MODIFICA DECRETOS DE HACIENDA Nº 1.447, DE 1996 Y DE ECONOMIA Nº 42, DE 1985, SOBRE AUTORIZACIONES A LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION

    Núm. 157.- Santiago, 10 de junio de 2002.- Visto: Lo solicitado por la Corporación de Fomento de la Producción en su oficio 4.159, de 2002; el Acuerdo de Consejo de dicha Corporación Nº 2.209, de 2002; el artículo 25 de la ley Nº6.640; el artículo 10, letra l), del decreto supremo Nº 360, de 1945, del ex Ministerio de Economía y Comercio; el artículo 44 del decreto ley Nº 1.263, de 1975 y el artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,


    D e c r e t o:

    Artículo 1º.- Sustitúyese el Nº 1 del decreto supremo Nº1.447, de 1996, del Ministerio de Hacienda, por el siguiente: "1. Autorízase a la Corporación de Fomento de la Producción para contraer compromisos financieros a plazo, hasta por un monto de
US$100.000.000 o su equivalente en moneda nacional, derivados del otorgamiento de subsidios contingentes por operaciones de créditos y de leasing otorgados a personas naturales o jurídicas del sector privado, por bancos, instituciones financieras, compañía de leasing y compañías de seguros, sujetos al control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras o de la Superintendencia de Valores y Seguros".
    Artículo 2º.- Reemplázase en el artículo 1º del decreto supremo Nº 42, de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, cuyo texto fue sustituido por letra A, del decreto supremo Nº 674, de 1994 del mismo Ministerio y modificado por decreto supremo Nº 857, de 1996, decreto supremo Nº 94 de 1997, decreto supremo Nº 264, de 1999 y decreto supremo Nº 552, de 2000, el guarismo de US$70.000.000, por US$10.000.000.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Alvaro Díaz Pérez, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.