EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 39 EXENTA, DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 2002, SOBRE REGISTRO DE ACCIONISTAS QUE DEBE SER CONSIDERADO PARA LOS FINES TRIBUTARIOS DISPUESTOS EN LAS RESOLUCIONES EXENTAS NºS 64 Y 65, DE 1993

    R e s u e l v o:


    1. Las Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones, para todos los efectos a que se refieren las resoluciones exentas Nºs 64 y 65, ambas publicadas en el Diario Oficial de 18.01.93 y sus modificaciones posteriores, esto es, exclusivamente para los fines, de la información que deben presentar al Servicio de Impuestos Internos a través de la Declaración Jurada Nº 1.884 denominada "Declaración Jurada Anual sobre Dividendos Distribuidos y Créditos Correspondientes", y para los efectos de la certificación que deben practicar de acuerdo con el Modelo de certificado Nº 3, deberán considerar el registro vigente a la fecha señalada en el inciso final del artículo 81 de la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas, actualizado éste con todos los traspasos que den cuenta de la transferencia de acciones con derecho a dividendo.

    2. Esta resolución rige respecto de las Declaraciones Juradas y Certificados a que se refieren los considerandos Nºs 2 y 3, que deban presentarse o emitirse a contar del Año Tributario 2004, es decir, respecto de los dividendos que se distribuyan a partir del 1º de enero del año 2003.

    3. La presente resolución será publicada en extenso en la página Web del Servicio de Impuestos Internos en Internet www.sii.cl y en el Boletín del mes de diciembre del año 2002.

    Anótese y publíquese en extracto en el Diario Oficial.- Juan Toro Rivera, Director.- Gina Anastasov Aguilera, Secretaria General.