MODIFICA RESOLUCION Nº 520, DE 1996, DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

    Santiago, 13 de septiembre de 2002.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:
    Núm. 661.- Considerando:
    La necesidad de agilizar los procedimientos administrativos;
    Los planteamientos de la División de Toma de Razón y Registro; y
    Vistos: Las facultades que me confiere la Ley 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República,

    R e s u e l v o:

    Modifícase la Resolución Nº 520, de 1996, de esta Contraloría General, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón, en la siguiente forma:

    1.- Elimínase del Nº 8, del artículo 1º, la frase "excepto los que se produzcan en la reserva".

    2.- Elimínase de los incisos 1º y 2º del Nº 11 del artículo 1º, las palabras "sobreseimientos y absoluciones".

    3.- Elimínase al final de la letra f) del Nº 13 del artículo 1º después del signo ";" la expresión "y," y agrégase a continuación de la letra g) de dicho número, las siguientes letras:
    "h) Pensiones mensuales vitalicias a que se refiere el número 3 del artículo 17º de la Ley Nº 19.169, relativa a Premios Nacionales; e
    "i) Pensiones de reparación y bonificaciones compensatorias en favor de los familiares de las víctimas de violación a los derechos humanos o de la violencia política, a que se refiere la Ley Nº 19.123.".

    4.- Elimínase el inciso 2º del Nº 13 del artículo 1º.

    5.- Reemplázase en el inciso 3º del Nº 13 del artículo 1º, la frase "Respecto de las letras c), e), f) y g)" por la siguiente: "Respecto de las letras a) a la i)".

    6.- Reemplázase el Nº 11 del artículo 3º por el siguiente: "Cancelación de Personalidad Jurídica.".

    7.- Reemplázase el Nº 12 del artículo 3º por el siguiente: "Disolución de Cooperativas.".

    8.- Reemplázase el Nº 5 del artículo 10º por el siguiente: "Sobreseimientos y absoluciones, en la medida que se refieran a funcionarios determinados. Aplicación de medidas disciplinarias no expulsivas en las Empresas Públicas".

    La presente resolución entrará en vigencia a contar desde el 1º del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Gustavo Sciolla Avendaño, Contralor General de la República.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Pedro Sánchez Pavez, Secretario General Contraloría General de la República.