MODIFICA DECRETO Nº 536 DE 2000

    Núm. 247.- Santiago, 31 de octubre de 2002.- Considerando:

    Que el Ministerio de Educación mediante decreto supremo de Educación Nº 536 de 15 de septiembre de 2000, creó Comisiones Asesoras del Ministerio de Educación para el Componente Aseguramiento de la Calidad del Programa de Mejoramiento de la Equidad y Calidad de la Educación Superior, Mecesup,
    Que, en el artículo primero del decreto precedentemente citado se crean las Comisiones Asesoras, también denominadas Comités de Areas, destinadas a apoyar la gestión del Componente Aseguramiento de la Calidad organizadas por programas o carreras, y que entre ellas, se creó el "Comité Técnico de Derecho", Que en su articulado segundo se estableció la composición de sus integrantes,
    Que, se hace necesario modificar la composición de los integrantes del citado Comité, con el propósito de incorporar en él a un grupo amplio de expertos, junto con reemplazar a aquellos que no seguirán prestando funciones en él, y

    Visto: Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 10 inciso cuarto, 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República, la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado, la ley 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, la ley 19.774, de Presupuestos del Sector Público, decretos supremos Nºs 332/2000 y 446/2000, ambos del Ministerio de Hacienda, decreto supremo Nº 19, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, decreto supremo de Educación Nº 536 de 2000 y la resolución Nº 520/96, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, dicto el siguiente

    D e c r e t o:


    Artículo 1º: Modifícase el artículo segundo del decreto supremo Nº 536/2000, del Ministerio de Educación, que Crea Comisiones Asesoras del Ministerio de Educación para el Componente Aseguramiento de la Calidad del Programa de Mejoramiento y Calidad de la Educación Superior, Mecesup, en la forma que se señala:

-    Reemplázase en el inciso segundo del artículo 2º la composición de los integrantes del Comité Técnico de Derecho, por el siguiente:

    "Los comités estarán integrados por los siguientes miembros:

Comité Técnico de Derecho:

1.-  Eduardo Aldunate Lizana, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Católica de Valparaíso.
2.-  Amaya Alvez Marín, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Concepción.
3.-  Andrés Cuneo Macchiavello, Facultad de Derecho, Universidad Diego Portales.
4.-  Jaime Náquira Riveros, Facultad de Derecho, Pontificia Universidad Católica de Chile.
5.-  Humberto Nogueira Alcalá, Facultad de Derecho, Universidad de Talca.
6.-  Claudio Osorio Johannsen, Facultad de Derecho, Universidad Adolfo Ibáñez.
7.-  Sergio Urrejola Monckeberg, Colegio de Abogados de Chile.
8.-  Hernán Varela Valenzuela, Facultad de Derecho, Universidad de la Santísima Concepción, y 9.-  Aldo Valle Acevedo, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad de Valparaíso".

    Artículo 2º: En todo lo no modificado continúan vigentes las disposiciones contenidas en el decreto supremo de Educación Nº 536 de 15 de Septiembre de 2000.
    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Mariana Aylwin Oyarzún, Ministra de Educación.
    Lo que comunico a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, José Weinstein Cayuela, Subsecretario de Educación.