Artículo 1º Modifícanse los artículos 171, 173 y 174 del decreto con fuerza de ley Nº4, de 24 de Julio de 1959, que aprobó el texto de la Ley General de Servicios Eléctricos, en la forma que se indica a continuación:
En el artículo 171, substitúyese la expresión "cincuenta a quinientos pesos" por la siguiente: "uno a diez escudos";
En el artículo 173, inciso primero, substitúyese la expresión "cincuenta a cinco mil pesos" por la siguiente: "uno a cien escudos", y
En el artículo 174, substitúyese la expresión "cincuenta a cinco mil pesos" por la siguiente: "uno a cien escudos".