efectivamente impactan los eventos destructivos y donde se coordinan o se proveen los recursos básicos para satisfacer las necesidades que pueda demandar una emergencia o un desastre.
Es, por lo tanto, la Municipalidad el primer y fundamental eslabón de la cadena de captura y flujo de información para la toma de decisiones e información pública. Los informes ALFA y DELTA son entonces, instrumentos que debe utilizar la Autoridad y Coordinador locales, vale decir, Director de Protección Civil y Emergencia, para orientar su toma de decisiones, especialmente operativas, y determinar su capacidad de respuesta de acuerdo a su propia realidad.
Si un evento destructivo supera la capacidad local de respuesta o su efecto va más allá de una comuna determinada o tiene fuerte impacto público, los informes ALFA y DELTA deben fluir a los niveles provincial, regional y nacional. Cada uno de estos niveles va configurando una visión espacial de la situación, lo que permite focalizar y priorizar la satisfacción de necesidades de acuerdo a su alcance en la toma de decisiones y disponibilidad de recursos.
Los recursos dispuestos por los niveles superiores se canalizan siempre hacia el nivel comunal, el que administra estos recursos, al igual que los suministrados por la propia Municipalidad. Más aún, ante eventos específicos, organizaciones y servicios no gubernamentales y particulares, basados en la información que entregan las propias autoridades y los medios de comunicación social, aportan recursos en forma directa o indirecta a través de las propias autoridades que administran la emergencia, fundamentalmente para satisfacer necesidades de alimentación, techo y abrigo de las personas.
La responsabilidad de administrar recursos, ya sea ante una emergencia o un desastre, genera en las autoridades administrativas y coordinadores de emergencia a partir del nivel local (Directores de Protección Civil y Emergencia), el deber de informar. Se establece así, un flujo de información periódica que permite visualizar y evaluar los efectos de las decisiones y recursos aportados, en función de las necesidades mínimas a satisfacer de las personas, sus bienes y el medioambiente, ante la ocurrencDecreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 2
D.O. 21.09.2015ia de un evento destructivo determinado.
Art. PRIMERO N° 2
D.O. 21.09.2015ia de un evento destructivo determinado.
7. Procedimiento general de elaboración y flujo de Información de Emergencia
Los directores de protección civil o emergencia son los responsables de la elaboración de los informes ALFA y DELTA y de la coordinación de la aplicación correcta de los instrumentos normalizados de respaldo FIBE, EDANIS y REDES, en su respectiva área jurisdiccional.
El procedimiento general para elaboración de los informes y flujos de información que se generan en los niveles municipal, provincial y regional es el siguiente:
7.1. Nivel Municipal
Al ocurrir un evento destructivo, el DirDecreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 3, a)
D.O. 21.09.2015ector
Art. PRIMERO N° 3, a)
D.O. 21.09.2015ector
de Protección Civil y Emergencia Comunal debe
elaborar, en el más breve plazo, un Informe ALFA.
Si el evento destructivo genera daños a las
personas y/o a viviendas - damnificados,
heridos, muertos, desaparecidos - se debe
coordinar la aplicación a cada familia de
la encuesta FIBE (Área Social).
Si el evento destructivo genera daños a la
Infraestructura -puentes, edificios públicos,
escuelas, salud, etc.- y/o Servicios Básicos
-agua, luz, teléfonos, gas- se debe coordinar
la elaboración de Informes EDANIS por cada
infraestructura o servicio afectado o dañado
(Dirección de Obras).
Si con ocasión del evento destructivo se
debe proceder a entregar elementos de socorro
del stock existente o recepcionados a nivel
municipal y/o se procede a la adquisición de
elementos para el mismo objetivo, se debe
coordinar la actualización de la Planilla REDES.
Si el evento destructivo genera daños a las
personas, infraestructura y servicios en un nivel
de impacto que hace necesario profundizar la
información indicada en el Informe ALFA, el
Director de Protección Civil y Emergencia
Comunal procederá, en consecuencia, a utilizar
el Informe DELTA.
El Director de Protección Civil y Emergencia
Comunal, junto con informar a su Alcalde, deberá
remitir los Informes ALFA o DELTA a la Dirección
Provincial de Protección Civil. Cada vez que se
emita un Informe DELTA debe anexarse la planilla
REDES actualizada, referente a elementos deDecreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 3, b)
D.O. 21.09.2015
Art. PRIMERO N° 3, b)
D.O. 21.09.2015
socorro.
Tanto Decreto 642, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 3
D.O. 02.04.2020la FIBE, la FIBEH como los EDANIS y REDES,
Art. PRIMERO N° 3
D.O. 02.04.2020la FIBE, la FIBEH como los EDANIS y REDES,
deben permanecer disponibles y ser utilizados
en la municipalidad respectiva. Copias de estos
documentos, pueden ser requeridas por
autoridades superiores o sectoriales como
antecedentes específicos y válidos para
elaborar, por ejemplo, un plan de rehabilitación
o reconstrucción a nivel regional. Será la
municipalidad respectiva quien deberá desplegar
las acciones necesarias para el levantamiento
de la información a través de la FIBE. En
aquellas emergencias derivadas por déficit
hídrico, el municipio deberá aplicar la FIBEH
en coordinación con el Ministerio de Desarrollo
Social y Familia.
7.2. Nivel Provincial
El Director Provincial de Protección Civil o
Emergencia coordina la recepción de los Informes
ALFA o DELTA y REDES de las comunas de su
jurisdicción.
Al recibir Informes ALFA o DELTA de dos o más
municipalidades, se debe elaborar un Informe
de Estado de Situación consolidado Provincial.
Si con ocasión del evento destructivo se
deben entregar elementos de socorro del stock
existente o recepcionados a nivel provincial
y/o se procede a la adquisición de elementos
para el mismo objetivo, se debe coordinar la
actualización de la Planilla REDES a nivel de
Gobernación.
El Director Provincial de Protección Civil y
Emergencia, junto con informar al Gobernador
correspondiente, deberá remitir el Informe de
Estado de Situación consolidado Provincial a
la Dirección Regional de Emergencia, DIREMER.
Cada vez que se emita un Informe Provincial
debe anexarse la planilla REDES actualizada,
referente a elementos de socorro.
Los informes ALFA o DELTA y planillas REDES
recepcionados desde las Municipalidades,
respaldan la información consignada en el
Informe de Estado de Situación consolidado
Provincial y deben permanecer disponibles
para ser utilizados en la Gobernación respectiva.
