FIJA Y ELIMINA PUNTOS DE TERMINACION DE RED
Santiago, 24 de enero de 2003.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 118 exenta.- Vistos:
a) La ley Nº 18.168, Ley General de
Telecomunicaciones;
b) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones; y
c) La resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando: Lo solicitado mediante ingreso Subtel Nº 40.524 y Nº 40.525 ambos de 31.12.2002.
R e s u e l v o:
1. Fíjase, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25º de la Ley General de Telecomunicaciones, los siguientes puntos de terminación de red a la empresa Bellsouth Comunicaciones S.A., concesionaria de servicio público telefónico:
Zona Nombre Centro Dirección Comuna
Primaria
Antofagasta Antofagasta I Av. Arturo
Prat 461 Antofagasta
La Serena La Serena I Balmaceda 331 La Serena
Concepción Concepción I Martínez de
Rozas 753 Concepción
Temuco Temuco I Claro Solar 780 Temuco
Santiago Santiago IV Victoria 52 Santiago
2. Elimínese el punto de terminación de red ubicado en la calle Lota Nº 2267, Providencia, autorizado en el punto 1, número II, letra c), de la resolución exenta Nº 761 de 15/7/1994.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial por el interesado.- Christian Nicolai Orellana, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Pablo Bello Arellano, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.