Artículo 21.- El Jefe de Misión comunicará por Nota Verbal a la Dirección del Protocolo:


1.-  El nombramiento de los miembros del personal de la Misión Diplomática y Consular, su rango y nacionalidad, así como las fechas de su llegada y salida definitiva, o la terminación de sus funciones en la Misión.
2.-  La llegada y salida definitiva de toda persona perteneciente a la familia de un miembro de la Misión.
3.-  El cambio de categoría de cualquiera de los miembros del personal de la Misión, y
4.-  La llegada y salida definitiva de los empleados al servicio doméstico de los miembros de la Misión, o su contratación si se trata de nacionales chilenos o extranjeros residentes en el país, en cuyo caso se proporcionará copia del respectivo contrato de trabajo.