OTORGA CONCESION GRATUITA DE INMUEBLE FISCAL EN LA X REGION DE LOS LAGOS A MUNICIPALIDAD DE CHAITEN
Núm. 491 exento.- Santiago, 3 de junio de 2002.- Vistos: Estos antecedentes, lo solicitado por la I. Municipalidad de Chaitén, en petición adjunta, lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de Los Lagos, mediante Oficio Nº 4404, de 5 de noviembre de 2001, y por la División de Bienes Nacionales, en oficios Nºs. 1.219, de 20 de diciembre de 2001 y 444, de 15 de mayo de 2002, respectivamente; y la autorización otorgada por el señor Ministro de Bienes Nacionales, mediante oficio Nº 740, de 5 de diciembre de 2001.
Considerando:
Que, la I. Municipalidad de Chaitén es una entidad sin fines de lucro y solicita el inmueble fiscal a fin de destinarlo para desarrollar un proyecto denominado "Hogar de Estudiantes de Palena en Valdivia", que consiste en proteger y administrar el Fundo Putrihuén; cuya finalidad es la creación de un hogar para estudiantes que provengan de las comunas de Hualaihué, Chaitén, Futaleufú y Palena.
Que, el proyecto de que se trata, que fue presentado inicialmente al Comité Concesional Regional por la Gobernación Provincial de Palena, fue objeto de varias observaciones, las que fueron evacuadas por la I. Municipalidad de Chaitén, complementando la información solicitada por dicho comité.
Que, el Ministerio de Bienes Nacionales, ha estimado otorgar la presente concesión gratuita por un plazo de 10 años, atendida la naturaleza jurídica de la Corporación peticionaria, así como el objetivo para el cual se destinará el inmueble solicitado;
Que, mediante oficio Nº 4.335, de fecha 26 de octubre de 2001, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de Los Lagos, puso en conocimiento del Sr. Intendente Regional el proyecto presentado por la I. Municipalidad de Chaitén, sin que se haya recibido un pronunciamiento al respecto de parte de la Autoridad Regional, dándose cumplimiento, de esta manera, a lo dispuesto en el artículo 58 del DL Nº 1.939, de 1977, modificado por el artículo 10 de la ley 19.606.
Teniendo presente: Lo dispuesto en el artículo 57 y siguientes del DL Nº 1.939, de 1977, modificado por el artículo 10 Nº 3, de la ley 19.606; en el DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y la resolución Nº 520, y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República,
D e c r e t o:
I.- Otórgase en concesión gratuita a la I. Municipalidad de Chaitén, RUT 69.231.100-0, domiciliada en calle Libertad Nº 297, Chaitén, el inmueble fiscal ubicado en Avenida Arturo Prat Nº 579, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos con el Nº 3-5, comuna y provincia de Valdivia, X Región de Los Lagos; inscrito a nombre de Fisco a fs. 3 Nº 4, en el Registro de Propiedad de 1991, del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, individualizado en el Plano Nº X-1-8246 C.U., con una superficie de 522,80 m2. (Quinientos veintidós coma ochenta metros cuadrados) y una superficie construida de 361,16 m2. (Trescientos sesenta y uno coma dieciséis metros cuadrados) y cuyos deslindes particulares son:
Norte : Avenida Arturo Prat, en una extensión de 21,70 metros;
Este : Rubén Martínez Noriega, separado por cerco recto, en una extensión de 21,60 metros;
Sur : María Betzabé Cárcamo Pérez, separado por cerco recto, en una extensión de 21,60 metros, y
Oeste : Eberhard Kossmann Bartel, separado por cerco recto en una extensión de 21,75 metros.
Según su título, el inmueble deslinda: Norte, la ribera del río hoy Avenida Arturo Prat; Sur, propiedad de doña Francisca Parga; Este, calle Carampangue; y Oeste, propiedad de don Juan Heise.
II.- La presente concesión gratuita se otorga por un plazo de 10 (diez) años, contado desde la fecha de suscripción de la escritura pública de concesión gratuita.
III.- La Corporación concesionaria se obliga a dar cumplimiento al Proyecto que fundamenta el otorgamiento de concesión gratuita del terreno, cual es destinarlo para desarrollar un proyecto denominado "Hogar de Estudiantes de Palena en Valdivia", que consiste en proteger y administrar el Fundo Putrihuén; cuya finalidad es la creación de un hogar para estudiantes que provengan de las comunas de Hualaihué, Chaitén, Futaleufú y Palena, en la forma, condiciones y plazos que se convengan en el contrato de concesión que al efecto se suscriba.
IV.- El presente decreto deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro de los 30 días siguientes a su dictación, de acuerdo al artículo 58º del DL Nº 1.939, de 1977 y sus modificaciones.
V.- El contrato de concesión deberá suscribirse con el representante legal de la Corporación Edilicia, dentro del plazo de treinta (30) días contado desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto de concesión, según lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 59, del DL Nº 1.939, de 1977. Dicho contrato será redactado por la División Jurídica del Ministerio de Bienes Nacionales y firmado en representación del Fisco, por el Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de Los Lagos.
VI.- La Corporación concesionaria deberá inscribir la escritura pública de concesión en el Registro de Hipotecas y Gravámenes correspondiente y anotarla al margen de la inscripción fiscal, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de suscripción de la escritura pública de concesión, copia de la cual deberá entregar al Ministerio de Bienes Nacionales para su archivo.
VII.- Los gastos notariales, inscripciones y anotaciones serán de cargo íntegro de la Corporación concesionaria.
VIII.- Se hace presente que las demás condiciones de la concesión gratuita, serán las que se acuerden en el contrato de concesión que se suscriba al efecto, el que deberá ajustarse a los artículos Nºs. 57 al 63, del DL Nº 1.939, de 1977, modificado por la ley Nº 19.606.
Anótese, regístrese en el Ministerio de Bienes Nacionales, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Bienes Nacionales.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Bienes Nacionales.