Artículo 68.- De acuerdo con la práctica tradicional del Ceremonial y Protocolo de Chile una Visita de Trabajo comprende las siguientes actividades:
- Reunión de ambos Jefes de Estado o de Gobierno en el Palacio de La Moneda. En el caso de un Ministro de Relaciones Exteriores, tal reunión se efectuará en la sede de la Cancillería.
- Almuerzo o cena ofrecido por el Presidente de la República o el Ministro de Relaciones Exteriores, según el caso.
- Conferencia de Prensa y firma de acuerdos, si procede.