ADJUDICA APORTE SUPLEMENTARIO POR COSTO DE CAPITAL ADICIONAL A PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PRESENTADOS EN EL QUINTO CONCURSO  PÚBLICO (N°2/2001) Y SEXTO CONCURSO PÚBLICO (N°3/2001) DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN EL MARCO DE LA LEY N°19.532

    Santiago, 30 de octubre de 2002.-  Núm.12.954 exenta.-

    Considerando:

    Que, en el marco de la ley N°19.532 que Crea el Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y Dicta Normas para Su Aplicación, el Ministerio de Educación llamó al Quinto Concurso Público (N°2/2001) y al Sexto Concurso Público (N°3/2001) sobre proyectos de infraestructura para que establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N°2, de Educación, de 1998, optaran al aporte suplementario por costo de capital adicional;

    Que, se efectuó la evaluación y selección de proyectos de infraestructura, como asimismo, se resolvió sobre los reclamos presentados por aquellos establecimientos educacionales que no resultaron preseleccionados, todo ello conforme a las bases que rigen el concurso, la ley N°19.532 y su reglamento;

    Que, dado lo anterior, corresponde adjudicar el aporte suplementario por costo de capital adicional a los proyectos que en definitiva han sido seleccionados;
y,

    Visto: Lo dispuesto en la ley N°18.956; ley N°19.532; decreto supremo de Educación N°755, de 1997; resoluciones de Educación N°s. 450 y 469, ambas del 2001; ley N°19.774; y, resolución N°520, de 1996 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República,

    R e s u e l v o:


    Artículo 1º: Adjudícanse los siguientes montos por concepto de aporte suplementario por costo de capital adicional, en el marco del Quinto Concurso Público (N°2/2001) sobre proyectos de infraestructura, a los siguientes establecimientos educacionales:
      VER DIARIO OFICIAL DE 04.11.2002. PAGINAS 13-17

NOTA:
      El art. 1º de la RES 2268 exenta, Educación, publicada el 07.03.2003, modificó la presente resolución en el sentido de rectificar de la manera que indica el listado de establecimientos educacionales que contiene. Dicha modificación no ha sido incorporada por no estar ingresado el cuadro respectivo.
NOTA: 1
      El art. 1º de la RES 5790 Exenta, Educación, publicada el 19.07.2003, modificó la presente resolución en el sentido de rectificar de la manera que indica el listado de establecimientos educacionales que contiene. Dicha modificación no ha sido incorporada por no estar ingresado el cuadro respectivo.
    Artículo 2°: Adjudícanse los siguientes montos por concepto de aporte suplementario por costo de capital adicional, en el marco del Sexto Concurso Público (N°3/2001) sobre proyectos de infraestructura, a los siguientes establecimientos educacionales:

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 04.11.2002. PAGINA 17
    Artículo 3°: Al aporte que se adjudica en virtud del presente acto a los establecimientos educacionales de financiamiento compartido, se le aplicará un descuento equivalente al porcentaje que hubiese representado el descuento señalado en el artículo 25, en relación a la subvención del inciso segundo del artículo 9° al practicarse el ajuste dispuesto en el artículo 33, correspondiente al último año, todos del decreto con fuerza de ley N°2, de Educación, de 1998.

    Artículo 4°: El gasto que demande el financimiento de los proyectos adjudicados, durante el año 2002, se imputará de la siguiente manera: "09-01-02-33-87-024, Subsecretaría de Educación, Ministerio de Educación".
    El gasto que demande el financiamiento de los mismos proyectos para los años siguientes, se imputará por acto administrativo posterior.

    Artículo 5°: Publíquese la presente resolución, por una vez, en el Diario Oficial.-

    Anótese, refréndese y publíquese.-  Mariana Aylwin Oyarzún, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., José Weinstein Cayuela, Subsecretario de de Educación.