"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.713:
    1). Agréganse, al final del artículo 2º, las siguientes letras:
    "q) Sardina (Sardinops sagax) y Anchoveta (Engraulis ringens), en el área marítima correspondiente a la I y II Región.
      r) Jurel (Trachurus murphyi), en el área marítima correspondiente a la I y II Región.".

    2). En el inciso segundo del artículo 4º, reemplázase la expresión "e) y f)" por "e), f), q) y r)".