Artículo 41.- La ubicación en la testera será la siguiente:
En la cabecera principal, tomarán colocación, en el asiento de honor, el Presidente de la República, quien tendrá a su derecha al Presidente del Senado y al Secretario del Senado; y a su izquierda, el Presidente de la Cámara de Diputados y el Secretario de la misma.
Los Ministros de Estado tomarán colocación en el estrado situado al costado derecho de la Mesa de Honor.