Copias de estos documentos pueden ser requeridas
por la Intendencia Regional, Dirección Regional
de Protección Civil, como antecedentes
específicos y válidos para elaborar, por ejemplo,
un Plan de Rehabilitación o Reconstrucción a
nivel Regional.
El Director Provincial de Protección Civil y
Emergencia deberá coordinar el correcto uso de
los formularios diseñados para su aplicación
exclusiva en el manejo de información ante la
ocurrencia de emergencias o desastres en las
respectivas Municipalidades.
Ante Decreto 642, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 4
D.O. 02.04.2020la ocurrencia de un evento destructivo de
Art. PRIMERO N° 4
D.O. 02.04.2020la ocurrencia de un evento destructivo de
nivel provincial, que requiera la conformación
de equipos de trabajo a nivel provincial para
apoyar la gestión de evaluación de daños y
necesidades en las comunas afectadas, el
Director o Encargado Provincial de Protección
Civil y Emergencia velará para que estos
equipos trabajen coordinadamente con las
municipalidades y ocupen los formatos FIBE o
FIBEH, según corresponda. Será la municipalidad
respectiva quien deberá desplegar las acciones
necesarias para el levantamiento de la
información a través de dichos formularios. En
aquellas emergencias derivadas por el déficit
hídrico, el municipio deberá aplicar la FIBEH
en coordinación con el Ministerio de Desarrollo
Social y Familia.
7.3. Nivel Regional
El Director Regional de Protección Civil y
Emergencia coordina la recepción de los Informes
de Estado de Situación consolidados y planillas
REDES de las provincias de su jurisdicción.
Al recibir informes provinciales de dos o más
Gobernaciones, se debe proceder a elaborar un
Informe de Estado de Situación consolidado
Regional.
Si con ocasión del evento destructivo se debe
proceder a entregar elementos de socorro del
stock existente o recepcionados a nivel regional
y/o se procede a la adquisición de elementos
para el mismo objetivo, se debe coordinar la
actualización de la Planilla REDES a nivel de
Intendencia.
El Director Regional de Protección Civil y
Emergencia, junto con informar al Intendente
correspondiente, deberá remitir el Informe de
Estado de Situación consolidado Regional a la
Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio
del Interior, ONEMI. Cada vez que se emita un
Informe Regional debe anexarse la planilla
REDES actualizada, referente a elementos de
socorro.
Los informes consolidados provinciales y
planillas REDES recepcionados desde las
Gobernaciones, respaldan la información
consignada en el Informe de Estado de Situación
consolidado Regional y deben permanecer
disponibles para ser utilizados en la Intendencia
respectiva. Copias de estos documentos como
los elaborados por los niveles provinciales y
comunales -ALFA/DELTA, EDANIS y REDES- pueden
ser requeridas por ONEMI, como antecedentes
específicos y válidos para orientar una mejor
toma de decisiones a nivel ministerial y/o
satisfacer necesidades de información a la
opinión pública.
Ante Decreto 642, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 5
D.O. 02.04.2020la ocurrencia de un evento destructivo de
Art. PRIMERO N° 5
D.O. 02.04.2020la ocurrencia de un evento destructivo de
nivel regional, que requiera la conformación de
equipos de trabajo a nivel regional para apoyar
la gestión de evaluación de daños y necesidades
en las comunas afectadas, el Director Regional
de Protección Civil y Emergencia en conjunto
con el Secretario Regional Ministerial de
Desarrollo Social y Familia velará para que
estos equipos trabajen coordinadamente con las
municipalidades y apliquen la FIBE o FIBEH y
EDANIS, según corresponda. En aquellas
emergencias derivadas por el déficit hídrico,
el municipio deberá aplicar la FIBEH en
coordinación con el Ministerio de Desarrollo
Social y Familia.
La siguiente figura resume el flujo de
información, de acuerdo a los Informes que
corresponde elaborar en cada nivel:Decreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 5, b)
D.O. 21.09.2015
Art. PRIMERO N° 5, b)
D.O. 21.09.2015

ANEXOS
1. GUIA PARA EL USO DE LOS INFORMES ALFA Y DELTA
2. FORMATO E INSTRUCTIVO INFORME DE INCIDENTE O EMERGENCIA: INFORME ALFA
3. FORMATO E INSTRUCTIVO INFORME DE EMERGENCIA GRAVE O DESASTRE: INFORME DELTA
Decreto 642, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 6
D.O. 02.04.20204. FORMATO Y GUIA PARA EL USO DEL INFORME UNICO DE EVALUACION DE DAÑOS Y NECESIDADES INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS: INFORME EDANIS
Art. PRIMERO N° 6
D.O. 02.04.20204. FORMATO Y GUIA PARA EL USO DEL INFORME UNICO DE EVALUACION DE DAÑOS Y NECESIDADES INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS: INFORME EDANIS
5. FORMATO Y GUIA PARA EL USO DE LA PLANILLA UNICA DE RECEPCION, ENTREGA Y DISPONIBILIDAD DE ELEMENTOS DE SOCORRO: PLANILLA REDES
Plan DEDO$
GUIA PARA EL USO DE LOS INFORMES
ALFA Y DELTA
¿Quiénes manejan los formularios ALFA y DELTA?
Los formularios ALFA y DELTA deben estar siempre disponibles en las respectivas Direcciones de Protección Civil y Emergencia de las Municipalidades, Gobernaciones e Intendencias como también en ONEMI.
¿Para qué me sirven estos informes?
Normalizar el registro de información de emergencia en todo el país, utilizando un documento simple con un formato único que permita dar respuesta a las interrogantes fundamentales que surgen al ocurrir un evento destructivo a nivel local.
Acelerar el registro y flujo de información de emergencia desde el nivel comunal al nacional.
Generar estadísticas de ocurrencia de eventos destructivos, daños a las personas, sus bienes y el medio ambiente, considerando los gastos directos que la situación implica y que inciden en el desarrollo sostenible de un área jurisdiccional determinada.
Facilitar el impulso de actividades de prevención, preparación y respuesta con antecedentes reales, como complemento del programa de Microzonificación de Riesgos y Recursos a nivel local.
¿Cómo opera el registro de información?
Todas las emergencias se originan en el nivel comunal, por lo tanto, es en las Municipalidades donde se debe producir la captura y registro inicial de la información.
