ART. 74
    En la segunda quincena de abril de cada año, la Municipalidad examinará la cuenta de inversion i se pronunciará sobre ella aprobándola o desaprobándola.
    En este último caso, ordenará que se haga efectiva la responsabilidad de quien corresponda.
    La resolucion de la Municipalidad ha de fundarse esclusivamente en haber sido o no haber sido hechas las inversiones en conformidad al presupuesto o a los acuerdos posteriores de la corporacion.
    La asamblea de los electores se pronunciará sobre estas resoluciones de la Municipalidad.