ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PUBLICA ADOPTADO POR LA COMISION CLASIFICADORA DE RIESGO

    Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº7 de los Procedimientos de Aprobación de Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas, publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1994, modificado por el Acuerdo Nº 16, publicado en el Diario Oficial el 2 de junio de 1998; en el Acuerdo Nº 8 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 1994, modificado por los Acuerdos Nº 13, Nº 14, Nº 15, Nº 20 y Nº 21 publicados en el Diario Oficial el 4 de octubre de 1996, 19 de noviembre de 1996, 6 de marzo de 1997, 5 de diciembre de 2001 y 17 de mayo de 2002, respectivamente; y en el Acuerdo Nº 10 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Emitidos en el extranjero, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1995, modificado por los Acuerdos Nº 11, Nº 12, Nº 13, Nº 17, Nº 18, Nº 19 y Nº 22, publicados en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 1995, 27 de enero de 1996, 4 de octubre de 1996, 4 de enero de 1999, 6 de septiembre de 2000, 9 de marzo de 2001 y 12 de diciembre de 2002, respectivamente.
    La Comisión Clasificadora de Riesgo acordó, en su ducentésimo decimoctava reunión ordinaria, lo siguiente:

A.  EMISORES CHILENOS:

1.  Aprobar las acciones Serie A de la Sociedad Anónima Abierta que se indica, en virtud de lo establecido en el inciso séptimo, artículo 106, del DL Nº 3.500 de 1980, referido a antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las mismas elaborados por diferentes clasificadoras de riesgo en conformidad a la Ley Nº 18.045:

    - Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A.

2.  Mantener aprobadas las acciones de las siguientes Sociedades Anónimas Abiertas, pero modificar el criterio de aprobación desde antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las mismas a cumplimiento de requisitos mínimos:

    - Bata Chile S.A.
    - Cementos Bio - Bío S.A.

3.  Aprobar las acciones de las Sociedades Anónimas Abiertas que se indican, en virtud de lo establecido en el inciso segundo, artículo 106, del DL Nº 3.500 de 1980, referido al cumplimiento de requisitos mínimos con información financiera al 30 de septiembre de 2002:

    - Coast Cadena S.A.
    - Compañía de Teléfonos de Chile Transmisiones Regionales S.A.
    - General Electric de Chile S.A.
    - Telefónica del Sur Carrier S.A.

4.  Dejar de aprobar las acciones de la Sociedad Anónima Abierta que se indica, en atención a que el emisor fue incorporado por absorción en la Empresa de Servicios Sanitarios del Bio- Bío S.A.:

    - Empresa de Servicios Sanitarios del Libertador S.A.

5.  Dejar de aprobar las acciones de las Sociedades Anónimas Abiertas que se indican, en atención a que la Superintendencia de Valores y Seguros, a solicitud de las mismas, resolvió cancelar la inscripción del emisor y sus acciones en el registro de valores:

    - Metalpar S.A.
    - Vidrios Lirquén S.A.

6.  Dejar de aprobar las acciones de la Sociedad Anónima Abierta que se indica, atendiendo a una solicitud de su emisor, producto que los accionistas han acordado cerrar la sociedad, trámite que se encuentra en proceso en la Superintendencia de Valores y Seguros:

    - Santa Isabel S.A.

7.  Mantener aprobadas las cuotas de los siguientes Fondos de Inversión, pero considerando para ello los aspectos señalados en el Acuerdo Nº 20:

    - Citicorp Chile Fondo de Inversión
    - Colono Fondo de Inversión
    - Compass RF América Latina Fondo de Inversión
    - Fondo de Inversión Larraín Vial - Cochrane
    - Moneda Deuda Latinoamericana Fondo de Inversión
    - Pionero Fondo de Inversión

8.  Aprobar y asignar las clasificaciones de riesgo que se indican a los instrumentos emitidos por la Institución Financiera que se señala:

Emisor              Instrumentos      Clasificación
                                          de riesgo

- Banco Conosur  - Depósitos de Corto    Nivel N-2
                  Plazo
                - Depósitos de Largo  Categoría BBB+
                  Plazo
                - Bonos Subordinados  Categoría BBB

    Asimismo, la Comisión acordó dejar de aprobar y asignar una categoría de riesgo a los instrumentos financieros de la Financiera Conosur, en atención a que la financiera se transformó en banco finalizando sus operaciones el 31 de diciembre de 2002.

9.  Dejar de aprobar y asignar una categoría de riesgo a los instrumentos financieros del HSBC Bank USA, en atención a que sus activos y pasivos fueron transferidos al HSBC Bank Chile finalizando sus operaciones el 31 de diciembre de 2002.

10.  Mantener aprobados los instrumentos financieros de oferta pública de los emisores que se señala, pero asignar las nuevas categorías de riesgo que se indican:

Emisor                    Instrumentos    Categoría de
                                            riesgo
                                        Antigua  Nueva

- AES Gener S.A.      - Bonos Series LA1,    A-    BBB-
                        LA2, LA3, LA4 y
                        LA5

- Sociedad Eléctrica  - Bonos Series A y B  A    BBB+
  Santiago S.A.

- Deutsche Bank Chile - Depósitos de Largo  AA    AA+
                        Plazo

11.  Dejar de aprobar y asignar una categoría de riesgo a los bonos Series A y B de Celulosa Arauco y Constitución S.A., inscritos con el Nº 152 el 28 de noviembre de 1991 en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros, en atención a que fueron amortizados totalmente el 12 enero de 2003.