Si una Gobernación, Intendencia o la propia ONEMI toman conocimiento de una emergencia por medios distintos a los conductos normales de flujo de información de emergencia, estos niveles requerirán de las instancias respectivas la información de acuerdo a los formatos ALFA o DELTA, según corresponda.
¿Se pueden registrar todas las emergencias en estos formularios?
Sí. Todas las emergencias o desastres que ocurren en una comuna pueden registrarse en estos formularios.
Para las emergencias de Niveles de Impacto I y II se estima que la información básica contenida en el informe ALFA es suficiente.
Para las emergencias de Niveles de Impacto III y IV, el informe ALFA constituye la información preliminar básica. Necesariamente debe ser ampliada y precisada en los ítem Daños, Recursos involucrados y Necesidades, elaborándose el informe DELTA.
Por lo tanto, el formulario ALFA debe utilizarse siempre para registrar e informar la ocurrencia de una emergencia o desastre. El formulario DELTA debe utilizarse cuando la situación lo amerite, requiriéndose siempre, previo al primer informe DELTA, de un Informe ALFA.
Terminado el evento, un Informe ALFA también puede resumir la información relevante y final.
¿Existen documentos para respaldar la información de los informes ALFA y DELTA?
Sí. Existen tres instDecreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 7
D.O. 21.09.2015rumentos normalizados que permiten respaldar la información contenida en un informe ALFA o DELTA:
Art. PRIMERO N° 7
D.O. 21.09.2015rumentos normalizados que permiten respaldar la información contenida en un informe ALFA o DELTA:
a. La Ficha Básica de Emergencia (FIBE), que respalda documentalmente la evaluación de daños a las Personas y percepción de daño en Viviendas y que consigna las Necesidades básicas, como consecuencia de una emergencia o desastre de origen natural o antrópico. Esta Ficha es administrada por la Subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social (MDS), quien coordina su aplicación en conjunto con los municipios afectados y cuyo análisis es entregado periódicamente a la Oficina Nacional de Emergencia para la toma de decisiones asociada a la respuesta a la emergencia.
b. El Informe Unico de Evaluación de Daños y Necesidades en Infraestructura y Servicios (EDANIS), que respalda documentalmente los daños a los Servicios Básicos e Infraestructura y permite detectar sus necesidades básicas para superar la situación de emergencia.
c. La Planilla Unica de Recepción, Entrega y Disponibilidad de Elementos de Socorro (REDES), que respalda documentalmente la gestión de satisfacción de necesidades de las personas, los bienes y el medioambiente que surgen al ocurrir un evento destructivo.
¿Cómo se llenan estos formularios?
El objetivo de estos formularios es acelerar el registro y flujo de la información. Por lo tanto, su diseño está estructurado para ser llenado manualmente utilizando letra clara, legible.
Para llenar estos formularios se debe seguir la secuencia del formato, y así no se olvidará registrar ningún dato. Si por algún motivo, un dato no está disponible o incompleto, deje constancia en el mismo formulario y siga adelante.
¿Cuándo se debe informar?
Tomado conocimiento de una situación de emergencia y validada la información registrada en el formulario ALFA, debe informarse de inmediato al nivel superior.
No importa que la información esté incompleta. Lo importante es que la información registrada corresponda a la realidad. La información faltante u omitida debe completarse posteriormente.
Si el evento destructivo requiere de la elaboración de informes DELTA, éstos deben actualizarse y enviarse una vez al día, en un horario adecuado que se establezca para estos efectos.
NO OLVIDE QUE LOS DATOS QUE ESTA REGISTRANDO EN LOS FORMULARIOS ALFA O DELTA CONSTITUYEN INFORMACION OFICIAL
¿Qué medios utilizo para informar?
Se debe utilizar el medio más rápido y accesible para informar de acuerdo a su propia realidad (teléfono, fax, radio, etc.).
Recuerde que a nivel comunal, provincial, regional y nacional (ONEMI), se manejan los mismos formularios, por lo tanto, al transmitir información vía radio o telefónicamente, siga el orden pre-establecido.
¿Dónde guardo el informe ALFA o DELTA?
Completado el informe ALFA o DELTA, éstos se guardan en un archivador o carpeta especial para estos efectos. Junto a los formularios, se debe anexar toda la información Decreto 697, INTERIOR
Art. PRIMERO N° 8
D.O. 21.09.2015que se haya
recibido de otros servicios o instituciones, si es el caso, y que se refieran a la misma situación.
Art. PRIMERO N° 8
D.O. 21.09.2015que se haya

.
INSTRUCTIVO INFORME DE INCIDENTE O EMERGENCIA (INFORME
ALFA)
1. IDENTIFICACION: . Indicar Región, Provincia y Comuna
. Fuente responsable de la
Información entregada y teléfono
para consultas.
2. TIPO DE EVENTO
Marcar con una cruz el casillero correspondiente. En caso de sismos se señala con un círculo la intensidad Escala Mercalli de la comuna. Si se trata de un evento no indicado, se anotará el tipo de evento en el ítem OTRO.
DESCRIPCION EVENTO : Se explican brevemente los hechos
que ameritan el registro o
reporte del Informe de Incidente
o Emergencia, incluyendo -si es
el caso- el evento generador de
la emergencia.
OCURRENCIA : Se indica la hora y fecha de
ocurrencia del evento
destructivo.
DIRECCION/UBICACIÓN : Se indica el lugar exacto del
evento destructivo o si es el
caso, la ubicación geográfica
que identifique el lugar. Además,
se marcará con una cruz el
casillero correspondiente a U
(Radio Urbano) o R (Rural).
3. EVALUACION DE DAÑOS
3.1. Personas
Afectadas : Nº de personas que con ocasión
de la emergencia o desastre ven
perturbado directamente su
quehacer habitual afectando su
calidad de vida. Incluye, cuando
corresponde, damnificados, heridos,
muertos, desaparecidos y
albergados, si los hay.
Damnificadas : Nº de personas que con ocasión de
una emergencia o desastre resultan
afectados perdiendo su habitación
o trabajo.
Heridas : Nº de personas que con ocasión de
una emergencia o desastre son
atendidos en los servicios de
salud.
Muertas : Nº de personas que con ocasión
de una emergencia o desastre
fallecen y han sido plenamente
identificadas como tales por
las instancias correspondientes.
