ARTICULO 12º: Convocatoria. La convocatoria es el acto en que el Consejo invita públicamente a los interesados para que, sujetándose a las bases del llamado, presenten sus ofertas.
    La convocatoria a licitación deberá publicarse por tres veces en un diario de circulación regional y, al menos, por una vez en un diario de circulación nacional.
    La convocatoria especificará, a lo menos:


a)  El objeto de la licitación;
b)  El plazo para retirar las bases;
c)  El lugar donde estarán disponibles;
d)  La fecha, hora y lugar de entrega de las ofertas; y e)  La fecha, hora y lugar del acto solemne y público en que se procederá a la apertura de las propuestas.