12.  Dejar de aprobar y asignar una categoría de riesgo a los bonos Serie A de Transa Securitizadora S.A., inscritos con el Nº 202 el 10 de marzo de 1998 en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros, en atención a que fueron amortizados totalmente el 1º enero de 2003.

13.  Aprobar los bancos constituidos legalmente en Chile y las sucursales de bancos extranjeros autorizados para funcionar en el país, como contraparte de los fondos de pensiones en los contratos de forwards a largo plazo, referidos a riesgo de fluctuaciones de tasas de interés en una misma moneda o unidad de reajuste, sobre activos nacionales, si los depósitos a largo plazo se encuentran aprobados por la Comisión con clasificación, al menos, en Categoría AA-.
    Asimismo, acordó aprobar los bancos constituidos legalmente en Chile y las sucursales de bancos extranjeros autorizados para funcionar en el país, como contraparte de los fondos de pensiones en los contratos de forwards a corto plazo, referidos a riesgo de fluctuaciones de tasas de interés en una misma moneda o unidad de reajuste, sobre activos nacionales, si los depósitos a corto plazo se encuentran aprobados por la Comisión con clasificación, al menos, en Nivel 1-.

B.  EMISORES EXTRANJEROS:

1.  Aprobar las cuotas del siguiente Fondo de Inversión de Capital Extranjero, inscrito con el Nº 016 el 18 de marzo de 2002 en el registro de valores extranjeros de la Superintendencia de Valores y Seguros:

    - The Chile Fund, Inc.

2.  Aprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos Extranjeros, registrados en los países indicados:

Fondo Mutuo Extranjero                      País de
                                            registro

Julius Baer Multistock - Global            Luxemburgo
Opportunities Stock Fund
Julius Baer Multistock - Japan              Luxemburgo
Navigator Stock Fund
DIT Deutscher Investment-Trust -            Alemania
Concentra
DIT Deutscher Investment-Trust -            Alemania
DIT-Euroaktien
DIT Deutscher Investment-Trust              Alemania
- DIT-Pazifikfonds
DIT Deutscher Investment-Trust -            Alemania
DIT-Fonds Schweiz
DIT-Lux Small Cap Europa                    Luxemburgo
DIT-Lux Tiger Fund                          Luxemburgo
Goldman Sachs Fund plc - Goldman Sachs      Irlanda
Sterling Liquid Reserves Fund

3.  Desaprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos Extranjeros, registrados en los países indicados, en atención a que su Administrador lo ha solicitado:

Fondo Mutuo Extranjero                      País de
                                            registro

Barclays International Funds - European    Luxemburgo
Equity
Barclays International Funds - Global      Luxemburgo
Multinational Equity
Barclays International Funds - Japanese    Luxemburgo
Equity
Barclays International Funds - Pacific      Luxemburgo
Rim Equity
Barclays International Funds - United      Luxemburgo
Kingdom Equity
Barclays International Funds - United      Luxemburgo
States Equity
CIBC Private Client Fund Limited -          Guernsey
Balanced Fund
CIBC Private Client Fund Limited -          Guernsey
European Equity Fund (Euro)
CIBC Private Client Fund Limited -          Guernsey
Far East Equity Fund
CIBC Private Client Fund Limited - US        Guernsey
Dollars Money Market Fund

4.  Desaprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos Extranjeros, registrado en el país indicado, en atención a que su Administrador ha informado que los fondos cesarán sus operaciones el 14 de febrero de 2003:

Fondo Mutuo Extranjero                      País de
                                            registro

Prumerica Worldwide Investors Portfolio -  Luxemburgo
European Growth Fund
Prumerica Worldwide Investors Portfolio -  Luxemburgo
Pacific Growth Fund
Prumerica Worldwide Investors Portfolio -  Luxemburgo
Emerging Markets Equity Fund

5.  Informar que el siguiente Fondo Mutuo Extranjero ha modificado su nombre:

Antiguo Nombre                    Nuevo Nombre

Morgan Stanley Sicav - US Dollar  Morgan Stanley Sicav
Short Term Duration Fund          US Dollar Short
                                  Duration Fund

Morgan Stanley Sicav - US Growth  Morgan Stanley Sicav
and Income Fund                  - US Value Equity
                                  Fund

Parvest - Euro Advantage Bond    Parvest - Euro
                                  Government Bond

The Bear Stearns Funds - Focus    The Bear Stearns
List Portfolio                    Funds - Alpha Growth
                                  Portfolio

The Bear Stearns Funds - Large    The Bear Stearns
Cap Value Portfolio              Funds - Intrinsic
                                  Value Portfolio

C.  MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PUBLICA

    En lo no modificado por las letras A y B anteriores, la Comisión mantuvo el Acuerdo vigente relativo a instrumentos financieros de oferta pública, adoptado en la 217º reunión ordinaria, celebrada el 20 de diciembre de 2002 y publicado en el Diario Oficial el 24 de diciembre de 2002.

    El presente acuerdo deberá ser considerado para el efecto de determinar la diversificación de las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones, según el D.L. Nº3.500 de 1980.

    Santiago, 29 de enero de 2003.- Cristián Ross Kerbernhard, Secretario.

    Publicación disponible en el sitio Web de la Comisión Clasificadora de Riesgo: http://www.ccr.cl