Desaparecidas: Nº de personas que con ocasión
de una emergencia o desastre no
han sido habidas o presuntivamente
han fallecido y no han podido ser
calificadas como tales, por las
instancias correspondientes.
Albergadas : Nº de personas que con ocasión
de una emergencia o desastre
están siendo atendidas en lugares
especialmente habilitados para la
atención de damnificados.
3.2. Viviendas
Daño Menor, Habitable : Vivienda con daños hasta
un 30%. Los ocupantes
permanecen en la vivienda.
Con una reparación menor
puede ser recuperada
totalmente en el corto
plazo.
Daño Mayor, no Habitable: Vivienda con daños
entre un 31% y 65%. Los
ocupantes deben ser
evacuados. Con una
reparación mayor puede
ser habitada nuevamente.
Destruida, Irrecuperable: Vivienda que por la
magnitud de los daños no
puede ser habitada
nuevamente.
Los ocupantes son
evacuados.
No Evaluadas : Vivienda que no ha sido
evaluada por un organismo
técnico que permita
determinar su grado de
daño para su clasificación
como Daño Menor, Mayor o
Destruida. Se puede
utilizar como un estimador
inicial del total de
viviendas afectadas por
una situación determinada.
3.3. Servicios Básicos, Infraestructura y otros Daños
- Indicar daños en Servicios Básicos como agua,
energía, gas, comunicaciones; de infraestructura
como edificios públicos, puentes, puertos y
otros como también superficies afectadas por
inundaciones, incendios forestales y eventos
similares.
3.4. Monto estimado de Daños (M$)
- Indicar estimativamente, en miles o millones
de pesos, los daños directos de acuerdo a lo
indicado en los ítemes Vivienda, Servicios
Básicos e Infraestructura y Otros Daños.
(Esta información puede ser completada
posteriormente).
4. DECISIONES (Acciones y Soluciones inmediatas) - Indicar las medidas o acciones realizadas o en curso con el propósito de dar solución a las necesidades de las personas, vivienda, servicios básicos e infraestructura afectada.
- Se deberá indicar, en los casos que corresponda, la oportunidad en el tiempo, en que las acciones o soluciones de emergencia adoptadas, restablecerán las condiciones de normalidad para las personas y sus bienes.
5. RECURSOS INVOLUCRADOS
- Indicar los recursos humanos, materiales, técnicos de todos los servicios, instituciones y organizaciones del Sistema de Protección Civil que trabajan directamente en el control y superación del evento destructivo.
- Indicar estimativamente, en miles o millones de pesos, los fondos comprometidos o gastos involucrados de los recursos comprometidos. (Esta información puede ser completada posteriormente)
6. EVALUACION DE NECESIDADES
De acuerdo al tipo de evento, la evaluación de daños y los recursos involucrados, se indicarán las necesidades o requerimientos priorizadas de recursos que permitan controlar o superar la situación descrita y que no pueden ser provistos con recursos locales, indicando la cantidad y tipo de recurso y motivo o situación que se desea superar.
7. CAPACIDAD DE RESPUESTA
Entrega un indicador de impacto en función de la capacidad de respuesta de una comunidad local afectada. Se marca con una cruz el casillero correspondiente:
- Nivel I : Situación que es atendida con recursos
locales habitualmente disponibles para
emergencias.
- Nivel II : Situación que es atendida con recursos
locales adicionales dispuestos para
emergencias, sin exceder su capacidad.
Normalmente se establece una coordinación
a nivel comunal.
- Nivel III : Situación que sobrepasa la capacidad
local de repuesta. Se establece una
coordinación a nivel provincial o
regional.
- Nivel IV : Situación que sobrepasa la capacidad
regional requiriéndose el apoyo de
recursos dispuestos o coordinados por
el nivel nacional.
8. OBSERVACIONES
Se indicará cualquier información útil para la toma de decisiones o aclaratoria con respecto a los puntos anteriores. Por ejemplo, si se ha establecido algún tipo de Alerta, visitas a terreno por autoridades locales, información meteorológica relevante, informes de otros servicios que se anexan, etc.
9. RESPONSABLE DEL INFORME
- Identificación de quien elabora el Informe
- Fecha y hora de elaboración
INSTRUCTIVO INFORME DE INCIDENTE O EMERGENCIA
INFORME ALFA
1. IDENTIFICACION DEL LUGAR AFECTADO
- Región, Provincia y Comuna
- Fuente responsable de la información entregada y teléfono para consultas
2. TIPO DE EVENTO REPORTADO
- Se marcará con una cruz el casillero correspondiente.
En caso de sismos, se indicará además, con un círculo, la intensidad Mercalli de la comuna que reporta. Si se trata de un evento no indicado, se anotará el tipo de evento en el ítem OTRO.
- Descripción del Evento: se explicarán brevemente los hechos que ameritan el registro o reporte del Informe de Incidente o Emergencia, incluyendo -si es el caso- el evento generador de la emergencia.
- Ocurrencia: se informa la fecha y hora de ocurrencia del evento destructivo.
- Dirección/Ubicación: se indicará el lugar exacto del evento destructivo o, si es el caso, la ubicación geográfica que identifique el lugar.
Además, se marcará con una cruz el casillero correspondiente a U (Radio Urbano) o R (Rural).
3. EVALUACION DE DAÑOS
3.1. Personas
- Afectados : Nº de personas que con ocasión de
una emergencia o desastre ven perturbado
directamente su quehacer habitual,
afectando su calidad de vida.
Especialmente aplicable en casos de
cortes de energía eléctrica, teléfono,
agua y aislamiento.
- Damnificados: Nº de personas que han sufrido, en
su persona o sus bienes, especialmente
en su condición de habitabilidad, daños
evaluables y cuantificables provocados
directamente por una emergencia o
desastre, como también los familiares
que viven a sus expensas. También se
consideran damnificadas a las personas
que por la misma causa, hayan perdido
su fuente laboral, ocupación o empleo
familiares que viven a sus expensas.
También se consideran damnificadas
las personas que por la misma causa,
hayan perdido su fuente laboral,
ocupación o empleo.
- Heridos : Nº de personas que con ocasión de una
emergencia o desastre son atendidas
en los servicios de salud.
- Muertos : Nº de personas que con ocasión de una
emergencia o desastre fallecen y han
sido plenamente identificadas como
tales por las instancias
correspondientes.
