AUTORIZA A LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO PARA REUBICAR EN EL ARTICULO 2º DEL DECRETO SUPREMO N° 500, DE 1962, CRUCE PUBLICO A NIVEL QUE INDICA
Núm. 1.120.- Santiago, 30 de Mayo de 1979.- Vistos: el oficio D.V. N° 340/001026, de 17 de Mayo de 1979, de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado; teniendo presente lo dispuesto por la Ley General de Ferrocarriles, el DFL. N° 94, de 1960, modificado por la ley N° 14.999, y lo dispuesto por la ley N° 16.436, de 1966,
Resuelvo:
1.- Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para suprimir del artículo 1º del decreto supremo N° 500, de 21 de Agosto de 1962, de la Subsecretaría de Transportes dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el cruce público a nivel que se indica:
ALAMEDA A PUERTO MONTT Y RAMALES LINEA CENTRAL.
Km. 527,530.- Lado sur estación Santa Fe.
2.- Inclúyese el cruce público a nivel indicado en el artículo anterior, en el artículo 2º, del DS. N° 500, de 21 de Agosto de 1962, de la Subsecretaría de Transportes dependientes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- José Luis Federici Rojas, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Nelson López Quilodrán, Jefe Depto. Administrativo.