DECLARA MONUMENTO HISTORICO LA IGLESIA PARROQUIAL "NUESTRA SEÑORA DE LA DIVINA PROVIDENCIA" DE SANTIAGO
    Núm. 57.- Santiago, 13 de Enero de 1989.- Considerando:
    Que, la Iglesia Parroquial "Nuestra Señora de la Divina Providencia", reúne valores arquitectónicos interiores y exteriores importantes y está ubicada en el corazón de la comuna de Providencia, con una presencia significativa en el ámbito urbano;
    Que, el predio en que está construida fue solar de los abuelos maternos de Arturo Prat, y la Iglesia misma y sus construcciones inmediatas fueron la primera instalación en Santiago de las Hermanas de la Providencia, en 1854, sirviendo su nombre de antecedente para denominar la comuna;
    Que, además y luego del deterioro que sufriera a causa del terremoto de 1971 se había decidido su demolición, pero, aunando esfuerzos de la Iglesia, del Municipio y de particulares, se le agregó una estrutura antisísmica nueva que aseguran su estabilidad; y Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 17.288 de 1970, OF.ALC N° 2.000/27 de 04 de noviembre de 1988 de la I. Municipalidad de Providencia; Acuerdo de sesión de 07 de diciembre de 1988 del Consejo de Monumentos Nacionales y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

      Decreto:

    Artículo único: Declárase Monumento Histórico la Iglesia Parroquial "Nuestra Señora de la Divina Providencia", con su casa parroquial y sus construcciones adyacentes, ubicada en Avenida Providencia N° 1619, comuna de Providencia, provincia de Santiago, Región Metropolitana.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Paulina Dittborn Cordua, Ministro de Educación Pública subrogante.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted.- Adelchi Colombo Breschi, Subsecretario de Educación Pública subrogante.