- Desaparecidos: Nº de personas que con ocasión de
una emergencia o desastre no han sido
ubicadas o presuntivamente han fallecido
y no han podido ser calificadas como
tales, por las instancias
correspondientes.
- Albergados : Nº de personas que con ocasión de una
emergencia o desastre habitan
temporalmente en un lugar especialmente
habilitado para la atención de
damnificados.
3.2. Viviendas
- Daño Menor, Habitable: vivienda con daños
hasta un 30%. Normalmente los ocupantes
permanecen en la vivienda. Con una reparación
menor puede ser recuperada totalmente en el
corto plazo.
- Daño Mayor, Recuperable: vivienda con daños
entre un 31% y 65%. Los ocupantes pueden
ocupar parcialmente la vivienda o deben ser
evacuados. Con una reparación mayor puede
ser habitada nuevamente.
- Destruida, Irrecuperable: vivienda que por
la magnitud de los daños no puede ser
habitada nuevamente. Los ocupantes son evacuados.
- No Evaluadas: vivienda que no ha sido evaluada
por un organismo técnico que permita determinar
su grado de daño para su clasificación como Daño
Menor, Mayor o Destruida. Se puede utilizar como
un estimador inicial del total de viviendas
potencialmente dañadas por estar situadas en el
área de impacto del evento destructivo.
3.3. Infraestructura y otros Daños
- Indicar daños en infraestructura, como edificios
públicos, puentes, puertos y otros; como también
superficies afectadas por inundaciones, incendios
forestales y eventos similares.
3.4. Monto estimado de Daños (M$)
- Indicar estimativamente, en miles o millones
de pesos, los daños directos de acuerdo a lo
indicado en los ítem Vivienda e Infraestructura
y Otros Daños. (Esta información puede ser
completada posteriormente)
4. DECISIONES
Acciones y Soluciones Inmediatas
- Indicar las medidas o acciones realizadas o en curso, con el propósito de dar solución a las necesidades de las personas, vivienda e infraestructura afectada.
Se deberá indicar, en los casos que corresponda, la oportunidad en el tiempo, en que las acciones o soluciones de emergencia adoptadas, restablecerán las condiciones de normalidad para las personas y sus bienes.
5. RECURSOS INVOLUCRADOS
- Indicar los recursos humanos, materiales, técnicos, de todos los servicios, instituciones y organizaciones del Sistema de Protección Civil que trabajan directamente en el control y superación del evento destructivo.
- Indicar estimativamente, en miles o millones de pesos, los fondos comprometidos o gastos involucrados en los recursos comprometidos. (Esta información puede ser completada posteriormente)
6. EVALUACION DE NECESIDADES
De acuerdo al tipo de evento, la evaluación de daños y los recursos involucrados, se indicarán las necesidades o requerimientos priorizados de recursos que permitan controlar o superar la situación descrita que no pueden ser provistos con recursos locales, indicando la cantidad y tipo de recurso y motivo (para qué?) o situación que se desea superar.
7. CAPACIDAD DE RESPUESTA
Entrega un indicador de impacto en función de la capacidad de respuesta de una comunidad local afectada. Se marca con una cruz el casillero correspondiente:
- Nivel I situación que es atendida con recursos
locales habitualmente disponibles para
emergencias.
- Nivel II situación que es atendida con recursos
locales adicionales dispuestos para
emergencias, sin exceder su capacidad.
Normalmente se establece una
coordinación a nivel comunal.
- Nivel III situación que sobrepasa la capacidad
local de respuesta. Se establece una
coordinación a nivel provincial o
regional.
- Nivel IV situación que sobrepasa la capacidad
regional requiriéndose el apoyo de
recursos dispuestos o coordinados por
el nivel nacional.
(Habitualmente los eventos de Niveles I y II se asocian al concepto de emergencia. Los de nivel III al de emergencia grave o compleja y los de Nivel IV se asocian al concepto de desastre y/o catástrofe)
8. OBSERVACIONES
Se indicará cualquier información útil para la toma de decisiones o aclaratoria con respecto a los puntos anteriores. Por ejemplo, si se ha establecido algún tipo de Alerta, visitas a terreno por autoridades locales, información meteorológica relevante, informes de otros servicios que se anexan, etc.



Art. PRIMERO N° 10
D.O. 21.09.2015de quien elabora el informe - Fecha y hora de elaboración
.
.
.
.
.
GUIA DE APLICACIÓN DE LA FICHA BÁSICA DE EMERGENCIA FIBE
Protocolo: Organización del levantamiento de Catastro de afectados de acuerdo al Plan de Emergencia
Manejo de la Emergencia: corresponde al desarrollo de una gestión integral que involucra: el control del evento, sus impactos en la población, bienes y entorno, el establecimiento de alertas, la evacuación, la coordinación y movilidad de recursos, la evaluación de daños y necesidades y la permanente información a la autoridad superior y a la comunidad, entre muchas otras acciones.
De acuerdo a lo anterior, un mismo evento o incidente adverso puede constituir una emergencia para un sistema y desastre para otro. Por otro lado, lo que para un sistema como el nivel local puede constituir un desastre, debido a que superó su capacidad de respuesta, para el sistema como el nivel nacional puede constituir una emergencia.
La capacidad de respuesta en relación a los daños, las pérdidas y el impacto, son los únicos factores objetivos que permiten determinar, en el mínimo tiempo posible, la dimensión de un evento, con el fin de priorizar y disponer las acciones más efectivas para el control de la situación.
Para una mayor claridad en la delimitación entre situaciones de emergencias, desastres o catástrofes, se han establecido cuatro niveles, en relación a la capacidad de respuesta:
Nivel I: Situación que es atendida con recursos locales habitualmente disponibles para emergencias en un territorio en particular. Por ejemplo: el rompimiento de una matriz de agua es atendido por el servicio de emergencia propio de la empresa de agua potable respectiva; el incendio de una o dos viviendas es combatido por la Compañía de Bomberos del sector y Carabineros de la Tenencia local estable un perímetro de seguridad en el área del siniestro.
Nivel II: Situación que es atendida con recursos locales adicionales o reforzados, dispuestos para emergencias, sin exceder su capacidad. Normalmente se establece una coordinación a nivel comunal. Por ejemplo: ante el rompimiento de una matriz de agua potable cuya reparación tardará algunos días, el Municipio debe contratar camiones aljibes en la misma localidad, para abastecer a la población.
