EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 44 EXENTA, DE 2002
Establece obligación de informar al Servicio de Impuestos Internos sobre operaciones exentas del Impuesto Adicional de la Ley de la Renta en virtud de lo dispuesto en el artículo 10º del D.L. 3.059 de 1979.
Por Res. Ex. Nº 44, del 26 de diciembre de 2002, se establece para las empresas señaladas en el artículo 10º del D.L. 3.059, de 1979, esto es, las empresas de astilleros y las empresas navieras, incluidas las de remolcadores, las de lanchaje y de muellaje nacionales, que hagan uso de la exención contenida en dicha norma, la obligación de entregar a este Servicio un detalle de las operaciones acogidas a exención, en el formulario de declaración jurada que se fija en esta resolución.
El texto de dicho formulario así como su instructivo se encuentran contenidos en el anexo de la citada resolución.
Esta resolución regirá a contar de la fecha de la publicación de su extracto en el Diario Oficial.
El texto íntegro de esta resolución y su anexo se encuentran incluidos en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos en Internet, cuya dirección es http://www.sii.cl y además se publicará en el Boletín del Servicio del mes de diciembre de 2002.-
Juan Toro Rivera, Director.