ART. 35
    Todo varon mayor de 21 años, chileno o estranjero, residente en el territorio municipal el dia 1º de agosto, pagará anualmente en el mes de febrero del año próximo siguiente, en la tesorería municipal, el impuesto personal que será de uno a tres pesos, según fuere de uno a tres por mil, la cuota sobre los haberes votada por la asamblea del Municipio.