Nivel III: Situación que sobrepasa la capacidad local de respuesta. Se establece una coordinación a nivel provincial o regional. Por ejemplo: para el combate de un incendio forestal de grandes proporciones, la Dirección Regional de la ONEMI solicita apoyo a la Intendencia Regional para coordinar operativos (Bomberos, CONAF, entre otros.) y para la contratación de aviones cisterna.
Nivel IV: Situación que sobrepasa la capacidad regional, requiriéndose el apoyo de recursos dispuestos y/o coordinados por el nivel nacional. Por ejemplo: terremoto, cuyos efectos sobrepasan siempre la capacidad regional de respuesta, ante lo cual se debe establecer una coordinación superior para las operaciones multisectoriales que permitan superar la situación.
Generalmente, los eventos destructivos de los niveles I y II se asocian con el concepto de emergencia y los niveles III y IV con el concepto de desastre, cabe destacar que respecto al nivel IV también esta pudiese ser catalogada como catástrofe.
Cuando la emergencia es del nivel local (I y II), la coordinación de la ejecución de la ficha estará a cargo del Alcalde.
Cuando la Emergencia escale a nivel regional o nacional (interregional) la coordinación de la ejecución de la ficha estará a cargo del Intendente asesorado por el SEREMI de Gobierno Interior y el SEREMI del Ministerio de Desarrollo Social.
Preparación inicial:
Se debe establecer un equipo de coordinación con un responsable de los estamentos indicados anteriormente de acuerdo al nivel de emergencia.
Análisis de mapas actualizados de las zonas urbanas a escala 1:5.000, 1:10.000 o 1:15.000, dependiendo del tamaño y complejidad de la ciudad y demarcación de la o las áreas afectadas.
Identificación de las manzanas y nombres de calles.
Definición de área de trabajo: Esto implica trazar en un mapa (o varios), las diferentes "zonas" en las que se dividirá la labor de recolección de datos. Asignación de nombres a las zonas de trabajo
Asignación de zonas de trabajo a Encargados de Equipos de levantamiento de catastro de emergencia, quienes tendrán bajo su responsabilidad la aplicación del instrumento de caracterización ante emergencias.
Equipos de Catastro: Una cuadrilla formada por entrevistadores capacitados que levantarán los datos directamente en terreno.
Cada Encargado de Equipo tendrá máximo 20 entrevistadores a su cargo.
Individualización de los entrevistadores: Antes de salir a terreno, los entrevistadores (as) serán registradas con su RUT, profesión u oficio, número de celular, y correo electrónico. Este registro y la correspondiente acreditación lo llevará el MDS.
Instrucciones operativas:
Antes de salir a terreno es necesario realizar una última revisión del protocolo verificando la unificación de criterios, y resolver cualquier tipo de duda. Esto implica que en el caso de la FIBE, este chequeo del protocolo lo realice el Director (a) de Desarrollo Comunitario de cada Municipio asesorado por Director Comunal de Protección Civil y Emergencia en las emergencias del nivel local; y en las de nivel regional por el Delegado del SEREMI de MDS en la escala regional y el Director Regional de Protección Civil y Emergencia
En emergencias de nivel nacional, la coordinación la asumirá la División de Focalización de la Subsecretaría de Servicios Sociales de MDS.
Equipo de digitadores de los datos recogidos en la FIBE: Es necesario que se determine (antes de salir a terreno), si los digitadores serán personas diferentes a las personas que salen a terreno, o si esta tarea será asumida por los mismos equipos de trabajo que registran los datos en terreno.
Levantamiento de la FIBE en terreno: Los equipos de trabajo salen a terreno y levantan datos únicamente de las zonas que han sido asignadas.
Los Encargados de Zonas de Catastro deben supervisar y controlar el trabajo de captura de datos en terreno a través de los medios disponibles (radio; teléfono celular, mensajería instantánea, entre otros). Esta fase resulta fundamental para asegurar datos confiables, para la posterior validación de datos.
Evaluación y corrección: Los responsables de zonas, en conjunto con la autoridad coordinadora evaluarán el progreso del trabajo y realizarán las correcciones de equipo y zonas necesarias.
Reportes de Datos: Informe periódico de datos recolectados El coordinador debe supervisar que los datos se digiten eficaz y eficientemente en la Plataforma de la Ficha Básica de Emergencia de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
La División de Focalización de la Subsecretaría de Servicios Sociales de MDS será la responsable de validar la información subida a la Plataforma de la Ficha Básica de Emergencia de la Subsecretaría de Desarrollo Social. Una vez validados los datos, publicará con acceso restringido a las autoridades que deben tomar decisiones, las Fichas FIBE.
1. ¿Qué es la FIBE?
Es un instrumento de catastro que se aplica en terreno en el o las áreas afectadas como consecuencia de una emergencia, para identificar a los afectados y sus grupos familiares.
Previa validación de los datos personales del encuestado y/o su grupo familiar, con datos del Servicio de Registro Civil, de la Ficha de Protección Social o instrumento de estratificación vigente y otras bases administrativas, y calificado como damnificado, facilita ordenar y priorizar la respuesta del Estado.
2. ¿Cuándo se aplica la FIBE?
La ficha debe aplicarse toda vez que se presente un evento que generare algún tipo de daño a las personas o a sus bienes. Este cuestionario debe aplicarse a partir de las primeras horas en caso de Emergencias de Escala Local o a partir de las primeras 24 horas de ocurrida la emergencia, una vez que hayan operado los procedimientos de resguardo vital de la comunidad.
3. ¿Quiénes aplican la Ficha de Emergencia?
La ficha es aplicada por personal de los departamentos sociales del municipio de la comuna afectada en Emergencias de nivel Local; por entrevistadores capacitados y autorizados por el SEREMI de MDS según se trate de Emergencias de Escala Provincial, Regional o Nacional, siempre en coordinación con el o los Directores de Desarrollo Comunitario de los municipios afectados, en coordinación con los Directores de Protección Civil y Emergencia respectivos.
4. ¿Cómo se efectúa la coordinación para la aplicación de la ficha?
Ante la ocurrencia de un evento catalogado como emergencia, los equipos sociales del municipio se autoconvocan en la Municipalidad respectiva y quedan a disposición de la autoridad competente, quien realizará la definición de actividades para la gestión de aplicación del instrumento.
En Emergencias de Escala Regional o Nacional los Equipos de catastro se autoconvocarán en la Intendencia o lugar preestablecido en el Plan Regional de Catastro o Emergencia.
