AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO EN TERMINOS QUE SEÑALA
    Santiago, 9 de julio de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 231 exento.- Vistos: El Oficio Ordinario N° 5/0900, de 25 de junio de 1996, del Servicio Nacional de Menores, lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto Ley N° 799, de 1974, modificado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 12-2.345, de 1979, del Ministerio del Interior; el Decreto N° 654, de 1994, del Ministerio del Interior y sus modificaciones, la Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.
    Considerando: Que por la naturaleza de las funciones que deben desempeñarse en el Servicio Nacional de Menores es de imprescindible necesidad que el vehículo del Centro de Tránsito y Distribución de Puerto Montt pueda mantenerse en circulación los días sábados, domingos y festivos,
    D e c r e t o:

    Artículo único: Autorízase la circulación en los días sábados, domingos y festivos, del vehículo del Centro de Tránsito y Distribución de Puerto Montt, administrado por el Servicio Nacional de Menores, que a continuación se individualiza:
Vehículo      :    Minibús
Marca          :    Kia Motors
Modelo        :    Besta 12 C ST
Año            :    1995
Color          :    Blanco
N° Motor      :    404924
N° Chassis    :    335022
Patente Unica  :    NF-8168-2
IRVM          :    NF-8168-2
Rol DAE        :    NF-8168-2

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, María Soledad Alvear Valenzuela, Ministro de Justicia.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, José Antonio Gómez Urrutia, Subsecretario de Justicia.