MODIFICA DECRETO Nº 62, DE 1984

    Santiago, 28 de mayo de 2002.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 124.- Visto: El D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, y sus modificaciones, que reglamenta el Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas Destinadas a Atender Situaciones de Marginalidad Habitacional; la ley Nº 16.391, y en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto; el D.L. Nº 1.305, de 1975, y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
    D e c r e t o:

    Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, en el sentido de agregar al inciso primero de su artículo 1º, la siguiente oración:

    "También los Serviu podrán adquirir o construir tales viviendas, para destinarlas a su venta, a beneficiarios de los Programas Privados de Viviendas Sociales a que se refiere el Título VIII de este reglamento, que tengan un Certificado de Subsidio Habitacional vigente a la fecha de perfeccionarse la venta, en cuyo caso a la respectiva operación de compraventa se aplicarán las normas del referido Título VIII y, en lo no previsto por ellas, lo dispuesto en los Títulos I a V de este Reglamento.".

    Artículo transitorio.- Las modificaciones al D.S.
Nº 62 (V. y U.), de 1984, contenidas en el presente decreto, regirán a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, pudiendo aplicarse, a partir de esa fecha, incluso a beneficiarios de selecciones realizadas con anterioridad, cuyos Certificados de Subsidio Habitacional se encuentren vigentes a la fecha de la respectiva operación, por ser más favorable para ellos, pero en este caso se aplicarán sólo a las actuaciones aún no realizadas y/o a los efectos aún no producidos.

    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sonia Tschorne Berestesky, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.