5. ¿Qué variables incluye la ficha?
Incluye variables de conformación del grupo familiar y una caracterización básica de éste, así como una serie de consultas de situación de pérdida, medidas como la diferencia entre el estado actual de los afectados respecto al anterior a ocurrida la emergencia. Los datos registrados en este cuestionario representan un insumo básico para poder efectuar una eficiente toma de decisiones. La ficha contiene los siguientes módulos:
. Dirección del Hogar
. Composición del grupo Familiar
. Información de la Vivienda
. Ubicación de dónde está durmiendo el grupo familiar
. Damnificado laboral
. Necesidades detectadas
Asimismo se deben registrar al pie de página los datos de entrevistador y entrevistado, con sus respectivas cédulas de identidad o documentos de identificación.
La persona encuestada firmará la declaración de veracidad de la información entregada al encuestador, y se quedará con un comprobante del llenado de dicha ficha.
6. ¿Dónde se aplica la Ficha Básica de Emergencia?
Pueden presentarse diversas situaciones de ubicación de las familias afectadas. El cuestionario puede aplicarse en el domicilio del grupo familiar o bien en una ubicación distinta, tal como un albergue o el domicilio de un familiar. En cualquiera de estos últimos casos, en que la familia no se encuentre en su domicilio, debe entregar la información correspondiente a su vivienda, tal como la dirección y necesidades asociadas.
7. ¿Quiénes pueden responder la Ficha Básica de Emergencia?
La encuesta puede responderla cualquier integrante del grupo familiar que sea mayor de edad. Los casos excepcionales, como por ejemplo familias que no tengan integrantes mayores de edad, pueden ser visados por el Municipio.
8. ¿Para qué sirve la información recopilada en la Ficha Básica de Emergencia?
La información recopilada en la Ficha y validada en la Unidad de Catastro en Emergencia de MDS, es vital para ordenar y entregar la respuesta del Estado y con ello gestionar y validar las acciones necesarias para suplir las necesidades básicas de la población que pudieron resultar mermadas producto de la emergencia.
9. ¿Qué sucede si la información que el informante del grupo familiar entrega en la Ficha Básica de Emergencia no es veraz?
Si la información entregada no es veraz, se invalidará la calidad de damnificado de la persona encuestada y su grupo familiar. Asimismo, si los datos entregados por el informante del grupo familiar no tienen relación con la realidad, se estudiará la pertinencia de iniciar acciones legales contra el informante del grupo familiar.
10. ¿Qué registro queda de la aplicación del instrumento?
La Ficha es llenada en un formulario autocopiativo, con un original y dos copias o en un dispositivo electrónico preparado para tal efecto. En el caso de llenado en papel, el original queda en poder del municipio, la primera copia es entregada al informante del grupo familiar y la segunda copia se almacena en la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Desarrollo Social. Y en el caso de llenado digital, se entregara una impresión de este llenado al municipio respectivo y un comprobante al grupo familiar de que fue encuestado.
11. ¿Cómo se puede realizar seguimiento a una Ficha Básica de Emergencia?
Todos los formularios tienen en el extremo superior derecho un número de folio por evento, el cual puede ser consultado en el municipio para conocer detalles de la encuesta aplicada.
12. ¿Dónde se puede obtener información de las variables incluidas en el cuestionario?
En el reverso del cuestionario está detallada en forma general cada uno de los módulos y variables que deben ser levantadas. Por otra parte existe un instructivo que detalla cada variable incluida en el cuestionario y orienta en la aplicación del instrumento. Asimismo hay un curso en línea en la página del Ministerio de Desarrollo Social. Para información adicional, es posible consultar en el departamento social de cada municipio.
OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA-MINISTERIO DEL INTERIOR
INFORME UNICO DE EVALUACION DE DAÑOS Y NECESIDADES
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
1.- IDENTIFICACION Región Provincia Comuna
Tipo de evento generador del daño
Ocurrencia Día Mes Año Hora
2.- SECTOR (Salud/Educación/Vialidad/Vivienda/Servicios Básicos/etc.)
Infraestructura o Servicio
Urbano
Dirección/Ubicación
Rural
3.- DAÑOS (Descripción general de los daños)
4.- SOLUCIONES DE EMERGENCIA ADOPTADAS Y TIEMPO DE REHABILITACION
CONDICIONES DE ATENCION O SERVICIO
Normal Parcialmente % Restringido No hay
Explique
5.- NECESIDADES PARA RECUPERAR NORMALIDAD EN SITUACION DE EMERGENCIA
Necesidades/Elementos Gasto estimado
$
$
$
$
$
TOTAL $
Recursos materiales y financieros para recuperar
la normalidad
Fondos propios M$ Sectoriales M$ Otros M$
Explique
6.- CON LA PRESENTE EVALUACION PRELIMINAR DE DAÑOS Y NECESIDADES SE PUEDE INDICAR QUE:
Con soluciones de emergencia es recuperable en el corto plazo.
Con soluciones de emergencia es recuperable en el corto y mediano plazo, requiriéndose otro estudio técnico para determinar cursos de acción.
Se requiere un estudio técnico para determinar recuperabilidad o reconstrucción.
7.- OBSERVACIONES:
8.- RESPONSABLE DEL INFORME
OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA-MINISTERIO DEL INTERIOR
PLANILLA UNICA DE RECEPCION, ENTREGA Y DISPONIBILIDAD
DE ELEMENTOS DE SOCORRO
VER DIARIO OFICIAL DE 13.06.2002, PÁGINA 17.
Recursos Propios : Elementos de socorro de
stock de emergencia y
aquellos adquiridos durante
un evento destructivo con
fondos propios (Fondo de
Emergencia o Reasignaciones).
Ministerio del Interior: Elementos de socorro
canalizados vía Ministerio
del Interior (ONEMI,
Intendencias Regionales y
Gobernaciones Provinciales).
Incluye elementos de stock
de ONEMI y los que se
adquieren y/o canalizan con
Fondos de Emergencia
dispuestos por el Ministerio
del Interior para un evento
destructivo específico.
Otros Servicios del
Estado : Elementos de socorro
adquiridos y/o canalizados
directamente con servicios
y organizaciones de la
estructura del Estado, por
vías diferentes a las del
Ministerio del Interior
(Ministerio de la Vivienda,
Educación, Salud, Obras
Públicas, otros Ministerios
y Servicios,
Municipalidades, etc.).
