PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 313, DE 1997
    Núm. 586.- Santiago, 10 de diciembre de 2001.- Vistos: El artículo 32 Nº8 de la Constitución Política del Estado; la ley Nº19.774 sobre presupuesto del sector público para el año 2002; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs. 668 de 1995, 1.912 de 1996, 313 de 1997, 427 y 2.227 de 1998, 395 de 2000 y 419 de 2001, de esta Secretaría de Estado y la resolución Nº520 de 1996, de la Contraloría General de la República.

    Considerando: La necesidad de hacer operativo para el año 2002 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº2 letra e) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.

    D e c r e t o:

    1. Prorrógase para el año 2002 la vigencia del decreto Nº313 de 1997 complementado por decreto Nº 1.354 de 1999, que estableció un factor adicional de incremento basado en indicadores de escolaridad, para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
    Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Relaciones Exteriores.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Alberto Yoacham Soffia, Embajador, Director General Administrativo.