Artículo 11: La atención de los alumnos debe realizarse por profesionales titulados en la especialidad respectiva de acuerdo a lo siguiente:
. Los profesores especialistas deberán poseerDTO 156 EXENTO,
EDUCACION
Art. único
D.O. 07.04.2003 un título de profesor de Educación Especial o Diferencial con mención en Lenguaje o con mención en Audición y Lenguaje o con postítulo en Lenguaje o con postítulo en Audición y Lenguaje, otorgados por una institución de educación superior; sin perjuicio de que puedan excepcionalmente estar habilitados o autorizados para ejercer docencia según las normas generales aplicables.
EDUCACION
Art. único
D.O. 07.04.2003 un título de profesor de Educación Especial o Diferencial con mención en Lenguaje o con mención en Audición y Lenguaje o con postítulo en Lenguaje o con postítulo en Audición y Lenguaje, otorgados por una institución de educación superior; sin perjuicio de que puedan excepcionalmente estar habilitados o autorizados para ejercer docencia según las normas generales aplicables.
Las actividades curriculares no lectivas complementarias de las funciones docentes del profesor especialista de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 del decreto supremo de Educación Nº453 de 1991, reglamento del Estatuto Docente, son las siguientes:
- Evaluación pedagógica de ingreso;
- Participación en la formulación del plan
educativo;
- Asesoramiento y colaboración a los docentes de
la educación regular;
- Apoyo a los padres y la gestión de la familia en
la superación del TEL, y la participación en
consejos técnicos.
. Los profesionales fonoaudiólogos deberán poseer título profesional en la especialidad respectiva.
Las funciones del fonoaudiólogo incluyen:
- Evaluación fonoaudiológica de ingreso;
- Participación en la formulación del plan educativo;
- Atención individual o en pequeños grupos de los
alumnos en el aula de recursos;
- Asesoramiento y colaboración con profesor
especialista y/o profesor de aula regular que
incluye participación en la planificación,
diseño de actividades, evaluación y trabajo en
la sala de clases;
- Trabajo con familia que incluye entrevistas,
reuniones y programación de visitas con los
padres (en el hogar o en los establecimientos
respectivos), aplicación de anamnesis,
orientación en las actividades de apoyo a
realizar en el hogar, realización de talleres de
desarrollo de habilidades de la comunicación
para padres, realizar escuela para padres y
guías para padres, entre otras;
- Participación en los consejos técnicos de
profesores; y
- Participación en actividades del Gabinete
Técnico.
. El profesional fonoaudiólogo deberá tener una carga horaria mínima de 4 horas cronológicas por cada 15 alumnos en la matrícula del establecimiento para realizar la totalidad de las funciones antes descritas.