Art. 59. Son deberes de toda empresa:
    1º Mantener siempre la via en buen estado, de modo que pueda ser recorrida sin peligro por los trenes;
    2º Proveerla de material de esplotacion necesario, en calidad, naturaleza y cantidad, para el servicio de trasportes en relacion con la actividad ordinaria de las comunicaciones entre los diversos pueblos que ligare;
    3º Mantener en servicio un sistema de comunicaciones eléctricas entre todas las estaciones del ferrocarril;
    4º Asegurar la oportuna maniobra de las agujas en los cambios de via.
    5º Establecer barreras y guarda-ganados y mantener guarda-vias en todos los puntos en que los ferrocarriles cruzaren a nivel los caminos públicos.
    Estas barreras deberán cerrarse con debida anticipacion al paso de los trenes, abriéndose en seguida, para dejar espedito el tránsito por el camino.
    En los casos en que un nuevo camino público atraviese un ferrocarril existente, corresponderá a la autoridad que construye el camino, instalar las barreras y casa para el guarda, según los tipos adoptados por la empresa y entregar a ésta una estension de terrenos anexos a la casa del guarda, de quinientos metros cuadrados por lo ménos.
    A la empresa corresponderá los gastos del servicio, así como la conservacion y renovacion de las obras;
    6º Cerrar a su costo el camino por uno y otro lado en toda la estesion. Sin embargo, la Inspeccion, atendida las características del terreno en que se desarrolla la línea, podrá esceptuar del cierro aquellas partes del camino en que no sea indispensable para la seguridad del tránsito.
    La obligacion de cerrar y conservar los cierros, no podrá en lo sucesivo, encomendarse a los propietarios de los predios colindantes.
    En los casos en que por convenios vijentes a la fecha de la promulgacion de la presente lei, los cierros pertenezcan a los propietarios colindantes y su conservacion corra a cargo de éstos, ellos serán responsables de los perjuicios que para la empresa pudieran resultar por mal estado de dichos cierros; pero subsistirá la responsabilidad de la empresa ante terceros.