Artículo 5º.- Para optarLey 20655
Art. PRIMERO Nº 4
D.O. 01.02.2013 al pago de la bonificación, los empleadores deberán presentar una declaración jurada en la cual declararán no haber sido condenados, en los últimos seis meses, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
Art. PRIMERO Nº 4
D.O. 01.02.2013 al pago de la bonificación, los empleadores deberán presentar una declaración jurada en la cual declararán no haber sido condenados, en los últimos seis meses, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.