Artículo 73.- Cada vez que procedan, los honores militares que se rinden tanto a la llegada como a la partida, se regirán por las disposiciones internas dictadas para este efecto por la Fuerza Aérea de Chile. Corresponderán honores militares, en cualquiera de sus formas, en días y horario hábiles, esto es, de lunes viernes, de 09.00 a 18:00 horas.