ARTICULO 12º: Convocatoria. La convocatoria es el acto en que el Consejo invita públicamente a los interesados para que, sujetándose a las bases del llamado, presenten sus ofertas.
La convocatoria a licitación deberá publicarse por tres veces en un diario de circulación regional y, al menos, por una vez en un diario de circulación nacional.
La convocatoria especificará, a lo menos:
a) El objeto de la licitación;
b) El plazo para retirar las bases;
c) El lugar donde estarán disponibles;
d) La fecha, hora y lugar de entrega de las ofertas; y e) La fecha, hora y lugar del acto solemne y público en que se procederá a la apertura de las propuestas.