Art. 10. Escusan de desempeñar el cargo de municipal:
    1º Tener mas de sesenta años de edad;
    2º Residir fija i permanentemente a mas de cincuenta quilómetros del lugar que funciona la Municipalidad;
    3º Ser párroco o vice-párroco, o el único médico o farmacéutico del lugar;
    4º Ejercer un cargo público incompatible con las funciones de municipal;
    5º Haber servido el mismo cargo en tres períodos consecutivos; i
    6º Tener una enfermedad crónica que impida el correcto desempeño del cargo.
    La Municipalidad calificará estas escusas.