Particulares : Donaciones adquiridas y/o
canalizadas directamente
por organizaciones no
gubernamentales, campañas
de los medios de difusión,
empresa privada y
particulares.
Observaciones :
Responsable del Informe: Nombre: Fecha: Firma:
GUIA PARA EL USO DE LA PLANILLA UNICA DE RECEPCION, ENTREGA Y DISPONIBILIDAD DE ELEMENTOS DE SOCORRO
REDES
¿Qué es la planilla REDES?
Es un instrumento que permite mantener actualizada la relación entre los elementos de socorro recepcionados, los entregados y los disponibles para satisfacer las necesidades que demanda o puede demandar la ocurrencia de un evento destructivo determinado.
¿Con qué objetivos?
a. Normalizar a nivel nacional el registro de información sobre recepción, entrega y disponibilidad de elementos de socorro a nivel de Municipalidades, Gobernaciones, Intendencias y ONEMI para la atención de emergencias y desastres.
b. Identificar los principales orígenes o fuentes generadoras de recursos (propios, vale decir, del nivel correspondiente, sea éste Municipal, Provincial o Regional; Ministerio del Interior; ONEMI; otros Servicios del Estado, Voluntariado, Particulares) para satisfacer las necesidades que demanda una situación de emergencia o desastre.
c. Efectuar análisis de gestión sobre la satisfacción de las necesidades de las personas, los bienes y el medioambiente que surgen al ocurrir un evento destructivo.
¿Cuándo se debe utilizar la planilla REDES?
La planilla REDES debe mantenerse siempre al día, reflejando la disponibilidad de elementos de socorro para la atención de emergencias o desastres.
Ocurrido un evento destructivo que signifique entregar y/o recepcionar elementos de socorro, la planilla debe actualizarse de acuerdo con la documentación que respalda el movimiento.
¿Cuáles son las variables incluidas en la planilla REDES?
Las principales variables que incluye REDES son:
- Identificación del nivel jurisdiccional que emite la planilla y última fecha actualización.
- Elementos de Socorro considerados de acuerdo a la realidad local.
- Recepción (adquisiciones o ingresos) de elementos de socorro y su origen o fuente.
- Entrega o distribución de elementos de socorro de acuerdo a las necesidades generadas por un evento destructivo.
- Disponibilidad de recursos para su distribución, a la fecha de actualización.
- Corresponde a la diferencia entre los elementos recepcionados y los elementos entregados.
¿Quién mantiene actualizada la planilla REDES?
La planilla REDES la debe mantener permanentemente actualizada, en cada nivel jurisdiccional, el respectivo Director de Protección Civil y Emergencia.
¿A quién y cuándo se debe informar utilizando la planilla REDES?
Se debe informar a través de los Directores de Protección Civil y Emergencia, desde el nivel comunal al regional y desde allí al nacional:
a. En la Fase de Respuesta: anexando la planilla REDES cada vez que se emita un informe DELTA.
b. En la Fase de Prevención: remitiendo trimestralmente la planilla REDES -el día primero de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre- reflejando los elementos de socorro disponibles para la atención de eventos destructivos en la respectiva área jurisdiccional.
ANEXO Nº 9
Direcciones de Protección Civil
Para una más eficiente gestión en Protección Civil, se deben constituir Direcciones de Protección Civil y Emergencia a nivel Regional, Provincial y Comunal.
El propósito de una Dirección de Protección Civil y Emergencia es eminentemente técnico y de nivel superior, asesora de la Autoridad y coordinadora de los recursos del Sistema de Protección Civil en actividades de Prevención, Mitigación, Preparación, Respuesta y Rehabilitación referidas a Emergencias, Desastres y Catástrofes.
Para el cumplimiento de este propósito, una Dirección de Protección Civil debe desarrollar las siguientes funciones:
a.- Asesorar al Intendente, Gobernador o Alcalde, según corresponda y a los miembros del Comité respectivo de Protección Civil en materias de planificación, organización, coordinación y control de actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación para situaciones de emergencias y desastres.
b.- Mantener una coordinación técnica permanente con la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior.
c.- Promover y organizar permanentemente actividades de integración, para la adecuada sociabilización, entre los organismos e instituciones integrantes del sistema de Protección Civil y en la Comunidad, de las visiones, estrategias y acciones de prevención.
d.- Promover y ejecutar, con los integrantes del Sistema de Protección Civil y en la Comunidad, acciones de extensión, educación y capacitación permanentes en prevención y preparación.
e.- Coordinar el desarrollo de un proceso de actualización permanente de procesos de Microzonificación de Riesgos y de Recursos a nivel comunal, con la activa participación del ámbito científico-técnico, de organismos públicos y privados especializados y de la comunidad organizada.
f.- Propiciar la asignación de la debida prioridad a todas aquellas iniciativas e inversiones sectoriales públicas o privadas, de carácter preventivo o mitigador destinadas a evitar o minimizar daños provocados por los eventos destructivos.
g.- Recopilar y mantener estadísticas por variables de eventos destructivos que ocurren en su respectiva área jurisdiccional.
h.- Mantener un Directorio de contactos institucionales con su respectivo Plan de Ubicación y llamado fuera de las horas de servicio, cuando corresponda, el que deberá actualizarse continuamente.
i.- Mantener, operar y controlar un Sistema de Comunicaciones de Emergencia que permita asegurar las comunicaciones entre Intendencia Regional, Gobernaciones Provinciales y Municipalidades con los organismos integrantes del sistema de Protección Civil y con los medios de comunicación social, procurando su desarrollo y mejoramiento permanente.
j.- Mantener permanentemente operativas las instalaciones y servicios anexos de apoyo a las actividades a desarrollarse en el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E.
k.- Mantener archivos actualizados de Planes, Directivas y Procedimientos de Administración de Situaciones de Emergencia emitidas por el nivel central, regional, provincial y comunal, según corresponda, como de las instituciones y organizaciones integrantes del Sistema de Protección Civil.
l.- Mantener actualizada la relación de los elementos que conforman el Acopio de Emergencia, orientado a la realidad y experiencia local.
m.- Ante la ocurrencia de un evento destructivo, coordinar y centralizar la administración de la información de emergencia, para apoyar la toma de decisiones e información pública y comunicar rápida y oportunamente la situación a sus respectivas autoridades y a la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, de acuerdo a los procedimientos preestablecidos.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.