Apruébase el Reglamento que se acompaña, Orgánico de la Caja de Retiros y de Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado:

    Desde la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, quedará sin efecto el Reglamento Orgánico de la Institución nombrada, aprobado por decreto N° 1,695, de 23 de Mayo de 1927, del Ministerio de Obras Públicas, Comercio y Vía de Comunicación.