AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS EN LOS TERMINOS QUE SEÑALA

    Núm. 336 exento.- Santiago, 6 de marzo de 2002.- Visto: Los Oficios Ord. Nº 280 y 281 de fecha 31 de enero de 2002 de la Intendencia Regional del Bío Bío; lo dispuesto en el artículo 1º y 3º del decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 19, de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido de la resolución Nº 55 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y

    Considerando: Que para el mejor cumplimiento de las funciones inherentes al quehacer regional y atendidas razones de seguridad en las labores a que están destinados los vehículos que se individualizarán,

    D e c r e t o:



    Artículo único: Autorízase la circulación en días Sábado en la tarde, Domingo y festivos a los vehículos del Gobierno Regional del Bío Bío que a continuación se individualizan, exento de usar el disco distintivo que señala el artículo 3º del decreto ley Nº 799, de 1974:

Vehículo    : Camioneta
Marca        : Nissan
Modelo      : D 22 Terrano Pick Up-DX 3200 Diesel
Año          : 2001
Color        : Rojo
Nº chassis  : JN1CJUD22-Z0727206
Nº motor    : QD32145562
I.R.V.N      : En trámite
Placa Fiscal : UK-7099-8

Vehículo    : Camioneta
Marca        : Nissan
Modelo      : D 22 Terrano Pick Up-DX
Año          : 2002
Color        : Azul Plata
Nº chassis  : JN1CJUD22-20728531
Nº motor    : QD32161096
I.R.V.N.    : UU-6249-9
Placa Fiscal : UU-6249-9

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.