Artículo 25.- El Jefe de Misión que deseare obtener una audiencia con el Presidente de la República, Presidente del Senado, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidente de la Cámara de Diputados, Ministros y Subsecretarios de Estados, deberá solicitarla por intermedio de la Dirección del Protocolo.