Decreto 29,
MEDIO AMBIENTE
Art. 1 N° 6
D.O. 06.04.2017 Artículo 7. Corresponderá la fiscalización de la presente norma a la Superintendencia del Medio Ambiente, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, conforme a lo establecido en el presente decreto.
MEDIO AMBIENTE
Art. 1 N° 6
D.O. 06.04.2017 Artículo 7. Corresponderá la fiscalización de la presente norma a la Superintendencia del Medio Ambiente, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, conforme a lo establecido en el presente decreto.